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LICENCIATURA DE DERECHO HACIENDA PÚBLICA. TEMA 5. LOS FALLOS DEL MERCADO Y LA INTERVENCIÓN DEL SECTOR PÚBLICO. SUMARIO. 1. INTRODUCCIÓN. 2.CONDICIONES DE EFICIENCIA EN LA PROVISIÓN DE BIENES PÚBLICOS PUROS. 3. MONOPOLIO Y COMPETENCIA IMPERFECTA: LAS FORMAS DE REGULACIÓN DEL MONOPOLIO:
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LICENCIATURA DE DERECHO HACIENDA PÚBLICA MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
TEMA 5 LOS FALLOS DEL MERCADO Y LA INTERVENCIÓN DEL SECTOR PÚBLICO MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
SUMARIO • 1. INTRODUCCIÓN. • 2.CONDICIONES DE EFICIENCIA EN LA PROVISIÓN DE BIENES PÚBLICOS PUROS. • 3. MONOPOLIO Y COMPETENCIA IMPERFECTA: LAS FORMAS DE REGULACIÓN DEL MONOPOLIO: • NO INTERVENCIÓN. • LEGISLACIÓN ANTI-TRUST. • EL ESTABLECIMIENTO DE IMPUESTOS. • FIJACIÓN DE UN LÍMITE A LOS BENEFICIOS. • 4. LOS EFECTOS EXTERNOS Y SUS POSIBLES SOLUCIONES: • EXIGENCIA DE RESPONSABILIDAD. • LA REGULACIÓN PÚBLICA. • IMPUESTOS Y SUBVENCIONES. • PERMISOS DE EMISIÓN. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
II. PARTE MONOPOLIO Y COMPETENCIA IMPERFECTA: LAS FORMAS DE REGULACIÓN DEL MONOPOLIO MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
III. MONOPOLIO Y COMPETENCIA IMPERFECTA LA EVALUACIÓN DE LOS COSTES DEL MONOPOLIO EXIGE COMPARAR SUS RESULTADOS CON LOS DE UN MERCADO DE COMPETENCIA PERFECTA. EN UN MERCADO PERFECTAMENTE COMPETITIVO, EL EQUILIBRIO SE ALCANZA DONDE LA DEMANDA SE CRUZA CON LA OFERTA, Y ÉSTA, LA OFERTA, REPRESENTA EL COSTE MARGINAL DE PRODUCCIÓN (CMg). EN LOS MERCADOS DE MONOPOLIO, POR EL CONTRARIO, LA EMPRESA ELIGE AQUELLA CANTIDAD EN LA QUE EL CMg IGUALA O SE CRUZA CON EL INGRESO MARGINAL IMg. (ver Figura 5.8, siguiente.) MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
COMPARACIÓN ENTRE COMPETENCIA PERFECTA Y MONOPOLIO.1 E, Pc, x : Excedente del consumidor en competencia perfecta x M M, PM , x: excedente del consumidor en monopolio E A PM, M, , E, PC: pérdida de excedente del consumidor PM, PC, A, M: beneficios para el empresario M, A, E : coste social 1. Tomada de Bustos Gisbert, cit., p. 102 (y complementada ). MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
EXPLICACIÓN DE LA GRÁFICA 5.7. • EN LA FIG. SE REPRESENTA UN MERCADO CON UNA OFERTA HORIZONTAL, PARA COMPARAR LOS RESULTADOS DEL MONOPOLIO Y LA COMPETENCIA PERFECTA. • LA PRINCIPAL VENTAJA DE UTILIZAR UNA OFERTA HORIZONTAL ES QUE, EN TALES CIRCUNSTANCIAS, EL COSTE MARGINAL, CMg, COINCIDE CON EL COSTE MEDIO DE PRODUCCIÓN, CMe. • ESTA COINCIDENCIA ES ÚTIL A LA HORA DE ESTABLECER LOS COSTES AUTÉNTICOS CAUSADOS POR UN MONOPOLIO. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
EXPLICACIÓN DE LA GRÁFICA 5.7. • CONSIDEREMOS INICIALMENTE QUE EL MERCADO ES DE COMPETENCIA PERFECTA. • EL PRECIO Y LA CANTIDAD VENDRÍAN DADAS POR EL PUNTO DE EQUILIBRIO. ES DECIR, UNA CANTIDAD QC Y UN PRECIO PC. • EL CONSUMIDOR OBTENDRÍA ASÍ UN EXCEDENTE MARCADO POR EL TRIÁNGULO DELIMITADO POR LOS PUNTOS E, PC Y EL DE INTERSECCIÓN DE LA CURVA DE DEMANDA CON EL EJE VERTICAL. • (Nota: Excedente del consumidor: ganancia neta que obtiene un individuo por la compra de un bien; es igual a la diferencia entre la disposición a pagar del consumidor y el precio que realmente paga por un bien) MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
