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LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA. Constitución . Derecho Constitucional. Disciplina que estudia las doctrinas, principios y normas jurídicos de…. Complejo normativo de contenido jurídico-político que regula… .
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Constitución Derecho Constitucional Disciplina que estudia las doctrinas, principios y normas jurídicos de… Complejo normativo de contenido jurídico-político que regula… La organización del Estado, a través de los tres poderes y estableciendo sus atribuciones, limitaciones y formación. Las garantías y derechos de que están asistidos todos los miembros de la comunidad política
SOBERANÍA • Facultad del autodeterminación de un pueblo o Nación • Voluntad general de la Nación PODER CONSTITUYENTE Potestad suprema de crear un orden constitucional y el ordenamiento jurídico principal o fundamental PODER CONSTITUIDO • Poder Publico • Capacidad del Estado, dentro de los alcances y limitaciones de la Constitución, para tomar decisiones y ejecutarlas. • Se manifiesta en las funciones: Legislativa, Ejecutiva y Judicial.
PROCESO DE CONSTITUCIONALISMO • IMPERIO ROMANO • EDAD MEDIA • INGLATERRA • REVOLUCIÓN FRANCESA
CONSTITUCIÓN DE BAYONA - 1808 • CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ - 1812 • CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA FEDERAL CENTROAMERICANA – 1824
CONSTITUCIÓN DEL ESTADO DE GUATEMALA -1825 • ACTA CONSTITUTIVA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA – 1851 • LEY CONSTITUTIVA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA -1879
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA -1945 • CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE -1956 • CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA -1965-
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA • Promulgación: 31 de mayo de 1985 • Vigencia: 14 de enero de 1986, salvo art: 4,5,6,7,8,17,20 que entran en vigencia el 6 de enero de 1985 • Artículos: 281 artículos principales y 27 transitorios (1 derogado) • 8 Títulos
ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN • Preámbulo • Parte Dogmática • Parte Orgánica • Parte práctica Títulos I La persona Humana, fines y Deberes del Estado II Derechos Humanos III El Estado IV Poder Público V Estructura y Organización del Estado VI Garantías Constitucionales y Defensa del Orden Constitucional VII Reformas a la Constitución VII Disposiciones Finales y Transitorias
PREÁMBULO • Encabezamiento de la Constitución • Resume las grandes directrices que la inspiran y que debe servir de guía a los gobernantes y gobernados • Se exponen los grandes principios y fines que han guiado al constituyente para redactar las normas básicas de la organización política del país.
PARTE DOGMÁTICA Se encuentra formada por las disposiciones que declaran los principios generales relativos a la fuente y residencia de la soberanía, los derechos y garantías de la personalidad, las limitaciones del poder publico y fundamentos doctrinales.
CONTENIDO DOGMÁTICO(artículos 1 al 139, Títulos I y II) • La persona humana, fines y deberes del Estado • Derechos Humanos Individuales • Derechos Humanos Sociales, contemplado a la familia, cultura, comunidades indígenas, educación, universidad, deportes, salud, seguridad, asistencia social, trabajo, trabajadores del Estado, régimen económico social • Deberes y Derechos Cívicos y Políticos • Limitaciones a los Derechos Constitucionales
PARTE ORGÁNICA (artos. 140 al 281*, Títulos III al VIII*) • Contiene los preceptos referentes a la estructura y funcionamiento de la maquinaria estatal, la integración de sus diferentes órganos, la demarcación de sus competencias
Contenido Orgánico • El Estado, su forma de gobierno, nacionalidad y ciudadanía y relaciones internacionales • El poder publico: Organismo Legislativo, Organismo Ejecutivo y Organismo Judicial • Regímenes: Político Electoral, Administrativo, De Control y Fiscalización, Financiero, Ejercito, Ministerio Publico y Municipal • Reformas a la Constitución
PARTE PRÁCTICA (Arts. 263 al 277, Titulo VI) • Establece las garantías y los mecanismos para hacer valer los derechos establecidos en la Constitución y para defender el orden constitucional
Contenido Práctico • Garantías Constitucionales y Defensa de la Constitución • Exhibición Personal • Amparo • Inconstitucionalidad de Leyes • Comisión y Procurador de los Derechos Humanos
CARACTERÍSTICAS DE LA CONSTITUCIÓN • Escrita • Desarrolladla • Codificada • Con Normas Mixtas (flexibles, rígidas y Pétreas)
ESCRITA Se encuentran en un documento sancionado y promulgados de acuerdo con su procedimiento válido y que, por su precisión y fijeza, constituyen una garantía para gobernantes y gobernados
DESARROLLADA Exponer los fundamentos de la organización política. Introduce disposiciones relativas a otras materias con el objeto de afianzar el sistema y asegurar su funcionamiento
CODIFICADA Formuladas en un solo cuerpo legal
NORMAS FLEXIBLES La reforma puede estar a cargo del Congreso de la República en los términos establecidos en el articulo 280
NORMAS RÍGIDAS • Puede ser Reformada mediante la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente
NORMAS PÉTREAS • No pueden Reformarse • Los cinco artículos pétreos: • Art. 140: Forma de Gobierno • Art. 141: La Soberanía • Art. 165 “g”: Continuidad en el Ejercicio de la Presidencia • Art. 186: Prohibición de optar a los cargos de presidente • Art. 187: Reelección Presidencial
CARÁCTER FORMAL Se representa a través de documento escrito conocido como la Constitución Política de la República de Guatemala El carácter formal es la forma como se presenta nuestra Carta Magna con relación a la estipulación para determinar la organización y estructura del Estado
CARÁCTER INTRÍNSECO Se refiere a lo esencial de la ley. También se puede referir a lo que esta expresamente establecido pero se desprende del estudio global o de conjunto que de la Constitución se realice.
INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL • La hermenéutica jurídica es la disciplina científica que tiene por objeto el estudio y sistematización de los principios y métodos interpretativos. • Teoría científica del arte de interpretar.
Escuela de la Exegesis • Sostuvo un culto al texto de la ley como primera actitud, y si excepcionalmente el texto resultare insuficiente, investigar la intención del legislador.
Escuela del Derecho Libre • Sostuvo que la interpretación jurídica tenia un carácter creativo. • Por eso le reconoce al interprete y al Juez, una amplia discrecionalidad de decisión en la solución de casos concretos no contemplados en las normas.
El artículo 10 de la Ley del Organismo Judicial La interpretación de la Ley
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL9 de La Ley del Organismo Judicial • Resulta del hecho de ser el primer fundamento del orden jurídico y del Estado • Toda norma creada es inferior a la Constitución • La Constitución representa el nivel más alto dentro del derecho nacional.
La Constitución Leyes Constitucionales Leyes Ordinarias Disposiciones Reglamentarias Normas Individualizadas
CRISIS CONSTITUCIONAL • Medidas extraordinarias que el Estado utiliza, en situaciones de emergencia, para asegurar su propia existencia y conservación • La finalidad es la defensa del orden constitucional o superar un caos provocado por fenómenos naturales • Concentración de poder o aumento de las facultades del ejecutivo • Limitación a los derechos constitucionales como se hace en nuestra Constitución
Causas por las que pueden suspenderse los Derechos Constitucionales En caso de invasión del territorio, de perturbación grave de la paz, de actividades contra la seguridad del estado o calamidad pública.
Los derechos que pueden suspenderse o limitarse son los contemplados en los artículos: • 5º. Libertad de acción • 6º. Detención legal • 9º. Interrogatorio a detenidos o presos • 26. Libertad de locomoción • 33. Derecho de reunión y manifestación • El primer párrafo del artículo 35. Libertad de emisión del pensamiento. • El segundo párrafo del artículo 38. Tenencia y portación de armas • Segundo párrafo del artículo 116. Regulación de la huelga para trabajadores del Estado
Estado de Prevención • Limita transitoriamente, sin suspender los derechos, para reprimir hechos que sin poner en peligro inmediato la Constitución, afectan los derechos que ella garantiza, incidiendo en el normal desenvolvimiento de las actividades de la población. • No interviene el Ejército
Estado de Alarma • Se dirige a debilitar hechos que atacan el orden social, que no ponen en peligro inmediato la Constitución, pero afectan los derechos que ella garantiza • Poder de policía en tiempos normales fortalecido por situaciones de emergencia, creado para una real aplicación de la carta magna.
Estado de Calamidad Pública • Provee de las medidas apropiadas en casos provocados por fenómenos naturales, como terremotos, inundaciones, epidemias u otros, que afecten a todo o parte del territorio nacional. • Evitar los daños y reduce efectos de los fenómenos naturales
Estado de Sitio • Medida de gobierno de carácter excepcional, dictada en circunstancias de extrema gravedad para el orden público, para la paz interior y la seguridad común, de carácter temporal y limitada en sus efectos. • Le da a la autoridad ejecutiva el poder necesario para acudir eficazmente al restablecimiento de la paz, a la defensa inmediata del territorio y al mantenimiento de la constitución.
Estado de Guerra • Guerra: Desavenencia y rompimiento de la paz entre dos o más potencias. Lucha armada entre dos o más naciones o entre bandos de una misma nación. • Resguarda el orden interno y la seguridad del propio Estado
QUE DIOS LES BENDIGA • Y GRACIAS POR ESTAR AQUÍ ESTE DÍA CON NOSOTROS.