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LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUAL N°20.005. DEPARTAMENTO JURÍDICO CONICYT Santiago, Noviembre 2006. LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUAL N°20.005. I. ESTADO DE AVANCE O SITUACIÓN A LA FECHA :
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LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUALN°20.005 DEPARTAMENTO JURÍDICO CONICYT Santiago, Noviembre 2006
LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUALN°20.005 I.ESTADO DE AVANCE O SITUACIÓN A LA FECHA: • 1.1.Con fecha 06 de octubre de 2005 se inicia la recopilación de antecedentes sobre la materia y asiste al “Seminario sobre los alcances de la legislación que sanciona el ACOSO SEXUAL” [1]; • 1.2.En el transcurso de marzo del año 2006, se accede y recopila la mayor parte de las sesiones efectuadas en la Cámara de Diputados y Senadores sobre el análisis del proyecto de ley o historia fidedigna de la ley sobre acoso sexual (se trata de 9 tomos conteniendo 20 sets de documentación respecto esta temática); • 1.3. Se recopila material emanado del Servicio Nacional de la Mujer-SERNAM, Dirección del Trabajo, Organización Internacional del Trabajo-OIT y otras reparticiones públicas, el cual se adjunta; [1] Patrocina y organizan La Mesa del Sector Público, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Dirección del Trabajo, Servicio Nacional de la Mujer y Servicio Civil
LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUALN°20.005 • 1.4 Se toma contacto con fecha 22.06.2006 con doña Pamela Farías, sectorialista de la Unidad de Género, experta en el tema, perteneciente a la Dirección del Trabajo, como asimismo, con doña Angela Riffo, Directora Nacional de ANEF, quienes aportan material adicional y ofrecen colaboración; • 1.5 Se inicia el examen de los antecedentes a objeto de tener una visión global sobre el tema, más allá de la ley vigente en la materia, con la finalidad de aportar antecedentes de contexto-histórico, como asimismo, la formulación de proposiciones que deberían aplicarse en CONICYT; • 1.6 Sin perjuicio de lo expuesto, se inicia con data 03.Julio.2006 la formulación de un primer anteborrador sobre la materia, como sigue:
LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUALN°20.005 II. ESQUEMA CHARLA SOBRE LEY QUE TIPIFICA Y SANCION EL ACOSO SEXUAL 2.1. 2.1 ANTECEDENTES HISTORICOS 2.2. 2.2 ASPECTOS QUE INVOLUCRA EL TEMA 2.3. LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA ACOSO SEXUAL 2.3.1. HISTORIA 2.3.2. LEY MISMA 2.3.3. ALCANCES 2.4. PLANTEO DE DESAFIOS PENDIENTES EN CONICYT
LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUALN°20.005 III.ANTECEDENTES TENIDOS A LA VISTA PARA ESQUEMA 3.1.OFICIO N°1659, 13.12.2005 DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL: Primera Acción de Gobierno: El Instructivo Presidencial de 08.03.2003 que fija procedimiento interno para manejar las denuncias de acoso sexual. ¿En qué situación se encuentra CONICYT?. Segunda Acción: Tipificación del acoso sexual por Ley N°20.008, promulgada el 08.03.2005, publicada en Diario Oficial el 18 de marzo de 2005. Se modifica el Estatuto Administrativo en dos sentidos sustantivos: i. El acoso sexual pasa a ser expresamente prohibido en la Administración del Estado, y ii. Se sanciona con la destitución previa la acreditacion, a través del procedimiento sumarial del caso. Afecta la dignidad laboral y la calidad de servicio.
LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUALN°20.005 3.2.Oficio N°1364/3, 30.09.2005 sobre “Seminario de Alcances a la Legislación que Sanciona el Acoso Sexual en el Sector”, patrocinado por la Mesa del Sector Público, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Dirección del Trabajo, Servicio Nacional de la Mujer y Dirección Nacional del Servicio Civil; 3.3.Ley N°20.005 y su tipificación, contiene sólo tres articulos y afecta o dice relación con el Código del Trabajo y leyes N°s. 18.834 y 18.883. 3.4. Documento caratulado N°1 de la Recopilación sobre la historia fidedigna de la Ley N°20.005. Situación legal en Chile, en relación al artículado que involucra la temática en análisis: i)Constitución Política del Estado.- Artículos N°s. 1-1 inciso 4° -19 N°s: 1-2-4-7-9-16 inciso 3° y artículo 20° (no se conoce de la interposición de recursos de protección; ii)Código del Trabajo (DFL N°1/1994).- Artículo 2°, 153, 171 y 184. iii) Estatuto Administrativo.- Artículos 84, literal l) y 125 literal c).
LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUALN°20.005 iv) Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado (DFL N° 1/19.653-M. SEGPRES).-, Artículo 7.- v)Código Penal, artículos 223 N°3, 258 y 259; [2] 3.5.Antecedentes emanados de la Dirección del Trabajo (ver set adjunto). 3.6.Documentos sobre la Recopilación de la historia fidedigna de la Ley N°20.005. En particular, ver documentos 1 y 2, sin perjuicio restantes documentos del set se encuentran marcados. [2] Cfr.: Prevaricación Código Penal, art. 223 N°3, Abusos a particulares, art. 258 y 259.
LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUALN°20.005 IV. DESGLOSE DEL ESQUEMA DE TRABAJO (A LA FECHA) 1.ANTECEDENTE HISTORICO 1.1.Situación legislación de Estados Unidos de América (página 1 y siguientes documento N°1); -Movimiento feminista político, países industrializados -Aumento del número de trabajadoras -Decisiones judiciales de Tribunales Federales Norteamericanos -Tipo de comportamiento y su entorno 1.2.Cuándo se configura el acoso 1.3.Cómo se tipifica 1.4.Diferencias con otras conductas de acoso 1.5.Tendencia legislativa foránea 1.6. Acoso sexual vertical. Acoso por intimidación o ambiental. El tema de la pérdida económica que no es necesario que se produzca para que exista acoso, polémica sobre el particular.
LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUALN°20.005 2.ASPECTOS QUE INVOLUCRA EL TEMA 1.1.Legislación nacional -Constitución Política del Estado. Art. 1 y en especial el inciso 4°, art. 19° N°s. 1, 2, 4,7,9,16 -Legislación laboral, DFL N°1 de 1994, Código del Trabajo, arts. 153, 171 y 184 -Estatuto Administrativo, Ley N°18.834, arts. 84, literal l) y 125 literal c) -DFL N°1/19.653, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, art. 7 - Código Penal, art. 223 N°3, 258 y 259.
LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUALN°20.005 3.LEY QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUAL N°20.005 3.1.Historia 3.2.Ley misma 3.3.Alcances 4.DESAFIOS PENDIENTES EN CONICYT 4.1.Política y acciones que CONICYT debiera realizar 4.2.Ver Oficio Presidenta de la República N°002, 15.Junio.2006, “Instructivo (Código) Presidencial sobre Buenas Prácticas Laborales en la Administración Central del Estado”, Apartado III, Directrices N°7 (Prevención Acoso Sexual); 4.3.Ver Lista autochequeo Procedimiento acoso sexual (DITRAB.) 4.4.Ver recomendaciones para investigación denuncias acoso sexual (DITRAB) 4.5. Estudiar dictación de Reglamento Higiene y Seguridad (ver facsimil sector privado).