EXPLICACIÓN DE LA GRÁFICA 5.7. • SI EL MERCADO FUERA UN MONOPOLIO, Y ÉSTE TUVIERA LOS MISMOS COSTES QUE LAS EMPRESAS DE COMPETENCIA PERFECTA, ENTONCES LA EMPRESA ELEGIRÍA LA CANTIDAD QM, CORRESPONDIENTE AL PUNTO A, DONDE EL INGRESO MARGINAL SE CRUZA CON EL COSTE MARGINAL, • VENDERÍA ESA CANTIDAD A UN PRECIO PM, COMO INDICA EL PUNTO M EN LA CURVA DE DEMANDA, Y COMO CONSECUENCIA, EL CONSUMIDOR VERÍA REDUCIDO SU EXCEDENTE AL TRIÁNGULO MARCADO POR LOS PUNTOS M, PM Y EL DE INTERSECCIÓN DE LA DEMANDA CON EL EJE VERTICAL. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
EXPLICACIÓN DE LA GRÁFICA 5.7. • DE ESTA FORMA EL CONSUMIDOR SUFRE UNA PÉRDIDA DE EXCEDENTE QUE VIENE REPRESENTADA POR EL ÁREA DEL TRAPECIO DELIMITADO POR LOS PUNTOS PM, M, E Y PC. • SIN EMBARGO, NO TODA ESA PÉRDIDA DE EXCEDENTE PARA EL CONSUMIDOR REPRESENTA UN AUTÉNTICO COSTE SOCIAL. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
EXPLICACIÓN DE LA GRÁFICA 5.7. • EN EFECTO, EL ÁREA DEL TRAPECIO PUEDE DIVIDIRSE EN DOS ZONAS BIEN DELIMITADAS: • a) EL ÁREA DEL RECTÁNGULO PM PC A M SE CALCULARÍA COMO LA BASE POR LA ALTURA. • LA BASE DEL RECTÁNGULO ES LA CANTIDAD QUE VENDE EL MONOPOLISTA, MIENTRAS LA ALTURA ES LA DIFERENCIA ENTRE LOS PRECIOS DE VENTA DEL MONOPOLISTA Y DEL MERCADO DE COMPETENCIA PERFECTA. • ES DECIR: • ÁREA DEL RECTÁNGULO = BASE X ALTURA= QM (PM – PC) MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
EL PRECIO DEL MERCADO DE COMPETENCIA PERFECTA COINCIDE CON EL COSTE MARGINAL, Y ÉSTE, A SU VEZ CON EL COSTE MEDIO. USANDO ESTA INFORMACIÓN SE PUEDE RESCRIBIR LA FÓRMULA ANTERIOR COMO: Área del rectángulo = QM (PM – CMe) LA DIFERENCIA ENTRE EL PRECIO DE VENTA DEL MONOPOLISTA Y EL COSTE MEDIO DE FABRICACIÓN NOS DICE CUANTO GANA EL EMPRESARIO POR CADA UNIDAD QUE VENDE. SI SE MULTIPLICA ESTA DIFERENCIA POR EL NÚMERO DE UNIDADES SE OBTIENEN LOS BENEFICIOS DEL EMPRESARIO. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
DE ESTA MANERA, EL RECTÁNGULO CONSIDERADO ES UNA PÉRDIDA DE EXCEDENTE DEL CONSUMIDOR QUE SE CONVIERTE EN BENEFICIOS PARA EL EMPRESARIO. POR TANTO, NO ES UNA PÉRDIDA PARA TODA LA SOCIEDAD. PUES HAY UNA PARTE DE ELLA QUE SE BENEFICIA. ES UNA REDISTRIBUCIÓN ENTRE LOS MIEMBROS DE LA SOCIEDAD, QUE PODRÍA CONSIDERARSE INJUSTA, PERO NO ES UN COSTE SOCIAL. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
SEGUNDA ZONA DEL TRAPECIO: b) EL ÁREA DEL TRIÁNGULO M A E REPRESENTA UN EXCEDENTE PARA EL CONSUMIDOR QUE NO SE APROPIA EL MONOPOLISTA. ÉSTE ÁREA ES EL AUTÉNTICO COSTE SOCIAL DEL MONOPOLIO Y PUEDE CALCULARSE ASÍ: ÁREA = ½ BASE X ALTURA (área de un triángulo es igual a base por altura partida por 2) LA BASE ES LA DIFERENCIA ENTRE LAS CANTIDADES QUE SE VENDEN EN COMPETENCIA PERFECTA Y EN MONOPOLIO. LA ALTURA ES LA DIFERENCIA EN LOS PRECIOS. POR TANTO, EL ÁREA ES: ÁREA = ½ (QC – QM) (PM – PC) MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
EN ESTE ANÁLISIS SE PARTE DE LA BASE DE QUE EL MONOPOLISTA TIENE LOS MISMOS COSTES QUE EL MERCADO DE COMPETENCIA PERFECTA. NO ES UN SUPUESTO REALISTA PORQUE LAS EMPRESAS GRANDES O MUY GRANDES PUEDEN PRODUCIR A UN COSTE MÁS BAJO (ECONOMÍAS DE ESCALA). EL HECHO DE PRODUCIR A MÁS BAJO COSTE BENEFICIA A LA SOCIEDAD PORQUE: SE PUEDE VENDER A PRECIOS MÁS BAJOS EL MONOPOLISTA OBTIENE MAYORES BENEFICIOS. PARA EXPLICAR ESTA CUESTIÓN, VER GRÁFICO 5.8, SE REPRESENTAN LAS CURVAS DE DEMANDA, INGRESO MARGINAL Y COSTES MARGINALES DE COMPETENCIA PERFECTA (“CP”) Y DEL MONOPOLISTA (“M”). MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
