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EL SANEAMIENTO DEL PROCESO: SU APLICACIÓN EN SEDE JUDICIAL

EL SANEAMIENTO DEL PROCESO: SU APLICACIÓN EN SEDE JUDICIAL. Dr. Cesar Augusto Solís Macedo. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA. INICIO DE LA DISCUSIÓN : Puede un Órgano de Segunda Inst. declarar la nulidad de la sentencia y la nulidad de todo lo actuado, luego que se ha saneado el proceso?.

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EL SANEAMIENTO DEL PROCESO: SU APLICACIÓN EN SEDE JUDICIAL

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Presentation Transcript


  1. EL SANEAMIENTO DEL PROCESO: SU APLICACIÓN EN SEDE JUDICIAL Dr. Cesar Augusto Solís Macedo

  2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

  3. INICIO DE LA DISCUSIÓN:Puede un Órgano de Segunda Inst. declarar la nulidad de la sentencia y la nulidad de todo lo actuado, luego que se ha saneado el proceso?

  4. INICIO DE LA DISCUSIÓN:Puede dictarse válidamente una sentencia sobre el fondo si la relación procesal es inválida?

  5. INICIO DE LA DISCUSIÓN:Si se declara la nulidad y consiguiente conclusión del proceso por invalidez de la relación procesal, siempre debe condenarse al dte?

  6. CASO 1: SANEAMIENTO DEL PROCESO • Se pretende la nulidad de un contrato de c-v. • El co-ddo., comprador, prop. excep. de prescrip. ext. • El Juez lo declara fund. y, lo excluye del proceso • ¿Puede, luego el Juez, declarar saneado el proc. (465 del CPC)? • Puede el Juez continuar el proceso, sólo contra el co-ddo., vendedor. • El co-ddo., comprador, está legitimado para apelar la Resol. que declara saneado el proceso? • P.d. Caso Rivera (discordia)

  7. CASO 2: SANEAMIENTO DEL PROCESO • Dos personas (natural y jurídica) pretenden una indemnización como consecuencia de que se dejó sin efecto la buena pro • El ddo. prop. excep. de prescrip. ext. y f/ agot. vía administrativa, sólo contra co-dte. (pers. juríd.) • El Juez declara funds. las exceps. y, lo excluye del proceso • ¿Puede, luego el Juez, declarar saneado el proc., afirmando que se ha contestado la dda. (465 del CPC)? • Si el co-dte. (p.j) apela, la apelación con que efecto debe concederse. • Si se concede con calidad diferida, puede el co-dte. (p.j.) seguir actuando en el proceso.

  8. CASO 3: SANEAMIENTO DEL PROCESO • Se pretende: la nulidad funcional de un contrato de c-v y, consecuentemente, la resolución del mismo • El Juez, declara inadmisible la dda. • El dte. insiste que su petitorio es correcto. • El Juez admite a trámite la demanda. • El ddo. solicita la nulidad del adm. • El Juez lo declara improcedente • ¿Puede hacerse un control de los presupuestos procesales y condiciones de la acción que estén ausenten en forma manifiesta? • El Auto admisorio puede impugnarse? • Qué recurso se usará? La apelación o la nulidad?

  9. CASO 4: SANEAMIENTO DEL PROCESO • Se pretende la nulidad de la Part. de Nacim. Además, se solicita que en la referida Part., se consigne como apellido del menor, el del padre biológico. Sustento: ADN de dte. y menor son diferentes. • Se demanda sólo a la madre. • El Juez admite a trámite la demanda. • La dda. se allana • El Juez declara fundada la demanda. • El caso sube en consulta, por estar de por medio los derechos de un menor • ¿Puede declararse fundada la demanda, si el padre biológico no ha sido demandado? • Es válida la relación procesal si no ha intervenido el padre biológico? • Cómo debe resolverse la consulta? Aprobándose o desaprobándose?

  10. SANEAMIENTO PROCESAL IDEAS PRINCIPALES • Función depuradora • El Juez cumple una función depuradora al calificar la demanda, resolver las excepciones y sanear el proceso. • Finalidad • Procura que el proceso se constituya y desarrolle válidamente • Objeto • El reexamen de las cuestiones relativas al cumplimento del los PP y la CA

  11. SANEAMIENTO PROCESAL IDEAS PRINCIPALES • La Aud. de saneam. permite que el proceso ingrese a su etapa probatoria y etapa decisoria. • El Saneamiento busca remover las nulidades del proceso. • La actividad saneadora se materializa en tres (03) momentos: la calificación de la demanda, la resolución de las excepciones y, el saneamiento.

