1 / 16

Las indemnizaciones en materia del trabajo.

Las indemnizaciones en materia del trabajo. Ejemplos prácticos. Las acciones más comunes en el derecho del trabajo. El cumplimiento del contrato, derivado de un despido injustificado. La rescisión de la relación laboral por causas imputables al patrón. El cobro de la prima de antigüedad.

lilac
Download Presentation

Las indemnizaciones en materia del trabajo.

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Las indemnizaciones en materia del trabajo. Ejemplos prácticos.

  2. Las acciones más comunes en el derecho del trabajo. • El cumplimiento del contrato, derivado de un despido injustificado. • La rescisión de la relación laboral por causas imputables al patrón. • El cobro de la prima de antigüedad. • El tiempo extraordinario. • Los salarios caídos. • Indemnización por riesgo de trabajo que cause la muerte del trabajador.

  3. Prestaciones a que tengo derecho cuando sufro un despido injustificado.

  4. Si se opta por la variante de indemnización.

  5. Si se opta por la reinstalación.

  6. Si el patrón se niega a reinstalar, el trabajador tiene derecho a:

  7. Prestaciones a que tengo derecho en caso de rescisión.

  8. El tiempo extraordinario. • Se tiene derecho a esta prestación en todos los casos en que así se demande, se acredite en el juicio haberlo laborado y; habitualmente prescribe toda reclamación por este concepto que abarque un período de tiempo anterior al último año de servicios prestados. • El tiempo extraordinario se calcula en función del costo de obra ordinaria. • La ley sólo permite laborar una jornada ordinaria de 48 horas, y un límite de tiempo extraordinario de nueve horas a la semana que deben distribuirse de tres en tres. • Para su cuantificación debe servir de base el salario integrado por ser el que se paga en la jornada ordinaria. Ver JURISPRUDENCIA. Registro: 166420. • Las primeras nueve horas extraordinarias se pagan al doble del valor de la hora sencilla.(calculada sobre el SDI). • Las posteriores horas extraordinarias se pagan al triple del valor de la hora sencilla. (calculada sobre el SDI).

  9. La prescripción de las prestaciones laborales.

  10. Los salarios caídos. • Se calculan sobre la base del salario diario integrado. • Se tiene derecho a ellos al ganar el laudo. • Su reclamación prescribe en dos años. • Se generan a partir del día en que se alega el despido o rescisión, hasta que se dé total cumplimiento al laudo. • En la ley en vigor se prevé que los salarios caídos tendrán un tope de 12 meses, pasados los cuales dejarán de correrá razón de un salario diario integrado por cada día hasta que se dé total cumplimiento al laudo; a partir de que se cumplan los 15 meses, comenzarán a correr salarios caídos en función de un interés del 2% mensual sobre saldo insoluto, hasta que se dé total cumplimiento al laudo. (Artículo 48 de la ley Federal del trabajo). • En caso de muerte del trabajador, dejarán de computarse los salarios vencidos como parte del conflicto, a partir de la fecha del fallecimiento.

  11. Muerte de trabajador por riesgo de trabajo. (Artículo 502 LFT).

  12. Por fin la práctica. Matemáticas.

  13. ¿Cómo calcular las indemnizaciones? • 1.- CALCULAR EL: Salario diario integrado. Se calcula con la proporción diaria de cada una de las prestaciones que el trabajador recibe por los servicios prestados, (artículo 84 de la ley Federal del trabajo).

  14. Aguinaldo proporcional al último año laborado: Se toma en cuenta del primero de enero de cada año hasta el último día laborado: Ejemplo. Ultimo día: 25 de abril de 2013 = han transcurrido 115 días laborados (DL) AG PROP. = 15 X (CD)/365 X DL AG PROP. = 15X150/365X115=708.90 o bien la regla de 3: Si por 15 días de aguinaldo anual (365 días laborados), me corresponden (15x150=$2,250) $2250, ¿Cuanto me corresponderá por 115 días trabajados?: Días ---- Pesos 365 ----- 2250 115 ----- "X“ = 708.90

  15. La prima vacacional 1.- Hay que obtener el monto de las vacaciones. El trabajador tiene por ejemplo 6 días de vacaciones. (DV) VACACIONES= (DV)X (CD) VACACIONES= 6x150=900 (VAC) La prima vacacional es el 25% de las vacaciones. PV= VAC X (.25) PV=900 X 0.25= $225 2.- La proporción diaria se calcula así: PV/365 225/365=0.616 Como en el ejemplo el trabajador ha laborado 115 días, su Proporción diaria al último año laborado es: PV/365X(DL) 225/365X115=70.89

  16. Calcular las indemnizaciones. • 2.- En base a las prestaciones a qué tenemos derecho, realizar las siguientes operaciones aritméticas: Fórmulas

More Related