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IEF. “ FEDERALISMO FISCAL EN ESPAÑA Y ARGENTINA: EXPERIENCIAS Y ANÁLISIS COMPARADO” COPARTICIPACIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS EN ARGENTINA Y PROPUESTA DE ARREGLOS FISCALES INTERJURISDICCIONALES Ernesto Rezk Vanina Ricca Ginette Lafit Instituto de Economía y Finanzas

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  1. IEF “ FEDERALISMO FISCAL EN ESPAÑA Y ARGENTINA: EXPERIENCIAS Y ANÁLISIS COMPARADO” COPARTICIPACIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS EN ARGENTINA Y PROPUESTA DE ARREGLOS FISCALES INTERJURISDICCIONALES Ernesto Rezk Vanina Ricca Ginette Lafit Instituto de Economía y Finanzas Facultad de Ciencias Económicas Universidad Nacional de Córdoba (Argentina) 13º Seminario de Federalismo Fiscal en conmemoración del Bicentenariode la Argentina, 1810-2010 Buenos Aires, 26 de Agosto de 2010 1

  2. IEF • Estructura del trabajo • Objetivos generales de la investigación. • 2. Marco Teórico • 3. Régimen de Coparticipación Federal, Ley 23.548. • 4. Otros Recursos de Origen Nacional. • 5. Diagnóstico y Propuestas de Reforma. • 6. Conclusiones 2

  3. IEF • OBJETIVOS • Efectuar una revisión crítica de la actual normativa sobre arreglos fiscales interjurisdiccionales en Argentina. • Verificar la evolución y comportamiento de la distribución primaria, desde la década del 90 • Identificar disposiciones o modificaciones que obstaculizaron el funcionamiento del Régimen Argentino de Coparticipación y provocaron la disminución de la masa coparticipable y de la participación porcentual de las provincias en la distribución primaria. • Efectuar propuestas para un futuro sistema de arreglos fiscales interjurisccionales en la República Argentina. 3

  4. IEF Centralización vs. Descentralización Fuente: Elaboración Propia. 4

  5. $ Y1 Y0 Y’0 c U1 a b Y2 U’1 U0 Q 0 Q0 Q1 P0 P’0 IEF Caso de las Transferencias de Libre Disponibilidad Fuente: Elaboración Propia. 5

  6. $ Y1 Y0 Y’0 a b Y2 U U0 c d “Flypaper” P0 P’0 Q 0 Q0 Q1 Qa IEF Caso de las Transferencias Condicionadas Simples Fuente: Elaboración Propia. 6

  7. IEF ESTRUCTURA DEL SISTEMA FEDERAL ARGENTINO: Recursos de Origen Nacional Percibidos por las Provincias Sistema de Coparticipación Federal, Ley 23.548 Fondos con Asignación Específica Transferencias de Libre Disponibilidad Otros Recursos de Origen Nacional Otros Instrumentos de Financiación

  8. IEF SISTEMA DE COPARTICIPACIÓN FEDERAL LEY 23.548 8

  9. Distribución Primaria IEF • 42,34%.A la Nación. • 54,66%.A Provincias. • 2%. Al recupero del nivel relativo de Neuquén, Buenos Aires, Chubut y Santa Cruz • 1%. Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias (A.T.N.) Decreto 2456/90 Decreto 702/99 Decreto 705/03 Incorporación de Tierra del Fuego a la Distribución Primaria Incorporación de CABA a la Distribución Primaria • 57,36% a las Provincias ( incluyendo a Tierra del Fuego) • 40,24% al Tesoro Nacional • 1% Fondo ATN • 1,4% a CABA 9

  10. IEF Modificaciones a la Ley 23.548 Períodos de análisis • Primer Periodo: 1988 a Agosto de 1992 • Segundo período: Agosto de 1992 a mediados de 1994 • Tercer periodo: La reforma de la Constitución Nacional • Cuarto Periodo. Ultimas modificaciones 10

