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PRESENTACION VIRTUAL DE LAS DECLARACIONES DE RENTA Y PAGO ELECTRONICO DE IMPUESTO PARA RESIDENTES EN EL EXTERIOR AÑO 2014 II PARTE. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras. CONTENIDO. OBJETIVOS ASPECTOS NORMATIVOS PROCEDIMIENTO DE MECANISMO DIGITAL
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PRESENTACION VIRTUAL DE LAS DECLARACIONES DE RENTA Y PAGO ELECTRONICO DE IMPUESTO PARA RESIDENTES EN EL EXTERIOR AÑO 2014 II PARTE Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
CONTENIDO • OBJETIVOS • ASPECTOS NORMATIVOS • PROCEDIMIENTO DE MECANISMO DIGITAL • PRESENTACION VIRTUAL DE LA DECLARACION POR LOS MEDIOS ELECTRONICOS EN LA PAGINA DE LA DIAN • PAGO ELECTRONICO, FUNCIONAMIENTO EN LA PAGINA DE LA DIAN A TRAVÉS DE LAS EARS. • IMPUESTO DE TIMBRE PARA ACTUACIONES QUE SE CUMPLAN EN EL EXTERIOR Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
OBJETIVOS • Proporcionar a los Consulados la información necesaria a transmitir a los contribuyentes personas naturales residentes en el exterior del procedimiento a seguir en los medios informáticos electrónicos para la presentación virtual de la declaración y pago electrónico del impuesto, en cumplimiento de las obligaciones formales. • Objetivos Generales • Facilitar a los contribuyentes personas naturales residentes en el exterior la presentación de las declaraciones de renta y complementarios correspondientes al año gravable 2013 y el pago de los impuestos con el fin de lograr una buena gestión que se verá reflejada en la obligación Financiera del contribuyente y demás aplicativos de la DIAN. • Instruir a los contribuyentes personas naturales residentes en el exterior, en la utilización de los servicios informáticos electrónicos para la ejecución de los procesos de inscripción y/o actualización en el Registro Único Tributario – RUT y del Mecanismo de firma respaldado con certificado digital para declarar y pagar virtualmente. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
MARCO LEGAL • Artículo 10 inciso 2 del Estatuto Tributario. • Artículo 525 y 550 del Estatuto Tributario. • Artículo 579 del Estatuto Tributario: Lugares y Plazos para la presentación de las declaraciones tributarias. • Artículos 592, 593, 594-1 y 594-3 del Estatuto Tributario. • Decreto 2460 del 07 de Noviembre de 2013: Por el cual se reglamenta el artículo 555-2 del Estatuto Tributario el Registro Único Tributario -RUT, constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN. • Decreto 2972 del 20 de Diciembre de 2013, modificado por el Decreto 214 del 19 de Febrero de 2014: Por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones. • Decreto 2974 del 20 de Diciembre de 2013, establece tarifas del impuesto de timbre nacional por concepto de actuaciones que se cumplan en el exterior. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
MECANISMO DIGITAL • El mecanismo digital, consistente en el Certificado Digital y la clave privada, es el mecanismo electrónico dispuesto por la DIAN para firmar digitalmente los documentos inherentes a los trámites realizados a través de dicho mecanismo, por personas naturales que actúen en nombre propio y/o representen a otra persona natural o jurídica o actúen para la misma. • La firma Digital respalda, es un certificado digital, sustituye para todos los efectos la firma autógrafa, lo cual facilita la presentación electrónica de documentos. • La DIAN con base en la información que se encuentra en el RUT, diligencia el Formato 10036 dispuesto para este fin, y a través de los servicios informáticos electrónicos que atienden la emisión, le comunica a través del correo electrónico que figura en el RUT (el cual debe estar actualizado y activo), los datos del Formulario 10036 y Códigos de autorización para generar, descargar y activar el certificado digital. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
PROCEDIMIENTO DE MECANISMO DIGITAL • Descargar Mecanismo Digital • Una vez se ingresa al Portal de la DIAN www.dian.gov.co, seleccionar el link “Descarga Mecanismo Digital”como le indica el recuadro.