  12. SANEAMIENTO PROCESAL • IDEAS PRINCIPALES • Los hechos que configuran excepciones no podrán ser alegados como causal de nulidad por el demandado que pudo proponerlas como excepciones. • Atendiendo a la manifiesta falta de fundamento, el juez puede condenar al pago de una multa no menor de 3 ni mayor de 5 URP.

  13. SANEAMIENTO PROCESAL • IDEAS PRINCIPALES • Los hechos que configuran excepciones no podrán ser alegados como causal de nulidad por el demandado que pudo proponerlas como excepciones. • Atendiendo a la manifiesta falta de fundamento, el juez puede condenar al pago de una multa no menor de 3 ni mayor de 5 URP.

  14. SANEAMIENTO PROCESAL ¿Que resoluciones debe dictar el Juez con relación al saneamiento del proceso? Tiene 3 posibilidades: • Existencia de una relación jurídica procesal válida ( CPC - artículo 465, Inciso 1) • Concesión de un plazo si hay defectos subsanables ( CPC artículo 465, Inciso 3) • Nulidad y conclusión del proceso por defectos insubsanables ( CPC artículo 465, Inciso 2)

  15. SANEAMIENTO PROCESAL Excepciones que suspenden el proceso: • Incapacidad del demandante. • Representación defectuosa o insuficiente del demandante. • Oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda. • Falta de legitimidad para obrar del demandado.

  16. SANEAMIENTO PROCESAL Excepciones que anulan el proceso: • Incompetencia. • Representación defectuosa o insuficiente del demandado • Falta de agotamiento de la vía administrativa. • Falta de legitimidad para obrar del demandante. • Litispendencia.

  17. SANEAMIENTO PROCESAL Excepciones que anulan el proceso: 6. Cosa Juzgada • Desistimiento de la pretensión. • Conclusión del proceso por conciliación o transacción. • Caducidad. • Prescripción extintiva. • Convenio arbitral.

  18. SANEAMIENTO PROCESAL Existencia de una relación jurídica procesal válida Relación jurídica procesal válida (elementos) • Sujetos: (demandante, demandado y juez) • Objeto : Prestación de tutela jurisdiccional • Presupuestos procesales

  19. SANEAMIENTO PROCESAL Concesión de un plazo si hay defectos subsanables El plazo: De acuerdo al proceso Dos posibilidades: • Se subsanan los defectos: El Juez emite una resolución (auto) declarando saneado el proceso. • No se subsanan correctamente los defectos o no se subsanan : El Juez emite una resolución (auto) declarando nulo lo actuado y por concluido el proceso.

  20. SANEAMIENTO PROCESAL Nulidad y conclusión del proceso por defectos insubsanables • El Juez debe precisar los defectos insubsanables para dictar la resolución anulatoria del proceso. • Conclusión del proceso (constituye una de las formas especiales de conclusión del proceso).

  21. SANEAMIENTO PROCESAL APELACION • La resolución que declara concluido el proceso o la que concede plazo para subsanar los defectos es apelable con efecto suspensivo. • La resolución que declara saneado el proceso o infundadas las excepciones ¿Será apelable?

  22. SANEAMIENTO PROCESAL EFECTOS • Preclusión de toda petición referida a la citada relación procesal. • El CPC permite al Juez examinar nuevamente los elementos de una relación jurídico procesal antes de sentenciar (Tres momentos: Al calificar la demanda, antes de dictar el auto de saneamiento y antes de sentenciar). • Prevalece la actividad saneadora.

  23. CONCLUSION ANTICIPADA DEL PROCESO Conclusión anticipada sin declaración sobre el fondo Se produce cuando: • La pretensión procesal se sustrae del ámbito jurisdiccional: Ej: El demandado por desalojo desocupa el bien y pone a disposición del juzgado las llaves. 2. El conflicto deja de ser un caso justiciable: Cuando el gobierno prohibe los desalojos, tal como se dio en el Gobierno de Morales Bermúdez, excepto si mediase falta de pago. 3. Se declara el abandono del proceso: Cuando el proceso permanezca en primera instancia durante 4 meses sin que se realice acto que lo impulse, el juez declarará su abandono, lo cual pone fin al mismo sin afectar la pretensión.

  24. CONCLUSION ANTICIPADA DEL PROCESO 4. Queda ejecutoriada la resolución que ampara alguna excepción que anula el proceso o alguna que lo suspende, sin que el demandante haya cumplido con subsanar. 5. El demandante se desiste del proceso: No afecta la pretensión. Requiere la conformidad del demandado, si hubiere oposición el proceso debe seguir ¿Porqué la conformidad del demandado a diferencia del desistimiento de la pretensión?.

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