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Maspalomas Canarias Espa a Lunes, 9 de julio de 2007

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Presentation Transcript


    1. Maspalomas – Canarias – España – Lunes, 9 de julio de 2007 Antes de nada, quiero expresarles hasta qué punto constituye para mí una ocasión agradabilísima y un enorme placer estar presente de nuevo este año en la Universidad de Verano de Maspalomas. El tema de mi presentación este año es el “Análisis del futuro del Tribunal de Cuentas Europeo”.Antes de nada, quiero expresarles hasta qué punto constituye para mí una ocasión agradabilísima y un enorme placer estar presente de nuevo este año en la Universidad de Verano de Maspalomas. El tema de mi presentación este año es el “Análisis del futuro del Tribunal de Cuentas Europeo”.

    2. Maspalomas – Canarias – España – Lunes, 9 de julio de 2007 Análisis del futuro del Tribunal de Cuentas Europeo - Introducción El Tribunal de Cuentas Europeo (TCE) se creó en virtud del Tratado de Bruselas firmado el 22 de julio de 1975 y entró en funciones en octubre de 1977. El Tribunal asiste pues este año a su trigésimo cumpleaños. Más que mirar hacia atrás y pasar revista a los logros pasados, este evento constituye una buena oportunidad para mirar hacia adelante y analizar el futuro de la Institución. Este tipo de planteamiento parece ser además la tendencia actualmente ya que el décimo aniversario de la Entidad Fiscalizadora Superior (EFS) de Malta y el aniversario número 145 de la EFS de Turquía, celebrados recientemente, se han enmarcado también en esta perspectiva. Mirar al futuro no significa que debamos competir con echadores de cartas o con magos tales como Nostradamus o Cagliostro. El objetivo es en serio reconocer las tendencias y evolución actuales para poder formular predicciones de futuro. Y voy a aprovechar esta presentación para exponerles mis convicciones acerca de este tema. Por otra parte, el TCE va a organizar en octubre próximo, con motivo de sus treinta años, un seminario que tendrá también por tema el futuro de la auditoría pública, con una primera parte dedicada a los retos que plantea la fiscalización de los fondos de la Unión Europea y una segunda parte, al futuro de la auditoría pública y su responsabilidad.El Tribunal de Cuentas Europeo (TCE) se creó en virtud del Tratado de Bruselas firmado el 22 de julio de 1975 y entró en funciones en octubre de 1977. El Tribunal asiste pues este año a su trigésimo cumpleaños. Más que mirar hacia atrás y pasar revista a los logros pasados, este evento constituye una buena oportunidad para mirar hacia adelante y analizar el futuro de la Institución. Este tipo de planteamiento parece ser además la tendencia actualmente ya que el décimo aniversario de la Entidad Fiscalizadora Superior (EFS) de Malta y el aniversario número 145 de la EFS de Turquía, celebrados recientemente, se han enmarcado también en esta perspectiva. Mirar al futuro no significa que debamos competir con echadores de cartas o con magos tales como Nostradamus o Cagliostro. El objetivo es en serio reconocer las tendencias y evolución actuales para poder formular predicciones de futuro. Y voy a aprovechar esta presentación para exponerles mis convicciones acerca de este tema. Por otra parte, el TCE va a organizar en octubre próximo, con motivo de sus treinta años, un seminario que tendrá también por tema el futuro de la auditoría pública, con una primera parte dedicada a los retos que plantea la fiscalización de los fondos de la Unión Europea y una segunda parte, al futuro de la auditoría pública y su responsabilidad.

