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DERECHOS DE AGUA Y LA GESTION CIUDADANA DE CUENCAS: CUATRO CASOS ANDINOS

PROYECTO: CONSTRUYENDO LA VISION SOCIAL DEL AGUA EN LOS ANDES Agua Sustentable -Bolivia y CONDESAN. DERECHOS DE AGUA Y LA GESTION CIUDADANA DE CUENCAS: CUATRO CASOS ANDINOS Susan V. Poats y Nancy Yañez, consultoras. Con el apoyo de IDRC- Canadá. HOY en los Andes,

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DERECHOS DE AGUA Y LA GESTION CIUDADANA DE CUENCAS: CUATRO CASOS ANDINOS

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  1. PROYECTO: CONSTRUYENDO LA VISION SOCIAL DEL AGUA EN LOS ANDESAgua Sustentable-Bolivia y CONDESAN DERECHOS DE AGUA Y LA GESTION CIUDADANA DE CUENCAS: CUATRO CASOS ANDINOS Susan V. Poats y Nancy Yañez, consultoras Con el apoyo de IDRC-Canadá

  2. HOY en los Andes, -fuertes cambios sociales, -alteraciones medio ambientales especialmente en las zonas altas donde se ubican las fuentes, -las reservas de agua se agotan y contaminan -aumentan los conflictos de agua

  3. En las relaciones de agua y gente en las montañas, persisten y se traslapan: lo pre-Colombino lo colonial lo indígena lo moderno y distintos sistemas de normas.

  4. OBJETIVO DEL PROYECTO: Contribuir a la reducción de las tensiones entre el estado y la sociedad civil en la región Andina a través de la investigación, información, formación e incidencia en una perspectiva de viabilidad técnica y social en las propuestas de reformas a políticas públicas sobre los recursos hídricos y sus servicios.

  5. Proyecto Visión Social del Agua: Tema 1. El agua y los acuerdos de libre comercio Tema 2. La legislación de agua potable y servicios sanitarios (casos de Aguas del Illimani, La Paz, Bolívia y Aguas Argentinas de Buenos Aires Tema 3. Derechos de agua y la gestión ciudadana

  6. Nuestra tarea en Tema 3 es visibilizar: -el agua -la gente -las normas y derechos que regulan sus relaciones -los procesos de gestión ciudadana -el manejo de los conflictos de agua

  7. Cuatro estudios sobre legislación nacional de aguas y Cuatro estudios de caso sobre la gestión social del agua: • Río Loa, Chile • Río Tiquipaya, Bolivia • Río Jequetepeque-Chamán, Perú • Río La Chimba-Pisque, Ecuador

  8. Estudios sobre legislación del agua: • Análisis de derechos indígenas y derechos de agua • Análisis entre derechos colectivos y derechos individuales de agua • Relaciones entre territorios indígenas, organizaciones sociales y espacios de cobertura por servicios de agua (riego, agua potable) • Análisis complejizado sobre lo “público” y lo “privado” en cuanto al agua y legislación en los Andes.

  9. Estudios sobre la gestión social del agua: Al inicio, apostamos a la cuenca geográfica como unidad de análisis y acción para la investigación. Pero, resultó insuficiente …. no abarca las relaciones sociales de agua. Entonces creamos un concepto de CUENCA SOCIAL.

  10. ¿Que es una cuenca social?

  11. Concepto derivado de experiencias en la cuenca del Río El Ángel, Carchi, Ecuador Una cuenca social es un espacio que abarca las relaciones socio-territoriales unidos por hilos de agua casi siempre en conflicto. La cuenca del Río El Ángel, une un ecosistema frágil, regulador de agua- el páramo- con miles de usuarias/os ubicados dentro y fuera de la cuenca geográfica.

  12. En la cuenca, los hilos de agua conectan a miles de usuarios/as, dentro y fuera de la cuenca geográfica...

  13. ....y así conforman una cuenca social... una unidad de investigación-acción para la gestión social del agua.

