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Gerencia de Proyectos Especiales de FUNDELEC.

GESTION TECNICA, FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS COMUNITARIOS DE MESAS DE ENERGÍA. Gerencia de Proyectos Especiales de FUNDELEC. 1. ASPECTOS A CUBRIR EN EL TALLER. SOCIO-POLITICO TECNICO ADMINISTRATIVO LEGAL. Área Socio- Política.

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  1. GESTION TECNICA, FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS COMUNITARIOS DE MESAS DE ENERGÍA Gerencia de Proyectos Especiales de FUNDELEC. 1

  2. ASPECTOS A CUBRIR EN EL TALLER • SOCIO-POLITICO • TECNICO • ADMINISTRATIVO • LEGAL

  3. Área Socio- Política. • ¿Que batalla estamos librando.? • Proyecto Capitalista vs Proyecto Socialista. • ¿Que hacer desde los Consejos Comunales ?

  4. ¿Que batalla estamos librando? Venezuela depende esencialmente de la Renta petrolera, Que genera Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) Problema Central Proyecto Capitalista En beneficio de quien, como y en que invertir la renta petrolera? Proyecto Socialista

  5. Proyecto Capitalistavs. Proyecto Socialista. Proyecto Capitalista Vs. Proyecto Socialista Propugnan en lo económico la propiedad privada de los medios de producción de las grandes empresas del Estado Lucha liderada por el Comandante Chávez, por invertir la renta petrolera para construir una Sociedad Socialista en beneficio de las grandes mayorías. Propone usar la renta petrolera para la creación de la base material: la propiedad social, y la base espiritual, la conciencia del deber social, que sustente al socialismo. Buscan la privatización de PDVSA para que la renta petrolera se invierta para crear y estimular formas capitalistas de producción. Impulsan formas organizativas excluyentes que fortalecen la explotación, atomización de la sociedad en clases sociales. Busca beneficiar a la gran masa de excluidos, base social de la Revolución Bolivariana, fomentando la protección social de la Republica.

  6. Socialismo. Justicia Declaración de Derechos Humanos, En su artículo primero, dice: “Todos los seres humanos somos iguales en dignidad y en derechos”. Libertad Legalidad Igualdad Compromiso Ideales Derechos Humanos

  7. Que hacer desde el Proyecto Mesas de Energía para fortalecer a los Consejos Comunales? Proyecto Mesas de Energía Acompañamiento sociopolítico, asesoramiento técnico y lograr financiamiento para que los Concejos Comunales se organicen y participen democrática y protagonicamente, en la formulación, ejecución, administración y control de proyectos para fortalecer la Organización comunitaria y Revolucionaria, y elevar la conciencia del deber social y el ejercicio del auto-gobierno comunal con el fin, de que los ciudadanos dispongan de un adecuado servicio en el suministro de electricidad en forma eficiente, confiable, segura, solidaria, equitativa e universal. Consejos Comunales

  8. ¿Que son las “Mesas Técnicas de Energía”?. Las Mesas Técnicas de Energía son los Comités de Energía de los Consejos Comunales, y demás instancias del Poder Popular, creados para impulsar el Socialismo a través del Proyecto Nacional Simón Bolívar en el área de distribución de Electricidad, mediante el ejercicio de la participación democrática directa y la corresponsabilidad, la satisfacción de las necesidades energéticas de los ciudadanos y ciudadanas en forma racional, eficiente, confiable, segura, solidaria y equitativa.

  9. La intervención del Soberano (Antes) Hasta el año 2005, la acción de gobierno se centraba en: • Participación Política: activismo comunitario, patrullas, unidades de batalla. • Participación Social: mesas técnicas, comités y círculos bolivarianos de base. • Participación para la procura de recursos para el mejoramiento de la infraestructura comunitaria: gabinetes móviles.

  10. EL RIESGO Los Consejos Comunales corren el riesgo de convertirse en instancias de organización popular para la obtención, solamente, de Financiamiento del Estado, en cuanto a la satisfacción de determinadas necesidades comunitarias. Si habituamos a las personas a organizarse exclusivamente para recibir apoyo gubernamental, ¿Qué ocurrirá cuando, ante una eventualidad, los ingresos Nacionales no puedan fluir hacia las comunidades como hasta la fecha ha ocurrido?

