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FUNDACION GLOBAL PARA DEMOCRACIA Y DESARROLLO (FUNGLODE)

FUNDACION GLOBAL PARA DEMOCRACIA Y DESARROLLO (FUNGLODE) EL MEDIO AMBIENTE: NUESTRO SOCIO EN DESARROLLO Primera Conferencia Anual CIEMADeS. IMPORTANCIA DE LA RELACION ENTRE LOS ACUERDOS MULTILATERALES AMBIENTALES Y LOS ACUERDOS COMERCIALES Yocasta S. Valenzuela A.

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FUNDACION GLOBAL PARA DEMOCRACIA Y DESARROLLO (FUNGLODE)

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  1. FUNDACION GLOBAL PARA DEMOCRACIA Y DESARROLLO (FUNGLODE) EL MEDIO AMBIENTE: NUESTRO SOCIO EN DESARROLLO Primera Conferencia Anual CIEMADeS IMPORTANCIA DE LA RELACIONENTRE LOS ACUERDOS MULTILATERALES AMBIENTALES Y LOS ACUERDOS COMERCIALES Yocasta S. Valenzuela A. Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales Agosto10-12, 2005 Santo Domingo, D.N.

  2. PROBLEMAS AMBIENTALES GLOBALES • EN LOS ULTIMOS 50 AÑOS LOS ECOSISTEMAS HAN SUFRIDO CAMBIOS Y DEGRADACION DE MANERA MAS RAPIDA E INTENSIVA POR LA ACCION HUMANA QUE EN NINGUN OTRO PERIODO DE LA HISTORIA DE LA HUMANIDAD • LA PERDIDA DE LA BIODIVERSIDAD Y LA DESTRUCCION DE LAS AREAS FORESTALES, EL CAMBIO DE USO DE LAS AREAS PROTEGIDAS Y LA AMENAZA QUE SE CIERNE SOBRE ESTAS.

  3. PROBLEMAS AMBIENTALES GLOBALES • EL DAÑO A LA ATMOSFERA POR EL EMPLEO DE SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO • EL VOLUMEN DE DESECHOS DEPOSITADO EN AREAS VULNERABLES, SE HA INCREMENTADO. • EL INFORME "GEO 3“ (2002), DEL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE (PNUMA), CONCLUYÓ QUE LATINOAMÉRICA PUEDE SER LA MÁS DEVASTADA DEL MUNDO POR EL DETERIORO AMBIENTAL EN LOS PRÓXIMOS 30 AÑOS, SI NO SE TOMAN MEDIDAS URGENTES.

  4. RESPUESTA DE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL: LOS AMUMAs • LOS PROBLEMAS AMBIENTALES CONSTITUYEN UNA PREOCUPACION PARA LA COMUNIDAD INTERNACIONAL • RESOLVER ESTOS PROBLEMAS AMBIENTALES HA PRECISADO FORTALECER LA COOPERACION INTERNACIONAL ENTRE LOS ESTADOS. • HA SIDO NECESARIO CONCLUIR ACUERDOS INTERNACIONALES PARA PROTEGER EL AMBIENTE, QUE SON NEGOCIADOS Y APROBADOS POR LOS ESTADOS.

  5. ALGUNAS CONVENCIONES AMBIENTALES GLOBALES (AMUMAs) • Convención Sobre el Comercio Internacional de Especies de Flora y Fauna Silvestres (CITES); • Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono; • Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación; • Convenio Sobre la Diversidad Biológica y su Protocolo de Cartagena Sobre Seguridad de la Biotecnología;

  6. Continuación AMUMAs • Convenio de Rótterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicado a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional (PIC); • Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP);

  7. MEDIDAS RELACIONADAS CON EL COMERCIOS EN LOS ACUERDOS AMBIENTALES GLOBALES CITES • Regula el Comercio Internacional de Especies Identificadas en tres Apéndices de Acuerdo a la Amenaza que Enfrentan; Requiere que la Importación Exportación y Reexportación de esas Especies sean autorizadas mediante un Sistema de Permisos y Licencias.

