1 / 16

Proyecto de Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas

REGLAS ESPECIALES DE CALIFICACIÓN Mariella Aldana Vocal. Proyecto de Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas. Verificación de convocatoria, quórum y mayoría: adecuación a disp. legales y est. Convocatoria = citación para la reunión de un órgano colegiado

Download Presentation

Proyecto de Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. REGLAS ESPECIALES DE CALIFICACIÓN Mariella Aldana Vocal Proyecto de Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas

  2. Verificación de convocatoria, quórum y mayoría: adecuación a disp. legales y est. • Convocatoria = citación para la reunión de un órgano colegiado • Quórum =número de asistentes requerido para que un órgano colegiado se instale válidamente • Mayoría =número de votos requerido para que un órgano colegiado adopte válidamente un acuerdo

  3. Inexistencia de disp. legales o estatutarias • Proyecto: no contempla • Anteproyecto: establecía reglas aplicables cuando las disposiciones legales o estatutarias no regulan convocatoria, quórum o mayoría

  4. Cómo se acredita • Exclusivamente mediante documentos previstos en el reglamento: • Convocatoria: constancia • Quórum: constancia – regla general Excepción cuando los integrantes del órgano se inscriben: confrontación de partida con acta • Mayoría: acta

  5. ConvocatoriaÓrgano legitimadoSupuestos especiales • Cualquier defecto en la elección de órgano con atribución de convocatoria: no convoca el elegido sino el anterior • Prelación: recoge precedente publ. 5-1-05 sobre convocatoria por el vicepdte. - No se requiere acreditar la ausencia o impedimento temporal - Si no se indica causal de vacancia, se presume que la ausencia es temporal - Cuando se invoque vacancia, ésta debe inscribirse

  6. Requisitos de convocatoria • Nombre de persona jurídica y órgano • Fecha y hora, y Nº de convocatoria • Lugar preciso • Agenda • Órgano o integrante que convoca. Opcional: nombre del que convoca

  7. Lugar de la sesión • Cualquier lugar dentro del domicilio(provincia), salvo disp. diferente • Sesión universal: cualquier lugar

  8. Agenda • No procede inscribir acuerdos sobre asuntos distintos a los señalados en la agenda, o que no se deriven directamente de ésta, salvo disp. legal distinta

  9. Quién formula la constancia relativa a convocatoria • Órgano con facultad legal o estatutaria de convocatoria para la sesión (legitimado) • Convocatoria judicial: encargado de ejecutarla (presidente de la sesión) • Sin efecto precedente aprobado en 9º Pleno, que permitía dec. jur. formulada por el que convocó o por el nuevo elegido

  10. Requisitos de la constancia - Forma y anticipación (precisar) - Nombre del convocante y su cargo - Señalar que se cuenta con cargos de recepción , y si no se tiene dicha obligación, precisar que todos tomaron conocimiento - Reproducción de la convocatoria

  11. Quórum - Sesión simultánea: Se computa al inicio - Sesión no simultánea: Se computa al final. Recoge precedente ratificado en 1er. Pleno

  12. Quién formula la constancia relativa al quórum • El que presidió la sesión, o el órgano con facultad de convocatoria. • Convocatoria judicial: el encargado de ejecutarla

  13. Requisitos de la constancia sobre quórum - Nº de miembros o delegados habilitados para concurrir - Datos de legalización de apertura del libro registro de miembros o de delegados - Nombre de los asistentes. Si son personas jurídicas: Nº de partida registral y representante No se exige: datos del libro de asistencia

  14. Mayoría - Se toma como base a todos los concurrentes - No hay acuerdo si votos en contra, nulos y en blanco o abstenciones suman la ½ o más de la ½ del total de concurrentes - Regla especial para elecciones por listas u otros medios alternativos de votación: bastará que suma de votos a favor de las distintas listas equivalga a la ½ o más de la ½ de concurrentes. (debe decir más de la ½) - En acta se consigna Nº de votos, o que se aprobó por unanimidad

  15. Situaciones internas que no requieren acreditarse a)Requisitos para cargos directivos Excepto: reelección y ejercicio de un cargo anterior b)Representación para asistir a sesión de órgano colegiado c) Representación de persona natural o jurídica en el cargo de un órgano Nota: No confundir con posibilidad de actuar mediante representante, que sí es objeto de calificación

  16. Responsabilidad del Registrador No es responsable por autenticidad y contenido de libros, actas, instrumentos, firma, identidad, capacidad o representación de quienes los suscriben. No es responsable por la veracidad de los actos y hechos a que se refieren las constancias.

More Related