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SANEAMIENTO CATASTRAL Y REGISTRAL Normas B
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1. SANEAMIENTO CATASTRALY REGISTRALEXPOSITORJORGE LUIS CHANAMÉ ZAPATAREGISTRADOR PÚBLICO Z.R. N° IX - SEDE LIMALima, 19 de Octubre de 2010
2. SANEAMIENTO CATASTRAL Y REGISTRAL Normas BásicasLey N° 28294 (20/07/2004)D.S. N° 005-2006-JUS /Reglamento (10/02/2006)Directiva N° 001-2007-SUNARP/SN (17/04/2007)Información www.sunarp.gob.pe (botón SNCP)
3. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE INFORMACIÓN CATASTRAL PREDIAL Entidades Generadoras de Catastro del País.Base de Datos Catastrales (BDC)Órganos:Consejo Nacional de Catastro (CNC)Secretaría Técnica (ST)
4. SANEAMIENTO CATASTRAL Es el conjunto de procedimientostécnicos y legales que se ejecutan de manera progresiva, a fin derectificar las inexactitudes y actualizar la informaciónregistral de un predio,adecuándola a larealidad físicadel mismo. Art. 3° del Reglamento
5. ¿ CUANDO NO SE REQUIERE DE SANEAMIENTO? Tratándose de predios inscritos cuya información catastral y registral no presenten discrepancias, se procederá con la inscripción del CUC. Art. 24° primer párrafo, del Reglamento.
6. ¿ CUANDO SE REQUIERE DE SANEAMIENTO? De existir discrepancias entre lainformación catastral y registralse anotará en la partida registraldel predio dicha circunstancia,mediante la aplicación delprocedimiento de saneamientocatastral y registralArts. 24° segundo párrafo, 43° inciso e) y TítuloVI del Reglamento.
7. SANEAMIENTO CATASTRAL Y REGISTRALRecae sólo sobre predios inscritos en el Registrode PrediosUbicados en zonas catastradas y en zonasno catastradas (intervenciónde un verificador catastral)La SUNARP es la entidad responsable y podrácontar con el apoyo técnico de lasentidades generadoras decatastro (convenios)
8. ACCIONES DE SANEAMIENTO DEBERÁN TENER ENCUENTA :LA CARTOGRAFÍA BASE OFICIALLA INFORMACIÓN LITERAL Y/O GRÁFICA QUE OBRAEN LOS ANTECEDENTES REGISTRALESArt. 60° del Reglamento
9. SANEAMIENTO CATASTRAL Y REGISTRALEl procedimiento tiene lugar luego de la solicitud deinscripción del código único catastraldel predio (CUC)Documentos :Plano Catastral referenciado al Sistema de Referencia GeodésicaOficial referido al predio al que la Entidad Generadora deCatastro le ha asignado el CUCHoja Informativa Catastral o de la Información contenida en la Base de Datos catastral respectiva
10. Informe Técnico de CatastroEl Area de Catastro de la Zona Registral respectiva verificará la correspondenciao discrepancias entre las informacionesregistral y catastral de los prediosinscritos en el Registro de Predios Art. 63° del Reglamento Directiva N° 001-2007-SUNARP/SN
11. SANEAMIENTO CATASTRAL Y REGISTRALANOTACIÓN PREVENTIVAINSCRIPCIÓN DEFINITIVAArt. 62° del Reglamento
12. PREDIOS SIN BASE CATASTRAL DIGITALAcciones de Saneamiento :Superposición que no afecta derechos de propietarios colindantes, dará lugar a la rectificación de inexactitudes.En caso se afecten derechos de terceros :Se notificará discrepancias a propietarios de predios, en el diario El Peruano y en otro de mayor circulación, citándose a reunión informativa.Se informará de superposición advertida en audiencia conciliatoria.Si hay acuerdo conciliatorio, se extenderá un acta suscrita por los intervinientes.
13. PRONUNCIAMIENTOS DEL TRIBUNAL REGISTRAL DE LA SUNARPRESOLUCIÓN N° 1309-2010-SUNARP-TR-Ldel 10/09/2010. RESOLUCIÓN N° 1238-2010-SUNARP-TR-Ldel 31/08/2010.
14. PRONUNCIAMIENTOS DEL TRIBUNAL REGISTRAL DE LA SUNARPRESOLUCIÓN N° 878-2010-SUNARP-TR-Ldel 18/06/2010. RESOLUCIÓN N° 701-2009-SUNARP-TR-Ldel 21/05/2009.
15. Muchas Gracias