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ACCESO A LOS MERCADOS EN EL GATT/OMC

ACCESO A LOS MERCADOS EN EL GATT/OMC. Alejandro Gamboa-Alder División de Acceso a los Mercados OMC. ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO. Módulo 1 GENERALIDADES SOBRE ACCESO A LOS MERCADOS EN EL GATT/OMC. ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO. Qué es el acceso a los mercados?.

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ACCESO A LOS MERCADOS EN EL GATT/OMC

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Presentation Transcript


  1. ACCESO A LOS MERCADOSEN EL GATT/OMC Alejandro Gamboa-Alder División de Acceso a los Mercados OMC ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO

  2. Módulo 1GENERALIDADES SOBRE ACCESO A LOS MERCADOSEN EL GATT/OMC ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO

  3. Qué es el acceso a los mercados? Condiciones impuestas por el gobierno (leyes / reglamentos / medidas) para que un producto pueda ingresar a un territorio aduanero en condiciones no discriminatorias. Regulado a través de medidas en frontera incluyendo, entre otras, los aranceles, contingentes arancelarios, restricciones cuantitativas y otras medidas no arancelarias.

  4. Acceso a mercados (de bienes y servicios) predecible y creciente, según los principios básicos. Principios básicos: No discriminación (NMF/TN: Arts. I y III GATT/94) y Transparencia Predecible: compromisos vinculantes (aranceles consolidados para los bienes: Art. II GATT/94) Acceso Creciente: “RONDAS” periódicas de negociaciones (Art. XXVIII Bis GATT/94) Qué busca el GATT/OMC en Acceso a los Mercados?

  5. ¿Por qué se necesita un marco legal? Cuál es el acceso a los mercados que un exportador del territorio A espera tener en el territorio B? ¿De qué manera puede el territorio B regular el acceso de productos extranjeros en su territorio? B A

  6. Tipos de barreras al comercio de bienes Dos tipos básicos de barreras: - Aranceles - Barreras No Arancelarias (BNAs o NTBs)

  7. Arancel: definición Derechos o gravámenes cobrados en la fronteraa las mercancías que van de un territorio aduanero a otro (GATT Art. I)

  8. Arancel: definición NO ES: “impuesto interno”(GATT Art. III Par. 2 ) derecho antidumping (GATT Art. VI) derecho compensatorio (GATT Art. VI) “tasas” o “cargas”(GATT Art. VIII) “demás derechos y cargas”(GATT Art. II Par. 1 (b))

  9. Aranceles: Tipos de derechos NAV

  10. Aranceles Aranceles:Transparentes, predecibles y estables Por ello Los compromisos arancelarios se incluyen en las “Listas de Concesiones”(Schedules of concessions)

  11. Derechos NMF I.A Parte I Parte II Parte III Parte IV Sección I Sección II I.B Miembrox ProductosAgropecuarios Derechos (Aranceles y DDCs) Contingentes arancelarios (TRQs) Lista de Concesiones GATT 1994 Derechos preferenciales Otros Productos Concesiones no arancelarias Subvenciones Agrícolas Las Listas se “anexan” y forman una “parte integrante de la Parte I” del GATT.

  12. Cada Miembro tiene su Lista propia, identificada con un número romano únicoEjemplos : Argentina – LXIV Bolivia – LXXXIV Brasil – III Canadá – V Chile – VII China – XLII Colombia – LXXVI Costa Rica – LXXXV Cuba – IX Ecuador - CXXXIII El Salvador – LXXXVII Estados Unidos - XX Guatemala – LXXXVIII Honduras – XCV Jamaica – LXVI México - LXXVII Nepal – CLVII Nicaragua – XXIX Panamá – CXLI Paraguay – XCI Perú - XXXV Rep. Dominicana – XXIII Uruguay - XXXI Nuevos números serán asignados con las adhesiones y agrandamiento de las CEE

  13. Consolidación de aranceles Arancel “consolidado”: compromiso legalde no aumentarlo más allá de un cierto nivel. Un derecho consolidado es un “techo”, no un “piso” Los aranceles consolidados garantizan el acceso seguro y previsible al comercio de bienes La “consolidación” es una concesión arancelaria y se consigna en las Listas de Concesiones Arancelarias

