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LEY Nº 29131 LEY DEL REGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS FF.AA. Y SU REGLAMENTO, DS . Nº 004-2008-DE. EXPOSITOR: COM FAP JOSE DIEZ CANSECO . SUMARIO. TITULO PRELIMINAR : PRINCIPIOS TITULO I : LA FUNCIÓN MILITAR TITULO II : INFRACCIONES Y SANCIONES DISCIPLINARIAS
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LEY Nº 29131 LEY DEL REGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS FF.AA. Y SU REGLAMENTO, DS. Nº 004-2008-DE. EXPOSITOR: COM FAP JOSE DIEZ CANSECO
SUMARIO TITULO PRELIMINAR : PRINCIPIOS TITULO I : LA FUNCIÓN MILITAR TITULO II : INFRACCIONES Y SANCIONES DISCIPLINARIAS TITULO III : ORGANOS DISCIPLINARIOS TITULO IV : PROCESO SANCIONADOR
TITULO PRELIMINAR: PRINCIPIOS
CUMPLIMIENTO DEL DEBIDO PROCESO INMEDIATEZ LEGALIDAD PRINCIPIOS ESTABLECIDOS EN LA LEY DEL REGIMEN DISCIPLINARIO APLICACIÓN DE SANCIÓN MAYOR RAZONABILIDAD RESERVA NON BIS IN ÍDEM PROPORCIONALIDAD TIPICIDAD
TITULO I: LA FUNCIÓN MILITAR
CONDICIÓN DE MILITAR POR VOLUNTAD PROPIA CENTROS DE FORMACIÓN PROCESOS DE ASIMILACIÓN SERVICIO MILITAR ART. 9 DE LA LEY 29131 SE SUJETA A CONDICIONES DE VIDA Y RESTRICCIONES PROPIAS DEL QUEHACER MILITAR.
REGULACIÓN EN EL EJERCICIO DE ALGUNOS DERECHOS CONSTITUCIONALES LIBERTAD DE INFORMACIÓN, OPINIÓN, EXPRESIÓN Y DIFUCIÓN DE PENSAMIENTO EN RELACIÓN CON ASUNTOS DE SEGURIDAD NACIONAL A ELEGIR EL LUGAR DE SU RESIDENCIA A REUINIRSE EN PLAZAS Y VIAS PUBLICAS CON FINES POLITICOS DE PROTESTA A PARTICIPAR EN FORMA INDIVIDUAL O ASOCIATIVA EN LA VIDA POLÍTICA DEL PAÍS A FORMULAR PETICIONES COLECTIVAMENTE A LA JORNADA DE LAS OCHO HORAS A LOS DERECHOS DE SINDICALIZACION, NEGOCIACION COLECTIVA Y HUELGA A SER ELEGIDOS, PARTICIPAR EN ACTIVIDADES PARTIDARIAS A DELIBERAR EN ASUNTOS PUBLICOS Y SEGURIDAD NACIONAL AL DISFRUTE DEL TIEMPO LIBRE Y AL DESCANSO A PRESTAR TRABAJO SIN SU LIBRE CONSENTIMIENTO, POR LA EXIGENCIA DEL SERVICIO
VALORES SEÑALADOS EN LA LEY ESPÍRITU MILITAR HONOR DEBEN SER CUMPLIDOS TANTO DENTRO COMO FUERA DEL SERVICIO. SU INOBSERVANCIA SERÁ OBJETO DE LA RESPECTIVA SANCIÓN DISCIPLINARIA. ETICA MILITAR MORAL EMISIÓN CUMPLIMIENTO IMPLICA: ORDENES
ORDEN MILITAR Es lo que el superior quiere que haga el subordinado VERBAL / ESCRITA CLARA, PRECISA Y CONCISA
SANCION DISCIPLINARIA MEDIDA SANCIONADORA Y EJEMPLARIZADORA QUE IMPONE, SOLICITA U ORDENA UN SUPERIOR JERÁRQUICO A UN SUBORDINADO. DEBE ESTAR PREVISTA EN LA LEY Nº 29131. ES INDEPENDIENTE RESPECTO A LOS PROCESOS CIVILES Y/O PENALES. CUANDO SE HALLE INDICIOS DE DELITO, EL COMANDO FORMULARÁ LA DENUNCIA ANTE AUTORIDAD COMPETENTE, SIN PERJUICIO DEL PROCESO DISCIPLINARIO. RESULTADO DE UN JUICIO, AFECTA AL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO CUANDO HAY IDENTIDAD DEL SUJETO, HECHO Y FUNDAMENTO (NON BIS IN IDEM). EL PERSONAL SANCIONADO CON ARRESTO SIMPLE O DE RIGOR, QUE FUESE DESTACADO, CAMBIADO DE COLOCACIÓN O PASADO A DISPONIBILIDAD, CUMPLIRÁ LA SANCIÓN ANTES DE DESPEDIRSE.
