200 likes | 343 Views
ORDEN DE 23 DE JULIO DE 2003, POR LA QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA. B.O.J.A: 13-08-03. ORIENTACIÓN. Elemento inherente a la propia Educación. Contribuye al logro de una educación integral.
E N D
ORDEN DE 23 DE JULIO DE 2003, POR LA QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA B.O.J.A: 13-08-03
ORIENTACIÓN Elemento inherente a la propia Educación Contribuye al logro de una educación integral Contribuye a la mejora de la institución escolar Fomenta la coordinación de los equipos docentes Aporta asesoramiento y apoyo técnico en los aspectos más personalizadores de la educación Parte integrante de la propuesta curricular Favorece la incorporación de innovaciones metodológicas y de materiales didácticos Oferta educativa dirigida a todos los aspectos del aprendizaje Facilita la atención a la diversidad de intereses, motivaciones y capacidades de los alumnos Orientación como tarea compartida por todos los profesionales de la educación Facilita el desarrollo de estrategias que mejoren la intervención educativa adaptada a las necesidades del alumnado Algunos con cualificación especializada
PAPEL PRIMORDIAL: COLABORAR CON LOS CENTROS DOCENTES en la formulación y puesta en práctica de una respuesta educativa ajustada a todo tipo de necesidades, individuales o grupales. ORIENTACIÓN DECRETO 213/1995 REGULA LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Unidades básicas de Orientación Psicopedagógica Funciones Generales y Especializadas en las Áreas de: Actuación en una ZONA EDUCATIVA Orientación Educativa, Vocacional y Profesional Atención a los alumnos con n.e.e Apoyo a la Función Tutorial Compensación Educativa Procedimiento para la provisión de puestos de trabajo adscritos al personal docente de los E.O.E.y Coordinadores de Área de los Equipos Técnicos Provinciales para la orientación Educativa y Profesional. DECRETO 39/2003
PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN DE LOS E.O.E. 1 2 PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN integrados en los documentos de planificación del Centro. Prevención y anticipación de las dificultades de aprendizaje Trabajo en Equipo 3 Concreción del desarrollo y evaluación de las Actuaciones en cada una de las Áreas de trabajo • Indicarán: • Objetivos. • Agentes intervinientes • Actividades • Metodología • Temporalización • Procedimientos de Evaluación Contextualizados a las características de sus destinatarios Especificarán el área o ámbito en que se insertan Responderán a las necesidades manifestadas por el Profesorado de la Zona y por el mismo Equipo La Admón. Educativa podrá requerir de los Equipos el diseño y desarrollo de Programas Específicos de orientación Educativa e Intervención
CENTROS DE INTERVENCIÓN • LOS E.O.E. ACTUARÁN EN LOS CENTROS DE LA ZONA EDUCATIVA QUE SE LES ASIGNE • LA DELEGACIÓN PROVINCIAL PRIORIZARÁ PARA CADA CURSO LOS CENTROS DE ACTUACIÓN • INTERVENDRÁN EN LOS CENTROS PRIVADOS DE SU ZONA EN LAS ACTUACIONES DE SU COMPETENCIA SEGÚN LA NORMATIVA VIGENTE QUE LES SEA DE APLICACIÓN • ACTUARÁN EN LOS CENTROS A TRAVÉS DE LA JEFATURA DE ESTUDIOS Y, EN LOS I.E.S., EN COLABORACIÓN CON LOS DEPARTAMENTOS DE ORIENTACIÓN • LA JEFATURA DE ESTUDIOS FACILITARÁ LOS ESPACIOS Y MEDIOS ADECUADOS PARA EL DESARROLLO DE SU TRABAJO
PRIORIDADES DE INTERVENCIÓN EN LOS I.E.S. • TRASLADO DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DEL ALUMNADO CON N.E.E. • REALIZACIÓN DE LOS DICTÁMENES DE ESCOLARIZACIÓN QUE PROCEDAN. • DESARROLLO DE PROGRAMAS PROMOVIDOS POR LA C.E.C.J.A • TRATAMIENTOS ESPECIALIZADOS DEL ALUMNADO QUE LO PRECISE: PREVIA AUTORIZACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO PROVINCIAL Y PARA COMPLEMENTAR LA ATENCIÓN EDUCATIVA PROPORCIONADA CON LOS RECURSOS PROPIOS DEL CENTRO
ORIENTADOR DE REFERENCIA EN LOS C.P. DE E. INFANTIL Y PRIMARIA • Cada Centro Público dispondrá de un Orientador de Referencia de entre la plantilla del E.O.E. De la Zona. • Designación: • Al inicio de cada Curso Escolar. • Por el Delegado Provincial. • A propuesta del Coordinador del Equipo Técnico Provincial. • Oído el Coordinador del E.O.E. Correspondiente. • CRITERIOS PARA SU DESIGNACIÓN: • Número total de alumnado de los centros. • Características Socioeducativas más relevantes de la población escolar. • Características de las barriadas o comarcas geográficas de la zona escolar. • CONTINUIDAD EN LOS CENTROS DEL ORIENTADOR DE REFERENCIA: se procurará que sea durante, al menos, tres cursos consecutivos.
