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Sesión temática: INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

Sesión temática: INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES LA TRANSFORMACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIAS DE URUGUAY Las decisiones políticas que sustentaron el cambio de paradigma y el diseño institucional . Sistema Nacional de Emergencias – Uruguay

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Sesión temática: INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES

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Presentation Transcript


  1. Sesión temática: INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES LA TRANSFORMACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIAS DE URUGUAY Las decisiones políticas que sustentaron el cambio de paradigma y el diseño institucional. Sistema Nacional de Emergencias – Uruguay Soc. Gustavo Leal. Coordinador General

  2. ESTRUCTURA DE LA PRESENTACIÓN 1) EVOLUCIÓN DEL DISEÑO INSTITUCIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIAS 2) FUNDAMENTOS POLÍTICOS DE LA TRANSFORMACIÓN 3) ACTORES CLAVES EN EL PROCESO DE TRANSFORMACIÓN

  3. EVOLUCION DEL DISEÑO INSTITUCIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIAS DE URUGUAY

  4. ESTRUCTURA VIGENTE DESDE 1995 HASTA EL 2009 Un Comité Nacional de Emergencias integrado por el Presidente de la República, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Una Dirección Técnica Operativa Permanente (DTOP) al mando de todo el Sistema Nacional de Emergencias dirigida por un delegado del Ejército Nacional. Un Consejo Nacional de Emergencias integrado por los Comandantes de las Fuerzas Armadas, el Consejo de Ministros, el Director de la DTOP y el Secretario de la Presidencia.

  5. 2007. Se instala grupo de trabajo para formular la ley. 2008. Se inicia la discusión parlamentaria. 12 de octubre, 2009. El Parlamento aprueba la Ley 18.621. 25 de octubre, 2009. El Poder Ejecutivo promulga la Ley. 2005.- Asume el gobierno el Dr. Tabaré Vázquez, primer presidente de izquierda en Uruguay. 2007. Se instala grupo de trabajo para formular la ley. 2008. Se inicia la discusión parlamentaria. 12 de octubre, 2009. El Parlamento aprueba la Ley 18.621. 25 de octubre, 2009. El Poder Ejecutivo promulga la Ley.

  6. NUEVA ESTRUCTURA A PARTIR DE Noviembre 2009 • Se crea la Dirección Nacional de Emergencias bajo la responsabilidad de un civil en la órbita de la Presidencia. El personal de todas las áreas del Sistema quedan bajo la dirección del Director Nacional. • El Area Técnica se integra por un equipo multidisciplinario en el área de gestión de riesgos. • El Area Operativa Permanente se integra con un delegado del Ministerio de Defensa y en el futuro cercano con otros delegados permanentes de otros ministerios. • Los Comité Departamentales pasan a ser un organismo del Sistema con una integración y un reglamento de funcionamiento unificado.

  7. 2007. Se instala grupo de trabajo para formular la ley. 2008. Se inicia la discusión parlamentaria. 12 de octubre, 2009. El Parlamento aprueba la Ley 18.621. 25 de octubre, 2009. El Poder Ejecutivo promulga la Ley. II) FUNDAMENTOS POLÍTICOS DE LA TRANSFORMACIÓN

  8. El cambio de enfoque tiene un fundamento político que está en consonancia con el cambio de orientación política ocurrido a partir del 1 de marzo del 2005. • Cinco claves del cambio: • El pasaje de la respuesta a la emergencia a un sistema capaz de gestionar el riesgo de desastres en forma integral. • La transformación de la gestión del Estado. Transversalidad, coordinación y la descentralización. • Nueva política de defensa y redefinición del rol de los militares • Política de ordenamiento territorial • Creación del Sistema Nacional de Respuesta al cambio climático y la Variabilidad.

  9. El pasaje de la respuesta a la emergencia a un sistema capaz de gestionar el riesgo de desastres en forma integral. “Hasta el año 2005 el país trabajó la temática de los riesgos con el enfoque de respuesta a emergencias. A partir de ese año, el Gobierno de Uruguay comienza a trabajar en una concepción de sistema multi-institucional y abordando el tema de desastres desde una perspectiva de gestión de riesgo, incorporando el concepto preventivo”. En este sentido, la Ley N° 18.621 (Nov/009) “Sistema Nacional de Emergencias. Creación como sistema público de carácter permanente”, establece que la finalidad del SINAE es la “protección de las personas, los bienes de significación y el medio ambiente, ante el acaecimiento eventual o real de situaciones de desastre, mediante la coordinación conjunta del estado con el adecuado uso de los recursos públicos y privados disponibles, de modo de propiciar las condiciones para el desarrollo nacional sostenible”.

  10. Creación del Sistema de Respuesta al Cambio climático. Mediante el Decreto 238 de 2009 se creó el Sistema Nacional de Respuesta al Cambio Climático, a cargo del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, como un ámbito de coordinación horizontal entre todas las instituciones, tanto públicas como privadas, necesarias para la prevención de los riesgos, la mitigación y la adaptación al cambio climático.