  14. Aranceles consolidados vs aplicados: GATT Artículo II Par. 1 a) El trato puede ser más favorable: Arancel consolidado vs. Arancel aplicado Otros tratos arancelarios son posibles debido a, entre otros, las zonas de libre comercio, las uniones aduaneras y los arreglos no-recíprocos (“cláusula de habilitación”)

  15. Lista M – Costa Brava Esta lista es auténtica solamente en idioma EspañolPARTE I – ARANCEL DE LA NACIÓN MÁS FAVORECIDASECCIÓN II – Otros productos

  16. Aranceles Consolidados vs. Aplicados América Latina “sobrante” del consolidado Fuente: Secretaría de la OMC basada en la base de datos LAR, PC/BID y UNCTAD.

  17. Aranceles consolidados vs. AplicadosPromedio de líneas arancelarias no agrícolas Source: WTO Secretariat based onCTS for the bound rates and IDB and UNCTAD for the MFN applied rates. (*) Binding coverage could be overestimated due to partial bindings. See TN/MA/S/14.

  18. Aranceles consolidados vs. AplicadosPromedio de líneas arancelarias no agrícolas Source: WTO Secretariat based onCTS for the bound rates and IDB and UNCTAD for the MFN applied rates.

  19. Y si necesito información acerca de una concesión? La Secretaría mantiene un resumen de todos los cambios efectuados en las Listas de Concesiones: G/MA/W/23/Rev.6 (actualizado periódicamente) La Secretaría se encarga de mantener la Base de Datos (i.e. the Consolidated Tariff Schedule or CTS Database) que consolida toda la información en un formato standard para todos los Miembros. Este no es jurídicamente vinculante pero cada vez adquiere mayor importancia.

  20. “Listas de concesiones” Cualquier modificación requiere de la aceptación por parte de todos los Miembros (GATT Art. XXX y Art. X del Acuerdo de Marrakesh) GATT Art. XXVIII GATT Art. XXVIII Bis

  21. Cambiar las concesiones arancelarias ¿Podría un Miembro aplicar un arancel NMF que sea menor que el arancel consolidado correspondiente en su Lista? ¿Podría un Miembro aplicar un arancel mayor al nivel consolidado correspondiente? ¿Podría un Miembro cambiar su nivel consolidado? Si es así, ¿cómo podría un Miembro cambiar (aumentar/reducir) sus aranceles consolidados? Sí No(en principio) Sí Depende de qué tipo de cambio se trate

  22. ¿ Se debe negociar con cualquier otro Miembro ? Miembros “principalmente interesados” con el cual la concesión haya sido “negociada originalmente” (DPN) que tenga “interés como abastecedor principal”: Criterio basado en la participación de las importaciones Criterio basado en la participación de las exportaciones que tenga un “interés sustancial” Idea: Negociar el cambio con pocos Miembros (los más interesados) para luego “multilateralizar” los resultados Ver JOB(02)/93

  23. Módulo 2NEGOCIACIONES ARANCELARIASMULTILATERALES

  24. Módulo 2 Sección 1Las Reglas del JuegoGATT ARTÍCULO XXVIII BIS –

  25. “1. .. los derechos de aduana constituyen con frecuencia serios obstáculos para el comercio…”: negociaciones tendientes a reducir substancialmente el nivel general de los derechos de aduana y de las demás cargas percibidas sobre la importación y la exportación, revisten una gran importancia para la expansión del comercio internacional. a base de reciprocidad y de ventajas mutuas organizar periódicamente tales negociaciones GATT Art. XXVIII bis

  26. 2. a) Las negociaciones … pueden referirse a productos elegidos uno a uno ofundarse en los procedimientos multilaterales aceptados por las partes contratantes interesadas. GATT Art. XXVIII bis (cont.)

  27. Objeto: la reducción de los derechos, su consolidación al nivel existente en el momento de la negociación o el compromiso de no elevar por encima de niveles determinados un derecho dado o los derechos medios que gravan a categorías especificadas de productos. La consolidación de derechos de aduana poco elevados o de un régimen de exención de derechos será reconocida, en principio, como una concesión de valor equivalente a una reducción de derechos elevados. GATT Art. XXVIII bis Pár. 2 a) (cont.)