ORIENTADOR DE REFERENCIA EN LOS C.P. DE E. INFANTIL Y PRIMARIA • Los Centros de Atención Prioritaria contarán con la presencia del orientador de Referencia al menos durante 1 día a la Semana en toda la sesión de mañana de la jornada escolar. • Formará parte de los E.T.C.P. De los Centros que tenga asignados, colaborando en el desarrollo de las competencias de este órgano colegiado. • El orientador de referencia colaborará con la jefatura de Estudios y Tutores en la dinamización, desarrollo y seguimiento del PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL. Actuación de los demás miembros del E.O.E. • Maestro de apoyo a la Compensación Educativa. • Maestros de A.L. Y P.T. • Médicos • Trabajadores Sociales Desarrollarán sus funciones en el conjunto de los centros de actuación donde haya alumnado que requiera su intervención especializada El Coordinador del Equipo organizará las actuaciones asegurando la atención del alumnado.
Se elaborará al inicio de cada Curso PLAN ANUAL DE TRABAJO Teniendo en cuenta las necesidades manifestadas por los Centros y el propio Equipo así como las Conclusiones de la Memoria Final del Curso anterior. APARTADOS MÍNIMOS DEL PLAN ANUAL DE TRABAJO • Curso y Datos del Equipo: sede, localidad, dirección, teléfono, fax y correo electrónico. • Aspectos contextuales de la Zona que atiende. • Composición y Estructura del Equipo: relación de puestos, orientador, Maestro P.T., maestro A.L., Maestro de Compensación Educativa, Médico y Trabajador Social. • Organización Interna: Coordinador, Reuniones (Periodicidad, Temática, Libro de Actas), Asignación de tareas administrativas (Gestión Económica, inventario y archivo, libros de registro), Horario Semanal del Equipo: de cada profesional y responsables de áreas y programas. • Horario de los Profesionales: Intervención en los Centros, Centros de Atención prioritaria (Sus Programas y Actuaciones Específicas) y demás Centros (Programas y Actuaciones Específicas). • Programas y Actuaciones en los Centros • Programas y Actuaciones en la Zona. Se remitirá a la Delegación Provincial antes de la finalización del mes de septiembre, para su aprobación, en su caso, por el Titular de la misma.
Se elaborará al finalizar cada Curso MEMORIA FINAL El Coordinador, coordinará su elaboración Se remitirá a la Delegación Provincial antes del 30 de Junio de cada año. Evaluará el desarrollo y grado de cumplimiento del Plan Anual de Trabajo GUÍA PARA SU ELABORACIÓN • Curso y Equipo. • Introducción con indicación de situaciones significativas que hayan incidido en el desarrollo del Plan. • Valoración de los Ámbitos de Intervención. En cada uno se analizarán las actuaciones realizadas, valorándose los resultados y aportando propuestas de mejora. • Actuaciones en los Centros de Atención prioritaria. • Actuaciones en el resto de los Centros de Referencia. • Valoración de las Actuaciones Específicas desarrolladas: a instancias del Servicio de Inspección y del Equipo Provincial. • Coordinación con los Departamentos de Orientación y Centro de Profesorado. • Otros aspectos. • Fecha, sello y firma del Coordinador.
Una vez aprobado el Plan Anual, los Coordinadores trasladarán a los Directores de los Centros de su Zona, las acciones y programas que se vayan a desarrollar en los mismos a lo largo del Curso TAREAS ESPECÍFICAS POR PERFILES PROFESIONALES Además de las que asigne el Coordinador o el Titular de la D. Provincial en el ámbito de sus competencias ORIENTADORES (FUNCIONARIOS Y LABORALES) • Asesorarán al Profesorado en el desarrollo del currículo sobre el ajuste del proceso de enseñanza aprendizaje a las necesidades del alumnado. • Atención Educativa directa a alumnos con dificultades de tipo cognitivo, afectivo o conductual, de forma individual o en pequeños grupos. • Tareas de mediación, resolución y regulación de conflictos. • Coordinarán el proceso de evaluación y la elaboración del Informe de Evaluación Psicopedagógica, así como el Dictamen de Escolarización cuando proceda. • Asesorarán sobre la aplicación de medidas ordinarias y extraordinarias de Atención a la Diversidad. • Asesorarán en el desarrollo y aplicación de programas de prevención de dificultades de aprendizaje y de programas de orientación educativa y profesional. • Asesorarán a las familias en la orientación psicopedagógica • Asesorarán sobre la Promoción del Alumnado de F.B. De formación de Adultos.