Al ingresar a este LINK, se despliega un recuadro, en donde usted debe loguearse con su cédula y clave de Usuario Muisca y una vez haya registrado la información, dar clic en el botón Ingresar. • (PASO 1)
Se desplegará un recuadro (PASO 2) donde usted debe ingresar el No. de formulario 10036 (Ver recuadro 1) y los códigos de activación que debieron llegar a su correo electrónico (ver recuadro 2). Una vez revise su correo, este, tendrá un mensaje que contiene los códigos requeridos para iniciar la descarga. (Ver recuadro 3) • (PASO 2)
RECUADRO 1 • RECUADRO 2
Cuando haya ingresado el número de formulario y los códigos, se desplegará una nueva ventana de ASIGNACIÓN CLAVE FIRMA DIGITAL(PASO 3). • En esta ventana usted deberá crear y confirmar la clave para su firma digital, la cual debe cumplir con ciertas características, las cuales se describen a continuación: • Longitud mínima: 8 caracteres. • Mayúsculas: Mínimo una. • Minúsculas: Mínimo una. • Números: Mínimo uno. • Carácter Especial (1) ( %, &, $, @, * ) • Ejemplo:Cocoa@26 • Cabe anotar, que esta contraseña no debe tener ningún dato del usuario, tales como nombres, apellidos, No de cédula etc. • Ingrese la contraseña y confírmela como lo indica el (PASO 3). En ese recuadro, también podrá verificar si escribió correctamente la contraseña, dando clic a la opción ver clave (ej. Paso 3.1)
Siga la secuencia dándole guardar y acto seguido, procederá a ejecutar la descarga del mecanismo de firma digital. A continuación le aparecerá una ventana de confirmación de la descarga, a la cual usted dará click a la opción si, como le indica el recuadro.
Posteriormente, se abrirá una ventana de descarga a la cual debe darle la opción guardar, como lo indica el recuadro.
Se desplegará una ventana (Guardar como), la cual le permitirá descargar el archivo en el lugar de ubicación que usted estime. (Escritorio, Dispositivo USB o en la carpeta que usted prefiera). Ej: Seleccione el Escritorio y Guarde el archivo. (NOTA: no se debe cambiar el nombre del mismo, ni su extensión)
Por último, le llegara una alerta de descarga completa, a la cual usted deberá decir CERRAR. (Este archivo no se podrá abrir, pues corre el riesgo de sufrir un daño, este solo se utilizará al momento de firmar).
Al terminar el proceso: • Usted podrá utilizar su certificado digital para firmar y cumplir virtualmente sus obligaciones ante la DIAN. • Si usted olvida o escribe en forma incorrecta su contraseña, no podrá usar su certificado digital. • La contraseña debe ser escrita EXACTAMENTE como fue registrada, por lo tanto escriba y guarde en un lugar seguro su contraseña y evítese molestias que le pueda ocasionar su olvido o pérdida. • La contraseña, así como el certificado digital son de su propiedad y están bajo su responsabilidad. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
Firma con Certificado Digital: • Al tener certificado digital, cada vez que ingrese a los servicios informáticos de la DIAN a gestionar algún archivo: • Le aparece el botón Firma que le permite firmar electrónicamente el archivo antes de enviarlo, al hacer clic sobre este botón aparece la ventana Firmar Archivo con los botones Examinar y Contraseña. • En el botón Examinar le permite buscar en su computador el archivo correspondiente a su certificado digital. • Al hacer clic sobre el botón Contraseña, se mostrará el Teclado Virtual; haga clic en el botón Aceptar y utilice el ratón para colocar la contraseña; finalice haciendo clic sobre el botón Firmar. • Con este último paso, su archivo ha quedado firmado electrónicamente y puede continuar con los demás pasos del proceso. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
PRESENTACION VIRTUAL DE LAS DECLARACIONES Desde el portal de la DIAN de manera sencilla y segura, podrá presentar en forma electrónica el formulario, haciendo uso del mecanismo de firma con certificado digital, diligenciándolo completamente y firmándolo digitalmente, cumpliendo con el deber legal de declarar en forma virtual. En la parte izquierda del portal SERVICIOS EN LÍNEA, seleccione la opción USUARIOS REGISTRADOS y luego inicie sesión. Una vez ingrese, debe identificarse mediante las claves de acceso a los servicios en línea. Después encontrará la opción: "Diligenciar/Presentar”; posteriormente encuentra la relación de obligaciones del usuario y una vez elija, podrá diligenciar el respectivo formulario con la posibilidad de introducir datos y cifras en cada casilla; contando con ayudas de acuerdo con la casilla y controlando el ingreso de cifras u operaciones. Se puede diligenciar el formulario y guardar temporalmente, en consecuencia es viable efectuar los ajustes y correcciones. Sólo cuando esté absolutamente seguro, guarde el formulario definitivamente, fírmelo digitalmente y preséntelo en forma electrónica a la DIAN y a través del mismo servicio informático electrónico le enviará el “acuse de recibo”. La presentación de la declaración tiene lugar en la fecha y hora que la DIAN reporte en el correspondiente acuse de recibo. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
REQUISITOS PARA DECLARAR RENTA • Usted Declara Renta si cumple uno de los siguientes requisitos: • Ingresos en el Año 2013 • Mayor o igual a $37.577.000 • Patrimonio a 31 de Diciembre de 2013 • Mayor a $120.785.000 • En el Año 2013 realizó compras y/o consumos, en efectivo, con tarjetas de crédito, con préstamos o por cualquier otro medio de pago • Mayor a $75.155.000. • Realizó consignaciones en su(s) Cuenta(s) Bancaria(s), Depósitos o Inversiones Financieras, durante el Año 2013 • Mayor a $120.785.000. • Responsable de IVA en régimen común al cierre de 2013.
FORMULARIOS VIRTUALES DISPONIBLES EN EL PORTAL PARA PRESENTAR DECLARACION DE RENTA • Formulario 110: Declaración de Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio para Personas Jurídicas y Asimiladas, Personas Naturales y Asimiladas Obligadas a llevar Contabilidad. • Formulario 210: Declaración de Renta y Complementarios Personas Naturales y Asimiladas No Obligadas a llevar Contabilidad • Formulario 230: Declaración Anual de Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS) para Empleados • Formulario 240: Declaración Anual de Impuesto Mínimo Alternativo Simple (IMAS) para Trabajadores por Cuenta Propia. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
FORMULARIOS VIRTUALES PARA DECLARAR RENTA Formulario 110: Obligados a llevar contabilidad Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
Formulario 210: No obligados a llevar contabilidad Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
Formulario 230: IMAS para empleados Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
Formulario 240: IMAS para trabajadores por cuenta propia Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
DILIGENCIAMIENTO DE LA DECLARACION DE RENTA PERSONAS NATURALES • Ingresar al Portal www.dian.gov.co • Si no ha ingresado a los Servicios Informáticos Electrónicos de la DIAN, seleccionar la opción “Nuevos Usuarios” y siga los pasos para realizar su registro.
Una vez registrado ingrese por la opción “Usuarios Registrados” a “A NOMBRE PROPIO”; ingresa el número de Documento de Identificación.
Activar el teclado virtual y digitar la clave de ingreso a los Servicios en Línea y dar clic en el botón Aceptar.
Seleccionar el formato de acuerdo al Pago del Impuesto requerido. El Formato 210 corresponde al Impuesto de Renta y Complementarios Personas Naturales y Asimiladas No Obligadas a llevar Contabilidad.
Seleccionar “Estado”, si es una Declaración de Renta Inicial, Corrección, etc.
Seleccionar “Operaciones”, Diligenciar y/o Firmar, Diligenciar Recibo de Pago o Consultar.
Al seleccionar la opción “Diligenciar y/o Firmar”, se despliega mensaje “No se ha encontrado una declaración inicial”, pulsar el botón Aceptar.
Posteriormente aparecerá el formulario y ventanas con mensajes informativos para su diligenciamiento.
Al terminar de diligenciar los datos, seleccionar de la barra flotante la opción “Borrador”, revise y verifique que toda la información contenida es correcta. Esta opción le permite guardar o salvar su trabajo en razón a que, en el diligenciamiento, usted puede tomarse varias horas o días. Por ello, para no perder lo adelantado, debe utilizar este botón.
Y posterior a la generación del borrador, se procede a generar el formulario definitivo, el cual conserva el mismo número del borrador.
En cualquier momento dentro del diligenciamiento del formulario, usted puede cargar el definitivo, cargar el borrador de definitivo o generar un nuevo borrador, para hacer los cambios que requiera en sus declaraciones
Una vez tenga diligenciado su formulario definitivo usted puede generar un archivo en formato pdf del mismo, para visualizarlo, firmarlo y guardarlo.