  14. Asoc.23 Julio • La cuenca social: • ayuda a clarificar territorialidades complejas y negociar diversos conflictos de uso entre múltiples actores y actoras; • crear plataformas efectivas de gestión; • analizar propuestas innovadores como sistemas de retribución a las fuentes. Comuna La Libertad Espejo Mira Derechos colectivos de propiedad traslapan con propiedad del estado en la zona alta. Bolivar

  15. Definición de CUENCA SOCIAL: Una “cuenca social”, entonces, es un espacio delimitado por los nacimientos de los cursos de agua y las zonas altas que los protegen y nutren, y se extiende hasta donde llegan las aguas “naturalmente” y hasta donde se conduce el agua por los hilos construidos por las sociedades.

  16. Los estudios de caso

  17. La legislación del agua en CHILE:por Ingo Gentes • En 1981 el Código de Aguas (D.F.L. Nº 1.222) instaura un derecho real de aprovechamiento perpetuo y no condicionado • Se constituye por un acto de autoridad, independiente si el solicitante es dueño o no de la tierra donde está ubicada el agua y si hace o no uso efectivo y/o beneficioso del recurso • Se reasigna a través de la enajenación----el derecho es transferible, transmisible y prescriptible

  18. La ley permite regularizar los derechos reales de aprovechamiento en base a la ocupación y uso efectivo • Requiere “el uso no interrumpido del agua por más de 5 años, sin violencia ni clandestinidad y sin reconocer dominio ajeno” • Pero….efectividad limitada, …pocos casos • La razón? el proceso de monopolización de derechos en Chile se consolida tempranamente en manos de grupos corporativos que constituyeron derechos sobre fuentes de uso tradicional de comunidades locales, sin que éstas pudieran reaccionar debido a la condición de vulnerabilidad social y jurídica que les caracteriza.

  19. Para la gestión del agua, la legislación chilena reorganiza a los-as usuarios-as locales en Asociaciones de canalistas y Juntas de vigilancia, que se estructuran en base a reglas estatutarias definidas íntegramente por la autoridad hídrica, sin recoger ninguna norma de derecho consuetudinario.

  20. Las críticas al modelo chileno revelan: • el costo social del proceso de monopolización de los derechos de aguas • los costos ambientales • las restricciones en la disponibilidad de recursos hídricos como consecuencia de su ineficiente distribución y reasignación

  21. Los derechos de los pueblos indígenas en Chile han sido resguardados a través de normas específicas que han intentado paliar, aunque sea parcialmente, los efectos negativos del régimen de aguas vigente a partir de la promulgación del Código de Aguas de 1981: • al proteger los ecosistemas indígenas (Ley N° 19.145 de 1992); • en adquirir derechos de aprovechamiento de aguas para personas o comunidades indígenas, mediante compra o subsidio (art. 20 y 21, Ley Indígena); y • a través de reconocer a los Pueblos Indígenas del Norte del País el derecho de propiedad ancestral sobre las aguas (artículo 64 y 3 t, Ley Indígena)

  22. El ejercicio del derecho de autodeterminación implica reconocer que los Pueblos Indígenas tienen formas de organización propias para administrar sus territorios ancestrales, y para distribuir y aprovechar sus recursos naturales. • Pero en la practica, los Pueblos Indígenas no han ejercido cabalmente sus derechos. Presentan condiciones de fragilidad extrema en la disponibilidad de recursos jurídicos, sociales y económicos para enfrentar las cuestiones que impone la defensa y reconocimiento de sus derechos. • Como resultado, han estado ausentes del proceso de constitución de derechos de aprovechamiento de aguas y de los ajustes estructurales a que ha sido sometida la institucionalidad hídrica. • Por el contrario, la transferencia de población y la privación de los recursos hídrico ha sido una constante entre las externalidades negativas generadas por los proyectos de inversión en territorios indígenas.

