1 / 8

LA FORMACIÓN DEL MINISTERIO FISCAL EN ESPAÑA

LA FORMACIÓN DEL MINISTERIO FISCAL EN ESPAÑA. NORMATIVA. LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL. Art. 434 : corresponde al CEJ la misión de colaborar con el Ministerio de Justicia en la selección, formación inicial y continuada de los miembros de la Carrera Fiscal. ESTATUTO DEL CEJ.

allan
Download Presentation

LA FORMACIÓN DEL MINISTERIO FISCAL EN ESPAÑA

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. LA FORMACIÓN DEL MINISTERIO FISCAL EN ESPAÑA

  2. NORMATIVA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL • Art. 434: corresponde al CEJ la misión de colaborar con el Ministerio de Justicia en la selección, formación inicial y continuada de los miembros de la Carrera Fiscal ESTATUTO DEL CEJ • Art. 2.1corresponde al CEJ, en colaboración con el Ministerio de Justicia, la formación inicial y continuada de los miembros de la Carrera Fiscal. • Art. 13.3la Secretaría Técnica colaborará en la planificación de la formación de los miembros de la carrera fiscal cuya competencia corresponde al Centro de Estudios Jurídicos • Art. 14Corresponde al consejo fiscal conocer e informar los planes de formación y selección de lo Fiscales • Art. 22los Fiscales de Sala Delegados deberán participar en la determinación de los criterios para la formación de los Fiscales especialistas en las áreas de sus respectivas competencias. ESTATUTO ORGÁNICO DEL MINISTERIO FISCAL Instrucción nº 5/1993sobre formación y perfeccionamiento de la Carrera Fiscal FGE

  3. FORMACIÓN INICIAL Orientado a la adecuada preparación de los aspirantes al ingreso en los distintos Cuerpos para el desempeño de sus funciones (Art. 22.2 del Estatuto CEJ) • Ampliar los conocimientos técnico jurídicos de los alumnos en • prácticas • Completar con una visión eminentemente práctica • la preparación teórica del alumno • Estudiar y analizar determinadas materias extrajurídicas • que complementan su adecuada preparación • Tratar especialmente determinadas materias que generan mayor • interés o preocupación social • Conocer los órganos judiciales, instituciones y demás organismos • con los que se van a relacionar frecuentemente en el ejercicio • profesional • Estudio de los principios informadores y estructura del Ministerio • Fiscal Objetivos

  4. FORMACIÓN INICIAL FORMACIÓN INICIAL Planificación: CEJ, con la colaboración de la FGE • Seleccionados mediante convocatoria pública siguiendo criterios de mérito, solvencia profesional, experiencia práctica y evaluaciones anteriores. • Son contratados a tiempo parcial para cada periodo formativo. • Integrado mayoritariamente por Fiscales también lo integran: Jueces, Médicos Forenses, funcionarios de la Policía, otros técnicos. Selecciónprofesorado FASE TEORICO- PRÁCTICA • Asignaturas Troncales • Asignaturas complementarias • Materias de especial interés que requieren un • estudio autónomo • Asignaturas instrumentales • Seminarios Clases Presenciales Estructura visitas FGE, Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo, Instituto Nacional de Toxicología Intercambios Escuela judicial de Barcelona, Escuelas Judiciales Europeas

  5. FORMACIÓN INICIAL • En las distintas Fiscalías Territoriales • Distribuidos en grupos de dos tres • alumnos • Bajo la tutela de un Fiscal • Asistencia a guardias • Actuación tutelada en tomas de • declaración, comparecencias, vistas • orales, juicios…. • Despacho ordinario de expedientes FASE PRÁCTICA Que determinará el puesto definitivo en el es escalafón • Puntuaciones obtenidas en pruebas de evaluación • continuada en fase teórica • Valoración individualizada del alumno por el profesorado • Examen práctico • Informe personalizado emitido por los tutores EVALUACIÓN

  6. FORMACIÓN CONTINUADA • Publicidad • Flexibilidad • organización La FGE-a través de la Secretaría Técnica- con la colaboración del CEJ elabora el Proyecto sobre el que trabajará la Comisión de Formación hasta su Aprobación por el Consejo Fiscal y posteriormente por el Ministerio Planificación • Solicitando remitan • sugerencias y propuestas a la Secretaría Técnica • Examen de las evaluaciones que efectúan en anteriores actividades formativas Consulta directa Fiscales Detección de necesidades formativas • Ultimas reformas legislativas • Problemas expuestos por los Fiscales • Jefes en las Memorias Anuales • Últimas circulares o Instrucciones Propuestas directas Secretaría Técnica Derivados de las carencias formativas Problemas detectados por la Inspección

  7. FORMACIÓN CONTINUADA • Ayuda implantación nuevas leyes: reformas legislativas • Responder a la creciente tendencia a la especialización que ha dotado de nueva estructura a la Fiscalía • Formación en materia de cooperación jurídica internacional • Preparación en materias extrajurídicas que redundan en la mejora del ejercicio profesional OBJETIVOS • Elaboración del Proyecto por la Secretaría Técnica • Intervención de la Comisión de Formación integrada por tres Fiscales de la propia Secretaría Técnica, un Fiscal representante de cada asociación, un Fiscal del Consejo Fiscal y el Fiscal Jefe Inspector. • intervención del Consejo Fiscal • Aprobación Fiscal General del Estado • Aprobación definitiva por el Mº de Justicia PLANIFICACIÓN • Cursos generales • Seminarios de especialización • Jornadas de Especialistas • Estancias en determinadas instituciones ACTIVIDADES FORMATIVAS

  8. FORMACIÓN CONTINUADA CENTRO DE ESTUDIOS JURÍDICOS EJECUCIÓN CON CARGO AL PRESUPUESTO ASIGNADO POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA SELECCIÓN DE LOS FISCALES MEDIANTE APLICACIÓN INFORMÁTICA AUTOMATIZADA EN EL CEJ INTRODUCCIÓN DE LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN POR LA FGE (antigüedad, especialidad, territorialidad…..con distinto orden de prioridad según la actividad de que se trate) VALIDACIÓN DEFINITIVA POR LA FGE

More Related