ORDENES MANIFIESTAMENTE ILÍCITAS - CONTRARIAS A LA CONSTITUCION Y LAS LEYES. - PUEDEN CONSTITUIR DELITOS. - VIOLAN DERECHOS FUNDAMENTALES. • EN FORMA VERBAL O ESCRITA E INMEDIATA, ANTE EL SUPERIOR QUE LA IMPARTIÓ. • INFORMARÁ POR ESCRITO ANTE EL COMANDO INMEDIATO SUPERIOR DEL QUE IMPARTIÓ LA ORDEN ( 48 HRS.) • DIRECTAMENTE, POR RADIO, FAX, TELEFONO O CUALQUIER OTRO.. EL SUBORDINADO DEBE SUSTENTAR SU NEGATIVAA CUMPLIR LA ORDEN ESTE ACTO TIENE POR OBJETO, QUE CONSTEN POR ESCRITO LAS RAZONES QUE TUVO EL SUBORDINADO PARA NEGARSE A CUMPLIR LA ORDEN.
ES EL EJERCICIO ARBITRARIO Y SIN SUSTENTO DE LA POTESTAD DE INCUMPLIR ÓRDENES. ABUSO DE FACULTAD A RESISTIRSE AL CUMPLIMIENTO DE UNA ORDEN ESTE ABUSO ES CONSIDERADO FALTA GRAVE.
TITULO II: INFRACCIONES Y SANCIONES DISCIPLINARIAS
TIPICIDAD DE INFRACCIONES SOLO SE PUEDE IMPONER SANCIONES POR INFRACCIONES DISCIPLINARIAS PREVISTAS EN: Anexo IINFRACIONES LEVES AnexoIIINFRACCIONES GRAVES Anexo IIIINFRACIONES MUY GRAVES TENIENDO EN CUENTA LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES O AGRAVANTES CONCURRENTES ART. 57 Y 58 DE LA LEY
LA UNICA DIFERENCIA ES EL MAYOR PUNTAJE DE DEMERITO DEL RIGOR. • SU DETERMINACIÓN SE ENCUENTRA ESTABLECIDA EN: • LAS LEYES DE ASCENSOS, • LOS REGLAMENTOS;Y • NORMAS COMPLEMENTARIAS. DIFERENCIA ENTRE ARRESTO SIMPLE Y DE RIGOR
ÚNICAS SANCIONES A IMPONERSE • AMONESTACIÓN : Verbal o escrita • ARRESTO SIMPLE : Leves: 1 – 7 días • Graves: 8 – 15 días • ARRESTO de RIGOR : Graves: 1 – 5 Días • Muy Graves: 6 - 15 días • POSTERGACIÓN EN EL ASCENSO: • Hasta tres (03) Promociones • PASE A LA SITUACIÓN DE DISPONIBILIDAD POR MEDIDA DISCIPLINARIA : 3 – 24 meses • PASE A LA SITUACIÓN DE RETIRO POR MEDIDA DISCIPLINARIA • BAJA DEL SERVICIO MILITAR Y CANCELACIÓN DE ASIMILACIÓN Y / O CONTRATO
DURACIÓN DE LOS ARRESTOS (ART 12º) EMPIEZA A LAS 07:45 Hrs. DEL DÍA SIGUIENTE DE NOTIFICADO TERMINA A LAS 07:45 Hrs. DEL DIA EN QUE SE SEÑALA COMO TÉRMINO EN LA ORDEN DE ARRESTO PARA EL CONTROL DE SANCIONADOS SE COMPUTAN LAS 24 Hrs. DEL DÍA SEAN O NO LABORABLES
TITULO III: ORGANOS DISCIPLINARIAS