COMPARACIÓN ENTRE MONOPOLIO Y COMPETENCIA CON COSTES DISTINTOS2 CMg CP : Coste marginal en competencia perfecta CMg M :coste marginal en monopolio 2. Tomado de Bustos Gisbert, A., cit., p. 104 MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
EN ESTAS CIRCUNSTANCIAS EL BENEFICIO DEL MONOPOLISTA ESTÁ REPRESENTADO POR LOS RECTÁNGULOS A Y C Y LA PÉRDIDA DE EXCEDENTE PARA EL CONSUMIDOR SE INDICA POR EL TRAPECIO FORMADO POR LAS ÁREAS A Y B. ASÍ SE PUEDEN DISTINGUIR TRES ÁREAS DISTINTAS: (PM – PCP) . QM EL TRIÁNGULO B REPRESENTA LA PÉRDIDA DE EXCEDENTE DEL CONSUMIDOR QUE NO SE APROPIA EL EMPRESARIO. CONSTITUYE, POR TANTO, UN COSTE DE BIENESTAR PARA LA SOCIEDAD. EL VALOR DE ESTÉ AREA SERÍA: ½ . (PM – PCP) . (QCP –QM) MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
EL RECTÁNGULO MARCADO POR LA LETRA C REPRESENTA LOS BENEFICIOS PARA EL EMPRESARIO OBTENIDOS POR SU CAPACIDAD PARA REDUCIR LOS COSTES. SIGNIFICAN, EN ESA MEDIDA, UNA GANANCIA PURA PARA LA SOCIEDAD. EL ÁREA DE ÉSTE RECTÁNGULO PUEDE CALCULARSE A PARTIR DE LA SIG. FÓRMULA: (CMeCP – CMeM) . QM MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
EL MONOPOLIO RESULTARÁ EFICIENTE SI LA GANANCIA PURA EXCEDE A LA PÉRDIDA DE BIENESTAR, ES DECIR, SI ÉL ÁREA DEL TRIANGULO B ES MENOR QUE EL ÁREA DEL RECTÁNGULO C. FORMALMENTE, ES EFICIENTE SÍ: ½ . (PM – PCP) . (QCP – QM) < (CMeCP – CMeM) . QM PÉRDIDA DE BIENESTAR MENOR QUE GANANCIA PURA MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
CUANDO EL MONOPOLIO ES INEFICIENTE, SE JUSTIFICA LA INTERVENCION DEL SECTOR PÚBLICO QUE PUEDE ADOPTAR DIFERENTES DECISIONES, ASÍ: NO INTERVENCIÓN : DESDE POSICIONES LIBERALES SE DICE: EL SECTOR PÚBLICO DEBE DEJAR TRANQUILO AL EMPRESARIO. SI EL MONOPOLISTA OBTIENE GRANDES BENEFICIOS, ACABARÁ ATRAYENDO A NUEVOS COMPETIDORES Y FINALMENTE SE CONVERTIRÁ EN UN MERCADO COMPETITIVO. ESTAS TESIS SE APOYAN EN NUMEROSOS CASOS REALES. DESDE EL BOLÍGRAFO A LAS FOTOCOPIADORAS, SU MERCADO ESTÁ MUY PRÓXIMO AL DE COMPETENCIA PERFECTA. TEORÍA DE LOS MERCADOS DISPUTABLES: BASTA CON QUE EL MONOPOLISTA SE VEA AMENAZADO POR NUEVOS COMPETIDORES EN EL MERCADO. EJ: SI ES UN MONOPOLISTA EN VIRTUD DE UNA CONCESIÓN ADMINISTRATIVA COMO EL DE LA LÍNEA DE AUTOBUSES, SI SABE QUE EN CUANTO HAYA UNA PROPUESTA A UN PRECIO INFERIOR PERDERÁ LA CONCESIÓN, PROCURARA NO SUBIR LOS PRECIOS. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
B) LEGISLACIÓN ANTITRUST. TIENE ORIGEN EN DOS TIPOS DE LEYES NORTEAMERICANAS: LA SHERMAN ACT: PROHIBÍA LOS MONOPOLIOS Y LOS ABUSOS DE UNA POSICIÓN MONOPOLISTA. SE VIO MATIZADA POR LA RULE OF REASON, O REGLA DE LA RAZÓN, SEGÚN LA CUAL LA PROHIBICIÓN SÓLO DEBÍA APLICARSE A LOS MONOPOLIOS NO RAZONABLES, ES DECIR NO JUSTIFICADOS EN PARÁMETROS DE EFICIENCIA. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
LA CLAYTON ACT: BUSCA EVITAR LA FORMACIÓN DE MONOPOLIOS MEDIANTE ACUERDOS ENTRE EMPRESAS, TRATA DE IMPEDIR LA CREACIÓN DE CÁRTELS O ACUERDOS PARA FIJACIÓN CONJUNTA DE PRECIOS O EL REPARTO DE MERCADOS POR ÁREAS GEOGRÁFICAS SERVIDAS DE FORMA EXCLUSIVA POR UN ÚNICO EMPRESARIO. LA FEDERAL TRADE COMMISSION ACT, BUSCA EVITAR LA FORMACIÓN DE MONOPOLIOS A PARTIR DE LA FUSIÓN DE EMPRESAS. PARA ELLO SOMETE LA FUSIÓN DE EMPESAS A UNA EVALUACIÓN POR EL SECTOR PÚBLICO DE LAS CONSECUENCIAS DE ESA UNIÓN SOBRE EL GRADO DE COMPETENCIA EN EL MERCADO. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
