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DATA PROTECTION. NELSON REMOLINA ANGARITA Facultad de Derecho Universidad de los Andes Mayo de 2003. CONTEXTO.
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DATA PROTECTION NELSON REMOLINA ANGARITA Facultad de Derecho Universidad de los Andes Mayo de 2003
CONTEXTO • En el marco de la sociedad de información se recurre cada vez más al tratamiento de datos y las tecnologías facilitan considerablemente la captación, transmisión, registro, conservación, comunicación, etc. Nelson Remolina Angarita
La información lo es todo • Rol esencial en muchas actividades y factor de poder esencial para la toma de decisiones. • Bien valioso cuyo uso o comercialización constituye el principal negocio de muchas empresas: ChoicePoint Online (acceso vía internet a más de 14 billones de datos) (www.choicepointonline.com) Nelson Remolina Angarita
INTERNET • Utilización infraestructura suele estar directamente basada en el tratamiento de datos personales • Nuevas posibilidades de distribución de información • Tecnología evoluciona rápidamente • Actores nuevos y proceso de redefinición de límites tradicionales • Dimensión global Nelson Remolina Angarita
Electronic Privacy Information Center (1999) • 18% de las compañías no hacen pública su política respecto de los datos personales • 35% elaboran perfiles de sus usuarios, en función de los cuales disponen publicidad y ofertas en sus páginas • 86% de los servidores usan 'cookies', que registran los hábitos de consulta y otros datos de sus visitantes. Nelson Remolina Angarita
No cumplimiento protocolo de buenas prácticas desarrollado por la institución • Elaboración de perfiles de usuario y técnicas de marketing son cada vez más exhaustivas y se entrometen en la privacidad del usuario‘ ********* • 90% de los web sites no cumplen sus políticas de privacidad (Washigton Post. Citado por Mike Gurski, Oct. 2001) Nelson Remolina Angarita
How people use the Internet (SRI Jun 01) • Los consumidores se muestran reacios a facilitar información personal • 67% generalmente abandonan las páginas webs cuando se les pregunta por su información personal. • 20% admitió facilitar información falsa para conseguir acceder a una web. Nelson Remolina Angarita
Aprox 50% manifestaron preocupación sobre el mal uso, en la red, de la información facilitada a través de tarjetas de crédito y la venta o traspaso de información personal por los propietarios de webs. • 28% prefiere dar información personal a un web que tuviera unas garantías contra el fraude por tarjeta de crédito • 26% opinódel mismo modo acerca de los webs con una preeminente política de protección de la privacidad Nelson Remolina Angarita
PREOCUPACIONES • Poder informático/ síndrome pez rojo/ perfil virtual/ (T414-92; T 729-02) • Libertad informática (Frosini) • Derechos humanos: Información/ honra y honor/ buen nombre e imagen/ igualdad e intimidad. Nelson Remolina Angarita
“Cada fase del desarrollo tecnológico plantea un desafío para la protección de datos personales” (GTPDP.DT 5013. Bruselas,1999) • La mayoría de los web sites recolectan información personal de los consumidores sin que ellos conozcan esa práctica y sin que existan reglas claras respecto de la protección de la intimidad de los mismos. (Federal Trade Comision, 1998) Nelson Remolina Angarita
“En cualquier sistema de redes de información es dificil garantizar que la información se utilizará únicamente para los fines autorizados” (Jain, Anil. 1999) • Actuaciones, decisiones sin conocimiento de la persona • Confianza Nelson Remolina Angarita
CONFIANZA • Se espera que la cifra mundial del comercio electrónico para el 2003 sea de US$380 billones. Estima que el precio no es el elemento esencial que impulsará los negocios a través de medios electrónicos sino la confianza que se genere en los mismos.(Reichel & Shefter. Harvard Business Review. Jul-Ago, 2000) Nelson Remolina Angarita
PERSPECTIVA INTERNACIONAL • PC&T reviste gran importancia para el desarrollo social y económico, pero puede amenazar derechos humanos y libertades fundamentales: Utilizar PC&T en pro de la persona e impedir utilización indebida para infringir DH (privacidad).[Res. 3384 del 10 de noviembre de 1975 de la ONU] Nelson Remolina Angarita
