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¿Que ha hecho el Hospital? Oci-Sopita OCI NOTICIAS Para dar cumplimiento a la Estrategia de Lucha contra la Corrupción y de Atención al Ciudadano, el Comité Institucional de Gobierno en Línea creado mediante la Resolución 169/11, ha realizado actividades que permitirán su implementación tales como: Instrucciones de Juego: Encierra las palabras enumeradas en el cuadro. Con las letras sin utilizar y en el orden que quedan, completa la frase de abajo. Julio 2013 Edición Nº 35 “Debemos aprender a ver la vida y el mundo con los ojos de un niño… Sin amargura, con confianza”. Paulo Coelho. "De humanos es hacer algo incorrecto, pero es de necios permanecer en tal situación”. Marco Tulio Cicerón. • 1. Se construyo la estrategia anticorrupción y de atención al ciudadano, la cual incluye: • Identificación de los riesgos de corrupción, y levantamiento de mapas. • Estrategias antitrámites tales como: correo electrónico institucional, utilización asistencial del Sistema de Información Dinámica Gerencial. • Rendición de cuentas a la ciudadanía. • Mecanismos para Mejorar la Atención al Ciudadano tales como: mediciones de satisfacción, buzones de sugerencias, atención a quejas, reclamos y denuncias. OFICINA DE CONTROL INTERNO 2. Consolidación del Mapa de Riesgos de corrupción de forma conjunta con el personal de cada uno de los procesos. 3. Elaboración del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. COMPROMISO, CONFIABILIDAD, AUTOCONTROL, AUTOEVALUACION, AUTOGESTION ¿Que podemos hacer como funcionarios? Conocer y aplicar el Código de Ética y Buen Gobierno del Hospital Militar Central establecido según Resolución N° 553 y 554 del 13 de junio de 2011 en donde se fortalece la cultura organizacional y es el referente de la ética desde lo moral y lo jurídico. Para obtener mayor información sobre el contenido del boletín o para realizar sugerencias envía un correo a: gladys.cespedes@hospitalmilitar.gov.co adriana.cuevas@hospitalmilitar.gov.co o acérquese a la OFICINA DE CONTROL INTERNO HOSPITAL MILITAR CENTRAL Casa Auxiliar Administrativa Extensión: 3021 Diseño y elaboro: Oficina de Control Interno, Adriana Magali Cuevas M. - Lixi C. Romero Navarrete Fuente: Estatuto Anticorrupción Cartilla Estatuto Anticorrupción Minjusticia Esta es la frase que se debe completar: Realizar su labor y atender a los usuarios de tal forma que se aumente su satisfacción, dando valor agregado a su trabajo y al Hospital. Informar posibles conductas o comportamientos que puede derivar de una actuación corrupta.
MEDIDAS ANTICORRUPCIÓN EN EL SECTOR SALUD: - Se sanciona el tráfico de influencia de particulares; los acuerdos entre quienes participan en un mismo proceso de contratación para alterarlo; se le da un enfoque al enriquecimiento ilícito, al fraude de subvenciones, y al soborno transnacional. ESTATUTO ANTICORRUPCION Ley 1474 del 12 julio de 2011 - Se adopta un nuevo Sistema de Control y Vigilancia del Sector Salud. - Se prohíbe que las entidades prestadoras del servicio de salud, realicen donaciones a campañas políticas. Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. MEDIDAS DISCIPLINARIAS ANTICORRUPCIÓN PARA LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN - Los empleados o directores de entidades sometidas a la vigilancia de la Supersalud, que omitan el cumplimiento de los mecanismos de control, para ocultar actos de corrupción incurrirá en prisión de 38 a 128 meses. Se introducen disposiciones que pretenden subsanar e integrar aquellos aspectos en los cuales se requiere una acción contundente del Estado y de la Sociedad. - Reforma los términos de investigación disciplinaria. - Se fortalece toda la acción de la Procuraduría General de la Nación en materia disciplinaria, facilitándose los procesos verbales. - Se fortalece la capacidad disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura. - Se crea el Sistema preventivo de prácticas riesgosas al sector salud, a través del cual se hará seguimiento a las conductas identificadas como corruptas, el cual emitirá alertas tempranas para actuar a tiempo y éstas serán establecidas como causales de agravación punitiva. MEDIDAS CONSAGRADAS PARA LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN: DISPOSICIONES PARA PREVENIR Y COMBATIR LA CORRUPCIÓN EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA - El Estatuto castiga a aquellos contratistas que reiteradamente le incumplen al Estado, que quedará inhabilitado por un término de 3 años. - Los interventores responderán de manera solidaria, civil, penal y disciplinariamente por el incumplimiento de las obligaciones Con las que se pretende reducir los fenómenos de corrupción que afectan la gestión estatal: - Se tipifican como delito la especulación y el agiotaje sobre medicamentos o dispositivos médicos, la cual tendrá una pena entre 5 y 10 años de prisión y multa hasta de mil salarios mínimos legales mensuales vigentes. - Se establece como agravante punitivo el hecho de que el peculado se cometa frente a recursos de la salud. - No se podrá contratar con el Estado cuando se haya cometido delitos de corrupción contra la Administración o el patrimonio público se inhabilitara hasta por 20 años. que se derivan de la ejecución de los contratos, se extiende la responsabilidad a consultores y asesores. - Los anticipos que el Estado otorga solo podrán ser manejados por fiduciarias o patrimonios autónomos irrevocables. - Regula las contrataciones de mínima cuantía. - Se exige que todas las obras públicas tengan diseños antes de que se puedan abrir las licitaciones. - Prohíbe las adendas durante los 3 días anteriores al cierre previsto de un proceso de selección y ordena que solo podrán efectuarse en días y horarios hábiles. MEDIDAS PENALES EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN PÚBLICA Y PRIVADA: - Se acaban los subrogados penales: no habrá mecanismos alternativos de la pena privativa de la libertad, cuando se cometan delitos contra la Administración Pública, estafa y abuso de confianza que recaigan sobre los bienes del Estado, utilización indebida de información privilegiada, lavado de activos y soborno transnacional. - Los ex servidores públicos no podrán gestionar ante las entidades públicas intereses privados durante los 2 años siguientes a su retiro. - Los ex empleados públicos del Nivel Directivo no podrán ser contratistas del Estado en el mismo sector en el cual prestaron sus servicios, durante los dos (2) años siguientes al retiro del cargo. - No procederá el secreto profesional y se cancelará la inscripción de la matrícula de cualquier contador o revisor fiscal que, detectando un acto de corrupción, se abstenga de denunciar. - Se amplían los términos de prescripción para las investigaciones de los delitos de corrupción, así como en los procesos fiscales y disciplinarios. - Se tipifica el delito de estafa en el sector de la salud, el delito de corrupción privada, la administración desleal; se reenfoca el uso de información privilegiada, especulación, agiotaje en medicamentos, omisión de control en el sector de la salud, así como una nueva modalidad de peculado por aplicación oficial diferente culposo y también en el sector de la salud. ORGANISMOS ESPECIALES PARA LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN - La Comisión Nacional para la Moralización. -La Comisión Nacional Ciudadana de Lucha contra la Corrupción. - En todas las entidades del sector central, los jefes de control interno dependerán directamente de la Presidencia de la República.