C) EL ESTABLECIMIENTO DE IMPUESTOS: EL SECTOR PÚBLICO PUEDE EXIGIRLE AL MONOPOLISTA EL PAGO DE UN IMPUESTO QUE PERMITA AL ESTADO APROPIARSE DE SUS BENEFICIOS. EN TEORÍA, EL EXCEDENTE DEL CONSUMIDOR LE SERÍA DEVUELTO MEDIANTE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS. ESTO EXPLICA QUE ALGUNOS IMPUESTOS SE HAYAN DENOMINADO MONOPOLIOS FISCALES Y EL ORIGEN DE EMPRESAS PRIVADAS COMO LA COMPAÑÍA ARRENDATARIA DEL MONOPOLIO DE PETRÓLEOS S.A. CAMPSA, fue una empresa española creada en virtud de la Ley del Monopolio de Petróleos de 1927. Su función era administrar la concesión del monopolio estatal de petróleos. Originalmente una empresa mixta con participación minoritaria del Estado. En 1977 el Estado asumió el 50% del control accionario. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
D) FIJACIÓN DE UN LÍMITE A LOS BENEFICIOS: EL SECTOR PÚBLICO PUEDE DEJAR OPERAR AL MONOPOLISTA PER INDICARLE QUE SU CIFRA DE BENEFICIOS NO PUEDE EXCEDER DE UN LÍMITE. SE BUSCA QUE LE MONOPOLISTA NO ESTABLEZCA PRECIOS DEMASIADO ALTOS PARA NO SUPERAR EL LÍMITE DE BENEFICIOS. FÓRMULA HABITUAL PARA ESTABLECER EL LÍMITE: CONSIDERAR QUE LA CIFRA DE BENEFICIOS B DIVIDIDA POR EL CAPITAL INVERTIDO POR EL EMPRESARIO K TIENE QUE SER MENOR O IGUAL A UN LÍMITE, s. ES DECIR: MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
FÓRMULA PARA ESTABLECER EL LÍMITE DEL BENEFICIO DEL MONOPOLISTA p es el precio del producto Q la cantidad vendida W el salario pagado a los trabajadores N número de empleados K volumen de capital utilizado c coste del capital IT ingresos totales TC Total costs, costos totales MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
PROBLEMAS • EFECTO AVERCH-JHONSON, TIENE DOS MANIFIESTACIONES: • UNA TENDENCIA AL DESPILFARRO PARA AUMENTAR LOS COTES TOTALES. (BENEFICIOS PARA LOS EJECUTIVOS, COMO PERSONAL AUXILIAR A SU SERVICIO, COCHES NUEVOS, DESPACHOS ESPACIOSOS A TODO LUJO). • EMPLEO DE EQUIPO CAPITAL EN DETRIMENTO DEL FACTOR TRABAJO. LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES Y LA COMPRA DE MÁQUINAS AUMENTA EL COSTE (AUMENTA EL NUMERADOR), Y REDUCE LOS BENEFICIOS. PERO LAS MAQUINARIAS , AUMENTAN EL DENOMINADOR, POR TANTO SON MÁS EFICACES . MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
TERCERA PARTE LOS EFECTOS EXTERNOS Y SUS SOLUCIONES MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
IV. EFECTOS EXTERNOS Y SUS SOLUCIONES • CUANDO EXISTE UN EFECTO EXTERNO NEGATIVO, CAUSADO POR LA PRODUCCIÓN DE UN BIEN, EL LIBRE FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO DETERMINA UNA CANTIDAD PRODUCIDA MAYOR DE LA QUE RESULTARÍA ÓPTIMA DESDE EL PUNTO DE VISTA SOCIAL. • VER GRÁFICO 5.9. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
CANTIDAD DE EQUILIBRIO Y CANTIDAD ÓPTIMA EN PRESENCIA DE EFECTOS EXTERNO.3 • 3. Tomada De Bustos Gisbert, cit.,P. 107 MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