  11. IEF Primer Período Desde la entrada en vigencia de la Ley 23.548 (01/01/88) hasta agosto de 1992: período de modificación del régimen de leyes que afectaban el reparto de impuestos específicos, o transfirieron servicios a las Provincias. Modificación en el reparto de tributos específicos Impuesto al Valor Agregado: 11% se destina a financiar el Sistema de Seguridad Social. El 89% restante del impuesto se distribuía según el régimen de la Ley 23.548. • Impuesto a las Ganancias: • 20% de la recaudación destinada directamente al Sistema de Seguridad Social. • 10% al Fondo de Financiamiento de Programas Sociales del Conurbano Bonaerense. • 2% al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias. • 4% entre todas las jurisdicciones según el Índice de Necesidades Básicas Insatisfechas. • 64% restante de la recaudación se distribuiría según el régimen de la Ley 23.548. Transferencia de servicios a las provincias La transferencia de servicios educativos y de salud a las Provincias se implementó a través de las leyes 24.049 y 24.061, sancionadas en 1992 y del Decreto 964/92 11

  12. IEF Segundo Período Este período se caracteriza por la suscripción de Acuerdos o Pactos entre la Nación y las Provincias Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales (Ley 24.130) • Financiamiento del Sistema previsional Nacional y otros gastos operativos, afectándose a éste fin el 15% de la masa coparticipable. • Creación del Fondo Compensador de Desequilibrios Provinciales por $ 43,8 millones como suma fija mensual. • La Nación garantizaba a las provincias un Ingreso Mensual Mínimo a distribuir según la Ley 23.548 de $725 millones mensuales. • Transferencia a las provincias en forma automática de los recursos financieros que componían los fondos • Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento • Reforma Impositiva Provincial. • Desregulación y reforma de los estados Provinciales • Régimen de Coparticipación. • Obligaciones Nacionales 12

  13. IEF Tercer Período La reforma de la Constitución Nacional: 2º semestre de 1994 que si bien no modifica directamente el régimen de coparticipación, condiciona el curso futuro de los acontecimientos en la materia. • En 1994 se incorporó a la letra de la Constitución Argentina el régimen de Coparticipación (Artículo 75, Inciso Segundo y Tercero), estableciendo los criterios para la sanción de la Ley Convenio y estableciendo la necesidad de dictar una nueva ley de coparticipación antes de 1996. • Inciso segundo: establece que las contribuciones indirectas y directas previstas, con excepción de la parte o el total de las que tengan asignación específica, son coparticipables. El inciso en cuestión, además establece, que una Ley Convenio instituirá regímenes de coparticipación de las contribuciones previstas. • Inciso tercero: posibilita establecer y modificar asignaciones específicas de recursos coparticipables. • Así, el régimen de coparticipación adquiere el rango de “Institución Constitucional”. 13

  14. IEF • Cuarto Período • Últimas modificaciones: recoge las modificaciones al régimen de coparticipación de los últimos años. • Aparición de las Asignaciones específicas. • Fondo especial para el equilibrio fiscal : 3% de la alícuota de IVA no es coparticipable. • Prórroga del Impuesto a las Ganancias. • Límite de hasta $650 millones anuales para el Fondo de Financiamiento del Conurbano Bonaerense. • Nuevas Asignaciones Específica. • Cambio en el reparto del Impuesto a las Ganancias. Previo a todas las deducciones que se venían efectuando sobre éste impuesto se detraerá una suma de $580 millones anuales. • Compromiso Federal (Ley 25.235) • Transferencia mínima mensual de $1.364 millones (2001). • Asignación específica de una suma única y global anual equivalente a $1.350 millones (2000). 14

  15. IEF • Cuarto Período (continuación) • Acuerdo Nación – Provincias sobre la relación financiera y bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos. • Impuesto a los Débitos y Créditos: 30% a masa coparticipable y 70% al Tesoro Nacional a fin de financiar la Emergencia Pública. • Federalización de las deudas provinciales, la Nación garantizó que las mismas no superaran el 15% de los recursos coparticipados para el pago de los servicios de las deudas reestructuradas. • Ley de Educación (Ley 26.075) • Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios (Ley 26.180) • El 30% a masa coparticipable y 70% al Tesoro Nacional a fin de consolidar la sustentabilidad del Programa Fiscal y Económico. 15

  16. IEF 16

  17. IEF Hechos Estilizados 17

  18. IEF Evolución Impuestos Coparticipados y Recaudación Total de Impuestos Coparticipables (Millones de Pesos Constantes. Base 1999:100) 1995-2001: 33.3% 2003-2007: 31.6% Fuente: IEF sobre la base de Dirección Nacional de Investigación y Análisis Fiscal y además de la Dirección de Coordinación Fiscal con las Provincias 18