ORGANOS DE INVESTIGACION: PRELIMINAR FINAL COMISIONES INTERNAS DE INVESTIGACION CIOG CIOS JITS INFRACCIONES GRAVES NO EVIDENTES Y MUY GRAVES • INTEGRADOS POR • CARACTERISTICAS • COMPOSICION PROCESOS DISCIPLINARIOS DERIVADOS DE EXAMENES DE CONTROL (Art 30 Reglamento) • INTEGRADOS POR • CARACTERISTICAS • REUNION Y CONVOCATORIA INSPECTORIAS
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR INFRACCIONES LEVES INFRACCIONES GRAVES INFRACCIONES MUY GRAVES EVIDENTE Y COMPROBADA NO EVIDENTE Y COMPROBADA EVIDENTE Y COMPROBADA NO EVIDENTE Y COMPROBADA SI REQUIEREN CONVOCATORIA DE COMISION INTERNA DE INVESTIGACION NOREQUIEREN CONVOCATORIA DE COMISION INTERNA DE INVESTIGACION LA C.I.I. RECOMIENDA LA SANCION Y LA IMPONE EL COMANDO RESPECTIVO APROBADAS LAS RECOMENDACIONES SE ELEVA AL COPER PARA CONVOCAR AL ORGANO DE INVESTIGACION FINAL (CIOG, CIOS O JITS) SE COMUNICA AL SUBORDINADO LA SANCION IMPUESTA ANTES DE IMPONER LA SANCION SE DEBERA ESCUCHAR AL PERSONAL INVOLUCRADO SE SOLICITA INFORME EN 24 HORAS
TITULO IV: PROCESO SANCIONADOR
NOTIFICACIÓN DE SANCIONES NOTIFICA SANCIONADO • SE DEJA CONSTANCIA • CONTINUA TRAMITE • CONSTITUYE INFRACCIÓN Anexo,1.12.2 • CUMPLE LA • SANCION • Fecha • Hora • Firma • Huella SANCIONADO FIRMA REVERSO 2da. COPIA SE NIEGA A FIRMAR NO SIGNIFICA ACEPTACIÓN DE RESPONSABILIDAD NO IMPIDE RECURSOS IMPUGNATIVOS • SIMPLE • RIGOR • PASE DISPONIBILIDAD CUMPLIDA LA SANCIÓN SE PRESENTA AL SUPERIOR QUE SANCIONO EN CASO DE:
IMPUGNACION ADMINISTRATIVA DE LAS SANCIONES RECURSO DE RECONSIDERACIÓN • VERBAL O ESCRITO ANTE QUIEN • IMPUSO LA SANCIÓN. • REQUIERE NUEVO ELEMENTO DE • PRUEBA. • PLAZO DE INTERPOSICIÓN: 10 DIAS HABILES. • PLAZO DE RESOLUCIÓN: 30 DIAS HABILES. RECURSO DE APELACIÓN • POR ESCRITO ANTE QUIEN IMPUSO LA SANCIÓN PARA QUE LO ELEVE AL SUPERIOR • JERÁRQUICO. • BASADO EN DIFERENTE INTERPRETACIÓN DE LAS PRUEBAS PRODUCIDAS O CUESTIONES DE PURO DERECHO. • PLAZO DE INTERPOSICIÓN: 10 DIASHABILES. • PLAZO DE RESOLUCIÓN: 30 DIASHABILES. • EL SUPERIOR PUEDE: MODIFICAR, REVOCAR O ANULAR LA SANCIÓN.