    3. Maspalomas – Canarias – España – Lunes, 9 de julio de 2007 Análisis del futuro del Tribunal de Cuentas Europeo – La Declaración de Lima (1/5) Cuando se analiza el futuro de una EFS, puede parecer de entrada contradictorio hacer alusión a un documento, de referencia bien es verdad, pero firmado asimismo hace treinta años. La Declaración de Lima sobre las líneas básicas de la fiscalización fue aprobada por los delegados de la undécima INCOSAI, celebrada en Lima (Perú) exactamente el mismo mes (octubre de 1977) que entraba en funciones el TCE. Puede resultar simbólico, pero este símbolo representa para mí una imagen atrayente del estrecho vínculo existente entre el TCE y la Declaración de Lima, la cual puede considerarse en realidad como el cimiento sobre el que se ha construido el Tribunal. La Declaración constituye verdaderamente un documento de vanguardia pues supo anticipar tendencias que hoy en día no hacen sino reforzarse y que, por ello, nos señalan asimismo cuál será la futura evolución del TCE.Cuando se analiza el futuro de una EFS, puede parecer de entrada contradictorio hacer alusión a un documento, de referencia bien es verdad, pero firmado asimismo hace treinta años. La Declaración de Lima sobre las líneas básicas de la fiscalización fue aprobada por los delegados de la undécima INCOSAI, celebrada en Lima (Perú) exactamente el mismo mes (octubre de 1977) que entraba en funciones el TCE. Puede resultar simbólico, pero este símbolo representa para mí una imagen atrayente del estrecho vínculo existente entre el TCE y la Declaración de Lima, la cual puede considerarse en realidad como el cimiento sobre el que se ha construido el Tribunal. La Declaración constituye verdaderamente un documento de vanguardia pues supo anticipar tendencias que hoy en día no hacen sino reforzarse y que, por ello, nos señalan asimismo cuál será la futura evolución del TCE.

    4. Maspalomas – Canarias – España – Lunes, 9 de julio de 2007 Análisis del futuro del Tribunal de Cuentas Europeo – La Declaración de Lima (2/5) El control a priori es una verificación previa de las actividades administrativas o financieras, que puede llevar a cabo una EFS de las finanzas públicas o también otros órganos de control. El TCE no ha ejercido nunca una actividad de control a priori y cabe afirmar que cada vez menos EFS continuan aplicando a este tipo de controles. En el contexto del control interno de las instituciones europeas, puede ser interesante precisar que se ha producido un fenómeno similar pues, en líneas generales, se ha suprimido la figura del interventor, mientras que la función de auditoría interna se ha creado o reforzado en la principal entidad fiscalizada por el TCE, la Comisión Europea. Una de las finalidades principales de esta reforma era responsabilizar en mayor grado a los ordenadores de pagos y evitar que siguiera descansando en el parecer de los interventores. Este declive de la auditoría a priori se había ya individualizado en los debates que condujeron a la Declaración de Lima. Al mismo tiempo, sigue y seguirá reforzándose la auditoría de gestión, también llamada de la buena gestión o de la economía, eficiencia y eficacia. Desde el punto de vista metodológico, están surgiendo cada vez más manuales de auditoría de gestión. El TCE ha actualizado igualmente su metodología en este ámbito con la publicación de un nuevo manual en diciembre de 2006. No creo aventurarme demasiado cuando afirmo que si actualmente el Tribunal da bastante que hablar por su Informe Anual, referido principalmente a la declaración de fiabilidad, en el futuro será más conocido por su flujo continuo de auditorías de gestión.El control a priori es una verificación previa de las actividades administrativas o financieras, que puede llevar a cabo una EFS de las finanzas públicas o también otros órganos de control. El TCE no ha ejercido nunca una actividad de control a priori y cabe afirmar que cada vez menos EFS continuan aplicando a este tipo de controles. En el contexto del control interno de las instituciones europeas, puede ser interesante precisar que se ha producido un fenómeno similar pues, en líneas generales, se ha suprimido la figura del interventor, mientras que la función de auditoría interna se ha creado o reforzado en la principal entidad fiscalizada por el TCE, la Comisión Europea. Una de las finalidades principales de esta reforma era responsabilizar en mayor grado a los ordenadores de pagos y evitar que siguiera descansando en el parecer de los interventores. Este declive de la auditoría a priori se había ya individualizado en los debates que condujeron a la Declaración de Lima. Al mismo tiempo, sigue y seguirá reforzándose la auditoría de gestión, también llamada de la buena gestión o de la economía, eficiencia y eficacia. Desde el punto de vista metodológico, están surgiendo cada vez más manuales de auditoría de gestión. El TCE ha actualizado igualmente su metodología en este ámbito con la publicación de un nuevo manual en diciembre de 2006. No creo aventurarme demasiado cuando afirmo que si actualmente el Tribunal da bastante que hablar por su Informe Anual, referido principalmente a la declaración de fiabilidad, en el futuro será más conocido por su flujo continuo de auditorías de gestión.

