1 / 19

Charlas Federales de Asesoramiento Registral

Charlas Federales de Asesoramiento Registral. 24 de marzo de 2012 AUDITORIO PABELLON 5 CENTRO COSTA SALGUERO. Charlas de Asesoramiento Registral. Temario General: Libro Registro Oficial de Municiones Ronda de consultas sobre el Programa que ofrece AICACYP a sus asociados

Download Presentation

Charlas Federales de Asesoramiento Registral

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Charlas Federales de Asesoramiento Registral 24 de marzo de 2012 AUDITORIO PABELLON 5 CENTRO COSTA SALGUERO

  2. Charlas de Asesoramiento Registral Temario General: Libro Registro Oficial de Municiones Ronda de consultas sobre el Programa que ofrece AICACYP a sus asociados Ronda de consultas registrales generales. Certificado de antecedentes

  3. Libro de Municiones Ha sido creado por la Disposición RENAR 240/11 Se solicita mediante un Formulario 44 – Valor 100$ Es obligatorio para: Usuarios Comerciales Usuarios Cinegéticos Entidades de Tiro autorizadas a la venta de municiones. Usuarios Comerciales involucra a: Fabricante de municiones y de Componentes principales de municiones Distribuidor Mayorista Comercio Minorista La disposición no menciona a los Talleres de Reparaciones

  4. Libro de Municiones ¿Cuándo se presenta? MENSUALMENTE PARA: Fabricante de municiones y de Componentes principales de municiones. TRIMESTRALMENTE PARA: el resto de los obligados a llevarlo ¿Cómo se presenta? EN SOPORTE INFORMATICO (DISCO COMPACTO). Artículo 3 de la Disposición 240/11 ¿En cuál formato?

  5. Libro de Municiones ¿Cómo llevarlo? ¿MANUALMENTE O POR UN SISTEMA COMPUTARIZADO?

  6. Libro de Municiones Ventajas de un sistema computarizado Control de stock Generación de soporte magnético Unificación de criterios de llenado

  7. Libro de Municiones Stock inicial al 2 de enero Material incluido Tipo de Municiones balas cartuchos perdigones Otros Pólvora (recordar los límites) Componentes Fulminantes Puntas Vainas Tacos Material sujeto a consulta Componentes para máquinas de recarga Dies Shell holder balanzas Trimmer colocador de fulminantes Bandejas para vainas, etc

  8. Libro de Municiones Calibres (textual RENAR) Respecto al calibre .22 será de aplicación lo establecido respecto a la tarjeta control de consumo de munición, discriminando el calibre .22 PLG LR SIENDO SUFICIENTE la sola mención del CALIBRE PRINCIPAL en los restantes supuestos e INCORPORANDO la clase cuando la misma cambia de categoría A LAS MUNICIONES. Así por ejemplo será de aplicación en lo referente al calibre .32 Magnum y .22 Magnum por ser un genérico de municiones para armas de uso civil.

  9. Libro de Municiones Medidas Deben incluirse obligatoriamente PLG MM UAB

  10. Libro de Municiones Marcas Deben discriminarse obligatoriamente, es decir se lleva stock por marca y calibre. Clases Como ya se indicó en pocos casos es obligatorio. A más apertura de clases, más cálculos de stock y más posibilidades de errores.

  11. Libro de Municiones Preguntas Frecuentes Ventas a policías Ventas a Organismos Públicos Retiros para Instrucciones de Tiro

  12. Registración en el Libro Registro Oficial de Operaciones ¿COMO LLEVAR EL LIBRO DE OPERACIONES? PRINCIPIO GENERAL ESTÁ EN LA ARMERIA … ESTÁ EN EL LIBRO Obviamente hay material comprendido en la ley de Armas que no puede estar ni en la armería ni en el libro. Por ejemplo: Una máquina de recarga sin número Un arma sin procedencia Más de 10 kg de pólvora Entre otras…

  13. Registración en el Libro Registro Oficial de Operaciones Registro de Entradas y Salidas de Armas y Municiones ¿Virtuales o Reales? ¿Cuál es el Plazo para asentar las operaciones? ¿Desde dónde registrar? Desde la factura del importador o fabricante? Del material recibido? O comparando factura y pedido recibido? ¿Cómo salvar los errores?

  14. Recomendaciones para las armerías ¿SALIO DEL COMERCIO Y DEL PERSONAL QUE QUEDA NO HAY NINGUNO QUE SEA LEGITIMO USUARIO? No puede tener el negocio abierto. Quedan sujetos a Inhabilitaciones, secuestro de mercaderías, denuncias a la Justicia y multas. ¿Cómo solucionarlo? EL LIBRO DE OPERACIONES, ¿ESTA EN EL NEGOCIO SIEMPRE? Su ausencia es motivo de Inhabilitaciones, secuestro de mercaderías, denuncias a la Justicia y multas. CUANDO ME VENCE LA FACULTAD CERTIFICANTE? Y LA TASA ANUAL? Los vencimientos de ambas certificados coinciden. Recuerde renovarlas con tiempo. Evite demora en los trámites de sus clientes. La falta de pago de la tasa anual es una falta administrativa que puede generar multa.