¿COMO FUNCIONA LA COMISION INTERNA DE INVESTIGACION ? 30 DIAS NATURALES INICIO FINAL SE PRODUCE UN HECHO CONSTITUTIVO DE INFRACCIÓN DISCIPLINARIA GRAVE NO EVIDENTE O MUY GRAVE EL PRESIDENTE DISPONE LA SESION DE LA COMISION SECRETARIO C.I.I. RECIBE EL MEMORÁNDUM PRONUNCIAMIENTO DE LA COMISIÓN A B C D B1 D1 C1 A1 B2
PROCEDIMIENTOS DE INVESTIGACION EN LOS SISTEMAS DE INSPECTORIA NORMATIVIDAD LEGAL EXPRESA Y REGLAMENTOS INTERNOS EN CONCORDANCIA CON LA LEY 29131 Y SU REGLAMENTO INSPECTORIA Y PREBOSTE PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS CONSECUENCIA DE EXAMENES DE CONTROL PROGRAMADOS O INOPINADOS SE SUJETAN AL PROCEDIMIENTO DE ARTS 23 Y 24 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE REGIMEN DISCIPLINARIO INFRACCIONES GRAVES NO EVIDENTES O MUY GRAVES INSPECTORIA INFRACCION FLAGRANTE, CONN. PUBLICA, IMAGEN INSTIT. 48 HRS. GARANT. PRINC. INMEDIATEZ Y DEB. PROCED. ACC. COFAP INSPECTORIA INFRACC. MUY GRAVE
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR PARA INFRACCIONES GRAVES ART. 23 PROCEDIMIENTO SANCIONADOR PARA INFRACCIONES MUY GRAVES ART. 24 INSPECTORIA INTERVIENE CUANDO POR RAZONES DE NIVEL JERARQUICO NO PUEDAN INTERVENIR LOS ORGANOS DE INVESTIGACION, PERO OBSERVARÁ EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA LEY 29131 Y SU REGLAMENTO. EN CASOS DE FALTAS: LEVES ----- Anexo I, GRAVES ----- Anexo II, y MUY GRAVES ----- Anexo III, INSPECTORÍA Y PREBOSTE DEBERÁN RECOMENDAR : - LA SANCIÓN A IMPONERSE, ASÍ COMO - EL INICIO DE PROCEDIM. PARA PASE A DISPONIBILIDAD O RETIRO. LA NOTIFICACIÓN DE SANCIÓN SE HARÁ EN FORMA ESCRITA E INMEDIATA : - AL PERSONAL QUE HAYA COMETIDO LA FALTA. - AL COMANDANTE DEL MISMO, Y - AL INSPECTOR GENERAL CORRESPONDIENTE.
¿COMO FUNCIONAN LOS CONSEJOS DE INVESTIGACIÓN O JUNTAS DE INVESTIGACION ? 30 DIAS NATURAL + 10 DIAS NATURALES INICIO FINAL SECRETARIO CIOG CIOS O JITS PRONUNCIAMIENTO DEL CONSEJO O JUNTA EN UN ACTA Presidente Convoca EL PRESIDENTE D C A B
LOS ORGANOS DE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR DEBEN ESTAR INTEGRADOS POR (Art. 16º) OFICIALES DE MAYOR ANTIGÜEDAD QUE INVESTIGADO NORMALMENTE TRES (03) MIEMBROS EXCEPCIONALMENTE SEIS (06) MIEMBROS, UNO DE LOS CUALES SERÁ DEL S.J.
