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GESTION DE LA CALIDAD DEL AGUA - VIGILANCIA Y CONTROL DE VERTIMIENTOS

PERÚ. Ministerio de Agricultura. Autoridad Nacional del Agua. GESTION DE LA CALIDAD DEL AGUA - VIGILANCIA Y CONTROL DE VERTIMIENTOS. Lic. Juan José Ocola Salazar Área de Gestión de la Calidad del Agua Lima, 16 de junio de 2010. EL AGUA….

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GESTION DE LA CALIDAD DEL AGUA - VIGILANCIA Y CONTROL DE VERTIMIENTOS

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Presentation Transcript


  1. PERÚ Ministerio de Agricultura Autoridad Nacional del Agua GESTION DE LA CALIDAD DEL AGUA - VIGILANCIA Y CONTROL DE VERTIMIENTOS Lic. Juan José Ocola Salazar Área de Gestión de la Calidad del Agua Lima, 16 de junio de 2010

  2. EL AGUA….. Es un recurso natural finito, estratégico y vulnerable, esencial para sostener la vida; base para desarrollo económico, es insustituible para la sostenibilidad ambiental del Perú.

  3. EL AGUA….. Actualmente es un recurso “conflicto” ya sea por uso o por contaminación.

  4. CANTIDAD DE RECURSO HIDRICO EN EL PERU

  5. PRESION SOBRE EL AGUA EN EL PERU Zonas con menor densidad poblacional, mayor cantidad de agua (97,7%), menor presión sobre el recurso. Zonas de mayor densidad poblacional, menor cantidad de agua (1,8%), mayor presión sobre el recurso, mayor contaminación del agua. Lago Titicaca (0,5%) Fig. 1.1 Distribución espacial de la población y la disponibilidad del agua. Habs/km2 236 30 20 10 5

  6. ENFOQUE GENERAL DE LA PROBLEMÁTICA DEL RECURSO HIDRICO • Mayor presión sobre la cantidad y la calidad del agua • Contaminación del agua • Conflictos sociales por el agua • Escasa cultura del agua. • Incumplimiento de la Ley.

  7. ENFOQUE DE LA LEY DE RECURSOS HÍDRICOS, LEY 29338 GESTIÓN INTEGRADA DEL RECURSO HÍDRICO El aprovechamiento y la gestión del agua se inspira en un planteamiento basado en la participación de los usuarios, los planificadores y los responsables de las decisiones a todos los niveles: nacionales, regionales y locales. Involucra los aspectos sociales, económicos y ambientales.

  8. CONTAMINACION DEL AGUA Acumulación indeseable de sustancias, organismos y cualquier forma de energía en un sistema hídrico. En cuanto a las aguas del país, es la acumulación de diversos elementos y sustancias aportados por vertimiento de aguas residuales crudas o insuficientemente tratadas que superan la capacidad de asimilación y/o autodepuración del cuerpo receptor generando concentraciones en el cuerpo de agua que exceden el estándar de calidad normado en la zona sometida a regulación.

  9. CAUSAS DE LA CONTAMINACION DEL AGUA

  10. EL SISTEMA EDUCATIVO Y LOS MODELOS MENTALES: • Determinan la de pensar y actuar de la sociedad, en el contexto de la naturaleza. Es el que determina los modelos mentales de la sociedad en general. • 2. INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL DEL PAIS: • Abundancia de leyes, pero muy pocos las cumplem…esto quiere decir que la Ley no resuelve la problemática de la contaminación del agua. CAUSAS NO ESTRUCTURALES: (Las menos entendidas, las menos gestionadas y las más difíciles de abordar)

  11. La contaminación del ambiente y del agua es el resultado de los modelos mentales: Fuente: Ocola, J 2005

  12. EL MEDIO AMBIENTE Y LAS PRINCIPALES PREOCUPACIONES DE LA POBLACION PERUANA Fuente: Ocola, J 2005 (Tomado de USAID 1998)

  13. LAS CAUSAS ESTRUCTURALES DE LA CONTAMINACION DEL AGUA • Contaminación por vertimientos urbanos • Contaminación por vertimientos industriales • Contaminación por vertimientos mineros • Contaminación por vertimientos agrícolas (Son los más simple de abordar, ya que está referido a todos los aspectos técnicos referidos con la contaminación del agua)