  23. Caso Río Loa – norte de Chile:por Raul Molina Otarola y Ignacio Montecino Ejemplifica como los sistemas ancestrales de gestión de las aguas han sido reemplazados por un sistema de derechos individuales. Fue una imposición del estado.

  24. Ribereñas al Loa viven comunidades agrícolas – Ayllu - de origen atacameño y aymara. El río Loa también abastece a campesinos no indígenas.

  25. Grandes cañerías desvían el agua.

  26. Colapso ambiental….

  27. ... y despoblamiento.

  28. Pérdida de Derechos de Aguas: - por engaños en el proceso de inscripción de derechos- venta de derechos de agua El oasis de Quillagua muere.

  29. Aunque la ley obliga: • No hay plan director de la Cuenca • No existe Junta de vigilancia • No existe Asociación de canalistas • No existe Junta de vecinos • No hay concertación … solo satisface al interés de la gran minería

  30. Gran minería Centros urbanos y agua potable

  31. Para concluir, Chile no promueve plataformas de concertación que garanticen, por la vía de la gestión colectiva y la concertación de intereses, la protección y conservación de ecosistemas y menos la gestión social del agua con participación ciudadana. • Tampoco existen condiciones para que el Estado asuma un rol de garante del bien común y ampare los derechos especiales de uso, acceso y explotación de recursos naturales en territorios asignados al desarrollo de las comunidades locales, campesinas e indígenas. • El desarrollo de derechos locales y/o indígenas sobre el agua no constituye prioridad política en el actual modelo chileno. • Por tanto, el desafío consiste en establecer bases normativas y socio políticas que permitan profundizar en la defensa de los derechos indígenas y superar las condiciones de vulnerabilidad que enfrentan las comunidades indígena - campesinas respecto de la efectiva protección y defensa de sus derechos de agua.

  32. Caso Tiquipaya, BOLIVIA:por Elka Villarroel La gestión social del agua se basa en formas ancestrales traducidos en un sistema físicamente modernizado: • 4 sistemas de riego • 37 de agua potable autogestionados

  33. El área de estudio Angostura

  34. En Tiquipaya, las comunidades de la cuenca alta se aproximan más a un concepto “andino” de territorio, en el cual cada comunidad tiene un espacio delimitado con exactitud que incluye las tierras individuales y las comunales. • En las comunidades del valle la influencia de la ciudad, la urbanización y el mercado, ha resultado en una mezcla donde las comunidades todavía conocen sus límites comunales pero al interior de éstas solo existe la propiedad individual. Lo colectivo ha sido reemplazado por conceptos más urbanos como áreas verdes, calles y avenidas. • La sobreposición de estos dos espacios es lo que denominaríamos la “cuenca social”. El espacio resultante incluye cuencas enteras y parciales, varias comunidades, y atraviesa límites municipales.

  35. Espacio hídrico de los cuatro sistemas de riego

  36. Limites de las comunidades de la cuenca social Tiquipaya-Colcapirhua

  37. Cuenca social Tiquipaya- Colcapirhua

  38. Sobreposición de las cuencas sociales Tiquipaya-Colcapirhua y Apote

  39. En Tiquipaya, las costumbres locales • regulan los derechos de agua de múltiples usuarios • promueven condiciones más equitativas, • resuelven conflictos

  40. FUENTE ORGANIZACIÓN UNIDAD DE REPARTO USUARIOS ASIRITIC 950 usuarios Asignaciones (58) U3 U3 670 ha Río U1 U1 Tiempo Caudal A3 An Asociación de Regantes de Machu Mita Tiempo Un Un Un Un A1 U2 U2 A80 A2 An Ux Ux Khora 739 usuarios Asignaciones (62) Laguna 518 ha Tiempo Asociación de Regantes de Lagun Mayu Volumen A3 An Tiempo A1 A2 A62 An Lagun Mayu 385 usuarios Suyus (12) Laguna 340 ha Asociación de Regantes de Saytu Khocha U1 Un Lotes Tiempo Volumen Un S1 Sn… S2 S12 U2 U3 Ux Tiempo Saytu Khocha Acciones Asociación de Regantes de Chankas Montesillo Tiempo Tiempo U84 U3 U2 U2 Un Un U1 Laguna 84 usuarios U1 U1 U66 U84 U2 Un Vol U3 U3 60 ha Acciones Tiempo Tiempo Asociación de Regantes de Chankas Sirpita U66 U3 Chankas U1 U2 Un 68 usuarios 61 ha

