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XII SEMINARIO INTERNACIONAL SOBRE TRIBUTACIÓN LOCAL La aplicación de la nueva Ley Penal Tributaria con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el Convenio Multilateral. Expositor: Cdor Raul E. Karaben. Marco Legal.
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XII SEMINARIO INTERNACIONAL SOBRE TRIBUTACIÓN LOCALLa aplicación de la nueva Ley Penal Tributaria con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el Convenio Multilateral. Expositor: CdorRaul E. Karaben
Marco Legal Ley 26.735, modifica la Ley 24.769 (Penal Tributaria) incluyendo en la misma a las obligaciones por el pago de Tributos al Fisco Provincial y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esto significa que incluye a TODOS los impuestos y tasas que recaudan las Provincias. Nuestro análisis se va a centrar en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Evasión Simple • En caso de evadirse por mas de $ 400.000, por Impuesto, en un ejercicio fiscal => pena de prisión de 2 a 6 años • Ejercicio Fiscal: año calendario => sumatoria de los anticipos del Imp. s/Ingresos Brutos de todo el año • Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario, Automotor, etc.
Evasión • Evasión = Omisión? => NO. • Si se presenta la ddjj no existe evasión. • La LPT exige el ardid o engaño al fisco • Si se encuentran registradas las ventas pero no pago el impuesto, no se configura el engaño o ardid
EvasiónAgravada • En caso de evadirse por mas de $ 4.000.000, por Impuesto, en un ejercicio fiscal => pena de prisión de 3 años y 6 meses a 9 años • Idem cuando se hubiese utilizado testaferros para evadir • O cuando se utilizare fraudulentamente exenciones, desgravaciones, diferimientos.
Procedimiento • Art. 18: el Organismo recaudador (DGR) deberá formular la denuncia una vez efectuada la determinación de oficio (aunque no se encuentre firme) • Denuncia efectuada por terceros: el Juez reenvía la DGRpara que realice la determinación e informe al Juez.
Contribuyentes de Convenio • Cómo se determina el impuesto omitido? • Ejemplo 1: • Contribuyente local evade $ 500.000 • Contribuyente de Convenio: • Evade 300.000 en Misiones • Evade 200.000 en Corrientes • Todo por el mismo período y bases imponibles. • Interrogante: está alcanzado por la LPT?
Convenio Multilateral • Distribuye BASES IMPONIBLES, no Impuesto ni Hechos Imponibles, establece criterios para que los contribuyentes asignen Ingresos a las Jurisd. • Cada Jurisdicción conserva los poderes de Sujeción, largamente defendidos en muchas causas referidas fundamentalmente a exenciones. • Determinada la base imponible atribuible a una jurisdicción, sobre ella se pueden aplicar impuestos, pero nunca una jurisdicción puede aplicar impuestos sobre una base imponible de otra jurisdicción
Convenio Multilateral • Posición 1: al evadir por mas de $ 400.000 le comprende la LPT • Posición 2: debe analizarse por separado en cada jurisdicción, y solo aquéllas en las que se superan los $ 400.000 estarían en condiciones de efectuar la denuncia penal.
Convenio Multilateral Art 1: Será reprimido con prisión de dos (2) a seis (6) años el obligado que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, sea por acción o por omisión, evadiere total o parcialmente el pago de tributos al fisco nacional, al fisco provincial o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que el monto evadido excediere la suma de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000) por cada tributo y por cada ejercicio anual, aún cuando se tratare de un tributo instantáneo o de período fiscal inferior a un (1) año.
Definiciones • Tributo: impuestos, tasas y contribuciones provinciales • Definición de Impuesto en el caso de Convenio, es el total de todas las jurisdicciones o por cada jurisdicción es un impuesto diferente? • Cada jurisdicción conserva los poderes de sujeción no delegados.
Definiciones • Hecho Imponible: • Son los hechos o actos circunstanciales contemplados por el legislador como generadores de la obligación tributaria • Aspectos: • Material u objetivo • Personal o subjetivo • Temporal • Espacial
Definiciones Aspectos del Hecho Imponible en el impuesto sobre los Ingresos Brutos: • Material u objetivo: Ingresos Brutos devengados • Personal o subjetivo: sujeto de ley • Temporal: ejercicio fiscal anual • Espacial: Jurisdicción (por ejemplo, Misiones)
Cuestionamientos Un contribuyente que evade impuesto por mas de $ 400.000 en 2 o mas jurisdicciones: • Qué juez, de qué jurisdicción lleva adelante la demanda penal? • Quien el “Juez Natural” • No se puede llevar adelante 2 juicios en paralelo porque se violaría el principio de non bis in idem, o si?, porque en cada jurisdicción es un delito diferente. • Es realmente un delito diferente?
Cuestionamientos • Qué DGR efectúa la denuncia? El de mayor monto, o el primero que aparece? • Podría llegar a plantearse varios delitos en concurso real? • Podría un juez acumular delitos? • En ese caso, qué juez debería actuar?
Cuestionamientos • Conforme lo establece el art. 18 de la LPT, la Comisión Arbitral no está habilitada a denunciar penalmente, salvo que lo haga como un tercero • Si el ajusteesproducto de incorrectasasignaciones entre jurisdicciones, la jurisdicción a la que no se le ingresó el gravámen, puedeaplicar la LPT?
Regularización Espontánea • Art. 16 prevé la regularización espontánea liberándose de las penas establecias en la Ley. • La regularización en 1 jurisdicción, libera del tipo penal en todas las jurisdicciones? • Si 1 jurisdicción inicia inspección, que corta la posibilidad de liberación de las penas, impide la regularización espontánea en todas las jurisdicciones?
Regímenes de Retención y/o Percepción • Retenciones y/o percepciones no depositadas, que superen en el mes $ 40.000, penas de prisión entre 2 a 6 años • No requiere el ardid o engaño, sino solamente la falta de ingreso de las mismas. • Que sucede con el SIRCREB establecido por la Comisión Arbitral? • Que sucede con los regímenes de retención que violan las disposiciones del la CA?