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Anexo A de la Resolución AN No. 3932- Elec del 22 de octubre de 2010. Normas para la Seguridad de Presas. Enfoque y Propósitos de la Normativa. Marco de Referencia
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Anexo A de la Resolución AN No. 3932- Elec del 22 de octubre de 2010 Normas para la Seguridad de Presas
Enfoque y Propósitos de la Normativa • Marco de Referencia En gran parte del mundo actual las condiciones socioeconómicas están en constante evolución y sus habitantes demandan un mayor conocimiento y control de los riesgos a que están sometidos, tanto por las catástrofes naturales como por las antrópicas. En tal sentido, una legislación adecuada colabora a mejorar la calidad de vida en lo que respecta a estos riesgos. Las catástrofes y diversos incidentes generados con la falla de presas, con pérdidas de vidas y bienes así como con importantes daños al medio ambiente, han demostrado claramente la necesidad de disponer y aplicar adecuadas prácticas de seguridad implementadas en normativas como la presente. Las presas constituyen estructuras especiales cada una dispone de características particulares en cuanto a su geometría, geología, materiales constructivos, etc., que no permiten utilizar tipos de diseño unificados. Cada presa debe ser tratada individualmente, considerando todos los factores intervinientes. El objetivo fundamental de esta Normativa es asistir a ese proceso. La ASEP, a través de su Unidad Técnica de Seguridad de Presas (UTESEP), será el órgano de inspección y control, como principal garante de la seguridad de presas; a su vez la aplicación de la Normativa Técnica, desde el punto de vista conceptual, pierde validez si no se dispone de sistemas de control y alarma en todas las presas en explotación.
Enfoque y Propósitos de la Normativa • Objetivo Principal • Disponer de un documento que establezca y regule los requisitos y condiciones técnicas que los Responsables Primarios deberán cumplir durante las distintas fases, con el fin de alcanzar sus óptimas condiciones de utilidad y seguridad que eviten daños personales, de bienes y al ambiente
Enfoque y Propósitos de la Normativa • Objetivos Generales • Definir los requerimientos de tal manera que la seguridad de las presas existentes pueda ser evaluada de manera consistente y adecuada. • Definir los requerimientos y establecer las condiciones para que las nuevas presas puedan ser diseñadas, construidas y controladas para ser seguras. • Posibilitar una evaluación consistente de las deficiencias en la seguridad de presas que lleve a mejorar la seguridad de las mismas. • Proveer el contenido técnico y conceptual de la legislación para regulación de la seguridad de las presas.
Enfoque y Propósitos de la Normativa • Objetivos Particulares • Garantizar la seguridad de las poblaciones susceptibles de ser afectadas por el colapso de una presa o la operación de su evacuador de excedencias. • Proteger los bienes de infraestructura pública y los bienes privados ubicados aguas abajo de las presas. • Definir los análisis básicos para asegurar la estabilidad de la presa en condiciones normales o extremas de crecida y/o sismo. • Procurar un mantenimiento adecuado de las estructuras durante su vida física. • Definir un plan de vigilancia e inspección durante la construcción, puesta en marcha, operación y puesta fuera de servicio (abandono operativo) de la presa. • Establecer los requisitos que deben cumplir los Planes de Acción Durante Emergencias.
Crecidas • El Promotor debe realizar estudios para evaluar la probabilidad de ocurrencia de las crecidas afluentes a los embalses. • En el Apéndice C encontramos los periodos de recurrencia sugeridos para cada una de las categorías de las presas según diferentes organismos.- ICOLD, FEMA, US Corps of Engineering.
Crecidas • Se deben definir tres tipos de crecidas al embalse: • Crecida de desvío de río • Crecida de proyecto • Crecida de extrema verificación
Crecidas • Desde la etapa de diseño del embalse se deben definir los siguientes niveles de embalse: • Nivel Máximo para la Condición de Emergencia • Nivel Máximo de Operación Normal • Nivel Mínimo de Operación Normal • Nivel Mínimo de Operación Extraordinaria
Crecidas • Resguardos • Normas de Operación de Presas y Embalses
Sismicidad • El Promotor debe verificar : • Sismo de Operación Normal (SON) • Sismo Máximo de Verificación (SMV) • En el apéndice E se presentan los detalles complementarios sobre las técnicas de las determinaciones y acciones del SON y SMV.
Hidroeléctricas en Operación ASEP determinará en función de lo que se expone en el Informe Fase I, cuando se debe entregar el informe Fase II.