    5. Maspalomas – Canarias – España – Lunes, 9 de julio de 2007 Análisis del futuro del Tribunal de Cuentas Europeo – La Declaración de Lima (3/5) El objetivo principal de la Declaración de Lima era promover la independencia del control de las finanzas públicas, una cuestión que sigue siendo objeto de debate en la INTOSAI a través del subcomité que se ocupa de la independencia de las EFS dentro de la Meta 1 (Normas profesionales) del plan estratégico 2005-2010 de la INTOSAI. No obstante, debe existir un vínculo imprescindible entre las EFS y los Parlamentos. Así sucede en concreto con el TCE, pues el Parlamento Europeo es la Institución, junto con el Consejo, que puede invitar a la entidad auditada (por lo general la Comisión Europea) a que siga las recomendaciones del Tribunal. El TCE analiza los ámbitos de interés del Parlamento y trata a menudo de darles respuesta en su programa de trabajo. Ello se refleja, por ejemplo, en los grandes ejes de la estrategia de fiscalización para 2008, que acabo de presentar ante el Tribunal. Se ha hecho hincapié en la Agenda de Lisboa y la simplificación del marco reglamentario, dos ámbitos por los que el Parlamento Europeo y también la Presidencia del Consejo han manifestado un vivo interés. A modo de recordatorio, diré que los objetivos de la Agenda de Lisboa tienden a una renovación económica, social y ambiental de la Unión Europea de aquí a 2010, con el fin de adaptarse a un mundo en evolución. En cuanto al desarrollo de su función de asesoramiento y de los dictámenes que se le solicitan por su condición de experto, el TCE dispone de un instrumento especial: los dictámenes. La opinión del Tribunal deberá recabarse obligatoriamente respecto de textos reglamentarios de naturaleza financiera, pero también el TCE puede publicar dictámenes cuando se le ha solicitado su opinión de experto. Es interesante citar algunos ejemplos.El objetivo principal de la Declaración de Lima era promover la independencia del control de las finanzas públicas, una cuestión que sigue siendo objeto de debate en la INTOSAI a través del subcomité que se ocupa de la independencia de las EFS dentro de la Meta 1 (Normas profesionales) del plan estratégico 2005-2010 de la INTOSAI. No obstante, debe existir un vínculo imprescindible entre las EFS y los Parlamentos. Así sucede en concreto con el TCE, pues el Parlamento Europeo es la Institución, junto con el Consejo, que puede invitar a la entidad auditada (por lo general la Comisión Europea) a que siga las recomendaciones del Tribunal. El TCE analiza los ámbitos de interés del Parlamento y trata a menudo de darles respuesta en su programa de trabajo. Ello se refleja, por ejemplo, en los grandes ejes de la estrategia de fiscalización para 2008, que acabo de presentar ante el Tribunal. Se ha hecho hincapié en la Agenda de Lisboa y la simplificación del marco reglamentario, dos ámbitos por los que el Parlamento Europeo y también la Presidencia del Consejo han manifestado un vivo interés. A modo de recordatorio, diré que los objetivos de la Agenda de Lisboa tienden a una renovación económica, social y ambiental de la Unión Europea de aquí a 2010, con el fin de adaptarse a un mundo en evolución. En cuanto al desarrollo de su función de asesoramiento y de los dictámenes que se le solicitan por su condición de experto, el TCE dispone de un instrumento especial: los dictámenes. La opinión del Tribunal deberá recabarse obligatoriamente respecto de textos reglamentarios de naturaleza financiera, pero también el TCE puede publicar dictámenes cuando se le ha solicitado su opinión de experto. Es interesante citar algunos ejemplos.

