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Historia Argentina y Americana I. INSTITUCIONES COLONIALES. Clase 18: 1 de Septiembre. Prof. In és Yujnovsky. LA NUEVA ESTRUCTURA POLÍTICA. Marco administrativo organizado desde la metrópoli
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Historia Argentina y Americana I INSTITUCIONES COLONIALES Clase 18: 1 de Septiembre Prof. Inés Yujnovsky
LA NUEVA ESTRUCTURA POLÍTICA • Marco administrativo organizado desde la metrópoli • Igualmente requería combinar un régimen institucional que se fuera ajustando a las peculiaridades locales PERIODIZACIÓN INSTITUCIONES • 1504-1524 IMPLANTE, sobre todo en la región de La Española. Los cargos eran hereditarios. • 1524-1535 APOGEO DE LAS GOBERNACIONES (capituladas). Creación del Consejo de Indias. • 1535-mitad siglo XVIII INSTITUCIONALIZACIÓN. Designación de Virrey como agente directo de la Corona. Creación del Virreinato de Nueva España. No más vitalicio ni hereditario
INSTITUCIONES COLONIALES QUE FUNCIONABAN EN ESPAÑA El rey de España era el jefe de gobierno absoluto, gobernaba por derecho divino. Tenía la facultad de dictar leyes (Reales Cédulas, Reales Órdenes, etc.), declarar la guerra, hacer la paz, acuñar moneda y también administrar justicia. REY Máxima autoridad administrativa para los reinos transoceánicos de la Corona Española. También ejercía amplia autoridad en aspectos legislativos ya que sometía a la aprobación del rey las propuestas de leyes. Además era la máxima instancia de apelación en procesos civiles y penales en cuanto a quién debía ocupar cargos, tanto en lo secular como en lo espiritual. CONSEJO DE INDIAS Se encargaba de regular el comercio con las colonias americanas. Además de realizar funciones comerciales, la Casa de Contratación desempeñó un papel fundamental en el ámbito de la cartografía y la navegación. CASA DE CONTRATACIÓN
INSTITUCIONES COLONIALES QUE FUNCIONABAN EN AMÉRICA Los virreyes eran representantes del monarca, eran la autoridad suprema en América. Debían administrar justicia, cuidar la tranquilidad, la seguridad y desarrollo. Otras tareas eran propagar la fe católica entre los indios, recaudar impuestos, vigilar la defensa de las colonias. VIRREY Tribunal de Apelaciones y en parte autoridad administrativa. Era un cuerpo colegiado de jueces. También eran consejeros del virrey, gobernadores y capitanes generales. Los gobernadores de provincias ejercían la autoridad de gobierno en los territorios que les estaban subordinados. Además de funciones administrativas, impartían justicia. Facultad que compartían con los alcaldes mayores y corregidores. Quienes también ejercían la administración civil en sus jurisdicciones. Las encomiendas de las Corona y su administración quedaron bajo las órdenes de los corregidores. Ganaron influencia y se volvieron funcionarios a los que se las asignó administración civil y la justicia a nivel de los pueblos de indios. AUDIENCIA GOBERNADOR, ALCALDES Y CORREGIDORES CABILDOS Institución local de gobierno
TERRITORIOS DE LA NUEVA ESPAÑA • Reino de Nueva España • Reino de Nueva Galicia • Reino de Nueva Vizcaya • Provincia de Yucatán • Nuevo Reino de León • Colonia del Nuevo Santander • Provincia de Coahuila • Provincia de Sinaloa • Provincia de Sonora • Provincia de Texas • Provincia de Nayarit • Provincia de Vieja California • Reino de Nuevo México
DERECHO INDIANO • Legislación • De índole práctica, nacía ante situaciones concretas a resolver, y se iba modificando ante las situaciones cambiantes que requerían su adaptación. Esto produjo una proliferación de normas que hacían dudar sobre la que correspondía aplicar en el caso concreto • Derecho consuetudinario (costumbres) • 1680 “Recopilación de las Leyes de los Reinos de Indias”, con aplicación en todo el territorio indiano, que reunía 6.385 disposiciones, emanadas del Rey y del Consejo de Indias
