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Impactos de la penalización del aborto en la vida de las mujeres y en la sociedad

Impactos de la penalización del aborto en la vida de las mujeres y en la sociedad. Aborto: definiciones. El t é rmino aborto se aplica a la terminaci ó n del embarazo, cualquiera que sea su causa, antes de que el feto est é capacitado para la vida extrauterina.

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Impactos de la penalización del aborto en la vida de las mujeres y en la sociedad

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Presentation Transcript


  1. Impactos de la penalización del aborto en la vida de las mujeres y en la sociedad

  2. Aborto: definiciones El término aborto se aplica a la terminación del embarazo, cualquiera que sea su causa, antes de que el feto esté capacitado para la vida extrauterina. Antes de las 22 semanas de gestación Cuando el feto pesa menos de 500 gr

  3. Aborto: definiciones El aborto puede ser: • Espontáneo: la interrupción del embarazo se produce de forma espontánea e involuntaria • Inducido: lainterrupción del embarazo se hace, mediante el empleo de medicamentos o una intervención quirúrgica, después de la implantación y antes de que el producto de la concepción sea viable de manera independiente. (FIGO, 1999) En la práctica, la distinción entre el aborto inducido y el aborto espontáneo es difícil de establecer

  4. Aborto: definiciones • Aborto seguro (Establecido en el Programa de Acción de la CIPD - El Cairo)El que se realiza con procedimientos adecuados, capacitación del personal que brinda los servicios, en un ambiente de respeto a la usuaria. Puede ser clandestino, pero seguro. • Aborto Inseguro El que se realiza por personas no capacitadas, en ambientes insalubres, con métodos de alto riesgo de ocasionar complicaciones. Generalmente es clandestino.

  5. Aborto: definiciones Aborto inducido legalmente: • no es objeto de represión penal. • se realiza en hospitales y clínicas con personal capacitado y equipo apropiado. • aborto seguro. Aborto inducido ilegalmente: • es objeto de represión penal. • se realiza en centros no autorizados, por personal no calificado y en condiciones inseguras. • aborto inseguro.

  6. Aborto: definiciones Un aborto es terapéutico cuando el embarazo, ya sea deseado o no, amenaza la salud o la vida de la mujer y por tanto es necesario realizar la interrupción del embarazo como un procedimiento permitido por la legislación nacional. Es la única forma de aborto permitida en Costa Rica. (Código Penal. Artículo 121.- No es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, cuando no hubiere sido posible la intervención del primero, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios.)

  7. Razones por las que se permite el aborto en el mundo Fuente: Centro de Derechos Reproductivos, 2005

  8. ¿Qué significa penalizar el aborto? • Tipificar como delito una determinada conducta. En esta caso, significa sanciones legales para las mujeres que interrumpan un embarazo y quien le asista. La pena está fijada en años cárcel. ARTÍCULO 118.- El que causare la muerte de un feto será reprimido: 1) Con prisión de tres a diez años, si obrare sin consentimiento de la mujer o si ésta fuere menor de quince años. Esa pena será de dos a ocho años, si el feto no había alcanzado seis meses de vida intrauterina; 2) Con prisión de uno a tres años, si obrare con consentimiento de la mujer. Esta pena será de seis meses a dos años, si el feto no había alcanzado seis meses de vida intrauterina. En los casos anteriores se elevará la respectiva pena, si del hecho resultare la muerte de la mujer. ARTÍCULO 119.- Será reprimida con prisión de uno a tres años, la mujer que consintiere o causare su propio aborto. Esa pena será de seis meses a dos años, si el feto no había alcanzado seis meses de vida intrauterina.

  9. ¿Cómo afecta la penalización del aborto a las mujeres? • Discrimina a las mujeres frente a los hombres. • Discrimina a unas mujeres frente a otras por razones económicas. • Se expone a las mujeres a realizarse abortos inseguros que pueden tener complicaciones médicas como infección pélvica, perforaciones uterinas, hemorragias y otros. Si las complicaciones no son atendidas de forma oportuna, la mujer puede morir. • Contribuye a la mortalidad de las mujeres (abortos clandestinos inseguros).

  10. ¿Cómo afecta la penalización del aborto a las mujeres? • La clandestinidad, el silencio, el aislamiento y la soledad les impide la expresión de dudas, miedos, temores, ansiedades y deseos en relación al embarazo y la interrupción o no del mismo. • Se antepone la vida potencial no nacida, sobre el ejercicio pleno de la ciudadanía, el goce y el disfrute de los derechos humanos de las mujeres. • Coarta su libertad, autonomía, autodeterminación y el ejercicio de su ciudadanía.

