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Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del los Trabajadores del Estado de Campeche

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del los Trabajadores del Estado de Campeche. Prestaciones, Cuotas y Aportaciones. La Ley contempla un esquema integral, al incluir: Seguro de prestaciones médicas. Jubilaciones y pensiones por vejez, invalidez, viudez y orfandad.

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Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del los Trabajadores del Estado de Campeche

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Presentation Transcript


  1. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales del los Trabajadores del Estado de Campeche

  2. Prestaciones, Cuotas y Aportaciones • La Ley contempla un esquema integral, al incluir: • Seguro de prestaciones médicas. • Jubilaciones y pensiones por vejez, invalidez, viudez y orfandad. • Seguro de fallecimiento. • Seguro de cesantía o separación. • Préstamos a corto plazo, especiales e hipotecarios. • Otras prestaciones sociales. • Cobertura de servicios médicos Con base en lo establecido en el Artículo 42 de la Ley, la cobertura de servicios médicos se subroga, mediante convenios celebrados con el IMSS y con el ISSSTE. Actualmente el 92% de los trabajadores están incorporados al IMSS y el 8% al ISSSTE, sin embargo en el caso del IMSS están incorporados en todas las ramas del seguro, ocasionándose duplicidad en pensiones y guarderías.

  3. Prestaciones, Cuotas y Aportaciones • Cobertura de pensiones Conforme al Artículo 3° transitorio de la Ley, el Instituto cubre las pensiones que se concedan a partir de octubre del 2002; las pensiones fincadas con anterioridad, incluyendo las que procedan por la muerte de dichos pensionados, se cubren con recursos a cargo del Gobierno del Estado. • Cobertura del seguro de fallecimiento y de cesantía Con cargo a los recursos que administra el ISSSTECAM, incluyendo el pago correspondiente al ocurrir el fallecimiento de los pensionados cuya pensión es cubierta por el Gobierno del Estado. • Préstamos, Prestaciones Sociales y Gastos de Administración Se cubren con cargo a los recursos que recibe el Instituto.

  4. Prestaciones, Cuotas y Aportaciones • Cuotas y aportaciones • Trabajadores: 6% de su salario. • Pensionados: 6% de su pensión. • Entidades: 18.30% de los salarios. • Total: 24.30% de los salarios y 6% de las pensiones. • Las aportaciones de las dependencias variarán de acuerdo al costo de los servicios médicos. • Los porcentajes de las cuotas y aportaciones varían dependiendo de las cuotas enteradas al IMSS y al ISSSTE. Actualmente, el importe de cuotas y aportaciones equivale al 27.94% de los salarios y al 6% de las pensiones.

  5. Prestaciones, Cuotas y Aportaciones • Prácticas actuales no contempladas en la Ley • Existen situaciones especiales convenidas con las Dependencias, de tal forma que se estima que las aportaciones totales de los trabajadores equivalen al 5.80% de los salarios y no al 6% como lo marca la Ley. • Del total de cuotas y aportaciones, casi el 28% de los salarios, aproximadamente el 21.4% de los sueldos, se destinan a la cobertura de las cuotas y aportaciones al IMSS y al ISSSTE. • El ISSSTECAM recibe el 6% de las pensiones y el 6.50% de los salarios.

  6. Prestaciones, Cuotas y Aportaciones • Seguro de vida: • Establecido en la Ley: $1,000 • Cubierto en la práctica: Suma asegurada de 60 meses del sueldo del trabajador, extensivo en caso de invalidez. Para pensionados la suma asegurada es de $40,000 más gastos funerales de $3,500. • Aguinaldo y vales de despensa a pensionados: • No contemplados en la Ley. • Práctica: 45 días de aguinaldo, pago de 5 o 6 días por complemento de calendario y $125 mensuales por concepto de vales. • Cuantía mínima de pensiones • No contemplada en la Ley • Práctica: El salario mínimo de la zona económica que corresponda.

  7. Prestaciones, Cuotas y Aportaciones • Pensiones a familiares de trabajadores activos fallecidos por causas ajenas al servicio, así como a los familiares de pensionados por inhabilitación • Ley: Reducciones graduales del 10%, hasta alcanzar el 50% de la pensión original. • Práctica: No se aplican las reducciones. • Pensiones a familiares por muerte de pensionados por inhabilitación a causa del servicio: • Ley: Pensión pagadera durante 6 meses. • Práctica: Pensión pagadera en forma vitalicia. • Incorporación IMSS • Ley: Para la cobertura de servicios médicos. • Práctica: Todas las prestaciones, incluyendo Sistema de Pensiones.

  8. Población incorporada

  9. Relaciones entre estadísticas de trabajadores activos y pensionados

  10. Evolución esperada a mediano y largo plazo • Del 6.5% de los salarios que regularmente recibe el ISSSTECAM, destinará aproximadamente el 3% a la cobertura de prestaciones sociales y gastos de administración, quedando disponible para la cobertura de lo que se denomina sistema de pensiones, que comprende el pago de pensiones, pagos por fallecimiento y devolución de aportaciones el 3.5% del sueldo de los trabajadores activos y la reserva actualmente constituida, con lo cual se diagnostica que el ISSSTECAM tiene un período de suficiencia financiera de 8 años. • Para mantener el esquema actual, incluido el hecho de que los trabajadores tienen derecho a un doble esquema de pensiones, las cuotas y aportaciones deberían incrementarse del 28% del sueldo de los trabajadores activos al intervalo del 55.5% al 60.8% del sueldo de los trabajadores activos, es decir, de 2 a 2.2 veces el importe de las cuotas y aportaciones actuales.

  11. Líneas de Acción • Reordenar el marco jurídico que regula las prestaciones y servicios que otorga el ISSSTECAM, estableciendo un nuevo esquema complementario, que sea social y financieramente viable. • Subrogación o reubicación de la población infantil del CENDI

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