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Panel #4 Seminario internacional violencia de género San José, Costa Rica, 6 de Marzo 2009

El Servicio de Derechos de la Mujer y de Igualdad (SDFE) en Francia. una administración al servicio de la política intersectorial de igualdad entre los hombres y las mujeres, en particular, en materia de lucha contra las violencias domésticas. Panel #4

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Panel #4 Seminario internacional violencia de género San José, Costa Rica, 6 de Marzo 2009

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  1. El Servicio de Derechos de la Mujer y de Igualdad (SDFE) en Francia una administración al servicio de la política intersectorial de igualdad entre los hombres y las mujeres, en particular, en materia de lucha contra las violencias domésticas Panel #4 Seminario internacional violencia de género San José, Costa Rica, 6 de Marzo 2009 Xavier CHAMBARD Responsable de cooperación - GIP SPSI

  2. Dimensiones del problema en Francia 1,1 millones de mujeres de 18 a 60 años fueron víctimas de violencias en Francia, en 2005 o 2006. Menos del 9% de las mujeres presentan denuncias por violencias conyugales. En 2006, 168personas murieron víctimas de su compañero o compañera, es decir 1/7 de los homicidios cometidos a nivel nacional : - 137 mujeres = Cada tres días una mujer muere - 31 hombres fallecidos = 1 hombre cada 13 días (¾ pegaba a su mujer)

  3. Plan Política y organización Legislación Campañas de comunicación Resultados

  4. Desafíos de la política en favor de la igualdad entre hombres y mujeres → Hacer coincidir la igualdad de derechos y la igualdad en los hechos → Quedan numerosos ámbitos donde no se ha concretado esta igualdad; en particular, en materia de violencias conyugales 1°/ Política y organización

  5. Los ejes de la política de igualdad entre hombres y mujeres > Promover los derechos personales y sociales de las mujeres. > Facilitar un igual acceso de todas las mujeres a la información sobre sus derechos > Promover una educación para el respeto, para el carácter mixto y para la vida sexual y emocional. > Luchar contra los ataques a la dignidad de las personas y contra el conjunto de las violencias hacia las mujeres > Prevenir y luchar contra todas las formas de discriminación sexista y en especial la imagen que devalúa a las mujeres. 1°/ Política y organización

  6. El método: una política nacional y una dinámica interministerial y asociativa. La política conducida se basa en un doble enfoque, a la vez integrado y específico: 1°/ integrado, ya que se trata de tener en cuenta las necesidades respectivas de los hombres y de las mujeres en el diseño y aplicación de las políticas públicas sectoriales (empleo, educación, salud, etc.); 2°/ específico, puesto que subsisten desigualdades de hecho que aún requieren medidas positivas en favor de las mujeres. 1°/ Política y organización

  7. Los medios: una organización descentralizada El Servicio de Derechos de la Mujer y de Igualdad está compuesto por 230 agentes, distribuidos entre : - una Administración central de 50 personas - una red descentralizada de 180 personas con 26 delegadas regionales y 75 responsables de misión departamentales implantadas en 104 puntos del territorio (incluidos los departamentos y territorios de Ultramar) 1°/ Política y organización

  8. Una red descentralizada 1°/ Política y organización

  9. Un servicio central para: > anticipar las evoluciones de la sociedad. > garantizar una misión de vigilia permanente sobre la consideración de la igualdad entre hombres y mujeres en las políticas y las prácticas. >administrar o participar en los trabajos legislativos y reglamentarios. >impulsar una dinámica asociativa en favor de los derechos de las mujeres, movilizando distintos protagonistas para la realización de acciones en los cuatro campos de la política de la igualdad: > evaluar las acciones conducidas a nivel nacional o local. > contribuir en los trabajos internacionales, europeos y nacionales relativos a los derechos de las mujeres. 1°/ Política y organización

  10. Una organización localtiene por misión: • aplicar las medidas gubernamentales tomadas en favor de la igualdad de las mujeres y de los hombres, y garantizar su promoción; • impulsar una dinámica interministerial para tener en cuenta las necesidades respectivas de los hombres y de las mujeres, y establecer acciones adaptadas; • aportar a los distintos socios institucionales y asociativos un apoyo técnico durante la elaboración de su(s) proyecto(s). 1°/ Política y organización

  11. La Comisión nacional • contra las violencias hacia las mujeres • organizar la concertación de los servicios del Estado con los organismos y asociaciones concernidos, en materia de prevención de las violencias, de asunción y seguimiento de las mujeres víctimas de violencias, prostitución y trata con fines de explotación sexual, así como en materia de formación de los profesionales, • animar la red de las comisiones departamentales • emitir recomendaciones y propuestas de naturaleza legislativa o reglamentaria, • recopilar datos, hacer producir y producir análisis, estudios e investigaciones 1°/ Política y organización