CARACTERÍSTICAS DE LOS ÓRGANOS DE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR (ART 29° DE LA LEY y 14º DEL REGLAMENTO) COMISIONES INTERNAS DE INVESTIGACIÓN DESIGNADOS MEDIANTE RESOLUCION DEL COMANDO DE UNIDAD. ORGANOS COLEGIADOS, INDEPENDIENTES Y EVENTUALES CONVOCADOS PARA CASOS DETERMINADOS. COMPETENTES PARA INFRACCIONES GRAVES NO EVIDENTES Y MUY GRAVES. SU TRABAJO TERMINA CON SU RECOMENDACIÓN EN UN ACTA SEGÚN FORMATO (ANEXO 04).
COMPOSICIÓN DE COMITÉS INTERNOS DE INVESTIGACIÓN EN LOS DIFERENTES NIVELES C. I. I. DIRECCIONES REGIONALES/ REGIONES MILITARES • PRESIDENTE : 2do. COMANDANTE O JEM • VOCAL : 01 OFICIAL SUPERIOR • SECRETARIO : 01 OFICIAL SUPERIOR C. I. I. GGUU/DIRECCIONES • PRESIDENTE : JEM O SUB DIRECTOR • VOCAL : 01 OFICIAL SUPERIOR • SECRETARIO : 01 OFICIAL SUPERIOR • PRESIDENTE : EJECUTIVO o 2do. EN • ANTIGÜEDAD • VOCAL : 01 OFICIAL DESIGNADO • POR EL CMDO. DE UNIDAD • SECRETARIO : 01 OFICIAL DESIGNADO • POR SU CMDO. DE UNIDAD C. I. I. UNIDAD INDEPENDIENTE
CARACTERÍSTICAS DE LOS ÓRGANOS DE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR DE LAS INSPECTORIAS (ART 14.2 Y A RT 29ºDE LA LEY) ORGANOS PERMANENTES DEL SISTEMA DE CONTROL PARTICIPAN DE LOS PROCESOS DISCIPLINARIOS DERIVADOS DE EXAMENES DE CONTROL PROGRAMADOS O INOPINADOS PARTICIPAN EN LOS PROCESOS DISCIPLINARIOS POR ORDEN EXPRESA DEL COMANDANTE GENERAL Y/O COMANDO DONDE SE ENCUENTRAN UBICADAS
LOS ORGANOS DE INVESTIGACIÓN FINAL DEBEN ESTAR INTEGRADOS POR (Art. 18º) • PRESIDENTE CG / JEMG • VOCALES 03 OOGG. • AS. JURIDICO 01 OFL GRAL. • V. SUPLENTE 01 OFL GRAL. CIOG
CIOS PARA OFICIALES SUPERIORES • PRESIDENTE 01 OFL GRAL • VOCALES 03 OFLS GRALS • A. JURIDICO CRL MAS ANTIGUO • V. SUPLENTE 01 OFL GRAL • PRESIDENTE 01 OFL GRAL • VOCALES 03 CRLS MAS ANTIGUOS • AS. JURIDICO 01 OFL SUP. JURÍDICO • V. SUPLENTE 01 OFL COM. CIOS PARA OFICIALES SUBALTERNOS
JIT PARA TECNICOS JEFE SUPERIOR, TECNICO JEFE Y TECNICOS. • PRESIDENTE 01 CRL • VOCALES 01 CRL, 02 COM. • A. JURIDICO 01 OFL SUP JURIDICO • V SUPLENTE 01 COM. • PRESIDENTE 01 CRL • VOCALES 03 COM. • A. JURIDICO 01 OFL SUP JURIDICO • V. SUPLENTE 01 COM. JIS PARA SUBOFICIALES
LOS ORGANOS DE INVESTIGACIÓN FINAL DEBEN ESTAR INTEGRADOS POR (Art. 18º) OFICIALES EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD DE MAYOR ANTIGÜEDAD QUE LOS INVESTIGADOS EN CASO DE OFICIALES GENERALES, SERANDESIGNADOS POR EL MINDEF, EN UN NUMERO NO MENOR DE TRES (03). A FALTA DE OFICIAL JURÍDICO MAS ANTIGUO QUE EL INVESTIGADO INTERVENDRA CON VOZ Y VOTO EL NOMBRADO MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 1° DE ENERO.
