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Derechos humanos de los contribuyentes

Derechos humanos de los contribuyentes. Guillermo Robertson Andrade Estratega Fiscal. “REFORMA CONSTITUCIONAL”. TÍTULO PRIMERO CAPÍTULO I DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS

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Derechos humanos de los contribuyentes

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Presentation Transcript


  1. Derechos humanos de los contribuyentes Guillermo Robertson Andrade Estratega Fiscal

  2. “REFORMA CONSTITUCIONAL”

  3. TÍTULO PRIMERO CAPÍTULO I DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS Artículo 1°. En los Estados Unidos Mexicanos TODAS LAS PERSONAS gozarán de los DERECHOS HUMANOSreconocidos en esta Constitución yEN LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE EL ESTADO MEXICANO SEA PARTE, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

  4. DERECHOS HUMANOS Físicas Morales Personas: Constitución Tratados internacionales Reconocidos

  5. Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y CON LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LA MATERIA FAVORECIENDO EN TODO TIEMPO A LAS PERSONAS LA PROTECCIÓN MÁS AMPLIA.

  6. 1º TERCER PARRAFO TODAS LAS AUTORIDADES, en el ámbito de sus competencias, TIENEN LA OBLIGACIÓNde promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

  7. Físicas Morales Promover Respetar Proteger Garantizar Obligación de las autoridades: DERECHOS HUMANOS Constitución Tratados internacionales Reconocidos

  8. Universalidad Interdependencia Indivisibilidad Progresividad PRINCIPIOS PREVENIR INVESTIGAR SANCIONAR REPARAR las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca LA LEY DEBER DEL ESTADO:

  9. QUEDA PROHIBIDA toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y TENGA POR OBJETO ANULAR O MENOSCABAR LOS DERECHOS Y LIBERTADES DE LAS PERSONAS.

  10. L. f. d. c. EXPOSICION DE MOTIVOS Y DICTAMEN

  11. DICTAMEN DE LA COMISION DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE Abril 19, 2004 LA EFICIENCIA DEL FISCO FEDERAL DEPENDE DE QUE SU INCAPACIDAD ADMINISTRATIVA SEA EFECTIVAMENTE SANCIONADA, MEDIANTE LAS NUEVAS GARANTÍAS OTORGADAS A LOS SUJETOS PASIVOS DE LOS TRIBUTOS.

  12. Se propone modificar la redacción del primer párrafo del artículo primero de la iniciativa, toda vez que como en otros artículos en que sólo se alude al Sistema de Administración Tributaria, esta dictaminadora estima que DEBE REFERIRSE A LAS AUTORIDADES FISCALES EN GENERAL, DE FORMA TAL QUE QUEDEN COMPRENDIDAS TODAS AQUELLAS QUE TENGAN DICHO CARÁCTER.

  13. ASIMISMO, SE PRECISA ADEMÁS QUE POR TRATARSE DE UNA LEY ESPECIAL, DEBEN POR LO TANTO PREVALECER LOS DERECHOS QUE ELLA ESTABLECE SOBRE LAS OTRAS LEYES FISCALES Y EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.

  14. C. P. E. U. M. TRATADOS INTS. LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE Jerarquía de leyes LEYES FISCALES Y CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

  15. EL H. SECRETARIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO EN SESIÓN PUBLICA DE FECHA 07 DEL MES DE FEBRERO DE 2013 EN LA CIUDAD DE MONTERREY ESTADO DE NUEVO LEÓN, CON MOTIVO DE LA INAUGURACIÓN DE LA DELEGACIÓN REGIONAL NORESTE GOLFO NORTE DE LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE DEJO EN CLARO QUE:

  16. Artículo 1o.- La presente Ley tiene por objeto regular los derechos y garantías básicos de los contribuyentes en sus relaciones con las autoridades fiscales. EN DEFECTO DE LO DISPUESTO EN EL PRESENTE ORDENAMIENTO, SE APLICARÁN LAS LEYES FISCALES RESPECTIVAS Y EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. Los derechos y garantías consagradas en la presente Ley en beneficio de los contribuyentes, LES SERÁN IGUALMENTE APLICABLES A LOS RESPONSABLES SOLIDARIOS.

