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Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior

Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior. Dr. Danilo Pérez Monagas. DANILO PÉREZ MONAGAS. Médico Profesor Agregado del Decanato de Medicina de la UCLA Diputado a la Asamblea Nacional, período legislativo 2000 - 2006

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Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior

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Presentation Transcript


  1. Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior Dr. Danilo Pérez Monagas

  2. DANILO PÉREZ MONAGAS • Médico • Profesor Agregado del Decanato de Medicina de la UCLA • Diputado a la Asamblea Nacional, período legislativo 2000 - 2006 • Ex-presidente de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Descentralización y Desarrollo Regional períodos 2002, 2003, 2004,2005

  3. Base Legal CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA (1.999) Artículo 135. Las obligaciones que correspondan al Estado, conforme a esta Constitución y a la ley, en cumplimiento de los fines del bienestar social general, no excluyen las que, en virtud de la solidaridad y responsabilidad social y asistencia humanitaria, correspondan a los o las particulares según su capacidad.La ley proveerá lo conducente para imponer el cumplimiento de estas obligaciones en los casos en que fuere necesario. Quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión, tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la ley.

  4. Declaración Universal de los Derechos Humanos Artículo 29.1: “Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, pues sólo ella puede desarrollar libre y permanentemente su personalidad (...)”

  5. Declaración Mundial sobre la Educación Superior en el siglo XXI de la UNESCO, París, 1998 “La Educación Superior debe reforzar sus funciones de servicio a la sociedad, y más concretamente sus actividades encaminadas a erradicar la pobreza, la intolerancia, la violencia, el analfabetismo, el hambre, el deterioro del medio ambiente y las enfermedades, principalmente mediante un planteamiento interdisciplinario y transdisciplinario para analizar los problemas y las cuestiones planteados.”

  6. LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR La presente Ley tiene como objeto normar la prestación del servicio comunitario del estudiante de educación superior, que a nivel de pre-grado aspire al ejercicio de cualquier profesión. (Art.1)

  7. COMUNIDAD A LOS EFECTOS DE ESTA LEY, LA COMUNIDAD ES EL ÁMBITO SOCIAL DE ALCANCE NACIONAL, ESTADAL O MUNICIPAL, DONDE SE PROYECTA LA ACTUACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO COMUNITARIO. (Art. 5)

  8. VOLUNTARIADO SERVICIO REQUISITO DE GRADO ACTIVIDAD VOLUNTARIA PRINCIPIOS SIMILARES CAPITAL HUMANO CAPITAL SOCIAL + PRODUCTIVIDAD

  9. Del Servicio Comunitario Se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley. (Art. 4) El servicio comunitario tendrá una duración mínima de 120 horas académicas, las cuales se deben cumplir en un lapso no menor de tres (3) meses. Las instituciones de educación superior adaptarán la duración del servicio comunitario a su régimen académico. (Art. 8)

  10. APRENDIZAJE - SERVICIO “El Aprendizaje - Servicio es una metodologia basada en la experiencia solidaria, donde estudiantes, docentes y ciudadanos de una comunidad, laboran juntos para satisfacer una necesidad de la misma, integrando y aplicando conocimientos académicos. Con esta visión, fomentamos la formacion de profesionales socialmente responsables, quienes trabajen en pro de una Justicia Social”

  11. NO REVOLUCIÓN REVOLUCIÓN VOTE CONDICIONES Universidad Artículo 9: No se permitirán realizar actividades de proselitismo, político-partidista, durante la prestación del servicio comunitario.

  12. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO COMUNITARIO INTERDISCIPLINARIO RESPONSABILIDAD ACADÉMICO PLANIFICADO SOLIDARIO OBLIGATORIO CONTINUO PERTINENCIA SOCIAL UNIDAD

  13. Los prestadores del servicio comunitario son los estudiantes de educación superior que hayan cumplido al menos, con el cincuenta por ciento (50%) del total de la carga académica de la carrera. Los estudiantes de educación superior, deberán cursar y aprobar previa ejecución del proyecto, un curso, taller o seminario que plantee la realidad de las comunidades. (Art.16)

  14. CARGA ACADÉMICA INDISPENSABLE • CAPITAL SOCIAL • SENSIBILIDAD SOCIAL • SOLIDARIDAD • COMPROMISO • PARTICIPACIÓN SERVICIO COMUNITARIO 50% !HACIA UN SÓLO PROPÓSITO!

