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e- Salud y Farmacia LA RECETA ELECTRÓNICA EN LAS COMUNIDADES AUTONOMAS

e- Salud y Farmacia LA RECETA ELECTRÓNICA EN LAS COMUNIDADES AUTONOMAS. INFORFARMA. Madrid 10 de abril de 2013. RECETA ELECTRÓNICA. Ley 29/2006: A85 bis. Sistemas de información para apoyo a la prescripción.

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e- Salud y Farmacia LA RECETA ELECTRÓNICA EN LAS COMUNIDADES AUTONOMAS

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  1. e- Salud y FarmaciaLA RECETA ELECTRÓNICA EN LAS COMUNIDADES AUTONOMAS INFORFARMA. Madrid 10 de abril de 2013

  2. RECETA ELECTRÓNICA Ley 29/2006: A85 bis. Sistemas de información para apoyo a la prescripción. Los órganos competentes de las comunidades autónomas dotarán a sus prescriptores de un sistema de prescripción electrónica común e interoperable en el que se incorporarán subsistemas de apoyo a la prescripción, tales como: – Nomenclátor de medicamentos en línea. – Correspondencia entre principios activos, medicamentos disponibles y patologías en las que están indicados. – Protocolos de tratamiento por patología recomendados desde las instituciones sanitarias y las sociedades médicas, con indicación de los estándares de elección y los beneficios esperados. – Coste del tratamiento prescrito y alternativas de elección terapéutica según criterios de eficiencia. – Base de datos de interacciones; base de datos de ensayos clínicos en su provincia o comunidad autónoma. – Información periódica en línea (autorización y retirada de medicamentos y productos sanitarios, alertas y comunicaciones de interés para la protección de la salud pública). – Difusión de noticias sobre medicamentos que, sin ser alertas en sentido estricto, contribuyan a mejorar el nivel de salud de la población. 2. Los sistemas de apoyo a la prescripción recogerán la información correspondiente a los precios seleccionados vía aportación reducida, de modo que el médico pueda tomar en consideración el impacto económico durante la prescripción de medicamentos y productos sanitarios. 3. Los sistemas de apoyo a la prescripción serán gestionados desde los órganos competentes a nivel de comunidad autónoma. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud velará por que los mismos se articulen de modo eficiente y contribuyan a mantener la equidad del sistema sanitario. 4. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en coordinación con las comunidades autónomas, establecerá protocolos asistenciales de carácter básico de modo que se oriente la prescripción y utilización de aquellos medicamentos que, por sus características singulares, requieran especial atención y cautela en su prescripción y dispensación.

  3. RECETA ELECTRÓNICA Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación: Receta médica electrónica en el SNS: • Criterios generales • Coordinación en el SNS • De la prescripción en la receta médica electrónica • De la dispensación farmacéutica en la receta médica electrónica.

  4. NOMENCLATOR ALCANTARA PRODUCTOS INCLUIDOS Medicamentos y Productos Sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica del SNS INFORMACIÓN CONTENIDA • Identificación del producto • Laboratorio y grupo empresarial • Composición • Presentación • Condiciones de prescripción y dispensación • Financiación • Precios

  5. Condiciones de prescripción y dispensación • Generales: Receta, EFP,TLD, Estupefaciente, Psicotropos • Restringidas: DH,UH, ECM, Financiado, CPD, Sin cupón precinto dispensación servicios de farmacia • Visado de inspección • Agrupación homogénea • Sustituible • Licencia • Clasificación AEMPS: CTAEM nivel 1 y nivel 2

  6. Financiación • Estado • Precio máximo • Precio facturación • Aportación • Conjunto • Precio de referencia • Precio menor • Número de envases • Fecha comercialización

  7. Gestión de información sobre recetas • La información agregada resultante del procesamiento de las recetas del Sistema Nacional de Salud, incluyendo las de la Mutualidad de Funcionarios de la Administración Civil del Estado (MUFACE), las de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) y las del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), es de dominio público, salvando siempre la confidencialidad de la asistencia sanitaria y de los datos comerciales de empresas individualizadas. Su gestión corresponde a los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas en su ámbito territorial y a la Administración General del Estado en la información del conjunto del Sistema Nacional de Salud. • Asimismo, es de aplicación a la información relativa a las compras de medicamentos y de productos sanitarios realizadas a través de los correspondientes servicios de farmacia por los hospitales del Sistema Nacional de Salud.

  8. OBJETIVOS La receta electrónica en el conjunto del SNS persigue los siguientes objetivos: • Facilitar a los profesionales sanitarios la herramienta necesaria para la prescripción y dispensación que permita la movilidad del ciudadano. • Dotar al SNS de un sistema seguro de acceso que garantice al ciudadano la confidencialidad de los datos de carácter personal relativos a su tratamiento. • Compartir información sobre las prescripciones y dispensaciones entre los profesionales del Sistema Nacional de Salud, responsables de su atención sanitaria. • Mejorar la calidad asistencial del ciudadano. • Garantizar al ciudadano la prescripción y la dispensación de medicamentos en cualquier Comunidad Autónoma.