  17. Artículo 2o.- Son DERECHOS generales de los contribuyentes los siguientes: I.Derecho a ser INFORMADOy asistido por las autoridades fiscales en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como del contenido y alcance de las mismas.

  18. Novena ÉpocaInstancia: PlenoFuente: Semanario Judicial de la Federación y su GacetaXXVII, Junio de 2008Página: 743Tesis: P./J. 54/2008JurisprudenciaMateria(s): Constitucional ACCESO A LA INFORMACIÓN. SU NATURALEZA COMO GARANTÍAS INDIVIDUAL Y SOCIAL. El acceso a la información se distingue de otros derechos intangibles por su doble carácter: como un derecho en sí mismo Y COMO UN MEDIO O INSTRUMENTO PARA EL EJERCICIO DE OTROS DERECHOS.En efecto, además de un valor propio, la información tiene uno instrumental que sirve como presupuesto del ejercicio de otros derechos

  19. E S T R A T E G I A

  20. Artículo 2o.- Son DERECHOS generales de los contribuyentes los siguientes: I.Derecho a ser informado y ASISTIDO POR LAS AUTORIDADES FISCALESen el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como del contenido y alcance de las mismas.

  21. DEFENSA ADECUADA. ALCANCE DE DICHA GARANTÍA EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA (INTERPRETACIÓN DE LA FRACCIÓN II, EN RELACIÓN CON LAS DIVERSAS IX Y X DEL ARTÍCULO 20, APARTADO A, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL). ESTA PRIMERA SALA CONSIDERA QUE LA "ASISTENCIA" NO SÓLO DEBE ESTAR RELACIONADA CON LA PRESENCIA FÍSICA DEL DEFENSOR ANTE O EN LA ACTUACIÓN DE LA AUTORIDAD CUENTE CON LA AYUDA EFECTIVA DEL ASESOR LEGAL. Tesis de jurisprudencia 23/2006. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de veintinueve de marzo de dos mil seis. Robertson, Saracho, Del Peral y asocs.

  22. E S T R A T E G I A

  23. II. Derecho a obtener, en su beneficio, las devoluciones de impuestos que procedan en términos del Código Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales aplicables.

  24. III. Derecho a conocer el ESTADO DE TRAMITACIÓN de los procedimientos en los que sea parte.

  25. E S T R A T E G I A

  26. I. Derecho a ser INFORMADO y asistido por las autoridades fiscales en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como del contenido y alcance de las mismas. • III. Derecho a conocer el ESTADO DE TRAMITACIÓNde los procedimientos en los que sea parte.

  27. Novena ÉpocaInstancia: PlenoFuente: Semanario Judicial de la Federación y su GacetaXXVII, Junio de 2008Página: 743Tesis: P./J. 54/2008JurisprudenciaMateria(s): Constitucional ACCESO A LA INFORMACIÓN. SU NATURALEZA COMO GARANTÍAS INDIVIDUAL Y SOCIAL. El acceso a la información se distingue de otros derechos intangibles por su doble carácter: como un derecho en sí mismo Y COMO UN MEDIO O INSTRUMENTO PARA EL EJERCICIO DE OTROS DERECHOS.En efecto, además de un valor propio, la información tiene uno instrumental que sirve como presupuesto del ejercicio de otros derechos

  28. IV. Derecho a conocer LA IDENTIDAD DE LAS AUTORIDADES FISCALESbajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos en los que tengan condición de interesados.

  29. V. Derecho a obtener certificación y copia de las declaraciones presentadas por el contribuyente, previo el pago de los derechos que en su caso, establezca la Ley. VI. Derecho A NO APORTARlos documentos que ya se encuentran en poder de la autoridad fiscal actuante.