IV. EFECTOS EXTERNOS Y SUS SOLUCIONES • LA CURVA DE DEMANDA D, REPRESENTA LA VALORACIÓN DE LOS CONSUMIDORES DEL PRODUCTO. • LA OFERTA INDICA EL COSTE MARGINAL DE PRODUCIR DISTINTAS CANTIDADES DE PRODUCTO. • ESTE COSTE SÓLO TIENE EN CUENTA LOS GASTOS DEL EMPRESARIO, TÉCNICAMENTE, LA CURVA DE OFERTA SÓLO REFLEJA COSTES PRIVADOS. • POR TANTO, EL LIBRE JUEGO INDIVIDUAL SÓLO SE PREOCUPARÁ DE LOS COSTES PRIVADOS Y EL MERCADO FIJARÁ LA CANTIDAD QE Y EL PRECIO PE, DONDE LA CURVA DE DEMANDA SE CRUZA CON LA OFERTA. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
IV. EFECTOS EXTERNOS Y SUS SOLUCIONES • DESDE LA PERSPECTIVA SOCIAL, LAS COSAS SON DISTINTAS: • SI LA PRODUCCIÓN DEL BIEN GENERA DAÑOS AL MEDIO AMBIENTE, PARA LA SOCIEDAD, A LOS COSTES MARGINALES, HAY QUE SUMARLES LOS DAÑOS AL MEDIO AMBIENTE. • POR TANTO, HAY OTRA CURVA DE OFERTA QUE REFLEJA COSTES SUPERIORES. • LA CANTIDAD ÓPTIMA QO Y SU PRECIO PO, SE DETERMINAN POR EL CRUCE ENTRE LA CURVA DE DEMANDA Y ESTA OTRA CURVA DE OFERTA, TAL COMO SE INDICA EN EL PUNTO A. • COMPARANDO LA SOLUCIÓN ÓPTIMA CON LA DE EQUILIBRIO EN EL MERCADO, SE COMPRUEBA QUE EN PRESENCIA DE EFECTOS EXTERNOS NEGATIVOS, EL LIBRE JUEGO DEL MERCADO GENERA UNA PRODUCCIÓN MAYOR DE LA DESEABLE DESDE EL PUNTO DE VISTA SOCIAL. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
IV. EFECTOS EXTERNOS Y SUS SOLUCIONES • A. EXIGENCIA DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL: • PRIMERA SOLUCIÓN, ART. 1902 CÓDIGO CIVIL. EL EMPRESARIO QUE CAUSE DAÑO A UN TERCERO DEBERÁ COMPENSARLE ECONÓMICAMENTE. BAJO ESTE SUPUESTO, EL EMPRESARIO DEBE PAGAR POR LOS DAÑOS Y ESTE PAGO LO CONSIDERARÁ UN COSTE MÁS. • TÉCNICAMENTE: EL EFECTO EXTERNO SE INTERNALIZA. • FORMULACIÓN ECONÓMICA, TEOREMA DE COASE: • Con derechos de propiedad bien definidos y en ausencia de costes de transacción, el problema de los efectos externos puede resolverse por acuerdo entre las partes. Esta solución es eficiente e independiente de quien sea el titular de los derechos de propiedad. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
TEOREMA DE COASE. EXPLICACIÓN • EJEMPLO: UN EMPRESARIO DE LA INDUSTRIA QUÍMICA, CUYA FÁBRICA REALIZA VERTIDOS AL RÍO. • LOS VERTIDOS SON MAYORES AL AUMENTAR LA PRODUCCIÓN Y CAUSAN DAÑOS A UNA PISCIFACTORÍA. • LOS RESULTADOS PARA UNO Y OTRO EMPRESARIO SON LOS DE LA TABLA 5.1. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
TABLA 5.12 • CON LOS DATOS DE ESTA TABLA SE PUEDE OBTENER EL BENEFICIO MARGINAL Y EL DAÑO MARGINAL DE LAS DIFERENTES PRODUCCIONES. VER TABLA 5.2. 2. Tomada de Bustos Gisbert, cit., p. 109 MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
TABLA 5.22 2. Tomada de Bustos Gisbert, cit., p. 109 MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
TEOREMA DE COASE. EXPLICACIÓN • SI EL DERECHO DE PROPIEDAD CORRESPONDE AL DUEÑO DE LA PISCIFACTORÍA: • ÉSTE PROHIBIRÍA TOTALMENTE LA ACTIVIDAD CONTAMINANTE. PERO LA COMPAÑÍA EN CUESTIÓN PODRÍA CONVENCERLE PARA QUE LE DEJASE FRABRICAR MEDIANTE EL PAGO DE UNA COMPENSACIÓN. • SI EL FABRICANTE DESEA PRODUCIR LAS PRIMERAS 10000 Tm OBTENDRÍA UN BENEFICIO DE 600.000 u.m. QUE COMPENSARÍA LARGAMENTE EL PERJUICIO DE 100000 DEL DUEÑO DE LA PISCIFACTORÍA. • UNA VEZ PRODUCIDAS LAS PRIMERAS 10000 TONELADAS PODRÍA CONVENCERLE PARA FABRICAR 10000 MÁS, PUES EL BENEFICIO MARGINAL DE 500000 u.m., SEGUIRÍA COMPENSANDO EL DAÑO DE 200000 u.m. • EL FABRICANTE PODRÍA ALCANZAR UNA PRODUCCIÓN TOTALDE 40000 TONELADAS PUES LLEGADO ESTE PUNTO EL BENEFICIO DE LAS ÚLTIMAS 10000 UNIDADES, 400000 COMPENSA EXACTAMENTE EL DAÑO CAUSADO. • PERO, MÁS ALLÁ, SI EL FABRICANTE QUISIERA PRODUCIR LAS QUINTAS 10000 Tm, PARA ALCANZAR UNA PRODUCCIÓN TOTAL DE 50000 SÓLO OBTENDRÍA UN BENEFICIO DE 400000 u.m. POR ESAS ÚLTIMAS UNIDADES FABRICADAS, QUE NO COMPENSARÍAN EL DAÑO DE 500000 u.m. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
