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NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO – NUEVO RUS. Constitución y Formalización de Empresas. ¿Quiénes se pueden acoger al Nuevo RUS?.
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NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO – NUEVO RUS Constitución y Formalización de Empresas
¿Quiénes se pueden acoger al Nuevo RUS? Sólo aquellos que inician sus actividades económicas comoPERSONA NATURAL ; para realizar actividades como : (a) Comercio y/o Industria, (b) Actividades de Servicios, (c) Actividades de Oficios, y otras actividades generadoras de Renta de 3era Categoría. Requisitos para acogerse al Nuevo RUS (1) Tener Ingresos Brutos hasta S/. 360,000 en algunos de los cuatrimestres establecidos : Enero a Abril, Mayo a Agosto y Setiembre a Diciembre. (2) NO tener más de 5 personas involucradas con la actividad, incluido el dueño, por turno de trabajo. (3) NO desarrollar las actividades en más de un local de 100 m2. (4) El precio unitario de los productos de venta no debe superar los S/500 Continúa …
Requisitos para acogerse al Nuevo RUS (5) El valor de los activos fijos afectos a la actividad (con excepción de los predios) no debe superar las 10 UIT. (6) EL consumo de servicio telefónico no debe exceder de S/. 4,000 en un cuatrimestre. (7) Que el total de activos fijos afectados a la actividad, con excepción de los predios y vehículos , cuyo valor supere los S/. 70,000 (8) En casos de oficios, que preste servicios en forma personal. Consideraciones La incorporación al RUS es anual. Cada año como contribuyente debe incorporase al Nuevo RUS con el pago de cuota correspondiente al periodo de Enero (dentro de la fecha de vencimiento). En caso contrario la SUNAT lo incluirá en el Régimen General, a partir del 01 de Enero del ejercicio gravable que corresponda.
¿Quiénes no se pueden acoger al Nuevo RUS? (1) Aquellos que presten servicios de transporte de mercancías con capacidad de carga mayor o igual a 2 toneladas métricas. (2) Aquellos que presten servicios de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros. (3) Notarios, martilleros, comisionistas, rematadores, agentes de bolsa, agentes de aduanas e intermediarios de seguros. (4) Organizadores de cualquier tipo de espectáculo público. (5) Comercializadores de combustibles líquidos (por ejemplo Grifos) (6) Aquellos que presten servicios de transporte terrestre público urbano de pasajeros. (7) Titulares de agencia de viaje, propaganda y/o publicidad. (8) Importadores ó Exportadores de mercancías excepto los contribuyentes cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera. (9) Aquellos que realicen venta de inmuebles. (10) Aquellos que entreguen bienes en consignación.
¿Cómo se determina el monto del pago? El monto que se debe abonar como contribuyente se determina en base a parámetros a considerar para adecuarse en una de las 5 categorías que se detallan en las la tabla que entrega la SUNAT:
¿Cómo pago la cuota mensual del Nuevo RUS? El pago se efectúa (sin formularios) en las agencias de los bancos de la NACIÓN, SCOTIABANK, INTERBANK, CREDITO o CONTINENTAL, de todo el país, a través del Sistema PAGO FÁCIL. Indicar los siguientes datos: + Número de RUC + Período tributario + Indicar si es la primera vez que declara el período que está pagando + Total ingresos brutos del mes + Categoría + Monto a compensar por Percepciones de IGV efectuadas + Importe a pagar
¿Qué ventajas me ofrece el Nuevo RUS? + El contribuyente puede ubicarse en una categoría de acuerdo a su situación económica. + No hay obligación de llevar libros contables. + No hay obligación de declarar o pagar el Impuesto a la Renta, ni el Impuesto General a la Ventas e Impuesto de Promoción Municipal; sólo debe cumplir con pagar la cuota mensual del NUEVO RUS. + Permite realizar el pago sin formularios, a través del sistema PAGO FÁCIL en todas las agencias bancarias a nivel nacional.
¿Cuándo se deberá cambiar de categoría? Si durante el transcurso del ejercicio ocurriera alguna variación en los ingresos o adquisiciones mensuales, que pudiera ubicar al contribuyente en una categoría distinta del Nuevo RUS de acuerdo a la Tabla establecida para el régimen, éste se encontrará obligado a pagar la cuota correspondiente a su nueva categoría a partir del mes en que se produjo la variación.
