E N D
1. CLUB AEREO DEL PERSONAL DEL EJERCITO TEMA
ZONAS
R-P-D
2. Todo espacio aéreo en el cual pudiera existir un peligro potencial para la operación de las aeronaves y o restringirse temporalmente o permanentemente la operación de aeronaves civiles se clasifica en tres zonas
3. Zonas Restringidas, Prohibidas y Peligrosas
4. Cada zona se identifica con tres letras seguidas de una serie numérica cuando es permanente.
Las letras identificadoras son :
P: Prohibidas
R: Restringidas
D: Peligrosas
Precedidas por el indicador de nacionalidad: SC y un número correlativo, ejemplo:
SC- P3 SC- R1 SC- D11
5. Zonas Prohibidas
6. Espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de Chile, dentro del cual esta prohibido el vuelo de aeronaves
7. Zonas Restringidas
8. Espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de Chile, dentro del cual esta restringido el vuelo de aeronaves de acuerdo con determinadas condiciones especificadas.
9. Zonas Peligrosas
10. (D) Espacio aéreo de dimensiones definidas en el cual pueden desplegarse en determinados momentos, actividades peligrosas para el vuelo de las aeronaves. Antes de iniciar un vuelo en una zona peligrosa, el piloto obtendrá toda la información necesaria sobre las actividades de la misma y horarios en que tendrá lugar.
11. La descripción correspondiente a cada zona se encuentra en:
ENR 5.1-5 Zonas Prohibidas.
ENR 5.1-8 Zonas Restringidas.
ENR 5.1-15 Zonas Peligrosas.
En cada una de estas se indican límites laterales y verticales, tipos de restricción o peligro, horario y cualquier otra información necesaria.
12. Áreas Restringidas Peligrosas Permanentes SALVO EXPRESA AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIDAD ATS COMPETENTE O QUE EL CIRCUITO DE TRANSITO OBLIGUE A OMITIR LA RESTRICCION SE CONSIDERAN ÁREAS RESTRINGIDAS O PELIGROSAS:
13. VUELOS ACROBATICOS
EXPOSICION AEREA
REABASTECIMIENTO AÉREO
ASCENSO DE GLOBO LIBRE
REMOLQUE DE BANDEROLA
GLOBO CAUTIVO O COMETA
DEMOLICION CON EXPLOSIVOS
EJERCICIOS (ESPECIFICAR)
VUELOS EN FORMACION
VUELOS DE PLANEADORES
MOVIMIENTO MASIVO DE AERONAVES
EJERCICIO DE TIRO O LANZAMIENTO DE COHETES
SE CONSIDERAN COMO PELIGROSAS LAS AREAS DE ASCENSO DE GLOBOS DE SONDA
14. Carta Aeronáutica Mundial
15. Cada zona esta en la carta aeronáutica mundial, con los símbolos, límites superiores e inferiores y altitudes.
17. Ejemplo Práctico
18. ENR 5.1-9 SC-R35 FIR SANTIAGO-Quillota
ESPACIO AEREO
324500S710300W
325800S710100W
325500S712500W
324500S711230W
LIMITE SUPERIOR FL80
LIMITE INFERIOR 3000FT ALT
OBSERVACIONES
HJ
VUELO DE ENTRENAMIENTO ARMADA
COORD. VINA DEL MAR TORRE 118.4MHZ.
PUNTO DE NOTIFICACION
NORTE: NOGALES,
SURWESTE: CERRO MAUCO,
SUR: OLMUE,
ESTE: LLAY LLAY.
USO QNH SCVM
22. Ley 18.816 aprueba código aeronáutico
La junta de gobierno de la republica de Chile ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley:
23. Titulo XIII Artículo 200. El comandante de una aeronave en vuelo internacional que se desviare injustificadamente de las rutas aéreas o aerovías fijadas para entrar o salir del país o no utilizare los aeropuertos, será castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo, multas de 10 a 20 ingresos mínimos mensuales y suspensión de la licencia hasta por un periodo de tres años.
En iguales penas se incurrirá cuando se volare en zonas prohibidas o restringidas.
En caso de reincidencia podrá decretarse la cancelación definitiva de la licencia.
24. Decreto supremo N° 258
25. Decreto: 1.- Apruébase el siguiente “Reglamento de sancion por infracciones a la legislacion y disposiciones aeronáuticas” Titulo III
De las infracciones y sanciones
Artículo 23.
6.- El comandante o piloto al mando de una aeronave será sancionado en cada caso según se señala a continuación.
a.- Con suspensión de licencia hasta por el plazo de un año por no acatar la órdenes o instrucciones que reciba en relación con el tránsito aéreo
26.