1 / 24

ASPECTOS TRIBUTARIOS LEY ANTITRÁMITES

ASPECTOS TRIBUTARIOS LEY ANTITRÁMITES. CÉSAR AUGUSTO RÚA GONZÁLEZ. ASPECTOS TRIBUTARIOS. DECRETO - LEY ANTITRÁMITES. Decreto No. 0019 – Ene 10 de2012. Decreto No. 0053 – Ene 13 de2012. CÉSAR AUGUSTO RÚA GONZÁLEZ. GENERALIDADES LEY ANTITRÁMITES . D. No. 0019 – Ene . 10 de 2012

aldon
Download Presentation

ASPECTOS TRIBUTARIOS LEY ANTITRÁMITES

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. ASPECTOS TRIBUTARIOSLEY ANTITRÁMITES

  2. CÉSAR AUGUSTO RÚA GONZÁLEZ

  3. ASPECTOS TRIBUTARIOS DECRETO - LEY ANTITRÁMITES Decreto No. 0019 – Ene 10 de2012 Decreto No. 0053 – Ene 13 de2012 CÉSAR AUGUSTO RÚA GONZÁLEZ

  4. GENERALIDADES LEY ANTITRÁMITES D. No. 0019 – Ene. 10 de 2012 D. No. 0053 – Ene. 13 de 2012

  5. OBJETIVOS - LEY ANTITRÁMITES Suprimir o reformar los trámites, procedimientos y regulaciones innecesarios existentes en la Administración Pública, con el fin de facilitar la actividad de las personas naturales y jurídicas ante las autoridades, contribuir a la eficiencia y eficacia de éstas y desarrollar los principios constitucionales que la rigen.

  6. ÁMBITO DE APLICACIÓN - LEY ANTITRÁMITES Se aplicará a todos los organismos y entidades de la Administración Pública que ejerzan funciones de carácter administrativo, y a los particulares cuando cumplan funciones administrativas.

  7. Aspectos Tributarios Ley- Antitrámites

  8. COMPROBANTES DE DESCUENTO Y RETENCIONES • Entidades públicas • Privadas que cumplan • funciones administrativas o • presten servicios públicos NUEVO Indicación Precisa de la norma legal con que se haya procedido DEBERÁN CERTIFICAR • Los Descuentos ó • Retenciones • Que hayan sido practicados • al beneficiario de algún pago • Enviar certificación al e-mail informado • por el beneficiario del pago. 1 2 • En la Web permitir consultar y descargar • los comprobantes de pago DISCRIMINANDO • los descuentos y retenciones practicadas

  9. EFICACIA DE LAS DECLARACIONES DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PRESENTADAS SIN PAGO TOTAL “La declaración de retención en la fuente que se HAYA presentado sin pago total antes del vencimiento del plazo para declarar, producirá efectos legales, siempre y cuando el pago de la retención se efectúe o se HAYA efectuado dentro del plazo fijado para ello en el ordenamiento jurídico” Ineficacia – Ley No. 1430 - Dic 29 de 2010 D.R No. 4907 - Dic 26 de 2011

  10. NOTIFICACIONES DEVUELTAS POR EL CORREO ANTES Actuaciones enviadas por correo y que sean devueltas por cualquier razón, serán notificadas mediante aviso en un periódico de circulación nacional o de circulación regional del lugar que corresponda a la última dirección informada en el RUT

  11. NOTIFICACIONES DEVUELTAS POR EL CORREO V E R E L P O R T A L D I A N HOY Actuaciones enviadas por correo y que sean devueltas por cualquier razón, serán notificadas mediante aviso, con Transcripción de la parte resolutiva del Acto administrativo, en el PORTAL DE LA DIAN Y EN UN LUGAR DE ACCESO AL PÚBLICO EN LA MISMA ENTIDAD • www.dian.gov.co • Servicio al ciudadano • - Publicaciones • - Notificaciones DIAN

  12. I . DIRECCIÓN PARA NOTIFICACIONES • Se hará a la dirección informada en la última declaración • de renta o de ingresos y patrimonio. • A la informada en el formato oficial de cambio de dirección • (HOY - RUT). – La antigua dirección será válida durante • los tres meses siguientes. SIN PERJUICIO DE LA NUEVA • DIRECCIÓN INFORMADA. • Si no se hubiere informado dirección, la actuación se • notifica a la que establezca la DIAN mediante virificación • directa o mediante guías telefónicas, directorios y en gnral • de información oficial, comercial o bancaria N / A

  13. I I. DIRECCIÓN PARA NOTIFICACIONES V E R E L P O R T A L D I A N Si no se establece la dirección por ninguno de los medios vistos anteriormente, los actos serán notificadas por medio de la publicación en el PORTAL DE LA WEB DE LA DIAN. • www.dian.gov.co • Servicio al ciudadano • - Publicaciones • - Notificaciones DIAN