CARACTERISTICAS DE LOS ORGANOS DE INVESTIGACION FINAL ORGANOS COLEGIADOS DE CARÁCTER PERMANENTE INVESTIGAN ANALIZAN EVALUAN Y RECOMIENDAN EN CASOS DE INFRACCIONES MUY GRAVES (*) SU TRABAJO TERMINA CON LA FORMULACIÓN DE SU RECOMENDACIÓN EN UN ACTA (FORMATO 005) DEL REGLAMENTO (*) EN CASO DE OFICIALES GENERALES, DESDE INFRACCIONES GRAVES
REUNIÓN Y CONVOCATORIA (ART. 20º) CONVOCADO POR: • - COFAP : PARA OFICIALES GENERALES • COPER : PARA OFICIALES • SUPERIORES / SUBALTERNOS • COPER : PARA TTSSOO. SE REUNEN CADA VEZ QUE SU PRESIDENTE LO DISPONGA, DECLARANDOSE EN SESIÓN PERMANENTE
INFRACCIONES LEVES EVIDENTES Y COMPROBADAS DESDE AMONESTACION HASTA ARRESTO SIMPLE (1 - 7 DIAS) COMUNICADA LA SANCION SE HACE EFECTIVA DIRECTA E INMEDIATAMENTE. EL SUPERIOR VERIFICARA EXACTITUD DE LOS HECHOS COMPROBARA SI INFRACCION Y SANCION ESTAN TIPIFICADAS
INFRACCIONES LEVES NO EVIDENTES Y COMPROBADAS PREVIAMENTE SE DEBE ESCUCHAR AL SUBORDINADO SE GRADUARA ATENDIENDO A LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES O AGRAVANTES EL SUPERIOR VERIFICARA EXACTITUD DE LOS HECHOS COMPROBARA SI INFRACCION Y SANCION ESTAN TIPIFICADAS
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR INFRACCIONES GRAVES FLAGRANTES Y/O EVIDENTES 04 VISARA SANCIÓN Y DISTRIBUIRÁ: COMANDO DE UNIDAD SI CORRESPONDE I N F O R M E D E S C A R G O 24 H R S C O M U N I C A M E M O 01.- SANCIONADO 01 OFICIAL SANCIONADOR 03 02.- LEGAJO PERSONAL DE LA UNIDAD 02 INFRACTOR 03.- COPER EN EL PARTE MENSUAL DE SANCIONES
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR INFRACCIONES GRAVES NO EVIDENTES • DISPONE INICIO DE PROCESO CON MEMO • DESIGNA CONVOCA COMISIÓN INTERNA • DA CUENTA DIGEPERE • SE INICIA TAMBIÉN POR DECISIÓN CGE O DIGEPERE COMANDO DE UNIDAD 01 ELEVA PARA APROBACIÓN Y SANCIÓN DE SER EL CASO 04 02 COMISIÓN INTERNA • INVESTIGA • VERIFICA RESPONSABILIDADES • RECOMIENDA SANCIÓN A IMPONERSE DE SER EL CASO. 03 TRATANDOSE OOGG, ANTE LA PRESUNCIÓN DE INFRACCIÓN GRAVE, EL COPER O LA INSPE SOLICITA AL COFAP LA CONVOCATORIA DEL ÓRGANO DE INVESTIGACIÓN FINAL
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR INFRACCIONES MUY GRAVES 05 ELEVA AL COPER PARA LA CONVOCATORIA DEL ÓRGANO DE INVESTIGACIÓN FINAL. SI APRUEBA RECOMENDACIONES • INICIA PROCEDIMIENTO CON MEMO • DESIGNA Y CONVOCA COMISION INTERNA • DA CUENTA A COPER • TAMBIEN SE INICIA POR DECISIÓN DE • COFAP O COPER. 01 COMANDO DE UNIDAD 06 AL TERMINO ELEVA ACTA Y ANEXOS AL COFAP O COPER PARA SU APROBACIÓN, (SANCIÒN, DE SER EL CASO) O ELEVACIÓN AL MINDEF REMITE ACTA : CONCLUSIONES, RECOMENDACIONES Y ANEXOS 04 02 COMISIÓN INTERNA VERIFICA RESPONSABILIDAD RECOMIENDA SANCIÓN A IMPONERSE DE SER EL CASO 03
EL COMANDANTE BUSCA TOMAR CONOCIMIENTO GENERAL DEL HECHO PARA DETERMINAR SU NATURALEZA DE INFRACCION DISCIPLINARIA. PODRIA SER A TRAVES DE UNA INVESTIGACION PRELIMINAR. EL COMANDANTE DETERMINA EL CASO Y MEDIANTE MEMORANDUM U ORDEN INTERNA CONVOCA A LA C.I.I.