  9. La receta electrónica en las Comunidades Autónomas SITUACION 2012 Ámbito geográfico: 12 Comunidades Autónomas • Porcentaje de envases prescritos 53,9% • Porcentaje a importe a PVP 53,7% • Porcentaje de Centros de At. 1ª 70,0 % • Porcentaje de Facultativos 70,4 % • Porcentaje de Oficinas de Farmacia 69.8 % • Atención Especializada • 2 CC.AA. finalizada • 1 CC.AA. al 20% • 1 CC.AA. iniciada la fase piloto • Implantación completa Atención 1ª 31/12/2013

  10. VENTAJAS PRESCRIPCIÓN • Elemento indispensable de integración con la historia clínica. • Mejora el seguimiento del tratamiento al acceder el profesional sanitario al historial farmacoterapéutico completo y único del paciente conociendo la prescripción hecha por otro profesional, con independencia del nivel asistencial y centro. • Favorece la coordinación entre distintos niveles asistenciales y la gestión integrada de la prestación farmacéutica. • Presenta información de la dispensación realizada y facilita el seguimiento de la adherencia terapéutica • Mecanismos de ayuda a la calidad de prescripción, basados en alertas, interacciones, duplicidades, pautas posológicas habituales predefinidas, dosis máximas, alternativas terapéuticas, coste/eficiencia. • Posibilita la integración con sistemas de análisis de información, tarjeta amarilla. • Reducción del número de consultas por renovación de recetas, liberando tiempo de consultas para la atención médica. • Asegura la identificación del ciudadano en los centros sanitarios mediante la Tarjeta Sanitaria Individual como garantía del derecho a la asistencia y prestación farmacéutica.

  11. VENTAJAS DISPENSACIÓN • Aumento de seguridad en la dispensación por validación y posibilidad de comunicación con el prescriptor: para informar sobre reacciones adversas, remisión de síntomas, efectos indeseados, e incluso bloqueo de prescripciones. • Favorece la implantación de procedimientos de atención farmacéutica • Posibilita la integración con otros sistemas de información programas de gestión de oficina de farmacia, libro recetario y de contabilidad de estupefacientes PACIENTES • Facilita la accesibilidad al medicamento, reduce desplazamientos y trámites relacionados con pacientes crónicos y visado. • Promueve el uso racional estableciendo cadencias de recogida de medicación según la pauta posológica prescrita y mejora la seguridad mediante el acceso a los datos del paciente a través de la tarjeta sanitaria (TSI).

  12. VENTAJAS GESTIÓN DE LA PRESTACIÓN FARMACÉUTICA • Mejora de la calidad en la atención sanitaria gracias a la integración del historial farmacoterapéutico con independencia del nivel asistencial: políticas comunes de uso racional • Disminuye la frecuentación (reducción en un 11% las consultas de médicos y enfermeras en AP) y facilita la imputación del gasto. • Contribuye a la gestión integrada de la prestación farmacéutica, así como un instrumento para la implantación de nuevas políticas relacionadas con la prestación pública, como el nuevo sistema de aportación del usuario, control de medicamentos excluidos de la prestación, visados, etc. • Aumento de la transparencia y reducción del fraude. • Simplificación del proceso de facturación y reducción de burocracia. • Conocimiento en tiempo real de los datos de consumo de medicamentos permitiendo la previsión de los costes farmacéuticos asociados y actuaciones inmediatas en caso de alertas sanitarias. • Permite mejoras continuas en la aplicación.

  13. INCONVENIENTES • Aumento de los costes debido a su implantación y tiempo que conlleva. • Se trata de un sistema tecnológica y funcionalmente difícil porque intervienen diversos agentes: centros de salud, hospitales, oficinas de farmacia, Colegios de Farmacéuticos, Inspección (visados), Servicio de Salud. Requiere que sea flexible para adaptarse a los cambios de normativa y a la evolución lógica de la herramienta, pero a la vez que sea robusto para permitir la integración con los múltiples sistemas. • Aumento inicial del gasto y número de recetas, especialmente por la coexistencia del formato en papel y electrónico. • Algunos profesionales detectan una cierta pérdida del contacto directo con el paciente que debe ser suplida por un seguimiento proactivo del paciente por el médico/enfemería, fundamentalmente al crónico polimedicado • Complicada adaptación a la forma de trabajo de los facultativos. Es clave la formación continuada al profesional para minimizar errores de prescripción y una utilización inadecuada de las funcionalidades. • Dependencia de TIC muy fuerte

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