  14. NOTIFICACIONES MEDIANTE AVISO Notificación de los actos de la Administración Aduanera V E R E L P O R T A L D I A N Si no se establece la dirección por ninguno de los medios previstos para el efecto, los actos serán notificadas por medio de la publicación en el PORTAL DE LA WEB DE LA DIAN. • www.dian.gov.co • Servicio al ciudadano • - Publicaciones • - Notificaciones DIAN Inc. 3 Art. 562 – Decreto No. 2685 de 1999

  15. NOTIFICACIONES POR CORREO vs SU DEVOLUCIÓN Actos de la Administración Aduanera V E R E L P O R T A L D I A N Actuaciones enviadas por correo y que sean devueltas por cualquier razón, serán notificadas mediante aviso, con Transcripción de la parte resolutiva del Acto administrativo, en el PORTAL DE LA DIAN Y EN UN LUGAR DE ACCESO AL PÚBLICO EN LA MISMA ENTIDAD • www.dian.gov.co • Servicio al ciudadano • - Publicaciones • - Notificaciones DIAN Inc. 3 Art. 562 – Decreto No. 2685 de 1999 Art. 56 – Decreto No. 1232 de 2001

  16. INFORMACIÓN BÁSICA DE IDENTIFICACIÓN Y UBICACIÓN TRIBUTARIA Para efectos fiscales del orden Nacional, Territorial, y para Efectos del Registro Mercantíl A PARTIR DEL 1º. DE ENERO DE 2013 • SE DEBERÁ tener como información • Básica de: • Identificación • Clasificación • Ubicación SIE - RUT SIE - RUT CLIENTES

  17. DECLARACIONES DILIGENCIADAS VIRTUALMENTE NO PRESENTADAS EN BANCOS TENER EN CUENTA Declaraciones diligenciadas a través de los S.I.E de la DIAN y no presentadas en bancos, se tendrán como presentadas siempre que se haya elaborado el recibo oficial de pago atribuible a los conceptos y períodos gravables contenidos en dichas declaraciones Aplica para declaraciones virtuales diligenciadas por Los años 2006 a 2007 1 Aplicable a cualquier Impto 2 Informado en el Recibo de Caja = No. Declaración Sin perjuicio de los literales b) y c) del artículo 580 E.T 3

  18. ACTUACIÓN ANTE LAS ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS APODERADO SIN NECESIDAD DE SER ABOGADO DIRECTAMENTE • Personas Naturales • Personas Jurídicas / Representante Legal • Cualquier trámite • Actuación • Procedimiento APODERADO – AGENCIA OFICIOSA ABOGADO • Interposición de recursos

  19. DIRECCIÓN PARA EFECTOS TRIBUTARIOS A PARTIR DEL 30 DE MARZO DE 2012, SE ESTABLECERÁN NUEVOS MEDIOS DE PRUEBA ADICIONALES AL RECIBO DE SS.PP DOMICILIARIOS, PARA ACREDITAR EL DOMICILIO EN LA INSCRIPCIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DEL RUT.

  20. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA LAS PERSONAS DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO A PARTIR DE JULIO DE 2012 Las PN del Régimen Simplificado podrán realizar la formalización de la inscripción y actualización del RUT a través del portal de la DIAN, excepto para modificar el régimen de IVA, obligaciones como Importador.

  21. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA LAS PERSONAS DEL RÉGIMEN COMÚN A PARTIR DE JULIO DE 2012 Las PN y PJ del Régimen Común podrán presentar las declaraciones y la información exógena de manera electrónica, además realizará la actualización del RUT a través del portal de la DIAN (medio electrónico)

  22. NovedadesTributarias

  23. OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIONES POR LOS S.I.E NUEVO Resolución No. 12761 – Dic de 2011 Resolución No. 000019 – Feb de 2012 A partir del 1º de Marzo de 2012 A partir de Julio de 2012 SI YA CUENTA CON EL MECANISMO DE FIRMA DIGITAL PUEDE PRESENTAR LAS DECLARACIONES Y DEMÁS INFORMACIÓN TRIBUTARIA POR LOS S.I.E

  24. FORMULARIO DECLARACIÓN DE RENTA OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD Grandes Contribuyentes al 31 de Dic. de 2011 1 Resolución No. 000017 Feb 27 de 2012 Agencias de Aduana 2 Quienes al 31 de Dic de 2010 Declararon IB y/o PB > 3.M.M 3 PARA EFECTOS DE CONTROL TRIBUTARIO A LOS 3 MESES DEBERAN PRESENTAR FORMATO 1732 Quienes al 31 de Dic de 2010 Declararon IB y/o PB > 2.M.M y durante el año 2011 hayan presentado una o más Dec. Import. 4

More Related