PAGO ELECTRONICO DE IMPUESTOS • Requisitos para realizar el Pago Electrónico: • Ante la DIAN: • Mecanismo de firma respaldado con certificado digital. • Ante la Entidad la Entidad Recaudadora • Estar vinculado con una Entidad Autorizada para Recaudar a través de Cuenta Corriente o de Ahorros. • Tener autorizada la opción de Pago de Impuestos por PSE (pago electrónico a través del proveedor de servicios electrónicos) para los usuarios asignados a realizar dicho proceso. • Configurar el usuario oficial y usuarios de nivel de autorización independientes, con un monto máximo diario y cuenta(s) autorizadas para realizar la transacción. • Registrar el hardware de por lo menos el usuario que inicia la transacción y realizar el procedimiento desde el equipo registrado. • Manejar el componente de seguridad de Conexión Segura. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
ENTIDADES RECAUDADORAS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE PAGO ELECTRONICO En Colombia 13 entidades prestan el servicio de Recaudar Impuestos Nacionales. El servicio de Pago Electrónico lo prestan 12 entidades, de las cuales una entidad cuenta con web service propio y las 11 entidades restantes, utilizan un intermediario para prestar el servicio de pago electrónico PSE – (ACH). Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
FUNCIONAMIENTO DEL PAGO ELECTRONICO 1. El Cliente ingresa al portal, selecciona el tipo de usuario, incluye los datos de identificación y da click sobre el botón ingresar. Selecciona en Organización, la opción Autorizaciones si esta delegado o tiene permiso de un usuario para interactuar en los Servicios Informáticos Electrónicos de la DIAN. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
2. Genera el recibo de pago de la obligación a cancelar 3. Una vez generado el recibo lo puede consultar en pdf. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
4. Selecciona la opción Pendiente de pago y luego oprime el botón Buscar. 5. Selecciona el recibo a pagar y presiona el botón “Iniciar Pago”. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
6. Verifica los datos básicos del formulario a pagar y selecciona el Banco y presiona el botón “Siguiente” 7. Sale mensaje que indica que se abandona el ambiente DIAN y se inicia el pago en el ambiente del Banco seleccionado. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
8. En la página de su banco, digita los datos de identificación y oprime el botón Ingresar. Selecciona la cuenta desde donde desea realizar el pago, el impuesto y presiona el botón “Pagar” 9. Se debita el valor de la cuenta seleccionada, el Banco transmite información del pago a la DIAN. Aparece mensaje para el cliente indicando que el débito fue exitoso. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
10. Se despliega mensaje en el ambiente DIAN indicando que la transmisión de la información fue exitosa. Cierra la ventana en el botón circular. 11. Presiona el botón “Finalizar Pago” para cerrar la ventana y continuar con otros pagos o presiona el botón “Archivo PDF” para ver el formulario pagado en PDF. Coordinación Control a Entidades Recaudadoras
IMPUESTO DE TIMBRE • Decreto 2974, Diciembre 20 de 2013 • A partir del 1 de enero del año 2014, el valor del impuesto de timbre para actuaciones que se cumplan en el exterior expresadas en dólares, se reajustan. Artículo 525 del Estatuto Tributario. • Impuesto de Timbre para actuaciones que se cumplan en el exterior, Artículo 525Estatuto Tributario. Las tarifas de los impuestos de timbre nacional sobre actuaciones que se cumplan ante funcionarios diplomáticos o consulares del país son: • Pasaportes ordinarios que se expidan en el exterior por funcionarios consulares; cincuenta y un dólares (US$51) o su equivalente en otras monedas. • Las certificaciones expedidas en el exterior por funcionarios consulares, once dólares' (US$11) o su equivalente en otras monedas. • Las autenticaciones efectuadas por los cónsules colombianos, once dólares (US$11) o su equivalente en otras monedas. • El reconocimiento de firmas ante cónsules colombianos, once dólares (US$11) o su equivalente en otras monedas, por cada firma que se autentique. • La protocolización de escrituras públicas en el libro respectivo del consulado colombiano ciento noventa y ocho dólares (US$198) o su equivalente en otras monedas." Coordinación Control a Entidades Recaudadoras