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LO QUE NO PASÓ:. PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ENSEÑANZA “COLEGIATURAS”. CASA- HABITACIÓN: VENTA, ARRENDAMIENTO, INTERÉS HIPOTECARIO ESPECTÁCULOS PÚBLICOS VENTA DE JOYERÍA, ORO Y LINGOTES. RETENCIÓN DE IVA.
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LO QUE NO PASÓ: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ENSEÑANZA “COLEGIATURAS”. CASA- HABITACIÓN: VENTA, ARRENDAMIENTO, INTERÉS HIPOTECARIO ESPECTÁCULOS PÚBLICOS VENTA DE JOYERÍA, ORO Y LINGOTES.
RETENCIÓN DE IVA • ELIMINA LA OBLIGACIÓN DE RETENER EL IVA A EMPRESAS CON PROGRAMA DE IMPORTACIÓN TEMPORAL, EXPORTADORAS Y MAQUILADORAS.
ZONA FRONTERIZA • SE ELIMINA LA TASA DEL 11% QUE APLICABA A ZONAS FRONTERIZAS.
REPECOS • DESAPARECE EL PAGO OPCIONAL PARA REPECOS Y LOS COMPROBANTES SIMPLIFICADOS.
REPECOS RÉGIMEN DE TRANSICIÓN • CALCULO Y PAGO DEL IMPUESTO BIMESTRAL • IMPUESTO DEFINITIVO • FORMA DE CALCULO DEL IMPUESTO • ENTERO DE RETENCIONES • COMPROBANTES FISCALES • OTROS
ARRENDADORES • PERSONAS FÍSICAS • RENTA DE INMUEBLES • INGRESO MENSUAL MENOR A 10 VECES EL S.M.G.D.F. • DECLARACIÓN TRIMESTRAL • PAGOS DEFINITIVOS
FALTANTE DE INVENTARIOS MOMENTO DE CAUSACIÓN DEL IVA CUANDO LO CONOZCA EL CONTRIBUYENTE O LA PROPIA AUTORIDAD.
DONATIVOS • DONACIONES GRAVADAS CUANDO SE ENTREGUE EL BIEN O SE ENTREGUE EL DOCUMENTO.
TRANSPORTE • EL TRANSPORTE TERRESTRE FORÁNEO DE PERSONAS QUEDA GRAVADO AL 16%.
IMPORTACIONES TEMPORALES • SE ELIMINA LA EXENCIÓN EN IMPORTACIONES TEMPORALES, PERO PUEDEN OBTENER CERTIFICACIÓN DEL SAT PARA TENER DERECHO A UN CRÉDITO FISCAL PARA PAGO DEL IMPUESTO.
IMPORTACIONES TEMPORALES • QUIENES NO OPTEN POR EL CERTIFICADO PODRÁN NO PAGAR EL IMPUESTO SI EL MISMO SE GARANTIZA CON UNA FIANZA.
IMPORTACIONES TEMPORALES PERIODO DE TRANSICIÓN. • DISPOSICIONES ENTRARAN EN VIGOR UN AÑO DESPUÉS DE QUE EL SAT EMITA LAS REGLAS PARA CERTIFICARSE.
TASA 0% • SE INCLUYE EL TRANSPORTE AÉREO DE BIENES COMO ACTIVIDAD AL 0% POR LA PARTE QUE NO SE PRESTA EN EL PAÍS.
VENTA BIENES INMUEBLES EN LA ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES QUE GENEREN IVA, DEBERA EXPEDIRSE COMPROBANTE FISCAL
SERVICIOS DE HOTELERÍA. A PARTIR DE JULIO QUEDAN GRAVADOS LOS PAGOS POR SERVICIOS DE HOTELERÍA A TURISTAS EXTRANJEROS.