1 / 44

AYER- HOY - MA

andrew
Download Presentation

AYER- HOY - MA

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


    1. AYER- HOY - MAÑANA MAS RESPONSABILIDADES NUEVO ROL DEL FISCALIZADOR O “NUEVOS DESAFIOS”

    3. …ENTONCES, BIENVENIDOS LOS NUEVOS DESAFIOS DE HOY Y MAÑANA

    4. FINANCIAMIENTO COMPARTIDO JORNADA DE TRABAJO INTERREGIONAL VII - VIII REGIONES LOCALIDAD DUAO COMUNA DE LICANTEN PROVINCIA DE CURICO VII REGION DEL MAULE

    5. BASE LEGAL D. F. L. N° 2 DE 1998. * LEY N° 18.768-88 Inicio F.C. a/c 01-01-89.- (ART. 23° AL 34°) MODIFICACIONES * LEY N° 19.247-93 (Introduce modif. A D.F.L. N°5/92) * LEY N° 19.532-97 – DSE 755/97 REGLAMENTO Jec Título V establece el Sistema de Becas Art.58° al 64 * LEY N° 19.979-04 (Modifica Art. 23° y 24° D.F.L. N°2/98)

    6. ¿QUIENES PUEDEN INGRESAR? Municipales y Particulares con Rec.Oficial PARTICULARES: El sostenedor decide. * Modalidades: 2° NT – Educ. Básica Diurna – Educ. Media Diurna.(HC/TP) * E. E. PAGADOS (Pronunciamiento de Contraloría G.de la R. N°59981/03) MUNICIPALIZADOS: Padres y Apoderados deciden. * Modalidad: Educ. Media Diurna.(H-C/TP)

    7. FECHAS DE POSTULACION - ACEPTACION - RETIRO INGRESO: Formulario Solicitud antes del 30 de agosto año anterior. ACEPTACION: Resolución Secreduc., al 30 de septiembre año anterior. RETIRO: Formulario solicitud antes del 30 de agosto año anterior.

    8. COMUNICACIONES MATERIAL INFORMATIVO Y ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN, deben señalar que el EE pertenece al F. C. APODERADOS: * Propuesta Educativa, (comunicación escrita) * Sistema de Exención o beca (entregando el Reglamento de Becas, antes del 30/08) * Reajustabilidad, trienal y anual, (I.P.C. o U.S.E. Señalar además las alternativas que tiene el alumno en otros E.E. gratuitos de la Comuna) * Informar utilización recursos del F. Compart.

    9. SECREDUC (DEPROE) * Montos cobros anuales antes del 30 de Octubre de cada año. * Enviar copia comunicación de cobros hecha a los Padres y Apoderados. * Obligación Deprov. Antes 30 Septiembre comunicar a Secreduc. El cumplimiento del sostenedor de haber entregado Reglam. Becas a Apoderados en Agosto, caso contrario se le podría retener la subvención,Ley N°19.979/Art.2° punto N°6.

    10. COBROS NO MAYOR A 4 USE, (Valor: 1 use $ 14.206,93 - 4 use $ 56.827,72). TRIENIO: Cuota inicial de escolaridad y reajustabilidad a aplicar próximos dos años. * No se pueden modificar agregando nuevos valores. * Nuevo trienio respetará lo indicado para los dos primeros años.

    11. REAJUSTABILIDAD

    12. Establecimientos Municipales adscritos al F.C. deberán otorgar cupos gratuitos, pre via declaración escrita del apoderado soli- citando el beneficio de la gratuidad. Derechos de Matrícula, fijado por el Mineduc. Cuotas ordinarias Centro General de Padres y Apoderados, media UTM Otros ingresos, ventas afectas al IVA éstas deben ajustarse a normativas tributarias vigentes.

