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FITOSANITARIOS SITUACIÓN NACIONAL PROVINCIAL Y MUNICIPAL CONTROLES LÍMITES. PODER DE POLICIA MUNICIPAL Y AMBIENTAL Productos Químicos O Biológicos De Uso Agropecuario O Agroindustrial. DERECHOS DE RAIGAMBRE CONSTITUCIONAL. DERECHO AMBIENTAL PROTECCION A LA SALUD COLECTIVA
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FITOSANITARIOSSITUACIÓNNACIONAL PROVINCIALY MUNICIPAL CONTROLESLÍMITES Dra.Graciela Pérez Contreras
PODER DE POLICIA MUNICIPAL Y AMBIENTALProductos Químicos O Biológicos De Uso Agropecuario O Agroindustrial • DERECHOS DE RAIGAMBRE CONSTITUCIONAL DERECHO AMBIENTAL PROTECCION A LA SALUD COLECTIVA ART.41 Y SS C.N. Derechos no Patrimoniales Inmateriales, Sociales. DERECHO INDIVIDUAL PROPIEDAD Y SU LIBRE EJERCICIO ART. 17 C.N. (percepcion de frutos y Productos. Libre Explotación. JUICIO DE PONDERACIÓN DE INTERESES OPUESTOS Dra.Graciela Pérez Contreras
MATERIAS PROPIAS DE LA NACION-DELEGADAS POR LAS PCIAS MATERIAS CONCURRENTES EJ:TRÁNSITO VENTA ALCOHOL RESIDUOS PATÓGENOS NACIÓN MATERIAS NO DELEGADAS A LA NACION MUNICIPIOS AUTÓNOMOS PROVINCIAS MATERIAS RECONOCIDAS A LOS MUNICIPIOS Y COMUNAS (C.CBA) Dra.Graciela Pérez Contreras
GRADACION JURÍDICO- NORMATIVA ARGENTINA NACIONALES:RIGEN Y SON OBLIGATORIAS EN TODO EL AMBITO DE LA NACION ARGENTINA CUANDO SONMATERIAS DELEGADAS POR LAS PROVINCIAS (ART. 121 Y ss CN) Y art. 78 CN “Ej:” Legislar en materia aduanera. Establecer los derechos de importación y exportación” “Dictar los Códigos Civil, Comercial, Penal, de Minería, y del Trabajo y Seguridad Social” LEYES PROVINCIALES: RIGEN Y SON OBLIGATORIAS EN TODO EL AMBITO DE LA PCIA DE CORDOBA(art 104 C.Cba). A EXCEPCION DE LAS MATERIAS RECONOCIDAS A LOS MUNICIPIOS DONDE DEBERÁN LEGISLAR ÉSTOS (arts.186/187 y ss) . AUTONOMÍA. MUNCIPALES: RIGEN Y SON OBLIGATORIAS EN TODO EL AMBITO MUNICIPAL O COMUNAL: ORDENANZAS. EN COMUNAS: se llaman RESOLUCIONES. Dra.Graciela Pérez Contreras
ART.41 C.N.(3ºpárrafo) Facultad Delegada La NACIÓN DICTAR LEY DE PRESUPUESTOS MÍNIMOS- FIJAR POLÍTICA AMBIENTAL NACIONAL LEY GRAL.DE AMBIENTE (25675) FACULTAD QUE SE RESERVA PROVINCIAS DICTAR LAS NORMAS PARA COMPLEMENTARLAS AUTONOMÍAS MUNICIPALES SIN QUE AQUELLAS (las normas provinciales) ALTEREN LAS JURISDICCIONES LOCALES Dra.Graciela Pérez Contreras
OBLIGACION DE OPTIMIZAR LA PROTECCIÓN AMBIENTAL Desarrollo de los Presupuestos- Ley 9164 PCIA. Facultad de COMPLETAR LA LEY DE PRESUPUESTO MÍNIMOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Arts. 41 y 75 inc.13 CN MAXIMIZAR LOS POSTULADOS MÍNIMOS Ley NACIONAL Gral. de ambiente –(CONGRUENCIA) CSJN “Villivar Silvana c/Pcia de Chubut y otros(17/4/07) Actividad minera sujeta a Codg.Minería ante normas pcial. Maximizadoras (a favor:aplicación ley pcial 5001) ” …agregar requisitos y/o exigencias..” Ley Jujuy (Nº4975-arts.9/10)- Neuquén (Nº1859 Arts.5) COORDINACION DEL ART.75 INC.13 DE LA CN SENASA: ÓRGANO DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE PRODUCTOS-(Cba:reconoce facultad y solicita exclusión a SENASA) Dra.Graciela Pérez Contreras
Art.41 CN:”…Sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales” Art.5, en cc. Art. MUNICP. La regulación de los productos químicos o biológicos de uso agropecuario, se sustenta en dos pilares: SALUD PÚBLICA (Relación con la fitosanidad) TUTELA DEL MEDIO AMBIENTE DERECHO PÚBLICO (inherente poder de policía municipal) Dra.Graciela Pérez Contreras
CONST.CBA Art.180- Municipio ComunIdad NATURAL fundada en la CONVIVENCIA AUTONOMÍA (CN ART 5 -123)(Art.180CCba) ECONÓMICA-POLÍTICA-INSTITUCIONAL-ADM.-FINANCIERA- COMUNIDADES REGIONALES LEY 9102(y modif)art.8º Delegación de la Pcia. A la Comunidad Reg. del poder de policía Ley 9164 rige en el ámbito pcial No-municipal MATERIAS DEL PODER DE POLICÍA LOCAL (Art 186 C.Cba.) Salubridad, salud, moralidad, higiene(teoría Francesa), ancianidad,discapacidad, cementerios, planes edilicios, constructivos, tránsito, Transporte urbano, protección del ambiente, paisaje, Equilibrio Ecológico, polución, espectáculos público, etc Dra.Graciela Pérez Contreras