  8. Continuación medidas de comercio PROTOCOLO DE MONTREAL • Regula la Producción de Sustancias y Productos que Agotan la Capa de Ozono; • Requiere la Implementación de Medidas de Control en determinados periodos, incluyendo Programas de Eliminación para varias Categorías de SAOS; el Comercio sobre SAOS está prohibido con Estados no partes.

  9. Continuación medidas de comercio CONVENIO DE BASILEA Controla el Comercio de Productos o Bienes Ambientalmente Peligrosos; las medidas comerciales son parte de una amplia estructura dirigida a minimizar la generación de desechos peligrosos, promoviendo métodos de producción de tecnología, y desarrollando y aplicando un manejo ambientalmente racional, mejorando la capacidad técnica e institucional de las Partes que lo necesitan. Establece un marco regulatorio para el comercio en estos bienes ambientalmente peligrosos.

  10. Continuación medidas de comercio Convenio de la Diversidad Biológica. • Las partes identificarán procesos con efectos perjudiciales importantes para la conservación de la D.B.; De acuerdo a su legislación nacional, preservarán y mantendrán los conocimientos, innovaciones y prácticas de las comunidades locales, que entrañen estilos tradicionales de vida para la conservación y utilización de la D.B. y promoverán su aplicación con la aprobación y participación de los que poseen esos conocimientos, y fomentaran que los beneficios obtenidos de la utilización de esos conocimientos, se compartan equitativamente.

  11. Continuación medidas de comercio Protocolo de Bioseguridad • Regula la Transferencia de Organismos Vivos Modificados (OGM); establece un Procedimiento de Acuerdo Fundamentado Previo (AFP); • Crea Procedimientos Simplificados para los OGMs destinados al uso directo como alimento humano, animal o para procesamiento; • Establece requerimientos sobre manejo, transporte, empaquetado y la documentación pertinente.

  12. Continuación medidas de comercio Convenio de Rótterdam • Requiere la información compartida acerca de químicos peligrosos y pesticidas objeto de comercio; • Establece el procedimiento del consentimiento fundamentado previo para estos químicos y pesticidas; • Requiere que las Partes exportadoras exijan a sus exportadores cumplir con las decisiones de las Partes importadoras; • Requiere que las Partes exportadoras informen a los importadores si los químicos son prohibidos o restringidos aunque no formen parte de la Convención.

  13. Continuación medidas de comercio Convenio de Estocolmo • Requiere la eliminación o restricción de producción y uso de los COPs intencionalmente producidos; • Prohíbe la importación o exportación de dichas sustancias, excepto si están destinadas para su disposición ambientalmente razonable o si están cubiertas por una excepción especifica; • Requiere la reducción o eliminación de emisiones de producciones no intencional y sus derivados.

  14. Continuación medidas de comercio • LOS AMUMAS COMPRENDEN UN SISTEMA INTEGRADO DE POLÍTICAS Y MEDIDAS QUE HAN SIDO ELABORADAS CON EL FIN DE CUMPLIR EFECTIVAMENTE SUS OBJETIVOS AMBIENTALES; • SE REQUIERE FORTALECER EL SOPORTE MUTUO DE LAS POLÍTICAS AMBIENTALES Y COMERCIALES PARA LOGRAR LA CONTRIBUCIÓN AL DESARROLLO SOSTENIBLE. • LA COOPERACION ENTRE LOS ACUERDOS AMBIENTALES Y COMERCIALES HA TENIDO UN PAPEL CRUCIAL EN LA BUSQUEDA DEL OBJETIVO COMUN DEL DESARROLLO SOSTENIBLE

  15. DISPOSICIONES AMBIENTALES DENTRO DEL ACUERDO GATT-OMC • EL ACUERDO DEL GATT-OMC INCORPORO LA CUESTION AMBIENTAL EN EL ART. XX SOBRE LAS EXCEPCIONES GENERALES EN LOS PARRAFOS: b) MEDIDAS NECESARIAS PARA PROTEGER LA SALUD Y LA VIDA DE LAS PERSONAS Y DE LOS ANIMALES O PARA PRESERVAR LOS VEGETALES; y g) MEDIDAS RELATIVAS A LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS NATURALES AGOTABLES, A CONDICION DE QUE TALES MEDIDAS SE APLIQUEN CONJUNTAMENTE CON RESTRICCIONES A LA PRODUCCION O AL CONSUMO NACIONALES.