  14. FUENTES DE CONTAMINACIÓN A LOS RECURSOS HÍDRICOS Efluentes Industriales y poblacionales Efluentes Efluentes de Efluentes de poblacionales granjas y camales industrias Agricultura: agroquímicos AGUA SUPERFICIAL (RÍOS, LAGOS, LAGUNAS) AGUA MARINA Animales silvestres que habitan en las orillas Deposición de excretas a campo abierto + escorrentías, letrinas sobre acequias Residuos Sólidos Efluentes mineros Movimiento de Tierras

  15. Origen Natural Calidad de suelos Nutrientes Agua de Lluvia, Escorrentías Origen Antropogénico Fuentes Puntuales Fuentes Dispersas Residuos Industriales Líquidos Residuos domésticos AGUAS PORTADORAS DE RESIDUOS ORIGEN DE LA CONTAMINACION

  16. ¿QUE PIENSA LA GENTE CON RESPECTO A LA GESTION DE LA CONTAMINACION DEL AGUA? Que es un problema que debe ser resuelto por el gobierno central y por las municipalidades

  17. EFECTOS DE LA CONTAMINACION DEL AGUA Efectos directos sobre la salud de la población Pobreza Deterioro y/o pérdida de la calidad del agua. Mayores costos para el tratamiento de agua potable. Restricción de uso de aguas para consumo y riego. Desarrollo insostenible Deterioro de los ecosistemas acuáticos Pérdida de flora y fauna acuática.

  18. Si no se logra desarrollar la cultura del agua en todos los niveles de la sociedad; entonces será imposible plantear una gestión integral que promueva el uso sostenible del recurso agua.

  19. COMENTARIO FINAL DEL TEMA La contaminación del agua y del medio ambiente en general, no son solo temas técnicos, políticos, legales, económicos, si no también ETICOS y CULTURALES.

  20. CONFLICTOS POR CONTAMINACIÓN Quilish, Combayo, Llaucano, Algamarca: Minería Aurífera Río Corrientes, Tigre y Pastaza: Hidrocarburos San Lorenzo: Chipillico Parcoy, Laguna Pias: Minería formal Ucayali: río Abujao Pasco: Minería formal Huaraz, San Marcos-Ayash: Minería formal Hueypetue: Minería artesanal Chimbote: Pesquería y Siderúrgica El Espinar: Minería formal La Oroya - Junín:Comp. Metalúrgico Paratía y Ananea: minería aurífera formal e informal San Mateo de Huanchor: Minería y poblacional Toquepala, Cuajone e Ilo: Minería formal Litoral peruano: Poblacional Paracas: Pesquería y poblacional

  21. AUTORIZACIONES OTORGADAS POR VERTIMIENTO Y/O REUSO DE AGUAS RESIDUALES HASTA ANTES DE LA LEY DE RECURSOS HIDRICOS

  22. PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DE LA CALIDAD DEL AGUA Altas concentraciones de carga contaminante en el agua Falta de Regulación Ambiental Incumplimiento de regulación ambiental Actividades informales en la cuenca Vertimientos ilegales Universo de fuentes vertedoras Presencia de residuos sólidos en las riberas del rio Existencia de pasivos mineros Descargas de AR sin tratamiento CONTAMINACION DEL AGUA Deterioro de la calidad de vida de la población Desorden en el ordenamiento del territorio Desorden en las competencias y autoridad Afectación a la salud poblacional Alteración del paisaje Evasión en el pago de Retribución Conflicto social por uso de agua Modificación del cauce del rio Mínima vigilancia calidad de agua Generación de focos de contaminación No se cuenta con el universo de las descargas Falta de Autoridad para control de descarga y Escaso presupuesto en la gestión y vigilancia Incremento de descargas sin tratamiento Efluentes abandonados sin tratamiento

  23. INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL AGUA Y CONTROL DE VERTIMIENTOS LEY Nº 29338-LEY DE RECURSOS HÍDRICOS Mantaro – Yauli

  24. S.Tratamiento - • Reglamentación de los ECA para agua. • Clasificación de los cuerpos de agua natural en función a las categorias del D.S. N 002-2008-MINAM La ANA controla, supervisa y fiscaliza el cumplimiento de las normas de calidad del agua sobre la base de los ECAs para Agua.