EL SECRETARIO DA CUENTA AL PRESIDENTE DE LA COMISION, QUIEN DISPONDRA : COMUNICAR AL INVESTIGADO: LAS PRESUNTAS INFRACCIONES EN QUE ESTARIA INCURSO. QUE EL CASO HA SIDO SOMETIDO A LA COMISION. QUE TIENE CINCO (05) DIAS HABILES PARA PRESENTAR UN INFORME DE DESCARGO DETALLADO Y CRONOLOGICO. POR RAZONES JUSTIFICADAS SE LE PODRA CONCEDER UN PLAZO AMPLIATORIO DE TRES (03) DIAS HABILES.
DISPONER SU NOTIFICACION EN SU UNIDAD O DOMICILIO. DEJAR CONSTANCIA EN CASO QUE EL INVESTIGADO: NO RECIBA NOTIFICACION SE NIEGUE A FIRMAR EL CARGO SE ENCUENTRE AUSENTE DEJARÁ LA NOTIFICACIÓN EN SOBRE CERRADO O LA ENTREGARÁ BAJO CONSTANCIA A LA PERSONA QUE SE ENCUENTRE EN EL LUGAR DE NOTIFICACIÓN, MOMENTO A PARTIR DEL CUAL SE INICIARÁ EL CÓMPUTO DEL PLAZO A QUE SE CONTRAE EL NUMERAL PRECEDENTE • SOLICITAR A LA OFICINA DE PERSONAL DE LA UNIDAD • INFORMACION SOBRE: • SUS DATOS GENERALES • CALIFICACION Y EFICIENCIA • RECORD DE AUSENCIAS Y SANCIONES • CONSOLIDAR LOS ANTECEDENTES DEL HECHO MATERIA DE INVESTIGACION.
EL SECRETARIO DA CUENTA DEL CASO PONIENDO A DISPOSICION DE LA COMISION LA DOCUMENTACION RECOPILADA. SE EVALUARA EL CASO ANALIZANDO: PRUEBAS INFORMACION RECIBIDA SI LA COMISION DETECTASE OTRAS INFRACCIONES DERIVADAS DEL HECHO: SOLICITAR LA AUTORIZACION A LA AUTORIDAD COMUNICARA AL INVESTIGADO PARA QUE: AMPLIE SU INFORME DE DESCARGO HAGA USO DE SU DERECHO DE DEFENSA
PRONUNCIAMIENTO EN 30 DIAS NATURALES. SE FORMULARA UN ACTA. LA FIRMARAN TODOS LOS MIEMBROS. SE ELEVARA AL COMANDO DE LA UNIDAD O DEPENDENCIA PARA: APROBACION IMPOSICION DE SANCION SI HUBIERE VOTO DISCORDANTE : SE FUNDAMENTARA SE FIRMARA SE ANEXARA EL ACTA SI LA RECOMENDACIÓN ES SOMETIMIENTO AL CIOG, CIOS, JITS, EL ACTA SE ELEVARA POR CONDUCTO REGULAR AL COPER ADJUNTANDO LA DOCUMENTACION O PRUEBA QUE ESTE EN PODER DE LA COMISION.