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RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE CONSULTA PREVIA, LIBRE E INFORMADA PARA EL CONSENTIMIENTO EN ZONAS MINERAS DE COLOMBIA. INDEPAZ. Justificación.
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RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE CONSULTA PREVIA, LIBRE E INFORMADA PARA EL CONSENTIMIENTO EN ZONAS MINERAS DE COLOMBIA INDEPAZ
Justificación • Las comunidades indígena, afrodescendientes y ROM de Colombia han manifestado que la presencia de macro proyectos mineros en los territorios étnicos afecta gravemente sus planes de vida y por ello generan una gran preocupación, especialmente desde el año 2008 cuando se evidenció la pretensión del gobierno de permitir la titulación de parte del territorio colombiano para minería y el petrolero. Según las principales organizaciones étnicas, ese auge de la titulación abre el camino para impactos que ponen en peligro la pervivencia de las comunidades. • Colombia a pesar de que firmó el Convenio 169 de la OIT, reglamentó la consulta previa por medio del decreto (1320/98) que a juicio de la Corte Constitucional debe ser considerado como “inaplicable”. • La ambigüedad jurídica de la reglamentación del Convenio 169 de la OIT y la resistencia de las comunidades a la presión minera en los territorios ancestrales y de propiedad colectiva, se manifiesta en múltiples conflictos y también en la apreciación desde altos funcionarios de que las pretensiones indígenas o de comunidades afrodescendientes se han convertido en obstáculos mayores a las inversiones y macroproyectos.
Falta de consulta • Desde el año 1993, la Corte Constitucional ha fallado más de 40 tutelas a favor de los pueblos indígenas en casos de violación del derecho al territorio por proyectos de intervención o grandes obras de infraestructura, sin consulta previa. • Ejs. el pueblo u'wa (exploración y explotación petrolera), Ley forestal, el pueblo emberakatío del Alto Sinú (represa Urrá I), Mandé norte (T-769), entre otros…
De la constatación de este panorama surge la necesidad o la pertinencia de analizar el estado de las reflexiones, debates y conflictos en tormo al derecho a la consulta PLI y de explorar el abanico de escenarios para el inmediato futuro. • Este ejercicio es útil para los múltiples grupos de interés, incluidos empresarios, comunidades, organizaciones sociales y funcionarios públicos.
Objetivo General Ofrecer información y herramientas sobre las reflexiones y conflictos que se están presentando con respecto a laconsulta y consentimiento, libre, previo e informado bajo los lineamientos de las comunidades y del convenio 169 de la OIT
Objetivosespecíficos • Identificar las situaciones y temas de conflicto a propósito de procesos de Consulta PLI • Documentar las apreciaciones de los diversos grupos de interés • Resumir las consideraciones jurídicas relacionadas con la reglamentación del Convenio 169 de la OIT. • Analizar algunos casos representativos en regiones clave para esta relación minería – consulta. • Contribuir a que las comunidades expresen su opinión con respecto a los proyectos extractivos (minería) que afectan sus territorios y planes de vida. • Generar espacios de dialogo multiactores sobre consulta previa para el consentimiento
Actividades • Seleccionar las zonas y presentar el proyecto a las comunidades (Putumayo, Cauca, Guajira) • Recolectar y sistematizar la información. (talleres) • Mesas regionales • Elaboración de documentos • Presentar a la mesa Avina la información • Publicación de información y respectivos análisis. (web)