  15. Recomendaciones para las entidades de tiro ¿HABILITARON A LA ENTIDAD PARA LA COMPRA DE MUNICIONES? No se puede comprar ni vender municiones en la entidad sin contar con la debida autorización del RENAR ¿HABILITARON A LA ENTIDAD PARA GENERAR RECURSOS ECONOMICOS BRINDANDO EL SERVICIO DE GUARDA DE ARMAS A SUS ASOCIADOS? Se acompaña material en la carpeta con las disposiciones. ¿COMO REGISTRAR EL MOVIMIENTO DE ENTRADAS Y SALIDAS DE ARMAS EN GUARDA Y MUNICIONES? Las armerías y los mayoristas deben tener en cuenta que no pueden vender municiones a las entidades que no están debidamente autorizadas para comprarlas. NO BASTA CON EL NUMERO DE IGT

  16. Recomendaciones para las entidades de tiro REQUISITOS PARA EL PAGO DE LA TASA ANUAL Nota suscripta por el Presidente o representante legal con su firma debidamente certificada por Escribano, Autoridad Judicial o Policial con grado de Oficial, Entidad Bancaria o persona autorizada por RENAR LA NOTA DEBE IR ACOMPAÑADA DE: FOTOCOPIA DEL ACTA DE DESIGNACION DE AUTORIDADES CON MANDATO VIGENTE POLIZA DE SEGURO VIGENTE (Con las cláusulas textuales del MET) PLANILLA DE “DECLARACION JURADA – ACTA DE EVALUACION DE ENTIDADES DE TIRO” ANEXO II DEL MET FORMULARIO LEY 23979 TIPO 44 EN LA NOTA DEBE INDICARSE EXPRESAMENTE SI SE HAN MODIFICADO: El Estatuto Social Título de dominio sobre el inmueble que acredite el carácter por el cual se ocupa el predio. Habilitación Municipal o su equivalente según lo establecido en los requisitos para la inscripción. Planos de las instalaciones. Reglamento interno de tiro Nómina de los Instructores de tiro designados por las autoridades Nómina de la actual Comisión Directiva Fotografías. COMO VERAN NO BASTA SOLO CON EL FORMULARIO 44 LO MISMO PASA CON LA REINSCRIPCION – SOLO CAMBIA EL FORMULARIO QUE ES EL 26

  17. La pólvora en el local comecial NORMATIVA LEGAL: Disposición RENAR 92/2004 – LA TIENEN EN LA WEB DE AICACYP ARTÍCULO 2º.- Establecer que los usuarios comerciales debidamente inscriptos ante este Registro Nacional de Armas podrán comercializar pólvoras deportivas (Clase A-7) y cápsulas de percusión o cebo (Clase A-6),siempre que ello no se encontrare vedado o restringido por la habilitación municipal del comercio. ARTICULO 3º.- Tal inscripción anterior autorizará a adquirir, vender y mantener en guarda hasta DIEZ (10) kilogramos de pólvora sin humo para fines deportivos (Clase A-7) en sus envases originales, QUINIENTOS (500) gramos de pólvora negra y hasta DIEZ MIL (10.000) unidades de cápsulas de percusión, o las cantidades menores que la autoridad local de fiscalización determine en el acta de verificación de las condiciones de seguridad del comercio. ARTICULO4º.- A los fines del almacenamiento de los materiales indicados en el artículo precedente, deberán observarse las prescripciones del artículo 476 del Decreto Nº 302/83. ARTÍCULO5º.- Prohibir la venta de pólvoras deportivas y cápsulas de percusión a quien no resulte legítimo tenedor de un equipo de recarga debidamente registrado ante este Registro Nacional de Armas. ARTICULO6º.- Establecer que toda venta deberá ser asentada en el Libro de Registro Oficial de Operaciones del usuario comercial. En los asientos deberá indicarse la fecha de la transacción, la cantidad vendida y la identificación del comprador, debiendo asentarse el número de Certificado de registro del equipo de recarga que fundamente cada operación comercial. ARTÍCULO 7º.- Los partes trimestrales que presenten los usuarios comerciales en lo sucesivo deberán comprender las ventas de pólvoras deportivas y fulminantes habidas en el período

  18. Las armas en el local comercial NORMAS DE EXHIBICION Está prohibido tener en exhibición (a la vista del público) más de un arma de fuego por tipo, marca modelo. Las armas en exhibición deberán encontrarse desactivadas, excepto: 1. Desarmes que acarreen la pérdida de la garantía de fábrica 2. Una capacidad técnica que, a juicio de RENAR, supere la del comerciante ¿TIENE SU LOCAL CAPACIDAD DE ALMACENAMIENTO DEL MATERIAL QUE CONFORME A LA CERTIFICACION POLICIAL ESTA AUTORIZADO A TENER? ¿TIENE SU LOCAL UN SECTOR AUTONOMO (BUNKER) PARA ALMACENAR TODAS LAS ARMAS Y MUNICIONES QUE TIENE HABITUALMENTE? ¿CONTROLA QUE NO TIENE EN EXHIBICION MATERIAL EXCEDENTE AL AUTORIZADO SEGÚN EL ANEXO DE CONDICIONES DE SEGURIDAD?

  19. El programa de AICACYP Preguntas Frecuentes Valor: 200$ el primer año. Solo para socios: Armerías 1000$ al año Evita llevar manualmente ambos libros. Se puede empezar a llevarlo en cualquier momento Se descarga gratis del sector exclusivo para socios de la página web y se activa mediante una clave una vez abonado el programa. Se actualiza periódicamente con nuevas marcas, calibres, etc Se actualiza periódicamente a sugerencia de los socios para optimizar el funcionamiento. Requiere conocimientos básicos de computación. Estandariza la información, con criterios comunes para todos los que lo usan. Se debe llevar al día. Demostración.

More Related