  16. Continuación medidas de comercio • LA DECLARACION MINISTERIAL DE DOHA ESTABLECE EN EL PARRAFO 31: PARA POTENCIAR EL APOYO MUTUO ENTRE EL COMERCIO Y EL AMBIENTE SE CONVIENE EN CELEBRAR NEGOCIACIONES, SOBRE: i) LA RELACION ENTRE LAS NORMAS VIGENTES DE LA OMC Y LAS OBLIGACIONES COMERCIALES ESPECIFICAS ESTABLECIDAS EN LOS AMUMAs; ii) PROCEDIMIENTO PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION ENTRE LA SECRETARIA DE LOS AMUMAs Y LOS COMITES PERTINENTES DE LA OMC Y LOS CRITERIOS PARA CONCEDER EL ESTATUS DE OBSERVADOR, Y iii) LA REDUCCION O LA ELIMINACION DE LOS OBTACULOS ARANCELARIOS Y NO ARANCELARIOS A LOS BIENES Y SERVICIOS ECOLOGICOS.

  17. Continuación • PARRAFO 32: ENCOMIENDA AL COMITÉ DE COMERCIO Y MEDIO AMBIENTE QUE PRESTE ATENCION A: i) EL EFECTO DE LAS MEDIDAS MEDIOAMBIENTALES EN EL ACCESO A LOS MERCADOS ESPECIALMENTE EN RELACION CON LOS PAISES EN DESARROLLO, EN PARTICULAR LOS MENOS ADELANTADOS, Y AQUELLAS SITUACIONES EN QUE LA ELIMINACION O REDUCCION DE LAS RESTRICCIONES Y DISTORSIONES DEL COMERCIO PUEDA BENEFICIAR AL COMERCIO, AL MEDIO AMBIENTE Y AL DESARROLLO;

  18. Continuación medidas de comercio • ii) LAS DISPOSICIONES PERTINENTES DEL ACUERDO SOBRE LOS ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL RELACIONADOS CON EL COMERCIO; • iii) LAS PRESCRIPCIONES RELATIVAS AL ETIQUETADO PARA FINES MEDIOAMBIENTALES. • PARRAFO 33: RECONOCEMOS LA IMPORTANCIA DE LA ASISTENCIA TECNICA Y LA CREACION DE CAPACIDAD EN LA ESFERA DEL COMERCIO Y EL MEDIO AMBIENTE PARA LOS PAISES EN DESARROLLO, EN PARTICULAR LOS MENOS ADELANTADOS. TAMBIEN PROPUGNAMOS QUE SE COMPARTAN LOS CONOCIMIENTOS TECNICOS Y LA EXPERIENCIA CON LOS MIEMBROS QUE DESEEN LLEVAR A CABO EXAMENES MEDIOAMBIENTALES A NIVEL NACIONAL.

  19. DISPOSICIONES AMBIENTALES EN OTROS ACUERDOS COMERCIALES REGIONALES • NAFTA: El Art. 104 de este Tratado establece una relación con tratados medioambientales y de conservación y establece que en caso de incompatibilidad entre él y las obligaciones de aquellos, prevalecerán éstas, de acuerdo a lo dispuesto en el Tratado. Estos Tratados Son CITES, PROTOCOLO DE MONTREAL Y BASILEA. • Un Acuerdo de Cooperación Ambiental ha sido establecido entre las Partes para alentar la protección y el mejoramiento del medio ambiente en territorio de dichas parte.

  20. Continuación de medidas del comercio • CARICOM: En el Anexo del Tratado del Mercado Común del Caribe de Chaguaramas se establece en el articulo 23 sobre las Excepciones Generales, que nada impedirá en lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de este Anexo, que los Estados miembros adopten o cumplan medidas: Párrafo c) necesarias para proteger la vida o la salud de los seres humanos, los animales y las plantas.