    13. COBROS 14.206,93 x 4 = 56.827,72 14.206,93 x 48 = 681.932,64 Ord. 07/ 28/1999 Depto. Jurídico Min. Educación, se puede exigir el pago en 10 cuotas 681.932,64 : 10 = 68.193,26

    14. COBROS En consecuencia, concordando las disposiciones legales citadas, en la práctica se puede fijar un arancel anual que no excede el monto de 4 USE mensuales que permite la ley, y efectuar el cobro en un periodo de 10 meses, ENTRE EL 1º DE MARZO AL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO.

    15. COBROS LOS EE. DE FC. NO PUEDEN COBRAR UNA CUOTA DE ESCOLARIDAD POR ADELANTADO EN EL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO ANTERIOR, TODOS LOS COBROS DEBEN EFECTUARLO DESDE EL 1° DE MARZO AL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO RECORDEMOS: (dictamen 07/28 de 1999; Depto. Jurídico Mineduc).

    16. COBROS Se complementa con pronunciamiento de la Div. Jurídica de la Contraloría General docto. N°07/592 de 20-10-06, punto 9 “Concluye que no existe impedimiento en que el pago de cobros de F. C. se efectúen en más de 10 mensualidades a contar del 1° de Marzo, o sea, hasta Febrero del año siguiente” Punto 10: Es importante señalar que un cobro de escola- ridad anticipado de carácter voluntario deberá declararse en los ingresos efectivos, los que deben estar contenidos en el balance que los sostenedores deben entregar el 28 de Febrero de cada año y deberá constar en los recibos timbrados por el S.I.I.

    17. PROYECCION DE INGRESOS Los E.E. de Financiamiento Compartido, deben presentar al inicio de cada año escolar una Declaración de Ingresos Proyectados, considerando todos los dineros que el colegio ha programado recaudar durante el respectivo año escolar (Marzo a Febrero del año siguiente) a excepción cuotas centro de padres y ap. Y derecho matrícula estipulado por el Mineduc. En consecuencia todo ingreso que este fuera de la excepción debe ser declarado en esta declaración de ingresos.

    18. PROYECCION DE INGRESOS Variables recurrentes en la elaboración de las proyecciones: ARANCEL FIJO – DIFERIDO – RENTAS Esta proyección está relacionada con los siguientes indicadores: -Valor cuota de escolaridad -N° de matrícula de alumnos, y -N° de cuotas a cancelar Fórmula: escolaridad x matrícula x cuotas =Total Declaración Proyección Anual de Ingresos

    19. PROYECCION DE INGRESOS SE COBRA ARANCEL UNICO:

    20. PROYECCION DE INGRESOS SE COBRA ARANCEL UNICO: $ 25.000 X 800 = $ 20.000.000 SE MULTIPLICA POR EL N° DE CUOTAS (10), POR TANTO LA PROYECCIÓN DE INGRESOS NO PUEDE SER INFERIOR A $ 200.000.000, MENOS UN 15%, EN EL QUE CONSIDERAN LOS ALUMNOS BECADOS. EJEMPLO: $ 25.000 X 800 X 10 = $ 200.000.000 MENOS 15% 30.000.000 TOTAL PROYECCION $ 170.000.000

    21. PROYECCION DE INGRESOS COBRO DIFERIDO POR NIVEL EDUCACION

    22. PROYECCION DE INGRESOS COBRO DIFERIDO POR NIVEL EDUCACION: COBRO MENSUAL 19.250.000 = $ 24.063 PONDERADO 800 $ 24.063 X 800 = $ 19.250.000 SE MULTIPLICA POR EL N° DE CUOTAS (10), POR TANTO LA PROYECCIÓN DE INGRESOS NO PUEDE SER INFERIOR A $ 192.504.000, MENOS UN 15%, EN EL QUE CONSIDERAN LOS ALUMNOS BECADOS. EJEMPLO: $ 24.063 X 800 X 10 = $ 192.504.000 MENOS 15% 28.875.000 TOTAL PROYECCION $ 163.628.400