TEOREMA DE COASE. EXPLICACIÓN • SI EL DERECHO DE PROPIEDAD CORRESPONDE AL DUEÑO DE LA FÁBRICA CONTAMINANTE, LA PLANTA QUÍMICA: • ÉSTE ELEGIRÁ EL MÁXIMO NIVEL DE PRODUCCIÓN, 60000 Tm, DONDE SUS BENEFICIOS TOTALES SON MÁXIMOS. • EL PROPIETARIO DE LA PISCIFACTORÍA INTENTARÁ REDUCIR EL PERJUICO SUFRIDO. • PUEDE OFRECERLE UNA COMPENSACIÓN AL PRODUCTOR PARA QUE REDUZCA SU NIVEL DE PRODUCCIÓN, EN 10000 Tm, PUES LAS ÚLTIMAS TONELADAS LE CAUSAN UN PERJUICIO DE 600000 u.m., MIENTRAS QUE PARA EL EMPRESARIO SÓLO REPORTAN UN BENENFICIO DE 100000 u.m. • EL DUEÑO DE LA PISCIFACTORÍA PODRÍA CONVENCER AL FABRICANTE QUÍMICO QUE REDUJESE SU PRODUCCIÓN EN 10000 UNIDADES MÁS PORQUE EL PERJUICIO SUFRIDO EXCEDE EL BENEFICIO OBTENIDO . • Y SE ALCANZARÍA EL MISMO NIVEL DE PRODUCCIÓN DE 40000 TONELADAS. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
TEOREMA DE COASE. PROBLEMAS • ¿QUIÉN TIENE EL USO PRIORITARIO SOBRE EL MEDIO AMBIENTE? ¿TIENE DERECHO EL EMPRESARIO A USAR UN RÍO PARA EFECTUAR VERTIDOS?, ¿ES PREFERENTE EL DERECHO DE OTROS CIUDADANOS A DISFRUTAR DE AGUAS NO CONTAMINADAS?, ¿HASTA QUE NIVEL DE PUREZA LLEGA EL DERECHO DE LOS CIUDADANOS A DISFRUTAR DE LAS AGUAS? • EL RESULTADO NO ES LO MISMO PARA LOS DOS AGENTES IMPLICADOS. SI EL DERECHO ES DEL PERJUDICADO, ÉSTE ADQUIERE UN DERECHO A LA COMPENSACIÓN, APLICANDO LA REGLA DE QUE EL QUE CONTAMINA PAGA. SI EL DERECHO ES DEL FABRICANTE QUÍMICO, EL CAUSANTE ES RECEPTOR DEL PAGO, POR LO QUE SE APLICA LA REGLA, QUIEN RENUNCIA A CONTAMINAR, COBRA. • EL ENFOQUE CIVILISTA FUNCIONA CUANDO SON LIMITADOS LOS INVOLUCRADOS. SI HAY UN SOLO PERJUDICADO Y UN SOLO CAUSANTE DEL DAÑO, LA SOLUCIÓN PUEDE SER RELATIVAMENTE SENCILLA. • PERO SI SON MUCHOS LOS PERJUDICADOS LA SOLUCIÓN CIVIL SERÁ MÁS DIFÍCIL, MÁS DIFÍCIL LLEGAR A UN ACUERDO Y MÁS DIFÍCIL PROFERIR UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
B) LA REGULACIÓN ADMINISTRATIVA • EL SECTOR PÚBLICO PUEDE REGULAR, MEDIANTE NORMAS DE DERECHO ADMINISTRATIVO, LAS ACTIVIDADES NOCIVAS, INSALUBRES O PELIGROSAS. • EN ESTE CASO SE ESTABLECE UN NÚMERO MÁXIMO DE EMISIONES DE AGENTES CONTAMINANTES. SI LA EMPRESA LO SUPERA PUEDE SUFRIR SANCIONES ADMINISTRATIVAS. • ANÁLISIS DE EFICACIA ECONÓMICA DE ESTE SISTEMA: MEDIANTE EL ESTABLECIMIENTO DE UNA RELACIÓN ENTRE CANTIDAD PRODUCIDA Y NIVEL DE CONTAMINACIÓN GENERADA. VER FIG. 5. 10. • SE REFLEJA EL CASO NORMAL EN EL QUE A MAYOR PRODUCCIÓN CORRESPONDE UN GRADO MAYOR DE CONTAMINACIÓN Y EL SECTOR PÚBLICO ESTABLECE UN NIVEL MÁXIMO ADMISIBLE DE C.. • EN EL GRÁFICO 5.10 SE SUPONE QUE LA CONTAMINACIÓN GENERADA, C, DEPENDE DE LA CANTIDAD PRODUCIDA, Q, A TRAVÉS DE UNA RELACIÓN INDICADA POR LA FUNCIÓN: • C= F(Q). • Y QUE ESTA FUNCIÓN ES CONOCIDA POR EL SECTOR PÚBLICO QUE REGULA EL LÍMITE MÁXIMO DE EMISIÓN. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
LÍMITE MÁXIMO DE EMISIÓN DE AGENTES CONTAMINANTES 3. Tomado de Bustos Gisbert, cit, p. 111 MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
