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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales Escuela de Agrimensura. Diego Perassi. Estudio de los límites generados en la determinación de la línea de ribera en la Provincia de Córdoba. Objetivo.
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales Escuela de Agrimensura DiegoPerassi Estudio de los límites generados en la determinación de la línea de ribera en la Provincia de Córdoba
Objetivo Proponer una nueva metodología para la Determinación de la Línea de Ribera para solucionar la problemática detectada. Metas del Trabajo • Compilar información referida al tema, que sirva de referencia en la materia. • Diferenciar los aspectos geomorfológicos de algunas provincias de la República Argentina, con el tratamiento legal respecto a los recursos hídricos. • Hacer un tratamiento y análisis de casos especiales tales como La Laguna Azul, Dique San Roque y la Laguna de Ansenuza (Mar Chiquita). • Comparar losresultados obtenidos en la Determinación de la Línea de Ribera, mediante distintos procedimientos. • Proponer soluciones para la implementación de nuevas normativas.
Historia Cabildo abierto Corona Española Bienes Provincias Dominio Público Derecho Público “La delimitación de los cursos y cuerpos de agua corresponde a los Estados Provinciales.”
Unidad Jurídica Unidad Jurídica lecho agua Línea de ribera
Alteraciones en la línea de ribera: curso de agua Causas antrópicas directas Causas antrópicas indirectas Causas naturales Avulsión Puente Nueva Margen Línea de ribera Relleno Lecho Aluvión Nueva línea de ribera
República Argentina: Marco Jurídico e Institucional Bienes Públicos del Estado (art 2340 CC): • Los mares territoriales. • Los mares interiores, bahías, ensenadas, puertos y ancladeros. • Los ríos, sus cauces, las demás aguas que corren por cauces naturales y toda otra agua que tenga o adquiera la aptitud de satisfacer usos de interés general, comprendiéndose las aguas subterráneas. • Las playas del mar y las riberas internas de los ríos, entendiéndose por tales la extensión de tierra que las aguas bañan o desocupan durante las altas mareas normales o las crecidas medias ordinarias. • Los lagos navegables y sus lechos.
Casos especiales Dualidad en la pertenencia de los espejos de agua originados por efecto de las excavaciones de actividades mineras. Laguna Azul Invasión del Dominio Público por parte de los particulares ribereños por medio de terraplenes y muros. Dique San Roque Tras la expansión del espejo en la década del 80’ avanzo hacia la ciudad de Miramar, anegando gran parte de la urbanización. Laguna de Mar Chiquita
El caso de la Laguna Azul Ubicación COROLARIO: Podemos concluir que la Laguna Azul y la correspondiente Laguna Verde, a nuestro criterio, pertenecen en su totalidad al Dominio Privado del inmueble que las contiene. “Se entiende por manantiales a las aguas que emergen desde debajo de la tierra hacia la superficie, por presión natural. Son del dueño del fundo en el que surgen.“ Vista de la Laguna Azul
Decreto Provincial 448/52 Perfiles transversales cada 20 ó 25 metros, normales al cauce del río o arroyo. Levantamiento de puentes, vados, construcciones, alambrados, calles, caminos, etc. La línea de ribera deberá trazarse sobre ambas márgenes del río con Alineaciones rectas y curvas. Se aplicará la fórmula de Hermaneck.
Resolución 11821/85 (DiPAS) “El límite de la propiedad con el cauce del (río o arroyo) queda fijada en el presente plano en forma provisoria y al solo efecto de la continuación del trámite, siendo el limite definitivo el que resulte de la oportuna determinación de la línea de ribera.” Resolución 2147/88 (DiPAS) Esto nos indica, que muchas veces la falta de implementación de las leyes o normativas vigentes son las responsables principales en las consecuencias de las tragedias que nos azotan por parte de la Naturaleza. “La superficie ocupada por el cauce del río o arroyo que cruza el inmueble mensurado, es del dominio público del estado, quedando sus límites sujetos a la oportuna determinación de la línea de ribera”. Resolución 25/94 (DiPAS): Periodo de Recurrencia y riesgo Hídrico “Todas las líneas de ribera se determinarán con el criterio de “las más altas aguas en su estado normal”, cuyas recurrencias sean de 25 años, adoptándose para su cálculo métodos de transformación lluvia-caudal, con datos que suministre DiPAS.