  12. Las comisiones departamentales • de acción contra las violencias hacia las mujeres • responsables de seguir la aplicación departamental del plan global de lucha contra las violencias hacia las mujeres • redactar un informe anual sobre la cuestión, • organizar y coordinar las acciones locales concernientes tanto a la formación y a la sensibilización de los representantes del Estado y de las asociaciones, como el alojamiento o el hospedaje de las mujeres víctimas de violencias. 1°/ Política y organización

  13. Las financiaciones: • En total, el Estado consagra cerca de 15.000.000 € a su acción en favor de la igualdad en derechos y en dignidad en cuyo seno la lucha contra las violencias hacia las mujeres representan una parte muy importante : • 4.500.000 € para los medios de funcionamiento del SDFE • 10.500.000 € para financiar asociaciones incluyendo 2.800.000 € para asociaciones de lucha contra las violencias hacia las mujeres (1.404.500 € para las asociaciones nacionales y 1.392.000 para las asociaciones locales) 1°/ Política y organización

  14. Plan trienal 2005 – 2007 : 10 medidas para la autonomía de las mujeres Acoger, hospedar, albergar Proponer ayudas financieras Acompañar profesionalmente Garantizar la protección de las víctimas Identificar las situaciones de violencia Reforzar el apoyo financiero a las asociaciones y la asociación entre los protagonistas Aumentar el esfuerzo de comunicación hacia la opinión pública y la sensibilización de los profesionales Medir el fenómeno de la violencia en el seno de la pareja, evaluar su coste económico Prevenir las violencias desde el colegio Actuar en Europa y en el mundo 1°/ Política y organización

  15. Plan trienal 2008-2010 Segundo plan global para combatir las violencias hacia las mujeres Este plan consolida las medidas ya aplicadas y aporta soluciones innovadoras, en particular, lanzando acciones en dirección del entorno de las mujeres víctimas. Se apoya en lo existente para comprometerse con 4 palabras clave para 4 prioridades: medir, prevenir, coordinar, proteger. Doce objetivos para combatir las violencias hacia las mujeres 1°/ Política y organización

  16. Plan trienal 2008-2010 MEDIR para romper los tabúes 1. Completar los conocimientos estadísticos 2. Mejorar la comprensión del fenómeno para garantizar una respuesta adaptada PREVENIR estas violencias inaceptables 3. Respetar la imagen de la mujer en los medios de comunicación 4. Aumentar el esfuerzo de sensibilización de la sociedad en su conjunto para combatir mejor y prevenir las violencias hacia las mujeres 5. Prevenir la reincidencia de las violencias conyugales mediante un dispositivo global de intervención ante los autores de violencias COORDINAR a todos los protagonistas y servicios de la acción 6. Cerciorarse del mallado del territorio para aportar en el tiempo una respuesta global a las mujeres víctimas de violencias 7. Desarrollar y reforzar una política asociativa por una coordinación nacional y local 8. Intensificar y extender la formación de los profesionales concernidos por la problemática de las violencias hacia las mujeres 9. Movilizar a los profesionales sobre la identificación de las violencias hacia las mujeres PROTEGER a las mujeres víctimas y a sus niños en todos los puntos del territorio 10. Reforzar la protección de las mujeres víctimas de violencias haciendo evolucionar el marco jurídico 11. Consolidar los dispositivos de acompañamiento (escuchar, acoger, albergar, alojar) 12. Tener en cuenta el impacto de las violencias conyugales en los niños confrontados a ellas 1°/ Política y organización

  17. El 3919, un número telefónico nacional • para las víctimas y testigos de violencias conyugales • - creación en marzo de 2007 • - un número de teléfono único, • - decuatro cifras fáciles de memorizar (el 3919), • - decoste moderado para la llamante • accesible cada días (incluyendo días feriados) • Este número garantiza una calidad de la respuesta aportada, uniforme en todo el territorio, con una escucha profesional, anónima y personalizada y una orientación adaptada. 1°/ Política y organización

  18. Una especificidad para las violencias cometidas en el seno de la pareja Fue reconocida a partir de 1994 a través del artículo 222-13-6 del Código penal que define un delito específico de violencias y penas agravadas cuando estos actos son cometidos por el cónyuge o el concubinario. 2°/ Legislación