B) LA REGULACIÓN ADMINISTRATIVA • SI EL EMPRESARIO ELEIGE FABRICAR LA CANTIDAD QE, GENERARÍA UN NIVEL DE CONTAMINACIÓN CE, QUE SUPERA EL MÁXIMO, C.. • ENTONCES, EL EMPRESARIO TIENE DOS ALTERNATIVAS: • 1. REDUCIR SU PRODUCCIÓN HASTA QO, PARA QUE EL NIVEL DE CONTAMINACIÓN COINCIDA CON EL MÁXIMO LEGAL. • 2. ELEGIR UN NUEVO SISTEMA DE PRODUCCIÓN, MENOS CONTAMINANTE, PARA QUE LA RELACIÓN ENTRE CANTIDAD DE PRODUCCIÓN Y NIVEL DE EMISIONES SE ESTABLEZCA POR LA RELACIÓN C= g (Q), ES DECIR MENOS CONTAMINACIÓN PARA LA MISMA CANTIDAD PRODUCIDA. ASÍ, LA CANTIDAD DE EQUILIBRIO QE, SERÍA COMPATIBLE CON EL LÍMITE LEGAL. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
B) LA REGULACIÓN ADMINISTRATIVA • AMBAS RESPUESTAS TIENEN UN DIFERENTE REFLEJO EN LOS RESULTADOS OBTENIDOS POR EL MERCADO. • RECORDEMOS QUE EN LA FIG. 5.9 SE CONCLUÍA QUE SE TRATABA DE REDUCIR LA CANTIDAD PRODUCIDA DESDE QE HASTA QO. • SI EL EMPRESARIO OPTA POR ACEPTAR EL LÍMITE LEGAL Y QUE SU PRODUCIÓN NO PUEDE EXCEDER DE LA CANTIDAD QO, LA CURVA SE HACE VERTICAL EN ESE NIVEL MÁXIMO DE PRODUCIÓN. • VEÁSE GRÁFICO 5.11. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
EFECTO DE LA REGULACIÓN ADMINSITRATIVA, SI SE ACEPTA EL LÍMITE LEGAL. 3. Tomado de Bustos Gisbert, cit, p. 112 MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
DIFICULTADES DE LA REGULACIÓN ADMINISTRATIVA • SI EL EMPRESARIO OPTA POR ACEPTAR EL LÍMITE LEGAL LA REGULACIÓN ADMINISTRATIVA ES EFICIENTE PORQUE CONSIGUE EL OBJETIVO, YA QUE SE REDUCE LA CANTIDAD VENDIDA EN EL MERCADO DESTE QE HASTA QO, • PERO, LA REGULACIÓN ADMINISTRATIVA TROPIEZA CON DIFICULTADES: • 1. NECESIDAD DE UN CONOCIMIENTO PROFUNDO DE LAS DISTINTAS RELACIONES ENTRE CANTIDAD PRODUCIDA Y GRADO DE CONTAMINACIÓN. • Y, CORRELATIVAMENTE, LA EXIGENCIA DE UNA NORMATIVA MUY DETALLADA Y PROLIJA, DE DIFÍCIL APLICACIÓN. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
DIFICULTADES DE LA REGULACIÓN ADMINISTRATIVA • ADEMÁS, LA NORMATIVA DEBERÁ ADAPTARSE CADA VEZ QUE SE MODIFIQUEN LAS TÉCNICAS, PORQUE DE LO CONTRARIO UNA MEJORA TÉCNICA MANTENDRÁ CONSTANTE EL NIVEL DE VERRTIDOS CON UNA PRODUCCIÓN MAYOR. • LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS PUEDE EXIGIR UN COSTE CONSIDERABLE EN TÉRMINOS DE PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. • SI EL EMPRESARIO ESTIMA QUE ES POCO PROBABLE QUE RECAIGA UNA SANCIÓN O SI EL IMPORTE ES MUY INFERIOR AL COSTE DE EMPLEAR UNA TECNOLOGÍA MÁS LIMPIA, EL SISTEMA RESULTARÁ MUY POCO EFICAZ. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
C) IMPUESTOS Y SUBVENCIONES UNA ÚLTIMA SOLUCIÓN : • IMPUESTOS SOBRE AQUELLAS EMPRESAS QUE CONTAMINAN (ECOTASAS). • SUBVENCIONES A QUIENES INCORPOREN TECNOLOGÍAS LIMPIAS EN SU PROCESO DE PRODUCCIÓN. VEAMOS: • SI EL EMPRESARIO CAUSA UN DAÑO A LA SOCIEDAD POR LA CONTAMINACIÓN DEBE PAGAR UN IMPUESTO QUE COMPENSE. • EL FUNDAMENTO ES, POR TANTO, LA ATRIBUCIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD, EN ESTE CASO SON LOS CIUDADANOS LOS QUE TIENEN DERECHO A GOZAR DE UN MEDIO AMBIENTE LIMPIO Y QUIEN LO VULNERE DEBE PAGAR. (QUIEN CONTAMINA PAGA). ANÁLISIS DE LA EFICACIA: • SI EL EMPRESARIO DEBE PAGAR UN IMPUESTO COMPENSATORIO, ESTOS SON CONSIDERADOS COMO UN COSTE MÁS DE LA PRODUCCIÓN. EL IMPUESTO FUNCIONA EXACTAMENTE IGUAL QUE LA COMPENSACIÓN POR RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL. ES OTRA FORMA EN QUE LOS EFECTOS EXTERNOS SON INTERNALIZADOS POR EL EMPRESARIO. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