  11. ¿Que es el “PROYECTO” Mesas de Energía?. El “PROYECTO” Mesas de Energía es creado con la visión de dar nuevos pasos que posibiliten la diversificación y el enriquecimiento de la acción participativa de las bases. Ello es posible si a los Consejos Comunales se les asignan nuevas tareas o acciones que no sean sustitutivas de la actividad desplegada hasta ahora.

  12. Acciones relacionadas con el “PROYECTO” Mesas de Energía. 1. La Formación Ciudadana, la cual entre otros renglones abarcaría: funcionamiento del Estado y sus instituciones; deberes y derechos del individuo; medioambiente; formulación de proyectos comunitarios. • La Constitución de Grupos de Autodefensa Popular, para la seguridad y defensa de la nación desde una perspectiva de guerra asimétrica. • La Creación de Brigadas de Voluntarios, para el acompañamiento de la acción del Estado, por ejemplo, asistencia a personas en situación de calle; levantamiento de información social de la comunidad referida a número de ancianos, niños no escolarizados, personas desnutridas; para desplegar acciones complementarias de protección civil ante desastres naturales... • La Creación de Brigadas de Seguridad Comunal, las cuales, en articulación con los órganos de seguridad del Estado activen dispositivos preventivos, educativos, de patrullaje vecinal.

  13. Acciones relacionadas con el “PROYECTO” Mesas de Energía. 5. Recuperación de la soberanía productiva y sentido de pertenencia, el desarrollo de un modelo productivo con tres bases, el Estado, los/las trabajadores/ras y las comunidades territorialmente articuladas para alejarnos del actual modelo explotador. 6. Profundizar la participación directa de trabajadores/as y comunidades en: • La planificación de la producción de bienes y servicios para la satisfacción de necesidades y no de mercados. • Las fórmulas y andamiajes tecnológicos y de ingeniería que disminuyan la superexplotación de la mano de obra. • Los procesos administrativos para el “achatamiento” de las relaciones de producción y la eliminación del BUROCRATISMO. • La forma genuina y soberana de organización de las comunidades, todo junto son condiciones para alejarnos del capitalismo y acercarnos al socialismo del Siglo XXI.

  14. OPERADORA PROYECTO MESAS DE ENERGIA COMITÉ DE MESAS DE ENERGIA CONSEJO COMUNAL

  15. Objetivos del Proyecto Mesas de Energía. Objetivo General. Promover en los Consejos Comunales, la implantación de Comités de Energía, que sean capaces de gestionar, mantener y defender la prestación de los servicios de distribución de electricidad, que garanticen el derecho de todos los venezolanos de un suministro de energía confiable. Posicionar las Mesas de Energía en el seno de las comunidades como expresión de una política publica del sector energético. Objetivos Específicos. Articular acciones con los Consejos Comunales para la ampliación, mejoramiento y defensa de los servicios públicos convencionales y alternativos de distribución de la electricidad. Crear mecanismos abiertos para transferir a las comunidades organizadas en Mesas de Energía la gestión de los servicios públicos de electricidad. Promover en las comunidades la creación de espacios socialistas de participación para el ejercicio del protagonismo y la corresponsabilidad social en torno a la problemática de los servicios públicos de electricidad.

  16. Conformación de las Mesas Técnicas de Energía Comisiones que la Integran Comisión de Administración Y Ejecución. Responsables del Deposito de Materiales y Equipos • Integrada por cinco (5) voceros electos en la Asamblea de Ciudadanos. • Responsables de la formulación y ejecución del Proyecto comunitario de Mesas de Energía de la comunidad, • Administración de los Recursos asignados por la Coordinación Nacional de Mesas de Energía. • Integrada por (2) voceros electos en la Asamblea de Ciudadanos. • Salvaguardar los materiales y equipos destinados para la ejecución del Proyecto comunitario de Mesas de Energía.