Categoría Especial del Nuevo RUS La Categoría Especial del NUEVO RUS está dirigida a aquellos contribuyentes cuyos ingresos brutos y sus adquisiciones anuales no exceda, cada uno, de S/. 60,000.00 , y siempre que se trate de: Sujetos que se dediquen únicamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás bienes especificados en el Apéndice I de la Ley del IGV e ISC, realizada en mercados de abastos.LA CUOTA MENSUAL APLICABLE A LOS CONTRIBUYENTES UBICADOS EN LA "CATEGORÍA ESPECIAL" ASCIENDE A S/. 0.00 NUEVOS SOLES. Es importante precisar que los contribuyentes ubicados en la "Categoría Especial del NUEVO RUS" deberán presentar anualmente una declaración jurada informativa a fin de señalar sus 5 (cinco) principales proveedores, en la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT. Los contribuyentes de la Categoría Especial no efectúan ningún pago a la SUNAT por concepto de impuestos, ni están obligados a presentar declaraciones mensuales.
Requisitos para incorporarse a la Categoría Especial del NUEVO RUS Para incorporarse a la Categoría Especial del NUEVO RUS se deberá presentar el Formulario 2010 (Comunicación de ubicación en la Categoría Especial del Nuevo Régimen Único Simplificado). El documento de referencia será recepcionado a través de la Red de Bancos que reciben declaraciones de la SUNAT. Para ubicarse en esta categoría los contribuyentes deberán: + Si se trata de contribuyentes que inician actividades en el ejercicio : Presentar el Formulario 2010 correspondiente al período tributario de inicio de actividades. + Si se trata de contribuyentes que provienen de otras categorías del NUEVO RUS: Presentar el Formulario 2010 correspondiente al período tributario en que se produce el cambio. + Si se trata de contribuyentes que provienen del Régimen General o Especial del Impuesto a la Renta: Presentar el Formulario 2010 correspondiente al período tributario en que se produce el cambio, hasta la fecha de vencimiento respectivo. Continúa …
¿Qué es el Régimen de Percepciones del IGV ? El Régimen de Percepciones del IGV aplicable a la Venta Interna de Bienes es un mecanismo por el cual la SUNAT designa algunos contribuyentes como Agentes de Percepción, para que realicen el cobro por adelantado de una parte del Impuesto General a las Ventas que sus clientes van a generar luego, por sus operaciones de venta gravadas con este impuesto. El Agente de Percepción entregará a la SUNAT el importe de las percepciones efectuadas. El cliente está obligado a aceptar la percepción correspondiente.
¿Cómo realizan los contribuyentes del NUEVO RUS la compensación de las percepciones de IGV que le hubiesen efectuado? Si es un contribuyente del NUEVO RUS y le han efectuado Percepciones de IGV, podrá efectuar la compensación (de lo que le han percibido) a través del Pago Fácil del NUEVO RUS (Formulario 1611). Para dicho efecto el contribuyente puede acercarse a cualquiera de los Bancos autorizados a recepcionar este formulario. Asimismo deberán indicar al personal de dichos bancos, en forma verbal o a través de la Guía PAGO FÁCIL para el NUEVO RUS, los datos que a continuación se detallan: + RUC + Período tributario. + Indicar si es la primera vez que declara el período que está pagando + Total ingresos brutos del mes. + Categoría + Monto a compensar por Percepciones de IGV efectuadas + Importe a pagar.
¿Cómo realizan los contribuyentes del NUEVO RUS la compensación de las percepciones de IGV que le hubiesen efectuado? Consideraciones: + El monto máximo que el contribuyente puede compensar en el Formulario 1611, es el monto de la cuota que le corresponde de acuerdo a su categoría. De resultar un remanente, dicho saldo podrá aplicarse contra las cuotas mensuales siguientes, hasta agotarlo. Se deducirá de la cuota mensual del Nuevo RUS las percepciones practicadas hasta el último día del mes precedente al de la presentación de la declaración y pago mensual + Los contribuyentes del Nuevo RUS deberán presentar la declaración mensual del Nuevo RUS aún cuando la totalidad de la cuota mensual y los intereses moratorios que resulten aplicables hayan sido cubiertos por las percepciones que se les hubiere practicado. + En el caso de presentaciones extemporáneas, lo máximo que puede compensar el contribuyente es el monto de la cuota más los intereses correspondientes. De resultar un remanente, dicho saldo podrá aplicarse contra las cuotas mensuales siguientes, hasta agotarlo.