    6. Maspalomas – Canarias – España – Lunes, 9 de julio de 2007 Análisis del futuro del Tribunal de Cuentas Europeo – La Declaración de Lima (4/5) El Reglamento financiero establece las reglas y los principios esenciales que rigen la elaboración y ejecución del presupuesto, así como el control de las finanzas europeas. *En su Dictamen nº 4/97 sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento Financiero de 21 diciembre de 1977 aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas, del que personalmente fui ponente, el TCE rechazó responder artículo por artículo y únicamente a las disposiciones que la Comisión proponía modificar, sino que aportó un juicio global sobre la reglamentación financiera que se suponía iba a ser modificada según el parecer de la Comisión. A raíz de este dictamen del TCE, le Comisión revisó enteramente el Reglamento Financiero, recogiendo las recomendaciones esenciales del TCE, lo que dio lugar al nuevo reglamento de 25 de junio de 2002. *Está previsto proceder a un reexamen del Reglamento Financiero cada tres años, motivo por el cual la Comisión propuso en 2005 una serie de modificaciónes al Reglamento Financiero de 2002. El TCE acogió favorablemente entonces algunos esfuerzos de simplificación de gestión financiera, pese a considerar que la revisión propuesta no solucionaba una serie de necesidades de gestión. El nuevo Reglamento nº 1995/2006 del Consejo de 13/12/2006 por el que se modifica el Reglamento de 25 de junio de 2002 por el que se aprueba el Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas también ha recogido varias de las recomendaciones del TCE. *Por último, a raíz del Dictamen nº 2/2004 sobre el modelo de auditoría única (« single audit » en inglés), la Comisión recogió algunos de los puntos recomendados por el TCE en sus propuestas de reglamento referentes a la agricultura y los fondos estructurales para el período de programación 2007-2013. La otra consecuencia de este dictamen fue la publicación por la Comisión, en junio de 2005, de un « programa operativo para un marco de control integrado » y, en enero de 2006, de un « plan de acción para un marco de control integrado ». El TCE sigue de cerca y va a fiscalizar las medidas adoptadas en dicho marco por la Comisión Europea.El Reglamento financiero establece las reglas y los principios esenciales que rigen la elaboración y ejecución del presupuesto, así como el control de las finanzas europeas. *En su Dictamen nº 4/97 sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento Financiero de 21 diciembre de 1977 aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas, del que personalmente fui ponente, el TCE rechazó responder artículo por artículo y únicamente a las disposiciones que la Comisión proponía modificar, sino que aportó un juicio global sobre la reglamentación financiera que se suponía iba a ser modificada según el parecer de la Comisión. A raíz de este dictamen del TCE, le Comisión revisó enteramente el Reglamento Financiero, recogiendo las recomendaciones esenciales del TCE, lo que dio lugar al nuevo reglamento de 25 de junio de 2002. *Está previsto proceder a un reexamen del Reglamento Financiero cada tres años, motivo por el cual la Comisión propuso en 2005 una serie de modificaciónes al Reglamento Financiero de 2002. El TCE acogió favorablemente entonces algunos esfuerzos de simplificación de gestión financiera, pese a considerar que la revisión propuesta no solucionaba una serie de necesidades de gestión. El nuevo Reglamento nº 1995/2006 del Consejo de 13/12/2006 por el que se modifica el Reglamento de 25 de junio de 2002 por el que se aprueba el Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas también ha recogido varias de las recomendaciones del TCE. *Por último, a raíz del Dictamen nº 2/2004 sobre el modelo de auditoría única (« single audit » en inglés), la Comisión recogió algunos de los puntos recomendados por el TCE en sus propuestas de reglamento referentes a la agricultura y los fondos estructurales para el período de programación 2007-2013. La otra consecuencia de este dictamen fue la publicación por la Comisión, en junio de 2005, de un « programa operativo para un marco de control integrado » y, en enero de 2006, de un « plan de acción para un marco de control integrado ». El TCE sigue de cerca y va a fiscalizar las medidas adoptadas en dicho marco por la Comisión Europea.