  25. REGULACIÓN SECTORIAL Y AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA IDENTIFICACIÓN DE ACTIVIDAD LMP Límite Máximo Permisible ECA Estándar de Calidad Ambiental para Agua

  26. LA LEY DE RECURSOS HIDRICOS SU REGLAMENTO Y LA PROTECCION DEL AGUA

  27. LEY Nº 29338 – LEY DE RECURSOS HÍDRICOS

  28. Inventario de fuentes sup. y subterráneas Conservación del Agua (cantidad) Disponibilidad y balance hídrico Protección del Agua Protección de las fuentes de agua y bienes asociados Preservación del Agua (calidad) Vigilancia y monitoreo de cuencas Gestión de la calidad del Agua TITULO V: PROTECCION DEL AGUA

  29. Funciones La ANA en su condición de ente rector de la política nacional del agua, es responsable de la vigilancia y fiscalización de la calidad del agua en los recursos hídricos continentales y marino costeros del país; así como también del control de los vertimientos a los cuerpos de agua, de aguas residuales tratadas.

  30. Funciones de la ANA La ANA debe velar por la protección del agua, que incluye la conservación y protección de sus fuentes, de los ecosistemas y los bienes asociados a ésta.

  31. Funciones La ANA autoriza el vertimiento del agua residual tratada a un cuerpo natural de agua continental o marina, previa opinión técnica favorable de las autoridades en materia ambiental y en materia de salud sobre el cumplimiento de los estándares de calidad ambiental de agua (ECA-agua) y límites máximo permisibles (LMP) de los sectores. Queda prohibido el vertimiento directo o indirecto de agua residual sin dicha autorización.

  32. Funciones • La ANA controla, supervisa y fiscaliza el cumplimiento de las normas de calidad ambiental del agua sobre la base de los ECA-agua y las disposiciones y programas para su implementación, establecidos por la autoridad del ambiente.

  33. Funciones La ANA establece medidas para prevenir, controlar y remediar la contaminación del agua y los bienes asociados a ésta.

  34. Acciones Control. Conjunto de actividades que incluye la planificación, programación y coordinación con otros sectores para realizar el control de los vertimientos, los que deben realizarse conforme a las condiciones establecidas por la ANA, a las normas o dispositivos legales sobre vertimientos y a un programa de control de vertimientoestablecido. La ANA a través del programa de control de vertimientos y condiciones de vertimiento, entre otras disposiciones, establece medidas para controlar la contaminación del recurso hídrico.

  35. Acciones Supervisión. Conjunto de actividades para evaluar, identificar y verificar el cumplimiento por parte del administrado, de las normas de calidad ambiental del agua, sobre la base de los estándares de calidad del agua y de las disposiciones y programas para su implementación, establecidos por la autoridad sectorial competente. Para ello, la ANA establece un programa de vigilancia y monitoreo de la calidad de las aguas, para saber si se está logrando los objetivos de las actividades de control, tanto por parte de la ANA como de los administrados.

  36. Acciones Fiscalización. Consiste en la verificación de una condición específica para determinar si hay incumplimiento de una condición, norma o disposición que cause la contaminación de los cuerpos de agua. El incumplimiento de parte del administrado genera una sanción por parte de la ANA, lo que es sustentado con pruebas.

  37. Potestad sancionadora La Autoridad Nacional del Agua ejercerá la facultad sancionadora ante cualquier infracción a las disposiciones contenidas en la Ley o al Reglamento por parte de las personas naturales o jurídicas públicas o privadas sean o no usuarios de agua.

  38. Sanción por contaminación de las aguas En el caso, que como resultado de la diligencia efectuada en campo, el profesional de la Administración Local de Agua, o el Especialista de la Autoridad Nacional del Agua, constaten objetivamente la presencia de vertimientos de aguas residuales sin tratar o de residuos sólidos a un cuerpo natural de agua continental o marino costero, procederá a identificar la correspondiente infracción, la cual deberá estar descrita detalladamente en el informe técnico.

  39. Sanción por contaminación de las aguas Sanción de acuerdo al artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos.- Cuando se trate de un vertimiento de agua residual, doméstica, municipal o industrial, cuyo administrado haya sido identificado plenamente, y no cuente con la respectiva autorización de vertimiento; la Administración Local de Agua deberá iniciar procedimiento sancionador por: realizar vertimientos sin autorización.