MAESTROS DE APOYO A LA COMPENSACIÓN EDUCATIVA • Participarán en el diseño y aplicación de Programas específicos de Compensación Educativa, autorizados por la CECJA.. • Intervendrán en los procesos de Escolarización y seguimiento escolar del alumnado con n.e.e. asociadas a condiciones sociales desfavorecidas. • Formarán parte de las Comisiones de Seguimiento y prevención del Absentismo Escolar. • Desarrollarán cuantas actuaciones sean precisas para asegurar la continuidad de la escolarización del alumnado en situación desfavorecida por razones socioculturales. MAESTROS ESPECIALISTAS EN AUDICIÓN Y LENGUAJE • Prestarán atención educativa especializada a alumnado con graves dificultades en el lenguaje oral y escrito, prioritariamente en Centros que no cuenten con especialistas de A.L. • Realizarán la valoración de las n.e.e. Relacionadas con la comunicación y el lenguaje. • Colaborarán en la Evaluación Psicopedagógica y desarrollo de A.C.I. • Facilitarán el intercambio de experiencias, programas y materiales entre los especialistas de A.L. De los Centros de la Zona.
MAESTROS ESPECIALISTAS EN PEDAGOGÍA TERAPEÚTICA • Prestarán atención educativa especializada a alumnado con n.e.e de carácter permanente que, en su caso, le sea asignado. MÉDICOS • Prestarán atención educativa especializada a alumnado con discapacidad motora, mediante la aplicación y desarrollo de programas personalizados. • Participarán en la Evaluación Psicopedagógica y desarrollo de A.C.I. Del alumnado con n.e.e. • Promoverán Programas de Educación para la Salud, colaborando con los que se desarrollen en coordinación con otras Administraciones o entidades. • Realizarán el seguimiento del alumnado de Educación Infantil, al objeto de detectar y prevenir problemas de Salud con incidencia en el Desarrollo y el Aprendizaje. TRABAJADORES SOCIALES • Desarrollarán acciones de intervención socioeducativa con alumnos con problemas de integración y/o sociales. • Aportarán información sobre las características del entorno, recursos educativos, culturales, sanitarios y socio-económicos, para su utilización. • Promoverán la integración de las familias en las actividades de los centros. • Colaborarán con otros servicios educativos, sociales y sanitarios, para la atención a la Infancia y a la Adolescencia. • Colaborarán en la realización de la Evaluación Psicopedagógica con aportaciones de carácter social relevantes en la toma de decisiones del proceso escolar.
HORARIO SEMANAL DE LOS MIEMBROS DE LOS E.O.E Incluirá, en todo caso, cinco sesiones semanales de mañana, que no comenzarán después de las 9, ni finalizarán antes de las 14 horas. Criterios de Organización de los horarios • Los Orientadores de Referencia de los centros de atención sistemática, ajustarán su horario de permanencia al del profesorado del Centro. • Los Maestros Especialistas en A.L., Médicos y Trabajadores Sociales, ajustarán su horario de intervención en cada Centro, al número y características del alumnado que deban atender. • Los Maestros de Apoyo a la Compensación Educativa dedicarán 1 día fijo a la semana, de atención a los centros que escolaricen alumnado con n.e.e asociadas a condiciones sociales desfavorecidas, ajustando su horario de permanencia al del profesorado del Centro. • Las Sesiones de Tarde se dedicarán preferentemente a la asistencia a las Reuniones de los ETCP, al trabajo con los Tutores y con las Familias y a la preparación de Actividades y Materiales. • El Coordinador dispondrá de un módulo horario semanal de hasta 5 horas, para la Planificación y desarrollo de las tareas derivadas de sus funciones. • El Coordinador confeccionará los horarios semanales de los miembros del Equipo, garantizará su cumplimiento y los remitirá a la Delegación Provincial para su aprobación. • En el Horario individual se especificará los períodos de permanencia en los Centros de Referencia, otros Centros y en la sede. • Se reservará en el horario un período semanal de 2,5 horas de permanencia de todos los miembros del Equipo en la sede.
