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Despliegue Territorial Subsecretaría de Previsión Social www.previsionsocial.gob.cl

Reforma al SEGURO DE CESANTÍA Ley N° 20.440 Flexibiliza los requisitos de acceso para obtener beneficios del Seguro de Cesantía de la Ley N°19.728, producto de la catástrofe del 27 de febrero de 2010. Despliegue Territorial Subsecretaría de Previsión Social www.previsionsocial.gob.cl.

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  1. Reforma alSEGURO DE CESANTÍALey N° 20.440Flexibiliza los requisitos de acceso para obtener beneficios del Seguro de Cesantía de la Ley N°19.728, producto de la catástrofe del 27 de febrero de 2010. Despliegue Territorial Subsecretaría de Previsión Social www.previsionsocial.gob.cl

  2. Temas a tratar 1.- ¿Qué es el Seguro de Cesantía? 2.- ¿En qué consiste la Ley 20.440? 3.- ¿Qué beneficios incorpora esta ley? 4.- Cronología 5.- ¿Cómo funciona? Trabajadores Contrato Indefinido/ Plazo Fijo 6.- Tablas Comparativas 7.- Conclusión

  3. ¿Qué es el Seguro de Cesantía? Es un instrumento de protección social destinado a proteger a los afiliados que quedan cesantes, ya sea por causas voluntarias o involuntarias. Este Seguro fue creado mediante la Ley N°19.728 y está vigente desde octubre de 2002. A raíz del terremoto que afectó al país en febrero pasado, el Congreso aprobó el 8 de Mayo del 2010 la Ley N° 20.440 que disminuye los requisitos y amplía los beneficios de este Seguro. Esto permitirá que cerca de 93 mil personas que trabajan en las regiones más afectadas por el terremoto puedan acceder a los beneficios de este Seguro.

  4. ¿En qué consiste la Ley 20.440? Es una modificación que incluye normas temporales al Seguro de Cesantía (Ley 19.728). Se creó a raíz de la catástrofe del 27 de febrero pasado y su objetivo es aumentar la cobertura de este Seguro en las regiones más afectadas por el terremoto.

  5. ¿Qué beneficios incorpora esta Ley? • Disminuye requisitos (Fin de contrato entre febrero y julio de 2010) Rebaja de 12 a 8 las cotizaciones necesarias, en los últimos 24 meses, para acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS). Rige en las regiones V,VI,VII,VIII,IX y Metropolitana. • Se agregan dos giros al Fondo de Cesantía Solidario (Último giro entre enero y julio de 2010) Los afiliados cesantes con beneficios financiados por el FCS, cuyo último pago sea entre enero y julio de 2010, tienen derecho a recibir dos giros adicionales. Rige para las regiones V,VI,VII,VIII,IX y Metropolitana. 3. Crea un Permiso de Reconstrucción (Entre marzo y agosto de 2010. Suscripción hasta el 31 de julio) Se aplica en los casos en que la empresa, a causa del terremoto, no pueda producir; o bien, cuando continuar con la actividad sea riesgoso para los trabajadores. Rige en las regiones VI, VII y VIII.

  6. Cronología Creación Seguro de Cesantía Ley N° 19.728 1era Modificación Ley N° 20.328 2 da Modificación Ley N° 20.440 2002 VOLUNTARIO OBLIGATORIO 2 DE OCTUBRE 2002 01 DE MAYO 2009 08 DE MAYO 2010

  7. ¿Cómo funciona?A) Trabajadores con Contrato Indefinido

  8. ¿Cómo funciona?B) Trabajadores con Contrato a Plazo Fijo o Faena

  9. Tabla Comparativa 1.- Disminuye requisitos Regiones V, VI, VII, VIII, IX y Metropolitana Requisitos para acceder a la Cuenta Individual de Cesantía (CCI) Ley N° 19.728 Ley N° 20.440 Trabajadores Contrato Indefinido Requieren 12 cotizaciones, continuas o discontinuas, en los últimos 24 meses. Las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador. Trabajadores Contrato Indefinido Requieren 8 cotizaciones, continuas o discontinuas, en los últimos 24 meses. Las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador. Trabajadores Contrato a Plazo Fijo o por Obra Requieren 6 cotizaciones en los últimos 24 meses. Las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador. Trabajadores Contrato a Plazo Fijo o por Obra Requieren 6cotizaciones en los últimos 24 meses. Las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador.

  10. Tabla Comparativa 1.- Disminuye requisitos Regiones V, VI, VII, VIII, IX y Metropolitana Requisitos para acceder al FCS. (Trabajadores con contrato indefinido y plazo fijo) Ley N° 20.440 Ley N° 19.728 Requieren 8cotizaciones, continuas o discontinuas, en los últimos 24 meses. Las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador. Requieren 12cotizaciones, continuas o discontinuas, en los últimos 24 meses. Las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador.

  11. Tabla Comparativa 2.- Se agregan dos giros extras al FCS Regiones V, VI, VII, VIII, IX y Metropolitana Requisitos para acceder al FCS (Trabajadores con contrato indefinido y plazo fijo) Ley N° 19.728 Ley N° 20.440 2 Giros adicionales para beneficios del FCS que reciban último giro entre enero y julio de 2010. (sin requisito de tasa de desempleo), es decir: 4 Giros para Trabajadores Plazo Fijo 7 Giros para Trabajadores Contrato Indefinido. . 2 Giros para Trabajadores Plazo Fijo 5 Giros para Trabajadores Contrato Indefinido

  12. Tabla Comparativa 3.- Crea un Permiso de Reconstrucción Regiones VI, VII y VIII Requisitos para acceder a la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) o al Fondo de Cesantía Solidario (FCS) Ley N° 19.728 Ley N° 20.440 Trabajador NOcesante puede acercarse ante la AFC y solicitar los beneficios tanto de su CIC como del FSC (con sus Requisitos Flexibilizados), sólo cuando la empresa en que trabaje esté en las regiones VI, VII u VIII y presentando el Permiso de Reconstrucción previamente Pactado con su empleador. Trabajador debe presentarse ante AFC acreditando Cese de Actividad Laboral, mediante -Finiquito ratificado por las partes, -Comunicación del despido, -Acta de conciliación o avenimiento o Acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo, -Sentencia judicial ejecutoriada, -Carta de renuncia ratificada por el trabajador.

  13. Tabla Comparativa 3.- Crea un Permiso de Reconstrucción Regiones VI, VII y VIII Beneficios del Fondo Solidario Ley N° 20.440 Ley N° 19.728 Asignaciones familiares, salud a través de FONASA, pago de cotizaciones obligatorias de pensiones (con cargo al FCS, según el monto pagado por el mismo) NO EXISTE BENEFICIO PARA TRABAJADOR SIN CESE DE ACTIVIDAD LABORAL. Empleador puede complementar la prestación para mejorar el beneficio hasta: 50% Contrato Indefinido. 35% Plazo fijo Cuando exista complemento el trabajador puede asistir a capacitación. El Empleador debe cotizar Ley N°16.744 accidente del trabajo

  14. Conclusiones La LEY 20.440, tiene como objetivo apoyar a Trabajadores y Empleadores de las zonas más afectadas por el terremoto, brindado con ello mayor cobertura y flexibilización en el acceso a los beneficios del Seguro de Cesantía.

  15. Muchas gracias! Para más información visite: www.previsionsocial.gob.cl www.afcchile.cl O llame gratis al: 800 800 232 (AFC)

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