  17. Voceros de las Comisiones. • Ser Habitante de la comunidad con al menos 6 meses de residencia en la misma, salvo en comunidades recién constituidas y por razones de fuerza mayor. • Mayor de edad. • Disposición y tiempo para el Trabajo comunitario. • Estar inscrito en el Registro Electoral Permanente. • No ocupar cargos de elección popular. • No ser funcionario o trabajador de las Empresas Publicas o Privadas de servicio de electricidad, Requisitos

  18. Voceros (as). • VOCEROS (AS) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA Y FINANCIERADEL CONSEJO COMUNAL • LOS VOCEROS DE CONTRALORIA SOCIAL. • VOCEROS (AS) DE LA MESA DE ENERGÍA. • VOCEROS RESPONSABLES DE DEPÓSITO DE MATERIALES Y EQUIPOS DE MESAS DE ENERGÍA

  19. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONESDE LOS VOCEROS (AS) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DEL CONSEJO COMUNAL Suscribir el Convenio para la Ejecución de Proyectos Comunitarios de Mesas de Energía. Aperturar la Cuenta Corriente Especial de Mesa de Energía, para el depósito de los recursos aprobados a la Mesa de Energía Llevar un registro de las órdenes de pago con sus respectivos soportes. Firmar los cheques para cancelar los gastos inherentes del proyecto, una vez recibida y verificada la orden de pago. 3 MIEMBROS DE LIVA Y FINANCIERA DEL CONSEJO COMUNAL Velar por el cumplimiento de la ejecución de la obra. Presentar a la comunidad en Asamblea Comunitaria y a la Coordinación Estadal la rendición de cuenta y el informe de finiquito de obra.

  20. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LOS VOCEROS (AS) DE ADMINISTRACION DE LA MESA DE ENERGÍA 1.-Formular los proyectos comunitarios de electricidad. 2.-Elaborar las órdenes de pago. Administrar la Caja Chica 3.-Realizar el proceso de selección y Contratación del Ingeniero Comunal y el Ente ejecutor de obra. Adquirir los Materiales y equipos necesarios para la ejecución de la Obra. 4.-Velar por el cumplimiento del Cronograma de Ejecución y Desembolso. 5.-Suscribir el Convenio para la Ejecución de Proyectos Comunitarios de Mesas de Energía. 6.-Rendir cuenta de manera continua, conjuntamente con el Ingeniero Comunal, a la Comunidad y a la Coordinación Estadal de Mesas de Energía. 7.-Elaborar la Valla Indicativa de la Obra. Controlar y hacerle seguimiento a la ejecución de la obra. 8.-Llevar un registro de la administración con los respectivos soporte, que demuestren los ingresos y los desembolsos efectuados (copia de las órdenes de pago, estados de cuenta, relación de cheque, etc.) a los efectos de presentar rendición de cuenta. 9.-Presentar a la comunidad en Asamblea Comunitaria y a la Coordinación Estadal la rendición de cuenta y el informe de finiquito de obra.

  21. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LOS 2 VOCEROS RESPONSABLES DEL DEPÓSITO DE MATERIALES Y EQUIPOS DE MESAS DE ENERGÍA Resguardar los materiales y equipos de trabajo, para ello deberá disponerse de un lugar amplio, seguro y cercano a la obra, establecido para tal fin por la Comunidad. Llevar el control de las entradas y salida de los materiales y equipos a utilizar en obra

  22. LEY DE LOS C. C RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LOS VOCEROS DE CONTRALORIA SOCIAL • Suscribir el Convenio para la Ejecución de Proyectos Comunitarios de Mesas de Energía. • Revisar conjuntamente con el integrante de la Coordinación Estadal de Mesas de Energía, las ordenes de pago para avalar la cancelación de los gastos inherentes del proyecto. • Controlar y fiscalizar la ejecución de la obra.

  23. Ingeniero Residente Comunal. Técnico o Ingeniero Inspector por la Empresa.de servicio Aspecto Técnico. Personal Técnico y Profesional responsable de la aplicación de las especificaciones y normas técnica en la ejecución de los proyectos comunitarios de Mesas de Energía.