  11. Nueva política de defensa y redefinición del rol de los militares En marzo del presente año, fue aprobada la Ley N° 18.650, denominada “Ley Marco de Defensa Nacional”, en la cual se establecen los grandes lineamientos de la Defensa Nacional, a la vez que crea y define nuevos órganos tales como el Consejo de Defensa Nacional y el Estado Mayor de la Defensa. Cabe destacar que dicha ley es la primera en toda la historia del Uruguay en la cual el poder político, establece los lineamientos generales de la Defensa Nacional del país. La situación anterior a la aprobación de la Ley marco, se caracterizó como sostiene González, J. (2008), por una situación en la cual: “…las definiciones políticas referidas a la política de defensa nacional (…) no han sido nunca explicitados formalmente en Uruguay por sus organismos políticos de gobierno”.

  12. Ley de Defensa De lo anterior se destacan al menos tres elementos principales: 1.- Que la Defensa Nacional, es una actividad de toda la ciudadanía. Este es un punto neurálgico de la definición, puesto que define a la defensa como un bien público, siendo “de” y “para” la ciudadanía. 2.- Que la Defensa Nacional comprende las actividades de carácter civil y militar. La relevancia de este punto radica, por una parte, en que la Defensa Nacional NO es sinónimo de actividades militares, es decir, no se restringe a las actividades de defensa militar sino que las mismas se incluyen dentro del concepto. Asimismo, esto significa que las actividades de Defensa Nacional no son planificadas y ejecutadas única o exclusivamente por el Ministerio de Defensa Nacional, sino que todos los organismos del estado y la sociedad estarán involucrados en la concreción de la misma.

  13. Ley de Defensa En este sentido, se considera que el estado uruguayo a través de las instituciones estatales debe promover una toma de consciencia de las reales implicancias del concepto de defensa nacional al tiempo que lograr una “desmitificación” y “desvinculación” del concepto de Defensa Nacional a las actividades e instituciones castrenses. En función de lo anterior se puede concluir que: El concepto de Defensa Nacional incluye tanto al concepto y a las actividades de Defensa o Protección Civil como las relativas a la defensa militar

  14. Ley de Ordenamiento Territorial

  15. 2007. Se instala grupo de trabajo para formular la ley. 2008. Se inicia la discusión parlamentaria. 12 de octubre, 2009. El Parlamento aprueba la Ley 18.621. 25 de octubre, 2009. El Poder Ejecutivo promulga la Ley. III) ACTORES CLAVES EN EL PROCESO TRANSFORMACIÓN

  16. 2007. Se instala grupo de trabajo para formular la ley. 2008. Se inicia la discusión parlamentaria. 12 de octubre, 2009. El Parlamento aprueba la Ley 18.621. 25 de octubre, 2009. El Poder Ejecutivo promulga la Ley. 1.- Actor político. El Parlamento aprueba la Ley 18.621. Se alcanza un acuerdo político sólido. 2.- Sistema de Naciones Unidas, a través del PNUD asume papel protagónico en el apoyo a la formulación de la Ley y al fortalecimiento del Sistema Nacional de Emergencias durante la transición. 3.- Los medios de comunicación. Se ha desplegado una estrategia de relacionamiento fluido. 4.- Misión Interagencial UNISDR- PNUD – CEPAL – OPS – UNESCO – PNUMA para evaluar

  17. 2007. Se instala grupo de trabajo para formular la ley. 2008. Se inicia la discusión parlamentaria. 12 de octubre, 2009. El Parlamento aprueba la Ley 18.621. 25 de octubre, 2009. El Poder Ejecutivo promulga la Ley. En respuesta a una solicitud de la Presidencia de la República Oriental de Uruguay en octubre de 2010, canalizada a través del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la secretaría de la Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres (UNISDR) y el PNUD, con el apoyo de la Oficina de la Coordinadora Residente de Naciones Unidas en Uruguay, organizaron una misión interagencial de evaluación de la situación de la reducción del riesgo a desastres y capacidades institucionales del Sistema Nacional de Emergencias en la República Oriental de Uruguay que se llevó a cabo del 13 al 20 de diciembre 2010. Esta evaluación será tomada como línea de base para la planificación estratégica del Sistema Nacional de Emergencias en su consolidación institucional. Las 57 recomendaciones del informe se incluirán en el Plan de Desarrollo Institucional basado en resultados para el período 2011- 2015.

  18. INFORMACIÓN DE CONTACTO: Gustavo Leal Coordinador General Sistema Nacional de Emergencias – Presidencia de la República Torre Ejecutiva. Plaza Independencia 710 . Piso 11. CP 11.000 Montevideo. Uruguay Teléfono (00 598 2) 150 interno 3926 - 3927 Email: gleal@presidencia.gub.uy Web: www.sinae.gub.uy

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