  19. IEF Los Impuestos Coparticipables han mostrado durante todo el periodo bajo análisis, una tendencia general de crecimiento Evolución Impuestos Coparticipados (Millones de Pesos Constantes. Base 1999:100) Principales Impuestos Coparticipados Total Impuestos Coparticipados Tasa Promedio 2003-2007 IVA: + 21.7% Ganancias: + 28.3% Tasa Promedio 2003-2007: + 21.5 % Tras la recuperación económica post-devaluación, la recuperación en la recaudación de recursos coparticipables estuvo fundamentalmente impulsada por el Impuesto al Valor Agregado y por el Impuesto a las Ganancias Fuente: IEF sobre la base de Dirección Nacional de Investigación y Análisis Fiscal y además de la Dirección de Coordinación Fiscal con las Provincias 19

  20. IEF Respecto a la participación de los diferentes Impuestos Coparticipables sobre el Total de Recursos a distribuir, claramente se destacan el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a las Ganancias como los relativamente más importantes. Total Impuestos Coparticipables sobre Recaudación Tributaria Neta(*) Participación de principales Impuestos Coparticipables sobre Total de Recaudación a Coparticipar 1992:73% Tasas Promedios 2003-2007 IVA :48% Ganancias: 32% Tasa Promedio 2001-2003 : 70% 1999:61% Tasa Promedio 2004-2007:76.4% Tasa Promedio 1992-2000 :77.8% 1999:27% 1992:13% 1999:27% Fuente: IEF sobre la base de Dirección Nacional de Investigación y Análisis Fiscal y además de la Dirección de Coordinación Fiscal con las Provincias (*) Recaudación Tributaria Neta de Contribuciones al Sistema de Seguridad Social 20

  21. IEF Impacto del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos sobre la Financiación Subnacional 21

  22. IEF Coparticipación Potencial y Observada: participaciones respectivas sobre el total de recursos Coparticipables De los datos se observa que durante la década de los noventa, no existen diferencias significativas entre los valores estimados y los efectivamente percibidos por las provincias. No obstante, durante los años 2001-2007 los recursos coparticipados se han visto deteriorados respecto de lo que deberían recibir las provincias en función al marco legal, dando lugar a una marcada divergencia 22 Fuente: IEF sobre la base de Dirección Nacional de Investigación y Análisis Fiscal y además de la Dirección de Coordinación Fiscal con las Provincias .

  23. Coparticipación Potencial, Observada y Simulación 1: Participaciones respectivas sobre el total de Recursos Coparticipables IEF • Al simular que se coparticipa hacia el estado un 42.54% del 30 % del IDCB, se observa que durante el periodo 2002-2007, la brecha entre lo que deberían recibir las provincias y lo que realmente reciben en concepto de recursos coparticipados, se explica en gran parte, por la apropiación por parte del Gobierno Nacional de un porcentaje sobre el IDCB que las provincias han interpretado que les corresponde. • Otra posible razón de la disminución de la coparticipación efectiva de recursos percibidos por las Provincias a partir del año 2001, se encuentra asociada a la federalización de las deudas provinciales. 23 Fuente: IEF sobre la base de Dirección Nacional de Investigación y Análisis Fiscal y además de la Dirección de Coordinación Fiscal con las Provincias .

  24. IEF Coparticipación Potencial, Observada y Simulación 2: Participaciones respectivas sobre el total de Recursos Coparticipables Coparticipación Potencial, Observada y Simulación 3: Participaciones respectivas sobre el total de Recursos Coparticipables En caso de que IDCB ingresa en su totalidad a la masa coparticipable, sería de esperar que a partir del año 2002 los ingresos percibidos por las Provincias se incrementaran notablemente. Al simular el comportamiento potencial de los recursos coparticipados a las Provincias en caso que se eliminara la detracción del 15% de la masa coparticipable destinada a la ANSES se incrementarían notoriamente los ingresos de libre disponibilidad de las provincias, favoreciendo la convergencia al 57.36 % establecido en la Ley 23.548. 24 Fuente: IEF sobre la base de Dirección Nacional de Investigación y Análisis Fiscal y además de la Dirección de Coordinación Fiscal con las Provincias .