  19. ¿A qué llamamos violencias conyugales? Cualquier acto de violencia ejercido por uno de los miembros de la pareja contra el otro, y que cause o pueda causar a la víctima unperjuicio o sufrimientos físicos, sexuales o psicológicos, incluidos la amenaza de tales actos y la coacción o la privación arbitraria de la libertad Ya sea que esta violencia sea perpetrada por un cónyuge (unido por un matrimonio, un concubinato o un "PACS" (Pacto Civil de Solidaridad)) o por un ex cónyuge, entra en el marco de las violencias conyugales (o domésticas). Todas estas violencias son castigadas por la ley. 2°/ Legislación

  20. ¿Qué dice la ley? El hecho de cometer violencias en el seno de la pareja constituye una circunstancia agravante. Por otra parte, la calidad de cónyuge o de concubinario “no puede considerarse una causa de atenuación de la responsabilidad en caso de violación en el seno de la pareja”. Según la gravedad de los hechos de violencia, las penas pueden ir de una simple multa, a penas de prisión firme. También pueden pronunciarse sanciones complementarias, como la obligación de un seguimiento terapéutico. 2°/ Legislación

  21. Una protección reforzada Una protección reforzada desde 2004 : una serie de leyes ha permitido reforzar la prevención y la represión de las violencias cometidas en el seno de la pareja, en particular procurando proteger mejor a la cónyuge. La ley castiga más severamente el asesinato, la violación, las agresiones sexuales cuando se cometen en el seno de una pareja, incluso separada. En 2008, los poderes públicos procuraron especialmente reforzar la coordinación de los protagonistas y de los dispositivos. Se consolidaron varios dispositivos de escucha, recepción y atención de las víctimas. 2°/ Legislación

  22. ¿Cuáles son las consecuencias judiciales posibles? El Fiscal puede iniciar diligencias contra el autor de las violencias, ya sea que haya habido una presentación de denuncia o una comunicación de los hechos. El autor de las violencias se expone a sanciones penales y, antes de cualquier juicio, medidas de seguridad: alejamiento del domicilio, colocación bajo control judicial (el autor de las violencias debe respetar una o varias obligaciones, como no acercarse a la víctima) o detención provisional. Es preferible presentar una denuncia para que se entablen actuaciones judiciales. 2°/ Legislación

  23. Campaña trienal 2008-2010 sobre • el conjunto de las violencias hacia las mujeres • “No deje que se instale la violencia. Reaccione“ • Una campaña que habla con la verdad • Una campaña que ha elegido el principio de la ilustración • Una campaña que adopta registros tipográficos falsamente inocentes • 3 anuncios en la prensa para aludir e interpelar a las mujeres víctimas de violencia pero también a los testigos de estas violencias y a los que las perpetúan. 3°/ Las campañas de comunicación

  24. Destinada a las víctimas “No deje que se instale la violencia. Reaccione.” 3°/ Las campañas de comunicación

  25. Destinada a los testigos “Usted es testigo de violencias. Reaccione.” 3°/ Las campañas de comunicación

  26. Destinado a los autores “Pegar a su mujer es un acto castigado por la ley. Reaccione” 3°/ Las campañas de comunicación

  27. Herramientas fuera de los medios de comunicación A disposición de los servicios y asociaciones de ayuda a las mujeres víctimas de violencias : un prospecto « víctimas », un prospecto « autores », un memo de bolsillo 3919 y un folleto destinado a los profesionales 3°/ Las campañas de comunicación

  28. Creación de una plataforma Internet www.stop-violences-femmes.gouv.fr 3°/ Las campañas de comunicación

  29. Campaña nacional 2007 : “Violencias conyugales, hable antes de ya no poder hacerlo, llame al 3919”. Campaña nacional 2006: “Alto a las violencias. Actuar es decirlo" 3°/ Las campañas de comunicación

  30. Balance de etapa del 2do plan trienal • Una fuerte movilización interministerial • Un mejor conocimiento estadístico : encuesta de “victimización” y encuesta en la Martinica “Género y violencia: encuesta sobre las violencias conyugales e interpersonales” • Una mejora de la prevención de las violencias • Una mejor coordinación de los protagonistas y servicios de acción en todo el territorio con referentes locales • Un trabajo sobre una mejor protección de las víctimas 4°/ Resultados

  31. Conclusión "No, las violencias conyugales no están incluidas en la intimidad que sólo compete a la pareja.”  “No, no hay fatalidad en estas violencias. Poderes públicos, profesionales, víctimas, entorno, todos debemos reaccionar para no dejar que la violencia se instale.” Todo el sentido de la política francesa sobre este tema reposa en un enfoque interministerial y asociativo, asociando a la sociedad civil.

  32. Les agradezco su atención y les espero a Francia para visitas de estudios y pasantías. • xchambard@gipspsi.org • www.gipspsi.org • www.femmes-egalite.gouv.fr

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