C) IMPUESTOS Y SUBVENCIONES • ESTE SISTEMA ES ADECUADO CUANDO LA SOLUCIÓN CIVILISTA ES POCO EFICAZ, ESTO ES, CUANDO EL NÚMERO DE AFECTADOS ES MUY GRANDE Y NO ES POSIBLE UN ACUERDO ENTRE PARTES. • LAS ECOTASAS NO SON IGUALMENTE EQUITATIVAS COMPARADAS CON LA SOLUCIÓN DEL DERECHO PRIVADO.EN EL CASO DEL ART. 1902 DEL CC, EL PERJUDICADO RECIBE DIRECTAMENTE LA COMPENSACIÓN PERO EN EL CASO DE LOS IMPUESTOS ES EL SECTOR PÚBLICO Y NO ES SEGUROR QUE ESOS FONDOS SE DESTINEN A COMPENSAR A LOS PERJUDICADOS. • CABE PREGUNTARSE SI EL SECTOR PÚBLICO NO UTILIZARÁ LOS INGRESOS DE IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES PARA FINANCIAR OTRAS ACTIVIDADES, COMO CONSTRUCCIÓN DE AUTOVÍAS, QUE CAUSEN AUN MAYORES DAÑOS AL MEDIO AMBIENTE. EN ESTE CASO SERÍA MUY DISCUTIBLE LA EFICACIA DEL SISTEMA. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
C) IMPUESTOS Y SUBVENCIONES • 2. SUBVENCIONES: ES LA APLICACIÓN DE LA REGLA INVERSA A LA DE LOS IMPUESTOS. EL SECTOR PÚBLICO OFRECE UNA SUBVENCIÓN AL CAUSANTE DEL DAÑO PARA CUBRIR LOS COSTES DE SUSTITUCIÓN DE LA TÉCNICA EMPLEADA POR OTRA NO CONTAMINANTE. POR EJ: LA DIFERENTE FISCALIDAD DE LAS GASOLINAS NORMAL Y SIN PLOMO. • DEBEN TENERSE EN CUENTA LAS SIG. DIFICULTADES: • A. EL SISTEMA OTORGA AL EMPRESARIO EL DERECHO A CONTAMINAR. SI LA SOCIEDAD QUIERE EVITAR EL DAÑO DEBE PAGAR POR ELLO. ES UN ELEMENTO DE JUCIO MUY IMPORTANTE A LA HORA DE EVALUAR LA EQUIDAD DEL SISTEMA. • B. AL SUBVENCIONAR LA ACTIVIDAD CONTAMINADORA, SE REDUCEN COSTES DE PRODUCCIÓN LO QUE PODRÍA HACER AUMENTAR LA CANTIDAD PRODUCIDA. PUEDE OCURRIR QUE AÚN CON UNA TÉCNICA MENOS CONTAMINANTE, AL INCREMENTARSE LA PRODUCCIÓN, EL VOLUMEN DE VERTIDOS SEA MUCHO MAYOR QUE EL INICIAL. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
D)PERMISOS DE EMISIÓN • UNA ALTERNATIVA INNOVADORA: CREACIÓN DE UN MERCADO DE PERMISOS DE EMISIÓN O DE LICENCIAS TRANSFERIBLES. • FUNDAMENTO: MISMO DE LOS IMPUESTOS. • EL EMPRESARIO NO TIENE DERECHO A CONTAMINAR POR LO QUE DEBE COMPRAR UN PERMISO. EL PROCEDIMIENTO TENDRÍA LOS MISMOS EFECTOS SOBRE EL PRECIO Y LA CANTIDAD DE EQUILIBRIO QUE UNA ECOTASA. • PERO ESTE SISTEMA PERMITE UNA FLEXIBILIDAD MAYOR • ADEMÁS FACILITA EL USO SIMULTÁNEO DE MECANISMOS YA ANALIZADOS. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO
D)PERMISOS DE EMISIÓN • EJEMPLO: • SI SE SUPONE QUE EL OBJETIVO DEL SECTOR PÚBLICO ES LIMITAR EL VOLUMEN DE DEPÓSITOS CONTAMINANTES A UNA CANTIDAD CONSIDERADA COMO NIVEL MÁXIMO COMPATIBLE CON LA SOSTENIBILIDAD DEL MEDIO AMBIENTE. • ESTE MÁXIMO NO DEPENDE SÓLO DE LA ACTIVIDAD DE UNA EMPRESA CONCREETA SINO QUE ES FUNCIÓN DE LA CANTIDAD PRODUCIDA POR EMPRESARIOS MUY DIVERSOS Y DE LA EXISTENCIA DE OTRAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS QUE AMINOREN EL EFECTO SOBRE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL. • SI SE CONSIDERA QUE EXISTEN DOS GRUPOS DE EMPRESAS, UNO QUE UTILIZA UNA TECNOLOGÍA POCO CONTAMINANTE, QUE GENERA ESCASOS EFECTOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE, Y OTRO QUE, AL EMPLEAR UN SISTEMA DE CONTAMINACIÓN MENOS LIMPIO, PRODUCE DAÑOS EN TÉRMINOS DE CONTAMINACIÓN. • SI SE ASIGNAN DERECHOS DE CONTAMINACIÓN A LAS DIFERENTES EMPRESAS SUCEDERÁ QUE AL PRIMER GRUPO LE SOBRAN LICENCIAS MIENTRAS QUE AL SEGUNDO LE FALTAN. MELBA LUZ CALLE-UNED-TUDELA-LECCIÓN 5-HACIENDA-DERECHO