  24. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DEL INGENIERO RESIDENTE COMUNAL Responsabilidades Funciones Garantizar que los procedimientos y técnicas de ejecución y la procura de materiales cumplan con las normas y especificaciones establecidas en el Proyecto. Controlar y hacerle seguimiento a la ejecución de la obra. Firmar conjuntamente con el Ingeniero Inspector y los Voceros de la comunidad las actas de Inicio, aceptación, paralización, prorroga y culminación de obra. Hacer el requerimiento de materiales oportunos para la ejecución de la obra a los Voceros Responsables del Depósito Capacitar a las Mesas de Energía en el área técnica Velar por los intereses de la Mesa de Energía evitando la paralización y atraso de la obra. Debe regirse por las Normas y Procedimientos establecidos por el Instructivo de Mesa de Energía. Velar por el estricto cumplimiento de las normas de seguridad industrial y de condiciones en el medio ambiente de trabajo. Consolidar en una sola planilla la información administrativa y avances de obra semanales, que deberá ser entregado a la Coordinación Estadal (Oficina Estadal de Administración, Control y Seguimiento). Realizar el replanteo de la obra en compañía de los voceros (as) de la Mesa de Energía, de Contraloría Social, el Promotor social de Mesas de Energía y el Ingeniero Inspector de la empresa de servicio eléctrico. Llevar el Libro diario de Obra conjuntamente con el Ingeniero Inspector. Elaborar el finiquito de obra.

  25. Técnico o Ingeniero Inspector. “La empresa de servicios (CORPOELEC) designara para cada proyecto comunitario a ejecutar, un Técnico o Ingeniero Inspector, a fin de garantizar que se cumplan las normas y especificaciones técnicas establecidas por la empresa para la ejecución del proyecto, asistir técnicamente a la comunidad para el cumplimiento efectivo de la Contraloría Social e informar a la oficina estadal de Administración, Control y Seguimiento de Proyectos Comunitarios y a la Coordinación Estadal de Mesas de Energía sobre el desenvolvimiento de la obra.”

  26. Funcionamiento de las Mesas de Energía 4 Formulación del Plan de Acción Energético y el Programa de Formación y capacitación de la Mesa de Energía. 3 1 2 Asamblea informativa del Funcionamiento de Mesas de Energía Asamblea Constitutiva de la Mesa de Energía Diagnostico Participativo Energético Asamblea de Presentación del Proyecto a la Comunidad y definición del Compromiso Social en la Ejecución del mismo 6 5 7 Entrega del Proyecto a la Coordinación Nacional de Mesas de Energía para su revisión y posterior aprobación Formulación del Proyecto Comunitario de Energía. 9 Ejecución, control y seguimiento del Proyecto Comunitario de la Mesas de Energía 10 8 Desarrollo y consolidación de la Mesa de Energía. Financiamiento del Proyecto Comunitario

  27. Tipos de Proyectos Comunitarios Mejoras del servicio eléctrico Electrificación y prolongación de líneas Alumbrado Publico Proyectos de Instalación de Electrógenos de comunidades aisladas Aumento de Capacidad de distribución

  28. Trabajo Voluntario en Mesas de Energía. Crear espacios de participación protagónica revolucionaria y socialista en las comunidades Mesas de Energía Tiene como objetivo Herramienta para la transformación De la conciencia capitalista Impulsando la suma de voluntades A través de los estímulos sociales. A través del Trabajo Voluntario Busca fortalecer la conciencia del deber social en las Comunidades y el sector eléctrico, promoviendo la Unificación de los Consejos comunales, las comunas y los Trabajadores del sector eléctrico

  29. Comisión de administración y ejecución de proyectos comunitarios. Administración de Recursos financieros para la Ejecución de Proyectos Comunitarios de Mesas de Energía. Procedimiento para la apertura y movilización de la Cuenta corriente especial. Manejo de Fondos Públicos. Fondos de Caja Chica. Aspecto Administrativo

  30. COMISIÓN DE ADMINISTRACION Y EJECUCION DE LOS PROYECTOS COMUNITARIOS SON PERSONAS ELECTAS POR LA ASAMBLEA COMUNITARIA, RESPONSABLES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS Y EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS COMUNITARIOS Definición COMISIÓN DE ADMINISTRACION Y EJECUCION DE LOS PROYECTOS COMUNITARIOS • CINCO (5) VOCEROS (AS) DE CONTRALORIA SOCIAL • CINCO (5) VOCEROS (AS) RESPONSABLES DE ADMINISTRACIÓN DE LA MESA DE ENERGIA • TRES (3) VOCEROS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DEL CONSEJO COMUNAL • DOS (2) VOCEROS (AS) RESPONSABLES DEDEPÓSITO DE MATERIALES Y EQUIPOS DE LA MESA DE ENERGIA. Integración

