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SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Y SU ARTICULACIÓN AL PRESUPUESTO PUBLICO

SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Y SU ARTICULACIÓN AL PRESUPUESTO PUBLICO. Sub Gerencia de Inversión Publica Ing. Víctor Peña Dueñas. ¿Qué es el SNIP?.

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SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Y SU ARTICULACIÓN AL PRESUPUESTO PUBLICO

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  1. SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Y SU ARTICULACIÓN AL PRESUPUESTO PUBLICO Sub Gerencia de Inversión Publica Ing. Víctor Peña Dueñas

  2. ¿Qué es el SNIP? Es un sistema administrativo del Estado que a través de un conjunto de principios, métodos, procedimientos y normas técnicas certifica la calidad de los Proyectos de Inversión Pública. La inversión pública debe estar orientada a mejorar la capacidad prestadora de servicios públicos del Estado de forma que éstos se brinden a los ciudadanos de manera oportuna y eficaz.

  3. Marco Normativo Ley Nº 27293, modificada por las Leyes Nos. 28522 y 28802 y por los D. Leg. Nos 1005 y 1091. Reglamento del SNIP, aprobado por DS Nº 102-2007-EF, modificado por DS N°185-2007-EF, DS N° 038-2009-EF y Cuadragésima Quinta DF de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2010. Directiva General del SNIP, aprobada por RD Nº 002-2009-EF/68.01, modificada por RD N° 003-2009-EF/68.01 y RD N° 004-2009-EF/68.01. RM delegaciones PIPcon endeudamiento interno, RM Nº 314-2007-EF/15.

  4. ¿Qué Son Proyecto de Inversión Pública? Toda intervención limitada en el tiempo Que utiliza total o parcialmente recursos públicos Con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar, recuperar o rehabilitar la capacidad productora de bienes o servicios de una Entidad Cuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto Debe constituir la solución a un problema vinculado a los fines y competencias de una Entidad, pudiendo ejecutarse en más de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecución de los estudios de preinversión.

  5. Ciclo del Proyecto El Ciclo de Proyecto contempla las Fases de Preinversión, Inversión y Post Inversión.

  6. Ciclo del Proyecto Durante la Fase de Preinversión de un proyecto se identifica un problema determinado y luego se analizan y evalúan -en forma iterativa- alternativas de solución que permitan encontrar la de mayor rentabilidad social. En la Fase de Inversión se pone en marcha la ejecución del proyecto conforme a los parámetros aprobados en la declaratoria de viabilidad para la alternativa seleccionada. En la Fase de Post Inversión, el proyecto entra a operación y mantenimiento y se efectúa la evaluación ex post. (*) La declaración de viabilidad es un requisito para pasar de la fase de preinversión a la fase de inversión.

  7. Niveles de estudios Para la declaración de viabilidad de un PIP por la OPI, éste deberá contar, como mínimo, con el nivel de estudios siguiente: PERFIL SIMPLIFICADO: Para los PIP cuyos montos de inversión, a precios de mercado, sean iguales o menores a S/. 1’200,000.00 (Un Millón Doscientos y 00/100 Nuevos Soles). PERFIL: Para los PIP cuyos montos de inversión, a precios de mercado, sean iguales o menores a S/. 10’000,000.00 (Diez Millones y 00/100 Nuevos Soles). FACTIBILIDAD: Para los PIP cuyos montos de inversión, a precios de mercado, sean mayores a S/. 10’000,000.00 (Diez Millones y 00/100 Nuevos Soles).

  8. Plan de Desarrollo Regional Concertado Junín 2008-2015 Los proyectos deben estar enmarcados en el logro del cumplimiento de los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado: • Mejorar las condiciones sociales de la población para reducir los niveles de pobreza. • Consolidar el Desarrollo Productivo con valor agregado para el mercado nacional y mundial. • Proteger el desarrollo productivo con valor agregado para el mercado nacional y mundial. • Fortalecer el proceso de descentralización y las instituciones para elevar el nivel de eficiencia y eficacia.

