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Bolsa de Valores de Lima

Bolsa de Valores de Lima. LOS DERECHOS DE VOTO Y EL DERECHO A VOTAR: EL CASO PERUANO Marzo, 2000. Introducción. El marco de desarrollo empresarial está dado por una economía de mercado y un mundo globalizado. Empresas desean expandirse y atraer flujos de capital.

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  1. Bolsa de Valores de Lima LOS DERECHOS DE VOTO Y EL DERECHO A VOTAR: EL CASO PERUANO Marzo, 2000

  2. Introducción • El marco de desarrollo empresarial está dado por una economía de mercado y un mundo globalizado. • Empresas desean expandirse y atraer flujos de capital. • Empresas desean ser cada vez más competitivas y atraer a un mayor número de inversionistas.

  3. Las Acciones en el Perú • ACCIONES COMUNES • ACCIONES DE INVERSION • ACCIONES SIN DERECHO DE VOTO

  4. El Derecho de Voto • La Ley peruana no admite el voto plural, es decir, cada acción solo puede tener derecho a un voto. • Para preservar este principio, el valor nominal de las acciones de una misma sociedad debe ser igual. • Pactos entre accionistas registrados en la matrícula.

  5. Las Acciones de Inversión • Creadas para dar participación a los trabajadores en las utilidades de las empresas. • Brindan derechos económicos sin intervenir en la dirección de la empresa. • Pueden incrementar proporcionalmente su participación en la empresa a consecuencia de un aumento de capital.

  6. Las Acciones de Inversión • Pueden redimir su participación en caso de: • Transformación, fusión, escisión o cualquier otra forma de reorganización de sociedades prevista por la Ley. • Cambio de objeto social. • Traslado de domicilio de la sociedad al extranjero.

  7. DERECHOS de voto en los siguientes supuestos: Junta general de accionistas para disminución de capital, transformación, fusión, escisión, disolución, liquidación, traslado de sede al extranjero, modificación de objeto social o del plazo de duración de la sociedad. Incumplimiento con la distribución preferencial de utilidades dentro del ejercicio anual siguiente, mientras subsista el incumplimiento. LA primera posición reconoce el Derecho de voto cuando: Se pretenda eliminar la clase de acciones. Se modifiquen sus derechos y/o obligaciones. La segunda posición no otorga el derecho de voto en ningún supuesto. Las Acciones sin Derecho de Voto ANTIGUA LEY DE SOCIEDADES NUEVA LEY DE SOCIEDADES

  8. DERECHOS de voto en los siguientes supuestos: Modificación o exclusión directa o indirecta de los derechos de esta clase o serie de acciones. Suspensión o retiro de la cotización en bolsa por cualquier causa imputable a la sociedad. EN otros casos se interviene con voz pero sin voto. ACCIONES se inscriben en el Registro del Mercado de Valores. . Las Acciones sin Derecho de Voto ANTIGUA LEY DE SOCIEDADES NUEVA LEY DE SOCIEDADES NO está contemplado este derecho. INSCRIPCION no es obligatoria.

  9. DERECHOS a impugnar acuerdos que lesionen sus derechos. ACUERDOS que afecten las acciones deben aprobarse previamente en junta especial de accionistas. FISCALIZACION de los negocios sociales. . Las Acciones sin Derecho de Voto ANTIGUA LEY DE SOCIEDADES NUEVA LEY DE SOCIEDADES IMPUGNAR acuerdos que lesionen sus derechos. OPCION 1: se requiere de junta especial ante los acuerdos de desaparición de las acciones sin derecho de voto, modificación de sus derechos y obligaciones. Opción 2: no es un derecho político mínimo. SER informado cuando menos semestralmente de la gestión.

  10. SEPARACION por cambio de objeto social, traslado de domicilio al extranjero, creación de limitaciones a la transmisibilidad de las acciones o modificación de las existentes. DISTRIBUCION preferencial de las utilidades. PARTICIPACION en el patrimonio resultante de la liquidación. . Las Acciones sin Derecho de Voto ANTIGUA LEY DE SOCIEDADES NUEVA LEY DE SOCIEDADES SEPARACION por cambio de objeto social, traslado de domicilio al extranjero, creación de limitaciones a la transmisibilidad de las acciones o modificación de las existentes. DIVIDENDO preferencial establecido en el estatuto. PRIORIDAD de participación del patrimonio resultante de la liquidación.

  11. SUSCRIPCION de acciones de la misma clase y en la misma proporción de las que posea en caso de aumentos de capital social. NO esta contemplado. . Las Acciones sin Derecho de Voto ANTIGUA LEY DE SOCIEDADES NUEVA LEY DE SOCIEDADES SUSCRIPCION de acciones de la misma clase y en la misma proporción de las que posea en caso de aumentos de capital social. SUSCRIPCION de acciones con derecho de voto y valores convertibles en acciones con derecho de voto en estos casos: • Junta acuerda aumentar capital con acciones con derecho de voto. • Conservar la participación en el capital social de la empresa.

  12. Tendencia de Precios de Acciones Compañía de Minas Buenaventura S.A. (en Nuevos Soles) Fuente: BVL

  13. Tendencia de Precios de Acciones Volcán Compañía Minera S.A.A. (en Nuevos Soles) Fuente: BVL

  14. Tendencia de Precios de Acciones Unión de Cervecerías Peruanas Backus & Johnston S.A.A. (en Nuevos Soles) Fuente: BVL

  15. Capitalización Bursátil por Clase de Acción Fuente: BVL

  16. Volumen Negociado por Clase de Acción Fuente: BVL

  17. Número de Valores Inscritos por Clase de Acción Fuente: BVL

  18. Conclusiones • Preferencia de acciones con derecho de voto por inversionistas (las más negociadas). • Dividendo preferencial para las acciones sin derecho de voto no justifica la privación del mismo. • Unificación de clases de acciones favorece eliminación de conflictos de intereses y la protección a inversionistas.

  19. Bolsa de Valores de Lima LOS DERECHOS DE VOTO Y EL DERECHO A VOTAR: EL CASO PERUANO Marzo, 2000

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