  31. Administración de Recursos financieros para la Ejecución de Proyectos Comunitarios de Mesas de Energía. El financiamiento aprobado para los proyectos comunitarios de cada Mesa de Energía se otorgará directamente al Consejo Comunal a través de la Unidad Administrativa y Financiera del Consejo Comunal “Convenio para la Ejecución de Proyectos Comunitarios de Mesas de Energía” previa firma Suscrito por Dos (02) integrantes de los voceros (as) de la Mesas de Energía Dos (02) voceros (as) de la Contraloría Social El Consejo Comunal deberá, con los recursos otorgados, abrir una (01) Cuenta Corriente Especial de Mesas de Energía en BICENTENARIO Dicha Cuenta Corriente Especial se utilizará únicamente a los efectos de movilizar los recursos presupuestados para la ejecución del proyecto energético aprobado a la Mesa de Energía. Un (01) vocero de la Unidad Administrativa y Financiera del Consejo Comunal aprobado en Asamblea Comunitaria o de no existir BICENTENARIO en la localidad, Un (1) integrante de la Coordinación Estadal de Mesas de Energía, debidamente autorizado por el Coordinador Estadal respectivo o quien designe la Coordinación Nacional. Aperturar en otra entidad bancaria del Estado y que esté debidamente autorizado por la Coordinación Nacional de Mesas de Energía.

  32. PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA Y MOVILIZACIÓN DE LA CUENTA CORRIENTE ESPECIAL Movilización de la cuenta corriente especial Requisitos para la Apertura de Cuenta: Son firmantes de la Cuenta Corriente aquellos voceros (as) autorizados por los estatutos sociales del Consejo C, omunal, es decir tres voceros de la Unidad administrativa y financiera del consejo comunal; los cuales poseerán firmas conjuntas para la emisión de cheques. Original y copia del Acta Constitutiva y Estatutos Sociales del Consejo Comunal Original y copia del Registro de Información Fiscal del Consejo Comunal (RIF). Original y copia del Acta Constitutiva de la Mesa de Energía. Órdenes de Pago Certificado de registro del Consejo Comunal ante funda comunal Para emitir los cheques se deben elaborar órdenes de pago firmadas por cinco (05) de los voceros (as) de Administración de la Mesa de Energía ,será revisado por tres (03) de los voceros (as) de la Contraloría Social y estar avalada por un(1) integrante de la Coordinación Estadal de Mesas de Energía, debidamente autorizado por el Coordinador Estadal respectivo o quien designe la Coordinación Nacional y recibe conforme un vocero un (1) del Colectivo de Coordinación Comunitaria. Original y copia de la Cédula de Identidad de cada uno de los Voceros (as) de la unidad administrativa y financiera del consejo comunal Cheque emitido por la Coordinación Nacional de Mesas de Energía o de otro ente gubernamental, a nombre del Consejo Comunal. Conformación de los cheques Será realizada únicamente por el Coordinador Estadal o en su defecto quien designe el Coordinador Nacional de Mesas de Energía.

  33. Manejo de Fondos de Caja.

  34. ¿QUÉ ES UN FONDO CAJA? ES UN FONDO EN EFECTIVO CON UN MONTO LÍMITE ESTABLECIDO PARA CUBRIR GASTOS DEL PROYECTO EN EJECUCION. ¿ SU FINALIDAD Y UTILIDAD? SATISFACER DE FORMA OPORTUNA Y PRONTA LA CANCELACIÓN DE GASTOS POR CONCEPTO DE COMPRA, SERVICIOS, TRASLADOS Y VIÁTICOS, EVITANDO TRÁMITES Y/O PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y BANCARIOS.

  35. NORMAS PARA EL MANEJO DEL FONDO DE CAJA. • EL MANEJO DE ESTOS FONDOS ESTARAN A CARGO DE UNO DE LOS RESPONSABLES DE ADMINISTRACIÓN. • DESTINADO A CUBRIR GASTOS NECESARIOS Y ESPECIFICOS DEL PROYECTO COMUNITARIO, SERA UTILIZADO UNICAMENTE POR INTEGRANTES DE MESAS DE ENERGÍA. • SE DEBE LLEVAR UNA RELACION DEL REGISTRO DE LAS OPERACIONES Y DEJAR ASENTADO TODOS Y CADA UNO DE LOS MOVIMIENTOS. • LAS REPOSICIONES SE EFECTUARÁ UNA VEZ AGOTADO EL 70% DE LO GASTADO, Y DEBE ACOMPAÑARSE DE LA RELACIÓN DE LOS GASTOS Y DOCUMENTOS: FACTURAS, TICKETS DE CAJA, COMPROBANTES DE PAGO O EN SU DEFECTO RECIBOS. • CUBRE GASTOS HASTA 20 U. T. POR CONCEPTO.