  41. Este sistema tradicional: • permite a los y las usuarios/as de agua a proteger la cuenca de intervenciones no concensuadas, • y a apoyar en la protección de las fuentes de agua.

  42. RETRIBUCION AGUA

  43. El estudio de caso demuestra que: • La cuenca social es un espacio donde se desarrolla un tejido de interacción social en torno al manejo y gestión de sistemas de riego y sistemas de agua potable. • La delimitación espacial abarca desde donde se originan las fuentes de agua hasta los lugares donde se realiza el uso y aprovechamiento de estas fuentes. El espacio hídrico puede coincidir con los límites de cuenca o puede variar en función a la intervención humana para movilizar el agua fuera de sus límites naturales. • Las cuencas sociales pueden sobreponerse o entrecruzarse unas con otras según la fuente de agua que se defina para el análisis. Una misma comunidad puede pertenecer a distintas cuencas sociales.

  44. El nuevo Ley de Riego de Bolivia: -prohíbe la comercialización de los derechos de aguas y de las fuentes de aguas, -otorga derechos de uso a través de registros colectivos y familiares a productores campesinos e indígenas con carácter permanente, y -considera para la gestión del recurso las fuentes de agua, incluyendo áreas de escurrimiento o cuencas, es decir, áreas territoriales de uso de aguas, cuyos límites físicos son aquellos hasta donde llegan los acuerdos establecidos entre los usuarios y que conforman un sistema de riego.

  45. Desde el punto de vista de esta investigación, podemos decir que la ley ha incorporado la esencia del concepto de “cuenca social.”

  46. La legislación hídrica del PERÚ:por María Teresa Oré y Laureano del Castillo • Desde la promulgación de la Ley General de Aguas (1969) constantes debates • Lejos de prosperar, han derivado en la ausencia de un marco normativo que recoja los cambios estructurales que se han venido dando en el país.

  47. La legislación hídrica asignó un excesivo rol regulador al Estado • Sin lograr cambiar la Ley de Aguas, se ha producido modificaciones que han generado una situación de desorden • Las normas positivas son desconocidas y no se aplican en vastas zonas del país • El Estado favorece el reconocimiento de derechos individuales por sobre derechos comunales • Esto ha debilitado la organización comunal y desconoce los derechos colectivos de las comunidades indígenas sobre las aguas

  48. Como consecuencia, Perú ha violado sus responsabilidades internacionales y la normativa interna al no reconocer aquellos derechos consagrados en instrumentos internacionales ratificados por Perú y vigentes en el derecho doméstico….como el Convenio 169 de la OIT…que le imponen la obligación de proteger los derechos colectivos de los pueblos indígenas y sus organizaciones tradicionales.

  49. El estudio parece evidenciar que la legislación hídrica del Perú transita por senderos aún no definidos …. …. hacia un modelo de derechos individuales impuestos desde el Estado al estilo chileno … … o hacia la estrategia Boliviana y su ley de riego que reorganiza el marco legal del agua por sectores productivos, especificando los derechos locales, campesinos e indígenas.

  50. Caso del Jequetepeque, en el norte de PERU:porFresia Chunga • La actividad minera (de oro) está aumentando en zona alta y contamina • La agricultura bajo riego domina con mayor poder en zona baja • La represa Gallito Ciego, río abajo, regula el agua de riego La cuenca nace en la sierra y llega al mar, abarcando biodiversidad y diversidad cultural.

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