  11. ¿Cómo afecta la penalización del aborto a las mujeres? • Viola sus derechos humanos al serle impuesta una maternidad obligada, en lugar de una maternidad libre y deseada. • Se pueden presentar traumas psicológicos por mal servicio y en condiciones inseguras. • Pone en riesgo su salud física y mental por lo que se vuelve un problema de salud pública.

  12. ¿Cómo afecta la penalización del aborto a las familias, la sociedad y el Estado? • Separación de las mujeres a sus familias durante los procesos judiciales. • La ilegalidad del aborto contribuye a un subregistro de los datos, lo cual afecta la definición de políticas públicas. • Para el sistema de salud es más caro atender abortos incompletos que realizar abortos seguros.

  13. ¿Cómo afecta la penalización del aborto a las familias, la sociedad y el Estado? • No existe una adecuada capacitación al personal de salud, para atender aborto impune. • El Poder Judicial debe asumir el costo por el seguimiento a denuncias interpuestas.

  14. ¿Qué significa DESpenalizar? • Dejar de tipificar como delito una conducta anteriormente castigada por la legislación penal, es decir, eliminar el castigo penal a las mujeres que se han practicado un aborto y a quienes las han ayudado. Implica una reforma al Código Penal. Para nuestra organización, despenalizar el aborto es un avance en el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres.

  15. ¿Por qué hablamos de la despenalización del aborto en un marco de derechos humanos? • La defensa del aborto no es una lucha contra la maternidad. Es una defensa del derecho a la maternidad segura y deseada. • Las mujeres tenemos derecho a desarrollar un proyecto de vida libre de violencia. • Los abortos realizados en condiciones inseguras ponen en grave riesgo la salud y la vida de las mujeres. • El acceso a servicios y la atención médica y psicológica adecuadas son un derecho humano.

  16. ¿Por qué hablamos de la despenalización del aborto en un marco de derechos humanos? • Para evitar sanciones penales, morales y sociales contra las mujeres. • Es importante reconocer a las mujeres como seres con dignidad, intimidad, autoridad y capacidad. • Evitar tratos crueles, inhumanos y degradantes: tortura.

  17. Nuestra propuesta política sobre despenalización del aborto Despenalizar el aborto en los siguientes casos: • Violencia sexual: • Violación • Incesto • Embarazo en niñas menores de 13 años. • Explotación sexual comercial con mujeres menores de 18 años. • Malformaciones incompatibles con la vida.

  18. Algunos datos: violación • Denuncias interpuestas antes el OIJ por violación en el 2006: 1311 • Según la Encuesta Nacional de Violencia Contra las Mujeres de la UCR (2004):

  19. Algunos datos: embarazo en niñas Edad de la madre 2006 y número de nacimientos: Fuente: INEC

  20. Algunos datos: incesto Fuente: Encuesta Nacional de Violencia contra las Mujeres, 2004.

  21. Algunos datos: Explotación Sexual Comercial • El 90% de las víctimas de ESC son mujeres • En un estudio con 100 personas menores de edad vinculadas a la ESC: • 40% de las adolescentes son madres. • 33 son madres de un hijo o hija • 6 son madres de dos hijos y/o hijas. • De ellas, algunas fueron embarazadas a la edad de 10 años lo cual se vincula con experiencias de abuso sexual infantil e incesto. Fuente: OIT.

  22. Algunos datos: malformaciones incompatibles con la vida Al menos 37 muertes fetales por MIV en el 2006, la mayoría de ellas antes del primer día del nacimiento: Fuente: INEC

  23. Sobre nuestro posicionamiento • Todo embarazo producto de alguna forma de violencia sexual es un embarazo forzado. • Forzar a las mujeres víctimas de violación a continuar con su embarazo se convierte en un doble acto de violencia cometido por el Estado costarricense. • Todo embarazo en niñas menores de 13 años es producto de una violación. • Obligar a una mujer a seguir con un embarazo de un feto que tiene una malformación incompatible con la vida es un trato cruel, inhumano y degradante. • En estas situaciones, el aborto seguro debería ser una opción no penalizada legal ni socialmente.

  24. Las mujeres deciden La sociedad respeta El Estado garantiza

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