  21. Continuación medidas de comercio La Republica Dominicana ha firmado un Tratado de Libre Comercio con el CARICOM. El articulo VII de las excepciones generales de dicho acuerdo, párrafo a) sobre preservación del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales. En el Apéndice VI del Anexo 1 que establece los obstáculos técnicos al comercio en los artículos II, VI, X y XIII y en el Apéndice VII del Anexo I sobre medidas sanitarias y fitosanitarias, existen consideraciones ambientales.

  22. Continuación medidas de comercio • RD-CAFTA: El Tratado de Libre Comercio pretende asegurar que las políticas comerciales y ambientales, se relacionen de manera armónica y puedan contribuir al Desarrollo Sostenible, a la vez que fortalece los vínculos entre las políticas y las prácticas comerciales y ambientales. • Al efecto, el capitulo 17 del Tratado reconoce el derecho de cada Parte para establecer sus niveles de protección ambiental y sus políticas y prioridades de desarrollo ambiental,

  23. Continuación medidas de comercio garantizando que tanto sus leyes como sus políticas proporcionen altos niveles de protección ambiental para lo cual prometen esforzarse en mejorar sus leyes y sus políticas. El Tratado establece un Acuerdo de Cooperación Ambiental que tiene por objetivo cooperar para proteger, mejorar y conservar el ambiente y los recursos naturales, estableciendo un marco para garantizar la cooperación. Las Partes asumen así, la importancia de la cooperación bilateral y regional para lograr dicha protección.

  24. Continuación medidas de comercio • SICA-CCAD: La R.D. es parte del Sistema de la Integración Centroamericana y participa como observadora en la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo. La CCAD es el organismo del SICA responsable de desarrollar el régimen regional de cooperación e integración ambiental que contribuya a mejorar la calidad de vida de la población Centroamericana y ha desarrollado una estrategia para incorporar la dimensión ambiental en los temas de comercio.

  25. CUESTIONES PENDIENTES EN LA RELACION COMERCIO Y MEDIO AMBIENTE • Cual es el Valor de la Biodiversidad? • Cual es la utilidad de los Servicios Ambientales? • Se consideran los Desechos Peligrosos Productos, Bienes o Servicios? • Es el Manejo de los Desechos un Servicio? • Porque no considerar los conocimientos tradicionales de las comunidades, bienes patentables como los conocimientos tecnológicos?

  26. Continuación • Conviene incorporar los servicios que brindan los ecosistemas a las negociaciones comerciales? • Que nichos de mercado existen para los servicios ambientales? • Serán considerados la asistencia técnica, la transferencia de tecnología y la capacitación establecidos en los AMUMAs como parte de la cooperación, bienes y servicios de mercado?

  27. CONCLUSION SE RECONOCE QUE EXISTE UNA RELACION DE CONFLICTO ENTRE LOS MARCOS LEGALES INTERNACIONALES QUE HAN SIDO CONSIDERADOS, QUE DEBE SER RESUELTA, ASUMIENDO FORMAS DE ENTENDIMIENTO AL MOMENTO DE APLICAR LAS DISPOSICIONES DE AMBOS, CONSIDERANDO EN SU JUSTA DIMENSION LA SEGURIDAD DE LA SALUD Y LA PROTECCION AMBIENTAL CONTEMPLADOS EN AL ART. XX DEL ESTATUTO DE LA OMC, COMO FORMA DE CONTRIBUIR A OBTENER EL DESARROLLO SOSTENIBLE CONSIGNADO EN LA DECLARACION DE DOHA.

  28. Continuación Conclusión SINO SE CONSTRUYEN LINEAS DE ENTENDIMIENTO SE PROMOVERIA UNA LIBERALIZACION DE LA CONTAMINACION, DAÑOS A LOS ECOSISTEMAS Y REDUCCION DE LA DIVERSDIDAD BIOLOGICA.

  29. MUCHAS GRACIAS

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