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DESTRUCCION AMBIENTAL. José David Sánchez Ávila Gustavo Olivares López Diego Arturo Reyes Sánchez Daniel Rojas Lucero. CONCEPTOS FUNDAMENTALES. MEDIO AMBIENTE: Marco animado e inanimado donde se desarrolla el la vida.
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DESTRUCCION AMBIENTAL José David Sánchez Ávila Gustavo Olivares López Diego Arturo Reyes Sánchez Daniel Rojas Lucero
CONCEPTOS FUNDAMENTALES • MEDIO AMBIENTE: Marco animado e inanimado donde se desarrolla el la vida. • ECOLOGÍA: Ciencia que estudia la relación entre los seres vivos y el medio ambiente. • HÁBITAT: Territorio en el que vive una especie animal o vegetal.
CONCEPTOS FUNDAMENTALES • BIODIVERSIDAD: Termino que designa la variedad de vida en la tierra. • ECOSISTEMA: Unidad claramente distinguible de la biosfera. • CONTAMINACIÓN: Impurezas (física, química o biológica) en un medio. • CONTAMINANTE: Sustancia no deseada.
CONCEPTOS FUNDAMENTALES • EMISIÓN: Descarga de gases al aire medido en el foco. • INMISIÓN: Medición de contaminantes atmosféricos en el Medio Ambiente. • VERTIDO: Corriente de desperdicios introducidos en el Medio Ambiente. • RESIDUO: Sustancia sin utilidad que es necesario desprenderse.
CONCEPTOS FUNDAMENTALES PRODUCTOR DE RESIDUOS:Cualquier persona física o jurídica cuya actividad, excluida la derivada del consumo doméstico, produzca residuos o que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla, o de otro tipo que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de esos residuos. POSEEDOR:El productor de los residuos o la persona física o jurídica que los tenga en su poder y que no tenga la condición de gestor de residuos.
CONCEPTOS FUNDAMENTALES REUTILIZACIÓN:El empleo de un producto usado para el mismo fin para el que fue diseñado originariamente. RECICLADO:La transformación de los residuos, dentro de un proceso de producción, para su fin inicial o para otros fines, incluido el compostaje y la biometanización, pero no la incineración con recuperación de energía.
CONCEPTOS FUNDAMENTALES VALORIZACIÓN:Todo procedimiento que permita el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente. ELIMINACIÓN:Todo procedimiento dirigido, bien al vertido de los residuos o bien a su destrucción, total o parcial, realizado sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente.
CONCEPTOS FUNDAMENTALES • DESARRTOLLO SOSTENIBLE: Satisface las necesidades actuales sin comprometer las futuras. • QUIEN CONTAMINA PAGA: (Tratado de Maastricht). El causante del impacto debe pagar por el daño ecológico causado.
EFECTO INVERNADERO Uso de combustibles fósiles y deforestación Vapor de agua, CO2 y gas metano Capa de retén de la energía solar
EFECTO INVERNADERO La superficie de la tierra se calienta por el sol Parte de esta es reflejada de vuelta hacia la atmósfera (70%)
EFECTO INVERNADERO Parte de la radiación infrarroja reflejada es retenida por los gases que producen el efecto invernadero y vuelve a la superficie terrestre.
EFECTO INVERNADERO Como resultado del efecto invernadero, la Tierra se mantiene lo suficientemente caliente como para hacer posible la vida sobre el planeta.
EFECTO INVERNADERO Una pequeña variación en el delicado balance de la temperatura global puede causar graves estragos. En los últimos 100 años se ha aumentado 0,4-0,8 ºC
LLUVIA ÁCIDA Óxidos de azufre y de nitrógeno Ácido sulfúrico y nítrico Si se combinan con la humedad delas nubes y caen con la lluvia, la nieve y el rocío Si desaparecen por gravedad o por impacto PRECIPITACIÓNSECA LLUVIA ÁCIDA
AGUJERO DE LA CAPA DE OZONO La capa de ozono se localiza de 15 a 50 Km sobre la superficie del planeta Ozono (O3), actúa como un filtro de la radiación UV Produce daño en los seres vivos, dependiendo de su intensidad y tiempo de exposición como: deterioro en el sistema de defensas, hasta llegar a afectar el crecimiento de las plantas y dañando el fitoplacton
Agujero en la capa de ozono + Efecto invernadero NECESARIO UN CONTROL MEDIOMBIENTAL + Lluvia ácida
ACUERDOS GLOBALES DE LOS ESTADOS EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL Conferencia de Estocolmo (1972): Fue concebido el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) cuyo objetivo es apoyar, estimular y complementar la acción a todos los niveles de la sociedad humana sobre todos los problemas de interés relacionados con el medio ambiente. La Declaración de Río (1992): Se trata de una declaración de los Derechos y obligaciones colectivas, individuales y de los gobiernos en lo referente al medio ambiente y al desarrollo, y de responsabilidad para con las generaciones futuras.