  36. ES IMPORTANTE SABER QUE: • NO SE ELABORARAN CHEQUES SIN LAS JUSTIFICACIONES Y LOS RESPECTIVOS ANEXOS (Comprobantes de desembolso, facturas, comprobante de pago, ticket de caja o recibos). • NO SE REALIZARAN MAS DESEMBOLSOS DE LOS RECURSOS, CUANDO EXISTA ALGÚN COMPROBANTE DE DESEMBOLSO QUE NO HAYA SIDO SUSTITUIDO POR LA (S) FACTURA (S) O RECIBO (S) EN ORIGINAL QUE JUSTIFIQUE EL GASTO. • LOS COMPROBANTES DE DESEMBOLSO, SE SUSTITUYEN UNA VEZ CONSIGNADA LA (S) FACTURA (S) O RECIBO (S) EN ORIGINAL. • NO SERÁN VÁLIDAS COTIZACIONES O PRESUPUESTOS PARA EL CUADRE CONTABLE DE CAJA CHICA. • NO SE PODRÁN REALIZAR ASIGNACIONES, SUBVENCIONES O DONATIVOS DE NINGÚN TIPO.

  37. EXCEDENTE EN LA CUENTA CORRIENTE ESPECIAL, EN EL DEPÓSITO DE MATERIALES Y EQUIPOS Y EN EL FONDO DE CAJA. Si quedase algún excedente en la Cuenta Bancaria Especial, en el Fondo de Caja o en el Depósito de Materiales y Equipos, la Comunidad en Asamblea decidirá la inversión de los mismos, preferiblemente en obras y servicio eléctrico o públicos.

  38. LA FACTURA Todas las facturas deben Emitirse a nombre del Concejo Comunal Nombre de la Imprenta y serial de las facturas

  39. RECIBO DE PAGO Fecha / /200 Yo, _________________________________, C.I. N° ___________________, He recibido de: ____________________________________________ , la cantidad de bolívares: ___________________________________________________________ (Bs._______________). Por concepto de: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Huella dactilar Recibí conforme a lo descrito: Nombre: C.I. RECIBO Anexar: Fotocopia de la cédula de identidad

  40. (1)MESA DE ENERGIA________________ (3) N° (2) COMPROBANTE DE DESEMBOLSO POR CAJA CHICA (4) Fecha / /2006 (5)Sírvase entregar en efectivo, a los ciudadanos as):_________________________________________, representantes de la Mesa d e Energía: ______________________________ , la cantidad de bolívares: ________________________________________________ (Bs. ________________), por concepto de: _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ COMPROBANTE DE DESEMBOLSO DE CAJA CHICA (6)JUSTIFICACION: (7)OBSERVACIONES: (8)Autorizado por: Firma:___________________ Apellidos y Nombres:_____________________ ____________________C.I. N°______________ (9)Recibido por: Firma:___________________ Apellidos y Nombres:_____________________ ____________________C.I. N°______________

  41. ORDEN DE PAGO

  42. Base Legal. Glosario de Términos. Normas Generales. Normas Especificas. Manejo del Fondo Publico. Aspecto Legal

  43. Base Constitucional Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela Articulo2: “Venezuela se constituye en un estado democrático y social. De Derecho y de Justicia”. Valores Supremos del Estado venezolano Articulo 62: “Todos los ciudadanos tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión publica es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantices su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones mas favorables para su practica. Participación de los ciudadanos en los asuntos públicos. Participación política y económica del Pueblo Articulo 70 Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía. la Asamblea de ciudadanos cuyas decisiones serán de carácter vinculante.”

  44. Ley Orgánica de Contraloría Social Gaceta Oficial N° 6011 Extraordinario de fecha 21 de diciembre del 2010

  45. Ley Orgánica de Contraloría Social. Objeto. Ámbito de Aplicación de la Ley. Finalidad. Definición de Contraloría Social. Propósito del Control Social. Principios y Valores. Ejercicio y los medios de la Contraloría Social. Deberes de los voceros de las Organizaciones de Contraloría Social. Requisitos para ejercer la Contraloría Social. Procedimiento para el ejercicio de la Contraloría Social. Responsabilidades. Formación del Ciudadano (a) en las funciones de Contraloría Social.