Declaración UE&USA sobre comercio electrónico (1997)“Asegurar la protección eficaz del derecho a la intimidad con respecto al tratamiento automatizado de datos personales en redes de información globales”. Nelson Remolina Angarita
El tratamiento de datos personales en Internet debe respetar los principios de protección de datos al igual que en el mundo normal (off-line)[Declaración Ministerial de la Conferencia de Bonn sobre redes mundiales, junio de 1997] Nelson Remolina Angarita
OCDE. Recomendaciones protección consumidor en el contexto del comercio electrónico. (1999) • “La protección de datos en Internet es una condición indispensable para el desarrollo del comercio electrónico”[DT 5013. Bruselas de 1999] Nelson Remolina Angarita
DATA PROTECTION • Conjunto de normas y principios que regulan el tratamiento de datos personales en toda sus etapas: recolección, almacenamiento, procesamiento circulación, utilización, publicación y transferencia (Millard, Christopher. Data protection laws of the world. 1999) Nelson Remolina Angarita
DATA PROTECTION & NEGOCIOS • “Privacidad como obstáculo desarrollo negocios electrónicos”(Arthur Anderson, 2000) • Principales preocupaciones USA para el siglo XXI: 1) Pérdida de la privacidad; 2) Sobrepoblación; 3) Actos terroristas; 4) Tensiones raciales y 5) Guerra mundial.(Wall Street Journal 24-I-00) Nelson Remolina Angarita
Empresas electrónicas dejaron de percibir aprox US$2.8 billones en el 2000 debido a la preocupación de los consumidores respecto de la protección de su derecho a la intimidad en el contexto digital • 90% consumidores de los negocios electrónicos quiere controlar la forma como su información es usada después de recolectada. (Forrester Research 5-III-01) Nelson Remolina Angarita
Encuesta realizada en el 2000 por IBM a consumidores de los Estados Unidos, Inglaterra y Alemania: • 80% manifestaron que han perdido control sobre cómo su información personal es recolectada y usada • 78% Se niegan a dar información porque no confían en las empresas Nelson Remolina Angarita
54% decidieron no comprar porque no están seguros de la forma como se manejará su información Nelson Remolina Angarita
Encuesta del Ministerio Japonés de correos y telecomunicaciones de 2000: • 93% preocupado acerca de su información utilizada sin autorización • 94% preocupación protección intimidad en el contexto digital • 83% Necesario existencia legislación respecto del uso y distribución de la información personal Nelson Remolina Angarita
INFORMACIÓN • Libertad de informar y recibir información veraz e imparcial y rectificación en condiciones de equidad. (Art. 20 CN) • No es un derecho absoluto • No derecho a divulgar información que no sea cierta • Información en BD siempre debe ser veraz, imparcial, actualizada y completa. • Pánico económico (Art. 302, L 599) “Información falsa o inexacta que pueda afectar la confianza” Nelson Remolina Angarita
INTIMIDAD • Nuevas tecnologías de información aumentan caminos tendientes a erosionar el derecho a la intimidad(Privacy International, 1999) • Las preocupaciones sobre la protección del derecho a la intimidad son mas grandes ahora que en otro momento de la historia reciente(Davies, Simon. 1997) Nelson Remolina Angarita
Art. 12 DUDH “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia (...)” • No absoluto • Dificultad determinar exactamente qué pertenece a la privacidad: • Reconocimiento mundial información “sensible” o “sensitiva” Nelson Remolina Angarita
Cómo se vulnera? • Directamente: plano físico (instrumentos de reconocimiento óptico, acústico, etc..) y plano psicológico (métodos de investigación) • Indirectamente:Control ejercido con la recolección (o análisis cruzado), adición de numerosos y diversos datos. • Intrusión o intromisión irracional en la órbita que cada persona se ha reservado • Divulgación de hecho privados Nelson Remolina Angarita
COMUNICACIONES • “La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley”. (Art. 15 CN) Nelson Remolina Angarita