  40. Sanción por contaminación de las aguas Sanción de acuerdo al artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos.- Cuando se trate de un vertimiento de residuos sólidos urbanos que haya sido identificado plenamente; la Administración Local de Agua deberá iniciar procedimiento sancionador por: arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua naturales o artificiales.

  41. Sanciones Quienes de manera intencionada contaminen o contaminen las aguas, cualquiera que sea el origen, su fuente o estado físico en que se encuentren, serán denunciados ante el Poder Judicial siempre que la contaminación o la polución ocasionen perjuicio a la salud humana, la fauna, la flora o a la colectividad impidiendo o limitando su empleo para cualquiera de los usos a que los recursos de agua estuvieron destinados

  42. REGLAMENTO DE LA LEY DE RECURSOS HIDRICOS, DECRETO SUPREMO Nº 001-2010-AG(24 de marzo de 2010)

  43. CAPITULO IV: PROTECCION DE LAS FUENTES DE AGUA. Art. 123º Acciones para la prevención y el control de la contaminación de los cuerpos de agua • La ANA ejerce de manera exclusiva acciones de control, supervisión, fiscalización y sanción para asegurar la calidad del agua. • La ANA ejerce acciones de vigilancia y monitoreo del estado de la calidad de los cuerpos de agua y control de vertimientos, ejerciendo la potestad sancionadora exclusiva por incumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones de vertimientos o por aquellos vertimientos no autorizados.

  44. CAPITULO VI: VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS Art. 135º Prohibición de efectuar vertimientos sin previa autorización Art. 136º Medición y control de vertimientos • Es responsabilidad del administrado instalar sistemas de medición de caudales de agua residual tratada y reportar los resultados de la medición. • Ningún vertimiento de aguas residuales podrá ser efectuado en las aguas marítimas o continentales del país, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua. autorizados. • En ningún caso se podrá efectuar vertimientos de aguas residuales sin previo tratamiento en infraestructura de regadío, sistemas de drenaje pluvial ni en los lechos de quebrada seca.

  45. CAPITULO VI: VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS Art. 145º Control de vertimientos autorizados • El control de vertimientos que ejecute la Autoridad Administrativa del Agua incluye visitas inopinadas a los titulares de las autorizaciones de vertimientos, a fin de cautelar la protección de la calidad del agua y verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización..

  46. TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES Art. 274º Ejercicio de la potestad sancionadora Art. 275º Facultad para ingresar a propiedad pública o privada • El Administrador Local de Agua o quién ejerza autoridad en representación de la ANA, puede ingresar a cualquier lugar de propiedad pública o privada para cumplir con las funciones de control del usos sostenible de los recursos para cumplir las acciones inherentes a su función. • La Autoridad Nacional del Agua ejercerá la facultad sancionadora ANTE CUALQUIER INFRACCION a las disposiciones contenidas en la Ley o al Reglamento por parte de las personas naturales o jurídicas públicas o privadas sean o no usuarias de agua. protección de la calidad del agua y verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización.

  47. TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES Art. 277º Tipificación de infracciones Existen 19 infracciones de las cuales tres (3) corresponde a calidad de agua: 1. Contaminar las fuentes naturales de agua, superficiales o subterráneas, cualquiera fuese su situación o circunstancia que lo genera. 2. Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua o efectuar reuso de aguas, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua. 3. Arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua natural o artificial.

  48. TITULO XII: DE LAS INFRACCIONES Art. 278º Calificación de las infracciones El Artículo 278º. Establece tres tipos de calificación de la infracción: • Leve. • Graves • Muy graves Para la calificación de las infracciones, la Autoridad Administrativa de Agua aplicará el principio de Razonabilidad establecido en el numeral 3) del artículo 230º de la Ley Nº 27444, y tomará en consideración los siguientes criterios: • Afectación o riesgo a la salud de la población. • Los beneficios económicos obtenidos por el infractor. • La circunstancias de la comisión de la conducta sancionable o infracción. • Los impactos ambientales negativos. • Reincidencia. • Los costos que incurra el Estado para atender los daños generados.

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