Resolución 395/04 (DiPAS) • Retiro mínimo de 15m a cada lado del río (o arroyo) medidos desde el borde • del cauce permanente para los ríos más importantes, los cuales están tabulados • en la misma norma. • Retiro mínimo de 12m a cada lado del río medidos desde el eje del mismo para el resto de los cursos de agua de la provincia.
Metodologías aplicables en la determinación de la línea de ribera Mensura y Loteo Método de Hermaneck Modelo Hidráulico HEC-RAS Rio del Medio
Método de Hermaneck Mensura y Loteo • Hm = Altura media en cada perfil transversal, en m • V = Velocidad, en m/seg • Q = Caudal, m3/seg Ai = Área de Paso Inicial, en m2 Af = Área de Paso Final, en m2 B = Ancho Pelo Libre, en m i = Pendiente media del pelo de agua y eje de vaguada Se calcula Hm = Ai / B Para Hm ≤ 1,50m Para 1,50m < Hm ≤ 6,00m Para 6,00m > Hm Fórmulas empíricas de Hermaneck
Método de Hermaneck Mensura y Loteo • La pendiente media adoptada es la del pelo de agua, considerándola paralela a la pendiente media del eje de vaguada. Calculada por Hermanneck Proporcionada por DiPAS Despejada y calculada. • El caudal es la única variable considerada constante entre dos perfiles transversales consecutivos. Ai = Af = Perfil Calculado Se asume que el flujo es uniforme. Se procede de la misma manera en cada perfil transversal
HEC - RAS Mensura y Loteo Editor de Perfiles Transversales Modelador de Estructuras
Mensura y Subdivisión Aplicación de la Resolución 395/04
Extracto Resultados y comparaciones Longitud del tramo: 1700m Límite s/ de Hermaneck Límite s/HEC RAS Límite s/Resol 395 Existen diferencias considerables en los algunos tramos del Río, que se ven expuestas en la superficie ocupada por el Dominio Público.
Conclusiones Caracterización geográfica Río Mina Clavero Un modelo que funciona bien en un caso, puede no ser el adecuado para el otro. Río Tercero
Conclusiones Propuesta de Metodología La implementación de la “Línea de Vestigios” como deslinde entre el Dominio Público y el Dominio Privado, la cual es determinada por la Naturaleza y puede ser definida mediante criterios edafo-geomorfológicos a partir de la observación y peritaje sobre el terreno por parte del Agrimensor actuante. Esta línea es la más aproximada a la línea de Ribera ya que es una determinación directa en la cual no infieren valores provistos de otras determinaciones, siempre viciadas de incertidumbre o error.
Conclusiones Propuesta de Metodología Rectificación por el método de las áreas Línea de vestigios Línea rectificada Área Roja Área Azul Área izquierda = Área derecha
Conclusiones Restricciones Administrativas Propietario Particular Restricción civil Beneficiario Restricción Administrativa Beneficiario Comunidad Propuesta: la definición de las Líneas de Riesgo de Inundaciones deberá ser implementada por medio de Restricciones Administrativas que prohíban las construcciones, instalaciónes de Campings y de cualquier otro asentamiento humano de carácter permanente, en una franja o zona aledaña al curso de agua, según las características particulares del lugar.
Conclusiones Consideraciones Finales Propuesta metodologica Objetivo del presente trabajo Estados Provinciales Determinación de la línea de ribera Atenuar el impacto de las inundaciones Zonas de riesgo hídrico
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales Escuela de Agrimensura MUCHAS GRACIAS! DiegoPerassi Estudio de los Límites generados en la Determinación de la Línea de Ribera en la Provincia de Córdoba