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Fondo para la Educación Previsional Segundo Concurso Nacional de Proyectos

Fondo para la Educación Previsional Segundo Concurso Nacional de Proyectos. Temario. Antecedentes Generales Bases Segundo Concurso FEP Selección de Propuestas Documentos para postular. ANTECEDENTES GENERALES . Antecedentes Generales. Contexto

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Fondo para la Educación Previsional Segundo Concurso Nacional de Proyectos

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Presentation Transcript


  1. Fondo para la Educación Previsional Segundo Concurso Nacional de Proyectos

  2. Temario • Antecedentes Generales • Bases Segundo Concurso FEP • Selección de Propuestas • Documentos para postular

  3. ANTECEDENTES GENERALES

  4. Antecedentes Generales • Contexto • Tras 27 años de funcionamiento del sistema de las AFPs, numerosos estudios revelan que una de sus principales falencias es el escaso o nulo conocimiento que tienen sus afiliados sobre el tema previsional. • Con el propósito de revertir este panorama, la Ley de Reforma Previsional creó el Fondo para laEducación Previsional (FEP), para financiar proyectos, programas y actividades de difusión del sistema de pensiones. Para el Primer Concurso, la Subsecretaría de Previsión Social adjudicó 34 proyectos que significaron un aporte de más de 1.393 millones de pesos.

  5. ¿Qué es el FEP? El FEP es un fondo concursable que busca generar espacios para educar a las personas sobre el sistema de pensiones y la previsión en general. Su objetivo es provocar un cambio cultural en la ciudadanía que eleve su conocimiento sobre estos temas. El FEP financia proyectos orientados a la educación y difusión del sistema previsional. Al menos el 60% de los fondos deben ser usados para actividades de educación y difusión en regiones. EJEMPLOS DE PROYECTOS: Obras de teatro, diálogos ciudadanos, creación de páginas web, foros, blogs, cursos y talleres; así como la elaboración de material educativo y formación de formadores, entre otros.

  6. BASES SEGUNDO CONCURSO FEP

  7. ¿Cuándo comienzan las postulaciones? • A partir del 1 de febrero: • Y hasta el mediodía del 12 de marzo, los interesados podrán postular a través del sitio web www.reformaprevisional.cl • Y hasta el mediodía del 5 de marzo, podrán hacerlo directamente en la Subsecretaría de Previsión Social o en la Seremi del Trabajo y Previsión Social de su región. Las consultas sobre las Bases de Postulación se podrán hacer al correo electrónico fep@previsionsocial.gob.cl.

  8. ¿Quiénes pueden postular? • Personas naturales. • Personas jurídicas, públicas y privadas, con o sin fines de lucro. • Entidades públicas que se encuentren debidamente facultadas para tales • efectos. • Organizaciones No Gubernamentales (ONG).  • Organizaciones sociales reguladas por la Ley 19.418 de Juntas de Vecinos • y demás organizaciones comunitarias. • Otrasorganizaciones, como organizaciones sindicales y empresariales, • organizaciones y entidades culturales, educacionales, organismos • públicos y otras instituciones que cumplan con los requisitos del Registro • Central de Colaboradores del Estado. En todos los casos, los interesados sólo podrán postular con UN PROYECTO.

  9. Beneficiarios • Serán beneficiarios preferentes los siguientes grupos: • Jóvenes menores de 35 años. • Mujeres. • Trabajadores/as independientes o por cuenta propia. • Afiliados a entidades gremiales, empresariales y sindicales.

  10. Monto máximo por cada Proyecto • En el caso que los ejecutores sean personas naturales u organizaciones reguladas por la Ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias, éstos podrán postular proyectos por un monto máximo de 10 millones de pesos • En el caso de otro tipo de ejecutores podrán postular proyectos hasta por un monto máximo de 30 millones de pesos En total, el Segundo Concurso Nacional del FEP tiene disponible: $1.479.752.000

  11. Duración de los proyectos La ejecución de los proyectos no podrá exceder los SEIS MESES, a contar de la firma del convenio entre la Subsecretaría y el ejecutor. Este plazo podrá prorrogarse, previa autorización de la Subsecretaría, lo cual se especificará en el respectivo convenio de ejecución.

  12. SELECCIÓN DE PROPUESTAS

  13. Proceso de Selección • Los proyectos serán evaluados por un Comité de Selección, el que podrá requerir información adicional sobre los proyectos. • El plazo máximo para la selección y adjudicación de los proyectos será de 10 días hábiles contados desde el término de la fecha de recepción de postulaciones (7 de marzo). Este plazo podrá ser prorrogado. El Comité de Selección está integrado por las siguientes personas: 1.- El Presidente de la Comisión de Usuarios del Sistema de Pensiones, 2.- Un representante de la Superintendencia de Pensiones, 3 - Un representante del Instituto de Previsión Social, 4.- Un representante de la Subsecretaria de Previsión Social, quien lo presidirá.

  14. Adjudicación y publicación Oficial De Proyectos Seleccionados • El listado de los proyectos seleccionados y no seleccionados será publicado en el sitio web www.reformaprevisional.cl, a partir del 26 de marzo de 2010. • La notificación a los adjudicatarios se realizará mediante correo electrónico emitido desde la Subsecretaría de Previsión Social. La ADJUDICACIÓN de los fondos se comunicará a partir del 26 de marzo de 2010

  15. Documentos para postular

  16. Persona Natural 1.- Formulario de Presentación de la propuesta. 2.- Fotocopia de la cédula nacional de identidad. 3.- Declaración Jurada Simple sobre inhabilidades.

  17. Persona Jurídica, con y sin fines de lucro. 1.- Formulario Presentación de propuesta. 2.- Certificado de vigencia de la personalidad jurídica de la entidad, con 60 días de anticipación máxima a la fecha de la entrega de la propuesta. 3.- Copia del Rut de la persona jurídica. 4.- Copia del Rut del/los representante/s legal/es. 5.- Copia del documento que acredite la representación legal de quién comparece por la persona jurídica.  6.- Declaración Jurada Simple sobre inhabilidades

  18. Instituciones Públicas. 1.- Formulario Presentación de propuesta. 2.- Deberán acompañar declaración jurada simple, en que se indica que están facultados para postular al presente concurso. 3.- Copia del Rut de la persona jurídica. 4.- Copia del Rut del/los representante/s legal/es. 5.- Copia del documento que acredite la representación legal de quien comparece por la persona jurídica.  No deberán acreditar su existencia legal, pues se trata de órganos cuya creación y facultades se regulan por la Constitución del Estado de Chile y las leyes del país.

  19. Gracias por su Atención Más información sobre las bases en www.reformaprevisional.cl

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