EQUIPO TÉCNICO PROVINCIAL PARA LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL Art. 16 - DECRETO 213/1995 EN CADA DELEGACIÓN PROVINCIAL Dependerá del Jefe se Servicio de Ordenación Educativa EL COORDINADOR DEL EQUIPO TÉCNICO PROVINCIAL: • Dirigirá y representará al Equipo. • Promoverá el desarrollo de las Funciones fijadas en el Art. 17 del Decreto 213/1995. LOS COORDINADORES DE ÁREA: • Desarrollarán las Funciones establecidas en el Art. 9 del Decreto 39/2003, de 18 de febrero, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo de los EOE adscritos al personal docente. • Impulsarán las actuaciones e iniciativas necesarias en el área respectiva, para el desarrollo de las actuaciones de los Equipos y Departamentos de Orientación.
PLAN PROVINCIAL DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA • SE ELABORARÁ AL INICIO DE CADA CURSO • POR EL EQUIPO TÉCNICO PROVINCIAL. • INCLUIRÁ, AL MENOS, LOS APARTADOS DEL ANEXO I DE ESTA ORDEN. • SERÁ APROBADO POR EL TITULAR DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL. • SE REMITIRÁ A LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y SOLIDARIDAD ANTES DE LA FINALIZACIÓN DEL MES DE OCTUBRE, PARA SU CONOCIMIENTO. MEMORIA FINAL • AL FINALIZAR CADA CURSO. • POR EL EQUIPO TÉCNICO PROVINCIAL. • EVALUARÁ EL DESARROLLO Y GRADO DE CUMPLIMIENTO DEL ‘PLAN PROVINCIAL DE ORIENTACIÓN. • SE REMITIRÁ A LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y SOLIDARIDAD ANTES DEL 31 DE JULIO DE CADA AÑO, PARA SU CONOCIMIENTO. • CON EL Vº.Bº DEL TITULAR DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL CORRESPONDIENTE.
COORDINACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA • Reuniones periódicas a lo largo del Curso, organizadas por el Equipo Técnico Provincial. • Entre los Equipos de Orientación Educativa y los Departamentos de Orientación de las diferentes Zonas de actuación. ASPECTOS MÍNIMOS A TRATAR EN LAS REUNIONES DE COORDINACIÓN • ANÁLISIS DE LAS NECESIDADES DE LOS CENTROS Y DEL ALUMNADO EN EL ÁMBITO DE LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA, PSICOPEDAGÓGICA Y PROFESIONAL. • DETERMINACIÓN DE OBJETIVOS, LÍNEAS DIRECTRICES, PROGRAMAS Y ACTUACIONES CONJUNTAS QUE SE VAYAN A DESARROLLAR. • DESARROLLO DE ACTUACIONES DERIVADAS DE LA ATENCIÓN A ALUMNOS DE N.E.E. • VALORACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS ACTUACIONES CONJUNTAS. • INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS Y MATERIALES.
EQUIPOS ESPECIALIZADOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Previstos en el Art. 11 del Decreto 213/1995 de 12 de Septiembre Atenderán al alumnado con n.e.e. Asociadas a discapacidad motora, auditiva, trastornos del desarrollo y la conducta, y a aquellos otros que determine la CECJA Sus Profesionales ejercerán sus funciones bajo la dependencia del Coordinador del Equipo Técnico Provincial Trabajarán en coordinación con los EOE y Departamentos de Orientación
FUNCIONES DE LOSEQUIPOS ESPECIALIZADOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA • Colaborar con los EOE y Departamentos de Orientación, a petición de los mismos, en la identificación y valoración de las n.e.e. del alumnado, asociadas a discapacidad motora, auditiva, trastornos del desarrollo y conductas y aquellos otros determinados por la CECJA • Asesorar al Profesorado y a los padres o representantes legales del alumnado, en lo relativo a las técnicas, métodos y recursos apropiados para la acción educativa, tanto en el marco escolar como en el familiar. • Colaborar en el diseño de Adaptaciones Curriculares dirigidas al alumnado objeto de su actuación. • Contribuir a la Formación Especializada del profesorado y de los profesionales de los Equipos y Departamentos de Orientación, en el ámbito de las n.e.e. Objeto de su intervención, proporcionando información sobre las características, necesidades, procedimientos e instrumentos de intervención con este alumnado. • Seleccionar, analizar y elaborar materiales didácticos, promocionar el uso de las nuevas tecnologías aplicadas al alumnado con n.e.e y dinamizar el empleo de materiales y equipamiento técnico específico.
SERVICIO PROVINCIAL DE INSPECCIÓN EDUCATIVA • VELARÁ POR EL CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN ESTA ORDEN. • SUPERVISARÁ Y EVALUARÁ EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES DE LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y EQUIPOS ESPECIALIZADOS