    7. Maspalomas – Canarias – España – Lunes, 9 de julio de 2007 Análisis del futuro del Tribunal de Cuentas Europeo – La Declaración de Lima (5/5) En su Estrategia de tecnologías de la información (febrero de 2007), el TCE ponía de manifiesto que se habían aprobado planes encaminados a desarrollar rápidamente su capacidad para llevar a cabo auditorías informáticas y utilizar las técnicas de auditoría asistida por ordenador en las auditorías financieras y de gestión. Estos planes incluyen el desarrollo de la formación y los conocimientos profesionales en los ámbitos citados. Al haberse previsto que las técnicas de auditoría asistida por ordenador se utilicen cada vez más en un futuro próximo (en sintonía con la utilización general de la informática en todos los niveles), se han establecido asimismo directrices para el empleo de dichas técnicas. La finalidad es que cada vez más auditores, y no sólo el equipo especializado en este ámbito, adquieran los conocimientos necesarios para las auditorías informáticas, pero sobre todo para utilizar las técnicas de auditoría asistida por ordenador. De este modo, el TCE ayuda a los auditores con competencias informáticas a obtener el certificado CISA («Certified Información System Auditor»). En su Estrategia de tecnologías de la información (febrero de 2007), el TCE ponía de manifiesto que se habían aprobado planes encaminados a desarrollar rápidamente su capacidad para llevar a cabo auditorías informáticas y utilizar las técnicas de auditoría asistida por ordenador en las auditorías financieras y de gestión. Estos planes incluyen el desarrollo de la formación y los conocimientos profesionales en los ámbitos citados. Al haberse previsto que las técnicas de auditoría asistida por ordenador se utilicen cada vez más en un futuro próximo (en sintonía con la utilización general de la informática en todos los niveles), se han establecido asimismo directrices para el empleo de dichas técnicas. La finalidad es que cada vez más auditores, y no sólo el equipo especializado en este ámbito, adquieran los conocimientos necesarios para las auditorías informáticas, pero sobre todo para utilizar las técnicas de auditoría asistida por ordenador. De este modo, el TCE ayuda a los auditores con competencias informáticas a obtener el certificado CISA («Certified Información System Auditor»).

    8. Maspalomas – Canarias – España – Lunes, 9 de julio de 2007 Análisis del futuro del Tribunal de Cuentas Europeo – Los recientes proyectos de reforma del TCE Aparte de las grandes tendencias de futuro para las EFS individualizadas ya por la Declaración de Lima y que antes he comentado, es interesante ver en qué ámbitos concretos ha introducido reformas recientemente el TCE para alcanzar con más facilidad sus objetivos. Antes de proporcionar más información, deseo resaltar que la base sobre la que debe descansar el futuro de cualquier EFS es la producción contínua informes de fiscalización de calidad y que surtan el efecto deseado. * No voy a referirme de nuevo a la estrategia informática del TCE, que ya traté antes sumariamente. * En lo tocante a la comunicación, se ha llevado a cabo a nivel interno un estudio completo con recomendaciones referidas a los informes especiales, al informe anual, a las normas de redacción y a los métodos de comunicación. En el terreno práctico, un Miembro del TCE se encarga actualmente de la comunicación dentro de nuestro Grupo de Fiscalización que se encarga de las cuestiones transversales. Su mandato abarca la producción de documentos del Tribunal, el desarrollo de herramientas de comunicación como Internet, Intranet y el diario interno del TCE, así como las relaciones diarias con los medios de comunicación. * Por último, citar que la declaración de fiabilidad presentada anualmente por el TCE también ha experimentado una evolución, motivada por el deseo de facilitar información cada vez más precisa a las entidades auditadas y de que estas puedan aplicar medidas correctoras a los problemas detectados. Aparte de las grandes tendencias de futuro para las EFS individualizadas ya por la Declaración de Lima y que antes he comentado, es interesante ver en qué ámbitos concretos ha introducido reformas recientemente el TCE para alcanzar con más facilidad sus objetivos. Antes de proporcionar más información, deseo resaltar que la base sobre la que debe descansar el futuro de cualquier EFS es la producción contínua informes de fiscalización de calidad y que surtan el efecto deseado. * No voy a referirme de nuevo a la estrategia informática del TCE, que ya traté antes sumariamente. * En lo tocante a la comunicación, se ha llevado a cabo a nivel interno un estudio completo con recomendaciones referidas a los informes especiales, al informe anual, a las normas de redacción y a los métodos de comunicación. En el terreno práctico, un Miembro del TCE se encarga actualmente de la comunicación dentro de nuestro Grupo de Fiscalización que se encarga de las cuestiones transversales. Su mandato abarca la producción de documentos del Tribunal, el desarrollo de herramientas de comunicación como Internet, Intranet y el diario interno del TCE, así como las relaciones diarias con los medios de comunicación. * Por último, citar que la declaración de fiabilidad presentada anualmente por el TCE también ha experimentado una evolución, motivada por el deseo de facilitar información cada vez más precisa a las entidades auditadas y de que estas puedan aplicar medidas correctoras a los problemas detectados.

