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Perspectivas de la identificación de algunos delitos contra mujeres en las Estadísticas Judiciales en Materia Penal

Perspectivas de la identificación de algunos delitos contra mujeres en las Estadísticas Judiciales en Materia Penal. Octubre 2009. Objetivo de las Estadísticas Judiciales.

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Perspectivas de la identificación de algunos delitos contra mujeres en las Estadísticas Judiciales en Materia Penal

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Presentation Transcript


  1. Perspectivas de la identificación de algunos delitos contra mujeres en las Estadísticas Judiciales en Materia Penal Octubre 2009

  2. Objetivo de las Estadísticas Judiciales • Generar información que caracterice a la población procesada, sentenciada y delitos registrados en la primera instancia de la administración de justicia penal, mediante la información captada en los juzgados del fuero federal y común, a fin de ofrecer una base informativa para la planeación y evaluación de políticas públicas, así como para la investigación y la prestación del servicio público de información a la sociedad en general.

  3. Antecedentes • Publicación del Departamento de la Estadística Nacional: • Anuario Estadístico de los Estados Unidos Mexicanos, 1930.

  4. Delitos que presenta

  5. Clasificadores de delitos utilizados • Los delitos registrados se publican con base en clasificadores que de manera periódica incorporan más ilícitos, conforme se modifica la tipificación penal en el país: a partir de 1930, se consideraron 12 títulos de delitos, en 1970 ocho delitos para cada fuero, en 1990 se amplió a 118 delitos, en 1996 a 225 delitos y a partir de 2009 inicia el uso de la Clasificación Mexicana de Delitos con 186 clases de delitos y 850 delitos. En esta última quedan comprendidos los ilícitos identificados en la publicación de INEGI y UNIFEM Delitos contra las Mujeres.

  6. ¿Habrá continuidad para algunos delitos en 2008 y 2009? El Anexo 2 de la publicación antes citada incluye 33 clases de delitos que al ser comparados con la estadística publicada hasta 2008, resultan equiparables en 23 clases:

  7. ¿Qué descripción básica reflejan? • Ejemplo: la violencia intrafamiliar • La estadística de presuntos delincuentes ha venido registrando alrededor de doscientos mil delitos anuales de 1997 a 2008 y este volumen creció 1.6% medio anual. Ritmo rebasado por la tendencia creciente de la violencia intrafamiliar registrada, con 46% en promedio anual, durante los mismos años. Su volumen llegó a representar 2% del total de ilícitos (4 820 casos en 2008).

  8. ¿Quiénes son presuntamente responsables? Índice de femineidad de presuntos responsables de violencia intrafamiliar por entidad federativa, 2008 (Mujeres por cada 100 hombres) Índice nacional 9.9 Índice inferior al nacional Índice superior al nacional

  9. ¿Quiénes son presuntamente responsables? • Más de la mitad de ellos fueron consignados por los eventos ocurridos en ocho entidades federativas: Sinaloa, Sonora, Chihuahua, Puebla, Veracruz, Distrito Federal, Jalisco y San Luis Potosí (59%). Su perfil sociodemográfico básico describió predominio de las edades comprendidas entre los 20 y los 54 años (89.7%), escolaridad primaria y secundaria (61.9%) y ocupaciones de artesanos, obreros, oficinistas, trabajadores agropecuarios, comerciantes y operadores de transporte (66.3%).

  10. ¿Qué situación jurídica se determinó a su presunta responsabilidad?

  11. ¿Las víctimas son mujeres? • No todos los casos de violencia intrafamiliar refieren víctimas mujeres porque la tipificación describe que puede ser cónyuge, pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, adoptante o adoptado (ejemplo fundamentado en el artículo 242 BIS del Código Penal de Baja California). • Igual ocurre con víctimas de delitos tales como: Homicidio por infidelidad conyugal, Lesiones por infidelidad conyugal, Violación, Procreación asistida, Abandono de cónyuge o concubina (hombre/mujer) Rapto (mujer/menores) Incumplimiento de las obligaciones alimentarias y de asistencia familiar e Insolvencia dolosa para cumplir las obligaciones alimentarias (mujer/hombre/menores). • Sólo en delitos tales como Fecundación a través de medios clínicos, Inseminación artificial indebida y Aborto provocado, la víctima es mujer.

  12. ¿Qué perspectivas se consideran para identificarlas? • Para referir delitos contra mujeres, la estadística judicial requiere disponer de información sobre la víctima y ante diversas solicitudes realizadas hacia los informantes, no se ha obtenido respuesta favorable. • Ante la reciente instauración del Comité Técnico Especializado de Información de Justicia, se vislumbra la oportunidad de reforzar la solicitud.

  13. ¿Qué perspectivas se consideran para identificarlas? • Adicionalmente, se están instrumentando las medidas conducentes para captar información generada en el marco de Sistema de Justicia Penal Acusatorio Oral, en particular sobre víctimas, al menos su edad y sexo. • La información que se genera en dicho sistema es relevante en este contexto, debido a que reconoce como derechos de la víctima: recibir asesoría jurídica e información de sus derechos, coadyuvar con Ministerio Público, recibir atención médica y psicológica, reparación de daño, resguardo de identidad, solicitar medidas cautelares y providencias necesarias para su protección, restitución de sus derechos, impugnar ante el juez las omisiones de Ministerio Público y suspender el procedimiento por no recibir reparación del daño 1. En cuanto el Instituto disponga de más información, será puesta a la disposición de ustedes y de todo usuario del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

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