COMUNICACIONES 2 • “La correspondencia del servicio postal y demás formas de comunicación privada son inviolables. No se podrá atentar contra el secreto que pudiera contener y sólo puede ser interceptada y registrada, mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezcan la Constitución y la ley, sin perjuicio de las sanciones penales establecidas por la violación ilícita de la correspondencia”.(Art 10 Dec. 229 de 1995) Nelson Remolina Angarita
COMUNICACIONES 3 • “No constituye violación a las garantías del servicio postal, la interceptación originada por mandato de autoridad judicial y la intervención aduanera en los envíos postales, actuación que estará regida por la ley”. (Art 10 Dec. 229 de 1995) Nelson Remolina Angarita
Comunicaciones 4 • Las cartas y misivas son propiedad de la persona a quien se envían, pero no para el efecto de su publicación. Este derecho pertenece al autor de la correspondencia, salvo en el caso de que una carta deba obrar como prueba en un negocio judicial o administrativo y que su publicación sea autorizada por el funcionario competente (Art. 84 L 23-82) Nelson Remolina Angarita
DELITOS Artículo 192. Violación ilícita de comunicaciones. El que ilícitamente sustraiga, oculte, extravíe, destruya, intercepte, controle o impida una comunicación privada dirigida a otra persona, o se entere indebidamente de su contenido, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años. • Si revela el contenido de la comunicación, o la emplea en provecho propio o ajeno o con perjuicio de otro, la pena será prisión de dos (2) a cuatro (4) años. Nelson Remolina Angarita
DELITOS 2 • Artículo 196. Violación ilícita de comunicaciones o correspondencia de carácter oficial. El que ilícitamente sustraiga, oculte, extravíe, destruya, intercepte, controle o impida comunicación o correspondencia de carácter oficial, incurrirá en prisión de tres (3) a seis (6) años Nelson Remolina Angarita
DELITOS 3 • -Artículo 194. Divulgación y empleo de documentos reservados. El que divulgue o emplee el contenido de un documento que deba permanecer en reserva, incurrirá en multa, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor. Nelson Remolina Angarita
DELITOS 4 • - Artículo 195. Acceso abusivo a un sistema informático. El que abusivamente se introduzca en un sistema informático protegido con medida de seguridad o se mantenga contra la voluntad de quien tiene derecho a excluirlo, incurrirá en multa. Nelson Remolina Angarita
HONRA Y HONOR (Art.. 21 CN) • Honor, valoración interna • Honra, reputación externa • BUEN NOMBRE E IMAGEN (Art.. 15 CN) • BN, conjunto de cualidades que conforman éticamente a cada uno • Imagen, apariencia frente a terceros • IGUALDAD(Art.. 13 CN) Nelson Remolina Angarita
RESPUESTAS Principios, convenios, directivas, esquemas de autorregulación, guías, leyes generales y sectoriales • Obligaciones a personas, autoridades, empresas y otros organismos ( calidad de datos, seguridad técnica, etc.) • Derechos (acceso, rectificación, oposición, etc.) • Entidades de control Nelson Remolina Angarita
REALIDAD COLOMBIANA • Creciente informatización y carencia de instrumentos de protección adecuados: Problema latente. • T-414/92 • Tecnología e informática aún son temas desconocidos • Acceso restringido a tecnología • Falta de difusión y educación • Existencia poder concentrado Nelson Remolina Angarita
Las empresas “administradoras de datos” han venido operando en un ambiente de “absoluta libertad” • Protección intimidad en áreas diversas frente a los ATI: Imagen, domicilio, correspondencia, comunicaciones, interceptación telefónica, secreto profesional, salud, reserva (documental, tributaria, bancaria, sumarial, comercial, información estadística), secreto industrial, seguridad del estado. Nelson Remolina Angarita
DATO PERSONAL • “Toda información sobre una persona” • Clasificación de datos: • Todo dato personal no es íntimo • T-729 de 2002: Información • Impersonal Vs Personal: • Pública: Obtenida y ofrecida sin reserva alguna. Puede solicitarla cualquier persona sin satisfacer requisito algunos(normas, documentos públicos, providencias judiciales) Nelson Remolina Angarita