    23. PROYECCION DE INGRESOS

    24. PROYECCION DE INGRESOS COBRO DIFERIDO POR RENTAS: COBRO MENSUAL 19.250.000 = $ 24.063 PONDERADO 800 $ 24.063 X 800 = $ 19.250.000 SE MULTIPLICA POR EL N° DE CUOTAS (10), POR TANTO LA PROYECCIÓN DE INGRESOS NO PUEDE SER INFERIOR A $ 192.504.000, MENOS UN 15%, EN EL QUE CONSIDERAN LOS ALUMNOS BECADOS. EJEMPLO: $ 24.063 X 800 X 10 = $ 192.504.000 MENOS 15% 28.875.000 TOTAL PROYECCION $ 163.628.400

    25. BECAS O EXCENCION Ley N° 19.532/97 artículo 2°, punto 5, establece el sistema de becas. DSE N° 755/97 artículos 58° al 64°. Los sostenedores eximirán total o parcialmente del pago del valor que mensualmente deban efectuar los alumnos que se determine conforme a un sistema de becas; sus bases deben estar contenidas en un reglamento.

    26. BECAS O EXENCION DOS TERCIOS RAZONES SOCIOECONOMICAS y un tercio libre disposición. COMUNICADAS POR ESCRITO, antes 30/08 DEBEN MANTENERSE MIENTRAS PERSISTAN LAS CONDICIONES SOCIOECOMICAS APODERADO SOSTENEDOR REEVALUA BECAS AL INICIO DEL 2° SEMESTRE NO DEBEN CONDICIONARSE LISTADO RESERVADO DE ALUMNOS BECADOS

    27. REGLAMENTO BECAS Bases, criterios y procedimientos claros, objetivos y transparentes – postulación, asignación, apelación. Igualdad y equidad para la postulación de todos los apoderados. Enviar copia al Departamento Prov. Debe estar en conocimiento de todos los apoderados. Medir situación económica apoderado.

    28. LISTADO ALUMNOS BECADOS Artículo 62 DSE N° 755/97 * Carácter reservado * Listado debe indicar a lo menos nombre del alumno y monto de la exención; se sugiere formato. * Suma total de beneficios debe ser igual a becas otorgadas según proyección.

    29. SUGERENCIA LISTADO ALUMNOS BECADOS

    30. FINANCIAMIENTO BECA APORTE SOSTENEDOR, obligatorio, letra A artículo N° 27 DFL N° 2/98. APORTE FISCAL, condicionado a descuento cobro mensual promedio, letra B artículo N° 27 DFL N° 2/98. EXCEDENTE AÑO ANTERIOR, más recursos propios.

    31. COMPROBANTES DE PAGO Timbrado o autorizados por S. I. I. Formato anverso y reverso. Extender uno por cada ingreso percibido. Debe indicar el valor de la beca Numeración correlativa. Traspasarse a Registros Contables.

    33. REGISTROS CONTABLES REGISTRO INGRESOS DIARIOS art. N° 20 DFL N° 2/98; art. 22 DSE N° 8144/80. * Timbrado por S. I. I. * Formato según necesidad colegio. * Traspaso diario de valores recibidos. * Cuadrar diariamente comprobantes de pago y recaudación.

    34. REGISTRO DE INGRESOS DIARIOS

    35. REGISTROS CONTABLES REGISTRO MENSUAL PAGO ALUMNOS art. 19 DFL N° 2/98; artículo 42 DSE N° 8144/80. * Formato: curso; mes; alumno; CP N°; C. Mensual; Exención; O. Cobros; Total. * Traspaso diario: Los comprobantes de pago deben traspasarse diariamente. * Suma diaria y mensual: Cuadratura diaria y mensual de los valores traspasados.

    36. REGISTRO PAGOS MENSUALES

    37. DECLARACION INGRESOS EFECTIVOS ARTÍCULO 33 DFL N° 2/98 OBLIGATORIA: Si no la presenta el EE no puede continuar en el sistema de F. C. AJUSTE: Sirve para determinar la subvención definitiva y el fondo de becas del año escolar. * REINTEGRO: ingresos mayor que proyección + 6% interés anual. Facilidades artículo 51 DFL 2/98, (interés mensual 1% hasta 6 meses). * PAGO: ingresos menores que proyección, el Estado paga la diferencia antes 31 marzo + I. P. C. * BECAS: diferencia no otorgada se suma al fondo de becas del próximo año escolar.