¿CONCLUSIÓN? (Juicio Ponderación Intereses Opuestos) TSJ EN PLENO Chañar Bonito SA c/ Municipalidad Mendiolaza amparo,inconst. “Ley 9164 contiene Una norma Precautoria, Todos los derechos Son relativos (Art.14-28CN) El ejercicio del poder De policía Municipal, Debe ajustarse al Criterio de Razonabilidad y Proporcionalidad. La Prohibición total y absoluta de uso de agroq. Aparece como excesiva..” (SJ Tº97 A 08) Con sustento en los Arts.121-123- 41 CN; Arts.180 y 186 de la C.Cba. Los municipios ESTÁN FACULTADOS Para dictar ordenanzas ambientales con presupuestos maximizadores.Ej: Ord.San Fco (5531) Zona de resguardo ambiental Mendiolaza 309/04 Dra.Graciela Pérez Contreras
CÓDIGO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL ORD.7942 POLÍTICA AMBIENTAL DE A.G. MARCO NORMATIVO MARCO INSTITUCIONAL D.M.A. HERRAMIENTAS DE GESTIÓN AMBIENTAL Art.22:disposiciones sobre almacenaje, acopio, comerc.depósito prod. Quim o biolg.uso agrop. De Venta controlada PROHIBICION TOTAL ORD.8444: restricción de Existencia depósitos, Almacenaje, acopio comercial o no ZONA RURAL O INDUSTRIAL CONFORME P.O.U. Dra.Graciela Pérez Contreras
ORD.8345 (Convenio con la pcia-arts.9/10 Ley 9164 –Dcto 132/05 y Art. 192 C.Cba)(dic/08) HABILITACION REGISTRO DE COMERCIOS Y/O DEPÓSITOS Y/O ACOPIO PRODUCTOS C.A.P. CENTRO DE ACOPIO PRINCIPAL De envases Triple lavado y perforado HABILITACION DE EQUIPOS TERRESTRE (notif.altas y/o bajas pcia).- OTORGAMIENTO DE MATRÍCULA EQUIPO (Dcto.132/05 Anexo III) Utilización registro Operador y Asesor Fitosanitario Dra.Graciela Pérez Contreras
ORD.8021(5/08) Utilización de Agroquímicos En ZONAS PERIURBANAS de AG • OBLIGACIONES MUNICIPALES: • Consultar y/o crear el REGISTRO DE ASESORES • FITOSANITARIOS HABILITADOS • 2)Receptar receta fitosanitaria y aprobarla • 3)Suministrar al productor/agricultor lista de asesor fitos. • p/rep.centro vecinal • 4)Realizar auditorias técnicas y/o actuar cuando así lo crea. • 5)Notificar al centro vecinal, día y hora de aplicación • con anticipación.- Dra.Graciela Pérez Contreras
OBLIGACIONES P/PRODUCTOR Y/O AGRICULTOR: 1)Presentar con más de 48 hs.de antelación de la aplicac. RECETA FITOSANITARIA + CONSTANCIA HAB.MÁQUINA + CONST.HAB.OPERADOR 2)RECIBIR del municipio lista Asesor Fitosanitario Representante barrial.- 3)PRESENTAR Maquinaria limpia p/iniciar acción OBLIGACIONES DEL ASESOR FITOSANITARIO: 1)CUMPLIR ley 9164 y Dcto 132/05 2)PRESENCIA al INICIO ACTIVIDAD y HASTA FIN APLICACIÓN 3)VERIFICAR máquina limpia + BIDONES cerrados precintados + verificar llenado 4)Brindar información A QUIEN LO REQUIERA. 5)SUSPENDER, MODIFICAR O PRORROGAR la APLICACIÓN(Ley 9164) 6)INFORMAR al centro vecinal día y hora e aplicación Dra.Graciela Pérez Contreras
OBLIGACIONES DEL CENTRO VECINAL O BARRIO: 1)SELECCIONAR del REGISTRO DE ASESORES FITOSANITARIOS de 1 a 3 asesores que serán Sus representantes.(en 15 días de solicitado) RÉGIMEN SANCIONATORIO: RESPONSABILIDAD OBJETIVA: ´personas físicas o jurídicas exploten total o parcial inmueble Explotacion agropecuario y/o forestal y/o TODO aquel QUE SE BENEFICIE CON EL EMPLEO DEL PRODUCTO QUÍMICO O BIOLÓGICO DE USO AGRPECUARIO Y/O FORESTAL. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA: PROPIETARIOS, EJECUTOR DE CUALQUIER ACTIVIDAD DE UTILIZACIÓN AGROQUÍMICO POR CUALQUIER MEDIO DE APLICACIÓN(AEREA-TERRETRE). SANCIONES: MULTA (1º HECHO:500 A 25000 UM-REINC. 21.000 A 50000 UM) Y DECOMISO Y/O SECUESTRO Dra.Graciela Pérez Contreras