  25. IEF OTRAS TRANSFERENCIAS DE RECURSOS DE ORIGEN NACIONAL

  26. IEF Fondos con Asignación Específica

  27. Impuesto sobre los Combustibles • - FO.NA.VI • - Obras de Infraestructura • - Vialidad Provincial • - F.E.D.E.I. • Impuestos sobre la Energía Eléctrica • - F.E.D.E.I. • - Fondo para Compensar Tarifas Eléctricas • - Transferencias a Empresas de Energía Eléctrica. • Impuesto sobre los Activos. Fondo Educativo. • Impuesto sobre los Bienes Personales (Ley 23.966 ) • Asignaciones Específicas de Impuesto Coparticipables • - Impuesto a las Ganancias: Necesidades Básicas Insatisfechas (4%) • - Transferencias de Servicios Educativos. • - IVA (Ley 23.966) IEF

  28. IEF Transferencias de Libre Disponibilidad

  29. IEF • Bienes Personales (Ley 24.699) • El 93,73% de la recaudación se distribuye según la Ley de Coparticipación Federal, pero sin formar parte de los recursos coparticipables, por lo que no sufren las detracciones del 15% con destino a la Seguridad Social y de la parte proporcional de los 45,8 millones de pesos mensuales que se distribuye entre las provincias. • Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo) • El 30% a las Provincias de acuerdo a la distribución secundaria prevista en la Ley 23.548 y sus modificatorias. • Impuesto a las Ganancias • Ley 24.699: se detrae del total recaudado del Impuesto a las Ganancias una suma fija de $580 millones anuales, de los cuales las Provincias recibirán una suma de $ 440 millones anuales, siendo distribuída según los prorrateadores de la Distribución Secundaria de la Ley 23.548. • Excedente de Conurbano Bonaerense: se detrae el 10% del Impuesto a las Ganancias de los cuales $650 millones se transfieren a la Provincia de Buenos Aires, el excedente se distribuye entre las Provincias según la Distribución Secundaria de la Ley 23.548. • Fondo Compensador de Desequilibrios Fiscales Ley 24.130 • Cláusula de Garantía • Suma Fija Ley 24.621

  30. IEF Otros Instrumentos de Financiación

  31. IEF • 1999 (Ley 25.235 ) • El Gobierno Federal implementó un programa tendiente a posibilitar la extensión de los plazos de la deuda y lograr tasas más convenientes para aquellas Provincias cuyas dificultades lo justificaban. • Se estableció que el Estado Nacional financiaría con recursos provenientes de Rentas Generales los déficits globales de los sistemas previsionales Provinciales no transferidos hasta el año 1999. • 2000 (Ley 25.400 ) • En el artículo noveno del Pacto se permitió que las jurisdicciones Provinciales no destinar a los fines específicos los fondos asignados por leyes especiales, hasta un 50% del valor de los mismos. • Estado Nacional podía cancelar cualquier otra obligación que tuviere con las Jurisdicciones Provinciales a través de certificados de crédito con vencimiento simultáneo al de las Letras de Cancelación de Obligaciones Provinciales (LECOP). • 2002 (Ley 25.400 ) • - Las Provincias podían encomendar al Estado Nacional la renegociación de sus deudas públicas provinciales, de modo que se conviertan en títulos nacionales, siempre que las jurisdicciones deudoras asuman con el Estado Nacional la deuda resultante de la conversión y la garanticen con los recursos provenientes del presente régimen de coparticipación federal de impuestos o el régimen que en el futuro lo reemplace.

  32. IEF Hechos Estilizados

  33. IEF Composición de los Tributos de Origen Nacional Evolución de Tributos de Origen Nacional según componentes (Miles de pesos constantes) Fuente: Elaboración propia sobre la base de Dirección Nacional de Investigación y Análisis Fiscal y además de la Dirección de Coordinación Fiscal con las Provincias.

  34. IEF Evolución de Otros Tributos de Origen Nacional según componentes (Miles de pesos constantes) Composición de Otros Tributos de Origen Nacional Fuente: Elaboración propia sobre la base de Dirección Nacional de Investigación y Análisis Fiscal y además de la Dirección de Coordinación Fiscal con las Provincias.

