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Si tiene cédula de identidad personal pasa a la figura 2, registrarse con la cédula Si no tiene cédula de identidad personal pasa a la figura 3, registrarse con el pasaporte. Figura 2, Registro de Nacionales. Figura 3, Registro de Extranjeros.
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Si tiene cédula de identidad personal pasa a la figura 2, registrarse con la cédula Si no tiene cédula de identidad personal pasa a la figura 3, registrarse con el pasaporte. Figura 2, Registro de Nacionales Figura 3, Registro de Extranjeros
Mensaje de confirmación de registro, revisar cuenta de correo, en bandeja de entrada, correo no deseado o la bandeja de Span . Al terminar de usar el sistema presione la opción de CERRAR SECIÓN
Muestra del correo que le llega al usuario, con el nombre del usuario , la contraseña, y el enlace que lo lleva al sistema Presione este enlacé para activar su cuenta Nota: Si olvido su contraseña, en esta pantalla introduzca el correo que utilizo para registrarse en el sistema y en esté recibirá la nueva contraseña . Después de editar revise su cuenta de correo.
Al entrar al sistema verifique el nombre de la persona; esté tiene que ser el nombre con el que se registro.
SI usted es persona natural y posee cédula, ingrese la misma y presione continuar. De lo contrario seleccione NO SI usted es persona natural no tiene número de cédula pero posee número tributario, ingrese esté y presione continuar. De lo contrario seleccione NO
Esta opción es únicamente para Extranjeros Si no posee número de cédula panameña, ni número tributario; introduzca el número de pasaporte, número de cédula de identidad del país de origen y los datos solicitados en el formulario. Al presionar continuar, el sistema lo registrará automáticamente en la DGI y le asignara un número de tributario y dígito verificador, ejemplo:
Si la persona natural esta registrada en la DGI, verifique sus datos y complete el formulario. Si no lo está, llene el formulario y al presionar continuar el sistema lo registrará automáticamente en la DGI.
Si la persona jurídica esta registrada en la DGI, verifique sus datos y complete el formulario. Si no lo está, llene el formulario y al presionar continuar el sistema lo registrará automáticamente en la DGI. Luego el sistema le indicara que se ha registrado la información del RUC y que debe de completar el formulario.
Nota: La Fecha de inicio de operaciones, no puede ser mayor a 13 meses. Según la Ley 5.
Si la actividad es exceptuada seleccione la opción SI; el monto a pagar por la Tasa de Aviso de Operación es cero. Si la actividad no es exceptuada seleccione la opción NO, en el mensaje presione aceptar, luego escoja el tipo de comercio y de una descripción de la actividad a la que se va a dedicar, PRESIONE ASOCIAR. El Monto de la Tasa de Aviso de Operación es de B/. 15.00 si es persona natural o de B/. 55.00 si es persona jurídica más el costo de la actividad regulada. Al Por Menor: Ventas de Bienes (productos) en unidades pequeñas directamente al consumidor final. También incluyen representantes de ventas y agencias de empresa productoras ò mercantiles Al Por Mayor ò Servicios: Ventas de Bienes (productos) en cantidades grandes (docenas, quintales, etc. ) directamente a empresas y el Estado (no dirigida al consumidor final del producto) y todo tipo de servicios. Industrial: Son aquellas actividades dedicadas a transformar las materias primas en productos elaborados (Ej, industria metalúrgica, industria de leche, industria automotriz, etc.). También incluye Las empresas constructoras que utilicen el trabajo asalariado de terceros y las industrias manuales, caseras o de artesanías que utilicen más de cinco trabajadores. NOTA:La actividad al por menor es exclusiva para Panameños y extranjeros Naturalizados con más de 3 años (el sistema le pide la fecha de expedición de la carta de naturalización que le da el Ministerio de Gobierno y Justicia para validar el tiempo). El Catalogó de Actividades ha seleccionar, depende de si la actividad es exceptuada o regulada.
Si la actividad es regulada pagará un monto fijo de Tasa de Aviso de Operación de B/. 15.00 si es persona natural o de B/. 55.00 si es persona jurídica, más el costo de la actividad. Hay actividades que necesitan el número de resolución emitido por la entidad competente para funcionar, ejemplo: Escriba el número y presione Asociar Nota: Si en las actividades reguladas de Restaurante, Cafeterías, Parrilladas, Supermercados, Mini Súper, Abarroterías, Jardines y Jorones van a vender bebidas alcohólicas pagan impuesto.
Lea y verifique todos los datos. Si va ha cambiar algún dato, presione el botón editar de la sección. Después de presionar el botón continuar no podrá cambiar nada.
Sr. Tramitante de la solicitud, al Aceptar está cláusula de responsabilidad, Usted solidariamente responsable de la información suministrada; al imprimir el Aviso de Operación debe firmarlo.
El pago en el BNP puede ser en efectivo o en cheque. Al generar la boleta el sistema le da un número, el cual debe anotar para realizar el pago. El pago con tarjeta de crédito es automático, presione Realizar Pago, llene los datos del formulario y presione enviar.
Al realizar el pago, ingrese al sistema y seleccione la opción de Solicitudes Pendientes, del listado desplegado escoja el nombre de la empresa que ha creado, presione el botón mostrar y recorra todos los pasos hasta el número 7; en este paso se le desplegara el botón de generar aviso de operación.
El Aviso de Operación debe ser firmado por el tramitante de la solicitud y por el dueño del establecimiento comercial. Las actividades descritas en el Aviso de Operación no se pueden cambiar. Después de 15 días de generada la boleta de pago, si esta no es cancelada, la misma expira y se tiene que realizar nuevamente la solicitud del Aviso de Operación.