ACUERDOS GLOBALES DE LOS ESTADOS EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL Tratado de Maastricht (1992): Entre sus objetivos se encuentra potenciar el desarrollo sostenible. “…Debe promoverse un desarrollo armonioso y equilibrado de las actividades económicas, un desarrollo sostenible y no inflacionista que respete el medio ambiente”. Tratado de Ámsterdam(1998): Además de establecer como objetivo esencial de la Comunidad conseguir un desarrollo sostenible, en su artículo 6 establece la obligación de integrar las consideraciones medioambientales en el conjunto de las políticas sectoriales.
COMPETENCIAS COMUNITARIAS EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE Comisión Europea: Es el órgano comunitario encargado de la ejecución del derecho comunitario en materia medioambiental, así como de elaborar propuestas legislativas. Esta labor la realiza mediante los medios formales o informales que el derecho comunitario pone a su disposición (propuestas, recomendaciones…). Su sede está en Bruselas. Agencia Europea de Medio Ambiente: Su función es dotar a la Comunidad y a los Estados miembros informaciones fiables que les permitan tomar las medidas necesarias para proteger el medio ambiente así como el apoyo técnico necesario para este fin. Su sede está en Dinamarca.
¿ Qué es un impacto? • ¿Qué diferencia hay entre una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), un Estudio de Impacto Ambiental y un Diagnóstico Ambiental?
IMPACTO: Efecto de una acción sobre el medio ambiente. • EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL: Procedimiento administrativo completo cuyo resultado final es la Declaración de Impacto Ambiental. • ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL: Documento técnico que se realiza durante una Evaluación de Impacto Ambiental. • AUDITORÍA AMBIENTAL: Son evaluaciones ambientales de una empresa, de su sistema de gestión ambiental.
ORDEN DE NORMATIVAS MEDIOAMBIENTALES NORMATIVA EUROPEA NORMATIVA ESTATAL NORMATIVA REGIONAL NORMATIVA MUNICIPAL - Restricción +
NOMATIVA PRINCIPAL EN MATERIA • MEDIOAMBIENTAL • Vertidos y calidad de las aguas. • - Emisiones y calidad del aire. • - Ruido. • - Residuos. • - Suelos contaminados y actividades potencialmente contaminantes de suelos. • - Envases y residuos de envases.
LEY 1/1995, DE 8 DE MARZO, DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DE LA REGIÓN DE MURCIA (BORM Nº 78, DE 3-4-95). • “Proteger el medio ambiente es una demanda social y una obligación de los ciudadanos. Así lo establece la Constitución española que, en su artículo 45” • “La presente Ley tiene por objeto establecer un sistema de normas adicionales de protección del medio ambiente en la Región de Murcia”
Artículo 1° La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico (EE) y la protección al ambiente (PA). Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para: VI.- La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo. VIII.- El ejercicio de atribuciones en materia ambiental de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, de acuerdo con el artículo 73, fracción XXIX -G de la Constitución Artículo 5° Son facultades de la Federación: I. La formulación y conducción de la política ambiental nacional; II. La aplicación de los instrumentos de la política ambiental... V. La expedición de normas oficiales mexicanas y la vigilancia de su cumplimiento... . IX. La formulación de programas de ordenamiento ecológico... X. La evaluación del impacto ambiental de actividades a que se refiere el Art. 28 de esta Ley (se refiere a actividades agropecuarias que puedan causar daño a los ecosistemas) pp XV. La prevención de la contaminación ambiental (CA) originada por... . olores perjudiciales... .
Mejora continua Revisión por la dirección Política Medioambiental Control y acción correctora Implantación y funcionamiento Planificación
OBJETIVO Por medio de factores humanos y organizativos de la producción Aumentar la productividad
Control de inventarios o seguimiento de materiales, residuos y emisiones Mantenimiento preventivo Prevención y control de fugas y derrames Segregación de la corriente de residuos y emisiones Mejoras en la producción Mejoras en la manipulación de materiales Empleo de guías de utilización de materiales y equipos, orientadas a disminuir la generación de residuos y emisiones BUENAS PRACTICAS AMBIENTALES
Las Buenas prácticas pueden implantarse rápidamente, con una baja inversión, con lo que su rentabilidad suele ser muy alta y tienen un riesgo muy bajo, y, al no afectar a los procesos, suelen ser bien aceptadas por los responsables de la producción.
Residuos generados Subproductos generados Valor de venta alto en otras industrias Coste de eliminación alto Motivación de reducción en origen, buenas prácticas y cambios de técnicasMUY ALTA Motivación de reducción en origen BAJA