  35. IEF Composición de Fondos con Asignación Específica • Hasta el año 2001, los Fondos con mayor participación fueron las asignaciones financiadas por el Impuesto a los Combustibles (35.5% en promedio), Transferencias de Servicios Educativos (33% en promedio) y el Fondo para financiar las Obras de Infraestructura con recursos provenientes del Impuesto a las Ganancias (24% en promedio). Estas participaciones se mantuvieron relativamente constantes durante el período considerado. • A partir del año 2002, las Transferencias de Servicios Educativos y el Impuesto a los Combustibles no solo verificaron una tendencia decreciente en su participación (24% y 28% en promedio respectivamente) sino en valores absolutos, lo que fue compensado por el incremento, debido a la recuperación económica, del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto a las Ganancias alcanzando en promedio una participación del 5% y 35% respectivamente. Fuente: Elaboración propia sobre la base de Dirección Nacional de Investigación y Análisis Fiscal y además de la Dirección de Coordinación Fiscal con las Provincias.

  36. IEF Composición de Transferencias de Libre Disponibilidad • La senda de crecimiento en valores absolutos estuvo fundamentalmente impulsada por la creación del Excedente del Conurbano Bonaerense en el año 1996 y por la mejora administrativa en la recaudación del Impuesto a las Ganancias desde el año 1994, el cambio legislativo respecto a la distribución del Impuesto a los Bienes Personales (1996) y la sanción en 1998 del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes. Así mismo, los componentes previamente mencionados, han incrementado durante los últimos años su importancia relativa dentro de las Transferencias de Libre Disponibilidad • Las sumas fijas transferidas por las Leyes 24.130 y 24.699 han experimentado una disminución relativa y absoluta debido a la inflación post devaluación del peso en el año 2002 • En cuanto a las Cláusulas de Garantía, la Nación garantizó un ingreso mensual mínimo de libre disponibilidad proveniente de recursos del régimen de la Ley 23.548 de $725 millones mensuales, que a partir del año 1994, se elevó a $740 millones, su vigencia se extendió hasta el año 1996. Fuente: Elaboración propia sobre la base de Dirección Nacional de Investigación y Análisis Fiscal y además de la Dirección de Coordinación Fiscal con las Provincias.

  37. IEF Evolución de Otros Instrumentos de financiación de las Provincias (En miles de pesos constantes) Fuente: Elaboración propia sobre la base de Dirección Nacional de Investigación y Análisis Fiscal y además de la Dirección de Coordinación Fiscal con las Provincias.

  38. IEF Fondos con Asignación Específica y Transferencias de Libre Disponibilidad como porcentaje de la Coparticipación Se observa una clara tendencia decreciente desde el año 1996 de los Fondos con Asignación Específica respecto de los Recursos Coparticipables. Es de destacar, además que la evolución de estos fondos mostró una continúa convergencia hacia la importancia relativa de las Transferencias de Libre Disponibilidad respecto de los Fondos Coparticipados. Lo anterior refleja la continua puja en la relación financiera Nación-Provincias, en la cual las Provincias abogan por una mayor disponibilidad y flexibilidad en los fondos que perciben a través de regímenes no reglados por la Ley 23.548. Fuente: Elaboración propia sobre la base de Dirección Nacional de Investigación y Análisis Fiscal y además de la Dirección de Coordinación Fiscal con las Provincias.

  39. IEF PROPUESTAS DE REFORMA 39

  40. IEF Coparticipación Federal de Impuestos: Diagnóstico • Desde el año 1992, mediante normativas de diversa índole, se introdujeron profundas distorsiones al régimen de coparticipación: • Importantes detracciones en la masa coparticipable: 36% sobre el Impuesto a las Ganancias, 11% sobre el Impuesto al Valor Agregado, 15% de la masa coparticipable a fin de financiar déficits previsionales. • En materia de gastos, se ha producido una fuerte descentralización en las áreas educativas y sanitarias a través de la transferencia de establecimientos hospitalarios y de educación primaria y secundaria, para los cuales no se han contemplado recursos específicos para atender al financiamiento de los servicios descentralizados, ni se han diseñado mecanismos compensatorios previos a la transferencia de los mismos. • Introducción de asignaciones específicas con carácter de coparticipables. • Creación de nuevos tributos, cuya recaudación no se coparticipó, siendo éste el caso de las retenciones a las exportaciones, o bien que se coparticipan en escasa proporción, como es el caso del Impuesto a los Débitos y Créditos en Cuentas Corrientes Bancarias. • Permanente incumplimiento de la garantía establecida en el artículo séptimo de la Ley 23.548, el cuál establece que el monto a distribuir a las provincias no puede ser inferior al 34 % de la recaudación de los recursos tributarios nacionales de la administración central. El incumplimiento de esta garantía ha significado una importante resignación de recursos desde de las Provincias hacia la Nación. 40