    9. Maspalomas – Canarias – España – Lunes, 9 de julio de 2007 Análisis del futuro del Tribunal de Cuentas Europeo – Meta 2 de INTOSAI, Subcomité 3 Revisión paritaria (“Peer review”) (1/2) En su Plan estratégico para el período 2005-2010, la INTOSAI aprobó cuatro metas estratégicas, de las cuales la número 2 trata del Fortalecimiento de las capacidades institucionales y de las actividades en este ámbito, que resultan directamente pertinentes para la mayoría de los miembros de la INTOSAI. El subcomité 3 de dicha meta 2 tiene como fin promover las mejores prácticas y la garantía de calidad por la revisión paritaria voluntaria, para lo cual debe: evaluar y documentar los dispositivos de revisión paritaria dentro del colectivo de INTOSAI, favorecer un clima en el que la revisió paritaria sea considerada beneficiosa tanto por la EFS que la efecúa como por la EFS a la que va dirigida, desarrollar directrices a partir de ejemplos de mejores prácticas de revisión paritaria voluntaria y perfeccionar mecanismos mundiales y regionales para emprender este tipo de revisión, difundir los resultados de las revisiones paritarias de manera apropiada y conforme a los acuerdos de las EFS participantes. Forman parte del subcomité: Alemania (que lo preside), Austria, Bangladesh, Croacia, Estados Unidos, Francia, Hungría, Marruecos y el TCE. El 14 de junio tuvo lugar una reunión en Bonn (Alemania) destinada a comentar y mejorar las «Draft Guidelines on Peer Review».En su Plan estratégico para el período 2005-2010, la INTOSAI aprobó cuatro metas estratégicas, de las cuales la número 2 trata del Fortalecimiento de las capacidades institucionales y de las actividades en este ámbito, que resultan directamente pertinentes para la mayoría de los miembros de la INTOSAI. El subcomité 3 de dicha meta 2 tiene como fin promover las mejores prácticas y la garantía de calidad por la revisión paritaria voluntaria, para lo cual debe: evaluar y documentar los dispositivos de revisión paritaria dentro del colectivo de INTOSAI, favorecer un clima en el que la revisió paritaria sea considerada beneficiosa tanto por la EFS que la efecúa como por la EFS a la que va dirigida, desarrollar directrices a partir de ejemplos de mejores prácticas de revisión paritaria voluntaria y perfeccionar mecanismos mundiales y regionales para emprender este tipo de revisión, difundir los resultados de las revisiones paritarias de manera apropiada y conforme a los acuerdos de las EFS participantes. Forman parte del subcomité: Alemania (que lo preside), Austria, Bangladesh, Croacia, Estados Unidos, Francia, Hungría, Marruecos y el TCE. El 14 de junio tuvo lugar una reunión en Bonn (Alemania) destinada a comentar y mejorar las «Draft Guidelines on Peer Review».