  46. Objeto de la Ley Orgánica de Contraloría Social desarrollar Objeto Poder Popular Para la • Promoción, • Desarrollo • Consolidación De la Contraloría Social fortalecer • Normas • Mecanismos • Condiciones Mediante Establecimiento Función Mediante el ejercicio compartido Como medio de participación y de corresponsabilidad de los ciudadanos (as) y sus organizaciones sociales. • Prevención. • Vigilancia. • Supervisión. • Control. • Gestión publica Y comunitaria. • Actividades del sector privado que incida en los intereses colectivos o sociales. Poder Publico Poder Popular Articulo 1 de la Ley Orgánica de Contraloría Social. Gaceta Oficial N° 6.011 Extraordinaria, de fecha 21 de diciembre del 2010.

  47. Ámbito de Aplicación. Las disposiciones de la Ley Orgánica de Contraloría Social son aplicables: Todos los niveles e instancias político-territoriales de la Administración Pública. Instancias y organizaciones del Poder Popular. Organizaciones y personas del sector privado que realicen actividades con incidencia en los intereses generales o colectivos. Todo ello en el marco de las limitaciones legales relativas a la preservación de la seguridad interior y exterior, la investigación criminal, la intimidad de la vida privada, el honor, la confidencialidad y la reputación Articulo 4 de la Ley Orgánica de Contraloría Social. Gaceta Oficial N° 6.011 Extraordinaria, de fecha 21 de diciembre del 2010.

  48. Finalidad de la Ley Orgánica de Contraloría Social Promover y desarrollar la cultura del control social como mecanismo de acción en la vigilancia, supervisión, seguimiento y control de los asuntos públicos, comunitarios y privados que incidan en el bienestar común. Fomentar el trabajo articulado de las instancias, organizaciones y expresiones del Poder Popular con los órganos y entes del Poder Público, para el ejercicio efectivo de la función del control social. Para la prevención y corrección de conductas, comportamientos y acciones contrarios a los intereses colectivos, esta Ley Tiene por finalidad: Garantizar a los ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio de la contraloría social, obtener oportuna respuesta por parte de los servidores públicos y servidoras públicas sobre los requerimientos de información y documentación relacionados con sus funciones de control. Asegurar que los servidores públicos, los voceros del Poder Popular y todas las personas que representen o expresen intereses colectivos, rindan cuentas de sus actuaciones ante las instancias de las cuales ejerzan representación o expresión. Impulsar la creación y desarrollo de programas y políticas en el área educativa y de formación ciudadana, basadas en la doctrina de nuestro Libertador Simón Bolívar y en la ética socialista, especialmente para niños, niñas y adolescentes; así como en materia de formulación, ejecución y control de políticas públicas. Articulo 5 de la Ley Orgánica de Contraloría Social. Gaceta Oficial Nº 6.011 Extraordinaria, de fecha 21 de diciembre del 2010.

  49. Definición de Contraloría Social Las instancias del Poder Público Para garantizar Es una función compartida entre Los ciudadanos, ciudadanas La Contraloría Social Las organizaciones del Poder Popular Sobre la base del principio constitucional de la corresponsabilidad Que la inversión pública se realice de manera transparente y eficiente en beneficio de los intereses de la sociedad, 1. 2. Que las actividades del sector privado no afecten los intereses colectivos o sociales. Articulo 2 de la Ley Orgánica de Contraloría Social. Gaceta Oficial N° 6.011 Extraordinaria, de fecha 21 de diciembre del 2010.

  50. Propósito del Control Social “El propósito fundamental del control social es la prevención y corrección de comportamientos, actitudes y acciones que sean contrarios a los intereses sociales y a la ética en el desempeño de las funciones públicas, así como en las actividades de producción, distribución, intercambio, comercialización y suministro de bienes y servicios necesarios para la población, realizadas por el sector público o el sector privado”. Articulo 3 de la Ley Orgánica de Contraloría Social. Gaceta Oficial N° 6.011 Extraordinaria, de fecha 21 de diciembre del 2010.

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