  9. Plan Bicentenario el Perú hacia el 2021 Los proyectos deben estar enmarcados para el logro de los objetivos nacionales por cada eje del Plan Bicentenario. Derechos fundamentales y dignidad de las personas. Oportunidades y acceso a los servicios. Estado y gobernabilidad. Economía, competitividad y empleo. Desarrollo regional e infraestructura. Ciencia tecnología e innovación. Recursos naturales y ambiente. Inserción soberana al mundo e integración latinoamericana y andina.

  10. Ley Orgánica de Gobiernos RegionalesLEY Nº 27867 Establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Artículo 9.- Competencias constitucionales. Los gobiernos regionales son competentes para: Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley. Articulo 10.- Competencias exclusivas y compartidas. Entre las competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales se tiene los siguientes: Planificar el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo. Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades.

  11. Entre las Competencias Compartidas se tiene las siguientes: Educación. Gestión de los servicios educativos de nivel inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidad orientados a potenciar la formación para el desarrollo. Salud pública. Promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente. Competitividad regional y la promoción de empleo productivo en todos los niveles, concertando los recursos públicos y privados.

  12. Mediante el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF se establecen los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución que permitan delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos procesos de Presupuesto Participativo; Proyectos de Impacto Regional Los Gobiernos Regionales al determinar los Proyectos de Impacto Regional, deben tener en cuenta que el monto total del proyecto no sea menor a S/. 3,000,000.00 y que su alcance sea pluriprovincial, debiendo beneficiar a un mínimo de tres (03) distritos que se encuentren ubicados en dos (02) provincias como mínimo. Adicionalmente podrán considerar que su cobertura en la población objetivo no sea menor al 5%, respecto a la población total de la Región.

  13. ¿Qué son “proyectos territoriales”? Es una intervención sectorial que abarca a más de una unidad productora de servicios públicos. Son intervenciones que buscan contribuir a alcanzar el desarrollo de un territorio. El territorio es un espacio natural, económico y social, que puede trascender los límites políticos y administrativos. Es un espacio en el que convergen los intereses, la identidad y cultura. Se caracteriza por ser complejo, particular, multidependiente. El desarrollo territorial es la capacidad existente en una sociedad para gestionar con efectividad las estrategias para la erradicación o superación de la pobreza.

  14. Ejemplo en Educación El área de estudio comprende el área geográfica que sirve para contextualizar el problema y donde se pretende intervenir - la red educativa - Las Redes están conformadas por Instituciones Educativas o Programas, teniendo en cuenta los criterios de: proximidad geográfica, identidad cultural y facilidades de comunicación. La intervención de un PIP se puede organizar a nivel de un distrito, para una o más instituciones educativas ubicadas en localidades próximas accesibles entre sí.

  15. Beneficios de los PIP Territoriales Al abarcar territorios mayores se pueden lograr desarrollos complementarios, y soluciones más eficientes, que logren mayores impactos en la mejora de los indicadores. Lectura holística de la intervención, superación de una mirada sectorial fragmentada (Por entidad), ve interconexiones de los componentes del PIP en un espacio social y económico. Supera la dicotomía de lo urbano y rural, generando que el territorio las vincule y articule con posibilidades de desarrollo para ambas, ve corredores económicos, cadenas productivas, redes de desarrollo, conformación de clústeres, etc. Releva el papel de los denominados “capitales intangibles” (capital cultural, capital humano, capital social). Destaca la importancia de las políticas de ordenamiento territorial, autonomía y autogestión, como complemento de las políticas de descentralización. Inclusión Social, estos PIP como ven el territorio como espacio de intervención pública permiten en una sola intervención homogenizar la prestación de servicios públicos que se dan en el territorio, interviniendo todas las entidades por sector que ofertan estos servicios, con lo cual se genera la inclusión territorial en la inversión.

  16. El Gobierno Regional Junín promueve la integración intrarregional e interregional, por ello se priorizan proyectos de inversión de manera concertada y organizada, considerando criterios de eficacia e impacto regional en la solución de los problemas más graves que aquejan a la población, aprovechando las potencialidades locales y regionales.

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