    10. Maspalomas – Canarias – España – Lunes, 9 de julio de 2007 Análisis del futuro del Tribunal de Cuentas Europeo – Meta 2 de INTOSAI, Subcomité 3 revisión paritaria (“Peer review”) (2/2) Conforme a la meta 2 (Subcomité 3), del Plan estratégico 2005-2010 de la INTOSAI que he descrito antes, el TCE decidió someterse a una revisión paritaria, entendida como contribución a su esfuerzo constante de mejora. El TCE en una primera etapa procedió a una autoevaluación siguiendo el modelo CAF (« Common assessment framework »), destinado a ayudar a las organizaciones del sector público a aplicar técnicas de gestión de calidad para mejorar su rendimiento. En la autoevaluación participaron unas cuarenta personas de todos los niveles jerárquicos del TCE. El resultado fue un plan de acción que se está llevando a la práctica actualmente. Ya antes se habían acometido una serie de iniciativas identificadas por la autoevaluación y ahora se les ha prestado más atención. Las nuevas iniciativas previstas para los dos próximos años se han reagrupado hasta formar un total de cinco con referencia a los ámbitos siguientes: Visión, misión, objetivos estratégicos, planificación Gobernanza, estructura y organización Indicadores de calidad internos El personal y la comunicación interna Destinatarios (Parlamento Europeo, Consejo, etc.) y comunicación. Está previsto que la revisión paritaria arranque el cuarto trimestre de este año. Por ahora han respondido favorablemente tres EFS (Canadá, Noruega y Portugal) y esperamos la respuesta de la cuarta EFS contactada. Conforme a la meta 2 (Subcomité 3), del Plan estratégico 2005-2010 de la INTOSAI que he descrito antes, el TCE decidió someterse a una revisión paritaria, entendida como contribución a su esfuerzo constante de mejora. El TCE en una primera etapa procedió a una autoevaluación siguiendo el modelo CAF (« Common assessment framework »), destinado a ayudar a las organizaciones del sector público a aplicar técnicas de gestión de calidad para mejorar su rendimiento. En la autoevaluación participaron unas cuarenta personas de todos los niveles jerárquicos del TCE. El resultado fue un plan de acción que se está llevando a la práctica actualmente. Ya antes se habían acometido una serie de iniciativas identificadas por la autoevaluación y ahora se les ha prestado más atención. Las nuevas iniciativas previstas para los dos próximos años se han reagrupado hasta formar un total de cinco con referencia a los ámbitos siguientes: Visión, misión, objetivos estratégicos, planificación Gobernanza, estructura y organización Indicadores de calidad internos El personal y la comunicación interna Destinatarios (Parlamento Europeo, Consejo, etc.) y comunicación. Está previsto que la revisión paritaria arranque el cuarto trimestre de este año. Por ahora han respondido favorablemente tres EFS (Canadá, Noruega y Portugal) y esperamos la respuesta de la cuarta EFS contactada.

    11. Maspalomas – Canarias – España – Lunes, 9 de julio de 2007 Análisis del futuro del Tribunal de Cuentas Europeo – Consejo Europeo de Bruselas de 21 y 22 junio 2007 Por último, y para terminar este breve análisis del futuro del TCE, me parece indispensable citar el reciente Consejo Europeo de Bruselas, de 21 y 22 de junio de 2007, del que se hizo ampliamente eco la prensa europa, y que dio mandato a una Conferencia Intergubernamental (CIG) para redactar lo antes posible, y en cualquier caso antes del final de 2007, un tratado, denominado «Tratado modificativo» por el que se modifican los tratados actuales con miras a reforzar la eficacia y la legitimidad democrática de la Unión ampliada y a mejorar la coherencia de su acción exterior. El objetivo es que el tratado resultante sea ratificado antes de las elecciones al Parlamento Europeo de junio de 2009. Puesto que el proyecto de Constitución preveía una modificación de la posición institucional del TCE, éste debe seguir con especial atención estos trabajos e intervenir activamente en lo que se refiere a las disposiciones reguladoras de las instituciones.Por último, y para terminar este breve análisis del futuro del TCE, me parece indispensable citar el reciente Consejo Europeo de Bruselas, de 21 y 22 de junio de 2007, del que se hizo ampliamente eco la prensa europa, y que dio mandato a una Conferencia Intergubernamental (CIG) para redactar lo antes posible, y en cualquier caso antes del final de 2007, un tratado, denominado «Tratado modificativo» por el que se modifican los tratados actuales con miras a reforzar la eficacia y la legitimidad democrática de la Unión ampliada y a mejorar la coherencia de su acción exterior. El objetivo es que el tratado resultante sea ratificado antes de las elecciones al Parlamento Europeo de junio de 2009. Puesto que el proyecto de Constitución preveía una modificación de la posición institucional del TCE, éste debe seguir con especial atención estos trabajos e intervenir activamente en lo que se refiere a las disposiciones reguladoras de las instituciones.

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