1 / 26

CLUB AEREO DEL PERSONAL DEL EJERCITO

Todo espacio a

Jimmy
Download Presentation

CLUB AEREO DEL PERSONAL DEL EJERCITO

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


    1. CLUB AEREO DEL PERSONAL DEL EJERCITO TEMA ZONAS R-P-D

    2. Todo espacio aéreo en el cual pudiera existir un peligro potencial para la operación de las aeronaves y o restringirse temporalmente o permanentemente la operación de aeronaves civiles se clasifica en tres zonas

    3. Zonas Restringidas, Prohibidas y Peligrosas

    4. Cada zona se identifica con tres letras seguidas de una serie numérica cuando es permanente. Las letras identificadoras son : P: Prohibidas R: Restringidas D: Peligrosas Precedidas por el indicador de nacionalidad: SC y un número correlativo, ejemplo: SC- P3 SC- R1 SC- D11

    5. Zonas Prohibidas

    6. Espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de Chile, dentro del cual esta prohibido el vuelo de aeronaves

    7. Zonas Restringidas

    8. Espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de Chile, dentro del cual esta restringido el vuelo de aeronaves de acuerdo con determinadas condiciones especificadas.

    9. Zonas Peligrosas

    10. (D) Espacio aéreo de dimensiones definidas en el cual pueden desplegarse en determinados momentos, actividades peligrosas para el vuelo de las aeronaves. Antes de iniciar un vuelo en una zona peligrosa, el piloto obtendrá toda la información necesaria sobre las actividades de la misma y horarios en que tendrá lugar.

    11. La descripción correspondiente a cada zona se encuentra en: ENR 5.1-5 Zonas Prohibidas. ENR 5.1-8 Zonas Restringidas. ENR 5.1-15 Zonas Peligrosas. En cada una de estas se indican límites laterales y verticales, tipos de restricción o peligro, horario y cualquier otra información necesaria.

    12. Áreas Restringidas Peligrosas Permanentes SALVO EXPRESA AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIDAD ATS COMPETENTE O QUE EL CIRCUITO DE TRANSITO OBLIGUE A OMITIR LA RESTRICCION SE CONSIDERAN ÁREAS RESTRINGIDAS O PELIGROSAS:

    13. VUELOS ACROBATICOS EXPOSICION AEREA REABASTECIMIENTO AÉREO ASCENSO DE GLOBO LIBRE REMOLQUE DE BANDEROLA GLOBO CAUTIVO O COMETA DEMOLICION CON EXPLOSIVOS EJERCICIOS (ESPECIFICAR) VUELOS EN FORMACION VUELOS DE PLANEADORES MOVIMIENTO MASIVO DE AERONAVES EJERCICIO DE TIRO O LANZAMIENTO DE COHETES SE CONSIDERAN COMO PELIGROSAS LAS AREAS DE ASCENSO DE GLOBOS DE SONDA

    14. Carta Aeronáutica Mundial

    15. Cada zona esta en la carta aeronáutica mundial, con los símbolos, límites superiores e inferiores y altitudes.

    17. Ejemplo Práctico

    18. ENR 5.1-9 SC-R35 FIR SANTIAGO-Quillota ESPACIO AEREO 324500S710300W 325800S710100W 325500S712500W 324500S711230W LIMITE SUPERIOR FL80 LIMITE INFERIOR 3000FT ALT OBSERVACIONES HJ VUELO DE ENTRENAMIENTO ARMADA COORD. VINA DEL MAR TORRE 118.4MHZ. PUNTO DE NOTIFICACION NORTE: NOGALES, SURWESTE: CERRO MAUCO, SUR: OLMUE, ESTE: LLAY LLAY. USO QNH SCVM

    22. Ley 18.816 aprueba código aeronáutico La junta de gobierno de la republica de Chile ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley:

    23. Titulo XIII Artículo 200. El comandante de una aeronave en vuelo internacional que se desviare injustificadamente de las rutas aéreas o aerovías fijadas para entrar o salir del país o no utilizare los aeropuertos, será castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo, multas de 10 a 20 ingresos mínimos mensuales y suspensión de la licencia hasta por un periodo de tres años. En iguales penas se incurrirá cuando se volare en zonas prohibidas o restringidas. En caso de reincidencia podrá decretarse la cancelación definitiva de la licencia.

    24. Decreto supremo N° 258

    25. Decreto: 1.- Apruébase el siguiente “Reglamento de sancion por infracciones a la legislacion y disposiciones aeronáuticas” Titulo III De las infracciones y sanciones Artículo 23. 6.- El comandante o piloto al mando de una aeronave será sancionado en cada caso según se señala a continuación. a.- Con suspensión de licencia hasta por el plazo de un año por no acatar la órdenes o instrucciones que reciba en relación con el tránsito aéreo

    26.

More Related