  28. Negociaciones efectuadas sobre base que brinde oportunidades adecuadas a Miembros teniendo en cuenta: a) las necesidades de cada parte contratante y de cada rama de producción; b) la necesidad de los países poco desarrollados de recurrir con más flexibilidad a la protección arancelaria para facilitar su desarrollo económico, y las necesidades especiales de estos países de mantener derechos con fines fiscales; c)cualesquiera otras circunstancias que pueda ser necesario tomar en consideración, incluidas las necesidades de las partes contratantes interesadas en materia fiscal* y de desarrollo, así como sus necesidades estratégicas, etc. GATT Art. XXVIII bis Pár. 3 (cont.)

  29. Trato Especial y Diferenciado P. Desarrollados: reducir/eliminar barreras P. en Desarrollo: compromisos menores a los de los países desarrollados Países Menos Adelantados: compromisos aún más flexibles Parte IV del GATT Cláusula de Habilitación

  30. Marco básico para negociar concesiones arancelarias • Definir las reglas del juego (GATT XXVIII bis) • Reducción arancelaria ¿cómo hacerlo? • ¿Producto por producto? • ¿Negociación sectorial? • ¿Fórmula? Si así fuera, ¿cuál? • Nuevas consolidaciones • Período de implementación • Trato especial y diferenciado (TED) • Presentación de ofertas y proceso de verificación multilateral

  31. GATT – Rondas de Negociaciones (1)

  32. GATT – Rondas de Negociaciones (2)

  33. Historia de Negociación: modalidades

  34. Módulo 2 Sección 2SITUACIÓN ACTUAL DEL ACCESO A LOS MERCADOS DE LOS PRODUCTOS NO AGRÍCOLAS:Reglas,compromisos arancelarios y flujos de comercio

  35. A. REGLAS

  36. ¿Por qué productos “no agrícolas”? Los productos “agrícolas” se definen en el Anexo 1 del Acuerdo sobre Agricultura Los productos “no agrícolas” son los demás productos

  37. Comercio de mercancías antes y después de la Ronda Uruguay GATT ATV Textiles AsA Agricultura 01.01.2005 2005

  38. B. COMPROMISOS ARANCELARIOS

  39. Cobertura de consolidación muy dispersa entre los Miembros (incluso al mismo nivel de desarrollo) Compromisos arancelarios (consolidaciones) muy diversos entre los Miembros Protección residual en algunos productos de los países desarrollados Alta protección en general en los países en desarrollo (niveles consolidados altos y/o líneas sin consolidar)

  40. Cobertura de la Consolidación: situación actual * UE-27 miembros contados como uno + Suiza y Liechtestein

  41. C FLUJOS DE COMERCIO

  42. Exportación de Bienes por región 2007 Total US$ 13.619 Billiones 42 Fuente: WTO International Trade Statistics 2008

  43. Importación de bienes, por región 2007 Total US$ 13,968 Billiones 43 Fuente: WTO International Trade Statistics 2008

  44. Comercio Intra-regional, 2007 44 Fuente: OMC, Estadísticas del Comercio Internacional 2008

  45. Distribución regional de las exportaciones de Sudamérica y América Central Fuente: OMC, Estadísticas del Comercio Internacional 2008

  46. América del Sur y Central: Exportación de bienes, 1996-2007 US$ Miles de Millones 46 Fuente: OMC, Estadísticas del Comercio Internacional 2008

  47. América del Sur y Central:Importación de bienes, 1996 - 2007 US$ Miles de Millones 47 Fuente: Basado en OMC, Estadísticas del Comercio Internacional 2008

  48. América del Sur y Central:Exportación de bienes, por categoría mayor de producto, 2007 48 Fuente: Estadísticas del Comercio Internacional 2008

  49. América del Sur y Central: Importación de bienes, por categoría mayor de producto, 2007 26 Fuente: OMC, Estadísticas del Comercio Internacional 2008

  50. América del Sur y Central: Principales productos de manufactura para la exportación 2007 50 Fuente: OMC, Estadísticas del Comercio Internacional 2008

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