RECOPILACIÓN DE LAS LEYES DE LOS REINOS DE INDIAS • Libro I: Sobre asuntos religiosos, de organización de la Iglesia y temas educativos en los que la religión tenía plena injerencia. • Libro II: Trataba sobre las atribuciones de las instituciones americanas. • Libro III. Se refería a las funciones de Virreyes, Gobernadores, y organización militar. • Libro IV. Organizaba la forma de poblamiento y distribución de tierras en América. • Libro V. Trataba sobre la competencia de funcionarios menores. • Libro VI. Es éste el libro que reivindicaba los derechos de los nativos como vasallos libres de la Corona española, incluyendo el cuidado de su salud y su educación. • Libro VII. Legislaba sobre temas vinculados al poder de policía • Libro VIII. Trataba sobre temas económicos. • Libro IX. Regulaba la actividad comercial. Pintura del gobernador, alcaldes y regidores de México, del Códice Osuna, 1565
Poder Local • El cabildo fue una institución de autonomía local tanto de la sociedad blanca o criolla • Cabildos de españoles • Cabildos de indígenas Huaman Poma de Ayala, “Escribano de Cabildo”, Nueva Crónica y Buen Gobierno (1516)
FUNCIONES DEL CABILDO • En general las de un municipio propiamente dicho: velar por el aseo; ornato; calles, plazas y paseos; servicios públicos como el de agua potable; higiene, etc., de la ciudad. También se preocupaba del estado de las cárceles. • Llevaba el control de la calidad y precios de los alimentos, y de otros artículos y servicios esenciales para la comunidad, entre ellos de la medicina y la farmacia. • Poseía atribuciones judiciales. • Intervenía en la distribución de tierras vacantes en los alrededores de la población o de solares al interior de la misma. • Podía imponer ciertos gravámenes. • Ocuparse de la policía local, pudiendo reclutar hombres para proveer a la defensa de la ciudad o de su territorio cuando fuese necesario. • Dictar normas para la edificación. Inspeccionar y controlar los hospitales, el estado de los caminos, el culto público divino, el abastecimiento local y los precios de los productos esenciales. • Tenía funciones políticas. Éstas tenían como origen la costumbre, no la ley escrita. Con esa base, el Cabildo podía elegir gobernadores. Huaman Poma de Ayala, “Escribano de Cabildo”, Nueva Crónica y Buen Gobierno (1516)
RECURSOS DE LOS CABILDOS • Los cabildos americanos no tuvieron muchos recursos. Dentro de sus bienes estuvieron los propios, que correspondían a los bienes comunales que pertenecían a los Cabildos y cuyo producto tenía por objetivo solventar los gastos de la corporación. Dentro de ellos estuvieron los ejidos inmediatos a la ciudad (correspondían a un sitio donde los vecinos podían tener sus caballos y recoger leña) y las dehesas (haciendas con pasto donde el Cabildo mantenía ganado vacuno y lanar). • Otra fuente de recursos eran los impuestos permanentes aprobados por el rey, que se destinaban a los diversos gastos del Cabildo y a las numerosas obras públicas que se realizaban. También contaban con los arbitrios, que eran los medios extraordinarios a que recurría la corporación para solucionar problemas inmediatos, tales como las derramas, que eran exigencias de dinero urgentes y obligatorias que se hacían al vecindario y que éste debía pagar.
COMPOSICIÓN DE LOS CABILDOS • Entre sus miembros hubo dos alcaldes ordinarios y un número variable de regidores. Entre éstos últimos se distinguían los que lo eran por derecho propio, como los oficiales reales, que vivían y ejercían sus cargos en la respectiva ciudad, y los que eran designados, ya sea por elección o por compra del cargo. • Los alcaldes eran los brazos ejecutores de este cuerpo colectivo. Además estaban los funcionarios auxiliares, como: el fiel ejecutor (controlaba los precios, pesos y medidas de artículos), el procurador de la ciudad (representaba los intereses generales de ésta). En cuestiones de alta trascendencia, la institución se ampliaba con los vecinos de mayor relevancia a un cabildo abierto. • Los llamados Cabildos abiertos eran reuniones que se celebraban extraordinariamente cuando algún hecho especial así lo requería, y podían asistir a ellos los vecinos invitados. La norma corriente eran los Cabildos cerrados, los cuales eran sesiones ordinarias donde los miembros de la corporación , alcaldes, fieles ejecutores, debatían los diferentes problemas y les daban solución Huaman Poma de Ayala, “Alcalde Mayor”, Nueva Crónica y Buen Gobierno (1516)
Historia Argentina y Americana I INSTITUCIONES COLONIALES Clase 18: 1 de Septiembre Prof. Inés Yujnovsky