    38. CONSULTAS

    39. Artículo 6° DFL 2/98 LETRA a) bis Que al menos un 15% de los alumnos de los EE presenten condiciones de vulnerabilidad socioeconómica, salvo que no se hayan presentado postulaciones suficientes para cubrir dicho porcentaje. Artículo 24 DFL 2/98: inciso 4° “Con todo, a lo menos las dos terceras partes de las exenciones se otorgarán atendiendo exclusivamente a las condiciones socioeconómicas de los alumnos y su grupo familiar, alumnos que se entenderán incluidos en el porcentaje establecido en la letra a) bis del artículo 6°, cuando la exención del inciso tercero anterior sea total y corresponda a alumnos en condiciones de vulnerabilida”.

    40. GRATUIDAD 15% NIVEL SOCIOECONOMICO DEL ALUMNO SERA EL PUNTAJE OBTENIDO EN LA FICHA CAS (DCTO N° 414/91 MINISTERIO PLANIFICACION. DETERMINACION ZONA RURAL – URBANA DONDE SE UBICA EL EE. POR ENCUENTA DE CARACTERIZACION SOCIOECONOMICA NACIONAL (CASEN) MINISTERIO PLANIFICACION. FORMULA: FICHA CAS DEL ALUMNO X 0.9 + PORCENTAJE A NIVEL REGIONAL NO POBRES DE LA ZONA GEOG. DONDE SE EMPLAZA EL EE X 0.1= PUNTAJE DE CORTE REGIONAL VULNERABILIDAD SOCIOECONOMICA.

    41. GRATUIDAD 15% CADA EE DETERMINA LOS POSTULANTES EN CONDICIONES DE VULNERABILIDAD SOCIOECON. QUE SE PRESENTEN CON CONSULTA A CADA FAMILIA REVISANDO LOS DOCUMENTOS QUE PRESENTEN (escolaridad madre, residencia, otros), PODRA CRUZAR DATOS CON LOS DE LA JUNAEB. LOS ALUMNOS CONSIDERADOS VULNERABLES MIENTRAS MANTENGAN SUS CONDICIONES. LOS EE DEBEN RECIBIR TODOS LOS POSTULANTES CONSIDERADOS VULNERABLES HASTA ALCANZAR EL 15% DE SU MATRICULA.

    42. GRATUIDAD 15% LOS ALUMNOS CONSIDERADOS VULNERABLES NO PODRAN SER OBJETO DE COBRO ALGUNO. LOS ALUMNOS CON EXENCION TOTAL OTORGADAS EXCLUSIVAMENTE POR RAZONES SOCIOECONOMICAS Y SE ENCUENTREN EN CONDICIONES DE VULNERABILIDAD SE ENTENDERAN INCLUIDOS DENTRO DEL 15% DE LA LETRA a) bis DEL ARTÍCULO 6° DEL DFL N° 2/98. ESTE DISPOSICIÓN NO SERA OBSTACULO PARA LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DEL EE. EL INCUMPLIMIENTO DE ESTE REGLAMENTO SERA INFRACCION GRAVE (artículo 50 DFL N° 2/98).

    43. EJEMPLO:Aplicación Art. 24° Establecimientos con 1500 alumnos El 15% de niños vulnerables alcanza a 225 El listado de alumnos becados por razones establecidas en el F.C. son 200 alumnos becados (beca completa) De los 200 alumnos becados, 30 de ellos están en la condición de Vulnerabilidad acreditable. Luego, el N° total de niños que no pagan en el E.E. son 395 alumnos y esto porqué de los becados en el F.C. hay 30 que también reúnen la condición de vulnerabilidad y por tanto forman parte del 15% de niños vulnerable, esto es, 225 als. La figura siguiente muestra que la intersección de 30 als. Sirve para ambos:

    44. Agradezco la gentileza de escucharme, la asistencia, colaboración y participación en esta jornada, sinceramente: ¡Gracias!

More Related