  41. IEF Coparticipación Federal de Impuestos: Diagnóstico • Distribución Secundaria • La Ley 20.221 del año 1973 establecía prorratedores entre las Provincias basados en indicadores objetivos (población, grado de desarrollo, densidad poblacional. Estos coeficientes incorporaban un importante grado de redistribución entre las Provincias. • La Ley 23.548 incluyó coeficientes fijos que reflejaban el reparto durante el período de transición 1985-1987. • Fondos con Asignación Específica • Los Fondos responden a una Relación de Agencia con el Gobierno Nacional como principal y éstas últimas como agentes. • Transferencias de Libre Disponibilidad. • Las Transferencias de Libre Disponibilidad se acrecentaron durante los últimos años de forma concomitante con el reclamo de las Provincias por una mayor percepción de fondos de libre disponibilidad. • Otros Instrumentos de Financiación de las Provincias. • Las Provincias recurrieron, durante el período 1994-2007, a la negociación de las deudas Provinciales y los Déficits de las Cajas Previsionales Provinciales. En consecuencia, esto permitió que los recursos de origen nacional percibidos por las Provincias no experimentaran una fuerte caída durante los años de crisis económica. 41

  42. IEF Propuesta de Arreglos Fiscales Interjurisdiccionales • Mantener transitoriamente, para la masa coparticipable actual, los porcentajes de Distribución Secundaria de la Ley 23548. • Transformar el resto de la transferencias federales (incluídos fondos) en Otras Transferencias. • Reintroducir el principio devolutivo en Distribución Secundaria, asignando 65% de Otras Transferencias en función de la población provincial. • Reintroducir criterios de eficiencia en Distribución Secundaria, asignando 20% de Otras Transferencias en relación inversa al empleo público. • Introducir principios de equidad en Distribución Secundaria, asignando hasta 15% de Otras Transferencias para nivelar deficiencias en recaudación potencial per cápita provincial (modelo canadiense). • Crear transferencias horizontales que atenuen los desequilibrios, vía aportes de provincias ganadoras en la Distribución Secundaria en relación a valores referenciales (benchmark). • Introducir criterios de nivelación horizontal para compensar parcialmente los desequilibrios fiscales horizontales de las provincias perdedoras (vía el aporte de las ganadoras). 42

  43. IEF CONCLUSIONES 43

  44. IEF Conclusiones • Argentina tiene pendiente la promulgación del Sistema de Coparticipación Federal, el cual se previó en la Reforma Constitucional de 1994. • Los grandes impuestos que componen la masa de recursos a coparticipar son el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias. • Las Provincias fueron perdiendo participación relativa en la masa de recursos coparticipables efectiva, debido a diversas detracciones (Sistema de Seguridad Social) y a la introducción de impuestos que no se coparticipan plenamente (Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios). Asimismo, después de la crisis del 2001 se incorporaron impuestos (Derechos de Exportación) que no se coparticipan. • Existen Otros Impuesto de Origen Nacional que se transfieren a las Provincias, sin formar parte de la Coparticipación, que están compuestos por Transferencias de Libre Disponibilidad y Fondos con Asignación Específica. • Los Otros Impuestos de Origen Nacional fueron perdiendo posición relativa durante el período bajo análisis. 44

  45. IEF Conclusiones (Continuación) • Últimamente tomaron preeminencia las Transferencias de Libre Disponibilidad, básicamente por la distribución del Impuesto a las Ganancias (Excedente del Conurbano Bonaerense). • Los Fondos con Asignación Específica (FO.NA.VI, Obras de Infraestructura, Vialidad Provincial, F.E.D.E.I., entre otros) que se derivan principalmente del Impuesto a los Combustibles, explican su retroceso relativo por la congelación del precio de los combustibles. • La Distribución Secundaria actual no esta basada en creterios objetivos de reparto, sino en una solución política en el año 1988. • Una nueva Ley de Coparticipación no solamente deberá tomar en cuenta la Distribución Primaria (desequilibrio vertical) sino también la Distribución Secundaria (desequilibrio horizontal). 45

  46. IEF Muchas Gracias 46

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