  15. INICIATIVA DE LOS PROYECTOS (Art.22) • MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR • INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR • ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR • ASOCIACIONES GREMIALES • INSTITUCIONES PÚBLICAS • INSTITUCIONES PRIVADAS • COMUNIDAD ORGANIZADA Los Proyectos deberán ser elaborados respondiendo a las necesidades de las comunidades(Art. 21) Ofreciendo soluciones de manera metodológica, tomando en consideración los planes de desarrollo municipal, estadal y nacional (Art. 21)

  16. CONVENIOS Los convenios serán las alianzas realizadas entre el Ministerio de Educación Superior, las instituciones de educación superior, las instituciones y organizaciones del sector público, privado, las comunidades organizadas y las asociaciones gremiales entre otros, para la ejecución del servicio comunitario. (Art. 14)

  17. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS Los proyectos deberán ser presentados por escrito, y el planteamiento del problema deberá incluir la necesidad detectada en la comunidad, la justificación, los objetivos generales y el enfoque metodológico, sin menoscabo de los requisitos adicionales que pueda solicitar la institución de educación superior en su reglamento. Todo proyecto de servicio comunitario requiere ser aprobado por la institución de educación superior correspondiente. (Art. 23)

  18. INTEGRACIÓN CONOCIMIENTO - COMUNIDAD ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR COMUNIDADES CONSEJOS ESTADALES DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICA CONSEJOS LOCALES DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA

  19. ENCUENTRO DE SABERES

  20. APRENDIZAJE - SERVICIO Sector Público: CLPP, CEPCPP, JP, AV Sector Privado ALIANZA • Gobierno • Comunidades Empresas • Productores • Servicios • Universidad • Docencia • Investigación • Extensión • Profesores • Estudiantes

  21. COMUNIDADES DOCENCIA INVESTIGACIÓN APRENDIZAJE - SERVICIO EXTENSIÓN

  22. RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA Con el método de Aprendizaje – Servicio (Servicio Comunitario), el estudiante se impacta positivamente en seis campos: • Desarrollo Académico y Cognitivo • Desarrollo Cívico • Desarrollo Vocacional y Profesional • Desarrollo Ético y Moral • Desarrollo Personal • Desarrollo Social

  23. La metodología de Aprendizaje - Servicio ha desarrollado herramientas y procesos para cada uno de los siguientes aspectos claves: • Detección de una necesidad social verdadera • Relación entre objetivos curriculares y objetivos de servicio • Asigna espacios estructurales para la reflexión • Participación protagónica de los estudiantes • Evaluación de impacto

  24. PRACTICA ≥ 120 horas Habilidades Profesionales Trabajo Comunitario TEORIA Desarrolla y evalúa competencias

  25. Universidad Estudiantes Aprendizaje-Servicio ¿Qué beneficios representa el... Docentes Comunidad

  26. ¿CUALES SON LOS BENEFICIOS? A los estudiantes • Mejora la calidad de los aprendizajes: • Motivación por aprender, mejora la capacidad de buscar información. • Les permite desarrollar nuevos aprendizajes en competencias genéricas de responsabilidad social.

  27. ¿CUALES SON LOS BENEFICIOS? A los docentes • Mayor motivación personal. • Entrega posibilidades de articulación de los contenidos con sus aplicaciones. • Les permite hacer un aporte a la comunidad. • Permite desarrollar herramientas pedagógicas y facilita el acercamiento profesional-estudiante.