Semi-privada: Para acceso y conocimiento tiene un grado mínimo de limitación : orden de autoridad administrativa; respeto ppios admon datos personales(datos seguridad social y comportamiento financiero) • Privada: Ámbito privado. Solo obtenida y ofrecida por orden de autoridad judicial (libros comerciantes, historias clínicas) • Reservada: Persona y estrecha relación con DH del titular. Orbita exclusiva. No obtenida ni ofrecida por autoridad judicial(Genética, dato sensible) Nelson Remolina Angarita
CLASIFICACION INFORMACION • Art. 74 CN derecho acceder a documentos públicos que establezca la ley. • Art. 15 Ley 57 de 1985 limita ese derecho frente a los datos reservados conforme a la Constitución y la Ley. • Documentación clasificada:Información proporcionada por personas al Consejo de Seguridad (D3398-65) Nelson Remolina Angarita
CLASIFICACION INFORMACION • Documentación Secreta:Archivos personas programa protección testigos (D. 1843-92 art. 5); Actas del Consejo Nacional de Seguridad (Art. 22 L 52-90) • Reservada: Deliberaciones CONPES (Art. 2 D2042-59); Actas Consejo de Estupefacientes (Art. 94 L30-86)/ cartas y papeles privados/ archivos Registraduría sobre identidad de las personas (Art. 51 L 96-85)/ historia clínica (Art. 34 L23-81). Nelson Remolina Angarita
Registraduría • “Tienen carácter reservado las informaciones que reposen en los archivos de la Registraduría referentes a la identidad de las personas, como son sus datos biográficos, su filiación y fórmula dactiloscópica” (Art. 51 L96-85 y art. 213 D 2241-86 Nelson Remolina Angarita
DAS • SECRETO O RESERVA.-”los documentos, mensajes, grabaciones, fotografías y material clasificado de la Dirección General de Inteligencia,(...) , tiene carácter secreto o reservado. (...) . En consecuencia, no se podrán compulsar copias ni duplicados, ni suministrar datos relacionados con ellos salvo si precede autorización expresa del Director del Departamento. (Dec. 2110-92 art. 85) Nelson Remolina Angarita
Mas delitos !!!!!!... • Divulgación y empleo de documentos reservados (194) • Utilización indebida de información privilegiada (258) • Violación de reserva industrial y comercial (308) • Utilización de asunto sometido a secreto o reserva (419) • Utilización indebida de información oficial privilegiada (420) • Utilización indebida de información obtenida en el ejercicio de función pública (431) Nelson Remolina Angarita
HABEAS DATA “Todas las personas (...), tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas” “En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución” Nelson Remolina Angarita
Derecho fundamental y mecanismo de protección de otros derechos (Habeas Corpus) • Habeas data Vs rectificación • Habeas data “inclusivo” o “aditivo” (T-307/99) • Jurisprudencia • Contrarrestar peligros desarrollos de la informática • Finalidad: preservar y controlar información en manos de terceros (uso datos falsos, erróneos, reservados, etc..) Nelson Remolina Angarita
Algunos conceptos • Archivo. Conjunto de documentos, acumulados por una persona o entidad pública o privada, en el transcurso de su gestión, para servir como testimonio e información a la persona o institución que los produce y a los ciudadanos, o como fuentes de la historia (Art. 3, L594-00) • Archivo público. Conjunto de documentos pertenecientes a entidades oficiales y aquellos que se deriven de la prestación de un servicio público por entidades privadas (Art. 3, Ley 594-00) Nelson Remolina Angarita
Más conceptos • Archivo privado. Conjunto de documentos pertenecientes a personas naturales o jurídicas de derecho privado y aquellos que se deriven de la prestación de sus servicios. (Art. 36) • Documento original. Fuente primaria de información con todos los rasgos y características que permiten garantizar su autenticidad e integridad. (Art. 3) Nelson Remolina Angarita
Acceso y consulta • Acceso y consulta de los documentos. Todas las personas tienen derecho a consultar los documentos de archivos públicos y a que se les expida copia de los mismos, siempre que dichos documentos no tengan carácter reservado conforme a la Constitución o a la ley. Las autoridades responsables de los archivos públicos y privados garantizarán el derecho a la intimidad personal y familiar, honra y buen nombre de las personas y demás derechos consagrados en la Constitución y las leyes. (Art. 27 L 594) Nelson Remolina Angarita