  30. Derecho a no auto incriminarse

  31. VII. Derecho al CARÁCTER RESERVADO de los datos, informes o antecedentes que de los contribuyentes y terceros con ellos relacionados, conozcan los servidores públicos de la administración tributaria, los cuales SÓLO PODRÁN ser utilizados de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

  32. Artículo 2o.- Son derechos generales de los contribuyentes los siguientes: VIII. Derecho a ser tratado con el debidorespetoy consideración por los servidores públicos de la administración tributaria.

  33. IX. Derecho a que las actuaciones de las autoridades fiscales que requieran su intervención SE LLEVEN A CABO EN LA FORMA QUE LES RESULTE MENOS ONEROSA. oneroso, sa. (Del lat. onerōsus). 1. adj. Pesado, MOLESTO O GRAVOSO.

  34. QUE RESULTA SER MENOS ONEROSO??? VISITA DOMICILIARIA Revisión de gabinete Embargo de bienes como lo son maquinaria y equipo , embargo de cuentas bancarias Embargo de la negociación

  35. X. Derecho a formular alegatos, presentar y ofrecer como pruebas documentos conforme a las disposiciones fiscales aplicables, incluso el expediente administrativo del cual emane el acto impugnado, que serán tenidos en cuenta por los órganos competentes al redactar la correspondiente resolución administrativa.

  36. prueba EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Deberá ser tomado en cuenta por las autoridades jurisdiccionales al resolver el asunto expuesto

  37. E S T R A T E G I A

  38. Registro No. 168798 Localización:Novena ÉpocaInstancia: Tribunales Colegiados de CircuitoFuente: Semanario Judicial de la Federación y su GacetaXXVIII, Septiembre de 2008Página: 1408Tesis: III.4o.A.51 ATesis AisladaMateria(s): Administrativa RESOLUCIÓN IMPUGNADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SI EL PROMOVENTE ADJUNTÓ A SU DEMANDA LAS CONSTANCIAS RELATIVAS DE MANERA INCOMPLETA, PERO OFRECIÓ COMO PRUEBA EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO EN QUE AQUÉLLA SE DICTÓ, DICHA DEFICIENCIA SE SUBSANA CUANDO LA AUTORIDAD DEMANDADA LO ALLEGUE AL PROCEDIMIENTO.

  39. CARGA DE LA PRUEBA EN EL JUICIO DE NULIDAD. CORRESPONDE A LA AUTORIDAD CUANDO LOS DOCUMENTOS QUE CONTENGAN LAS AFIRMACIONES SOBRE LA ILEGALIDAD DE SUS ACTUACIONES OBREN EN LOS EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS QUE AQUÉLLA CONSERVA EN CUSTODIA. El artículo 81 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al juicio de nulidad, establece que el actor está obligado a probar los hechos constitutivos de su acción. Sin embargo, en el ámbito del derecho administrativo opera un principio de excepción que obliga a la autoridad a desvirtuar, inclusive, las afirmaciones sobre la ilegalidad de sus actuaciones que no estén debidamente acreditadas mediante el acompañamiento en autos de los documentos que las contengan, cuando éstos obren en los expedientes administrativos que aquélla conserva en custodia. SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. Clave: I.7o.A., Núm.: J/45

  40. XI. Derecho a ser OÍDO en el trámite administrativo CONCARÁCTER PREVIO A LA EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN DETERMINANTE DEL CRÉDITO FISCAL, en los términos de las leyes respectivas.

  41. ESTRATEGIA Robertson, Saracho, Del Peral y asocs.

  42. XII. Derecho a ser informado, al inicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales, SOBRE SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES EN EL CURSO DE TALES ACTUACIONES Y A QUE ÉSTAS SE DESARROLLEN EN LOS PLAZOS PREVISTOS EN LAS LEYES FISCALES. Se tendrá por informado al contribuyente SOBRE SUS DERECHOS, cuando se le entregue la carta de los derechos del contribuyente y así se asiente en la actuación que corresponda. La omisión de lo dispuesto en esta fracción no afectará la validez de las actuaciones que lleve a cabo la autoridad fiscal, pero dará lugar a que se finque responsabilidad administrativa al servidor público que incurrió en la omisión.

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