  28. ¿CUALES SON LOS BENEFICIOS? A la comunidad • Activación y revitalización de redes • Espacios de co-educación • Posibilidad de resolver necesidades con el apoyo de estudiantes y profesionales

  29. ¿CUALES SON LOS BENEFICIOS? A la universidad • Le permite integrar a sus comunidades cercanas, sin desviarse de su misión principal, la cual no es otra que educar a sus estudiantes. • Permite formar en valores y cumplir con parte de su responsabilidad social universitaria. • Lograr una mayor identificación y sentido de pertenencia por parte de los estudiantes con la universidad.

  30. ¿COMO IMPLEMENTAMOS ESTA LEY? ·FINANCIAMIENTO ·REGLAMENTO

  31. BRASIL COSTA RICA NICARAGUA COLOMBIA VENEZUELA URUGUAY REP. DOMINICANA 0,0% 1,0% 2,0% 3,0% 4,0% 5,0% 6,0% PRESUPUESTO PÚBLICO PARA TODO EL SISTEMA EDUCATIVO COMO PORCENTAJE DEL PIB Fuente: Estudios Nacionales IESALC- UNESCO

  32. Reglamento ?

  33. FINES DEL SERVICIO COMUNITARIO (Art. 7) • Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana. • Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad. • Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la formación académica, artística, cultural y deportiva. • Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana. • Formar, a través del aprendizaje – servicio el capital social en el país.

  34. ¿QUE BUSCAMOS? • CONTRIBUIR CON EL DESARROLLO DE LA SOCIEDAD VENEZOLANA • REINTEGRAR EL BENEFICIO SOCIAL DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA CON SERVICIOS QUE FAVOREZCAN A LA COMUNIDAD • DESARROLLAR LA SENSIBILIDAD SOCIAL DEL ESTUDIANTE A TRAVÉS DE SU INTERACCIÓN CON LA REALIDAD NACIONAL • RETROALIMENTAR Y ENRIQUECER EL QUEHACER UNIVERSITARIO ADECUÁNDOLO A LAS NECESIDADES DE LAS COMUNIDADES

  35. FORTALECE EL APRENDER A CONOCER, PORQUE: • AUMENTA LA MOTIVACIÓN • PERMITE LA PERCEPCIÓN DE NUEVOS SENTIDOS EN EL APRENDIZAJE • OPORTUNIDAD DE APLICAR LA TEORIA EN EL CONTEXTO REAL • PERMITE NUEVOS APRENDIZAJES • MEJORA EL RENDIMIENTO UNIVERSITARIO • DISMINUYE LOS NIVELES DE FRACASO Y DESERCIÓN ESTUDIANTIL • AUMENTA EL SENTIDO DE RESPONSABILIDAD DEL ESTUDIANTE HACIA EL PROPIO APRENDIZAJE • DESARROLLA CAPACIDAD DE RESOLVER PROBLEMAS EN LA VIDA REAL

  36. 9. INCENTIVA EL TRABAJO EN EQUIPO 10. CAPACIDAD RESOLUTIVA ANTE SITUACIONES IMPREVISTAS O DE NECESIDAD 11. OBLIGA ASUMIR RESPONSABILIDADES 12. DEMANDA LA COMUNICACIÓN EFICAZ 13. PERMITE UNA ACTITUD CRITICA – REFLEXIVA SOBRE LA REALIDAD 14. AUMENTA EL AUTOESTIMA 15. DESARROLLA CREATIVIDAD 16. ESTIMULA RESPONSABILIDAD

  37. DESAFIOS PARA LA EDUCACIÓN DEL SIGLO XXI (UNESCO) • FORTALECE • VALORES MORALES Y ETICOS • VOCACIÓN DE SERVICIO • APRENDER A CONOCER • APRENDER A HACER • APRENDER A SER • APRENDER A CONVIVIR REALIDAD LABORAL Y SOCIAL ESTUDIANTES

  38. JÓVENES DE VENEZUELA UN % DE ESTOS ESTUDIANTES ESTARÁN DISPERSO EN EL TERRITORIO NACIONAL REALIZANDO EL SERVICIO COMUNITARIO ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR 1.3 MILLONES

  39. “La Universidad debe ser una comunidad de maestros y estudiantes que compartan el gozo de buscar la verdad, descubrirla y compartirla” (Juan Pablo II)

  40. GRACIAS....

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