80 likes | 257 Views
El Paisaje Regulatorio Pos-crisis. Asociación Internacional de Aseguradores de Depósitos, Conferencia y Reunión Regional Anual. Agosto 21, 2009 Lima, Perú. Dr. Kenneth Coates Director General . Supuestos Subyacentes.
E N D
El Paisaje Regulatorio Pos-crisis.Asociación Internacional de Aseguradores de Depósitos, Conferencia y Reunión Regional Anual.Agosto 21, 2009 Lima, Perú. Dr. Kenneth CoatesDirector General
Supuestos Subyacentes • En realidad, bajo el título de “El Paisaje Regulatorio Pos-crisis” hay cuatro hipótesis subyacentes que merecen algún desarrollo: • En primer lugar, habrá más de un paisaje, según las regiones y la importancia sistémica de su sector financiero. Pero enfocaremos sólo el “central”. • Segundo, estamos hablando de grandes tendencias, no del detalle. • Tercero, todavía no está claro con cuánta fuerza vendrá la presión para instituir los cambios. • Por último, existe una presunción que las fallas regulatorias han jugado un rol central en la crisis.
Ampliación del Perímetro Regulatorio • Ha variado el concepto de “importancia sistémica” para incorporar al perímetro regulatorio a nuevas entidades, mercados y productos que son “demasiado grandes o interconectados” para quebrar: • Entidades: fondos de cobertura (“hedge funds”), bancos de inversión, empresas de seguros, garantes de emisión de bonos. • Mercados; originadores de crédito hipotecario, calificadoras de riesgo, estandarización de derivados OTC. • Productos: derivados crediticios (CDS), titularización de créditos hipotecarios (MBS), operativas al “descubierto”.
Endurecimiento de Criterios Prudenciales • Deberán intensificarse los criterios y controles prudenciales para desincentivar la acumulación excesiva de riesgos. : • Reducción del apalancamiento financiero mediante mayores requisitos de capital y aprovisionamiento pro-cíclico. • Mayores requisitos de información de datos operativos y divulgación de riesgos acumulados; estandarización de operativas. • Estándares más exigentes de gobierno corporativo; mayores controles por accionistas; mejores modelos de gestión de riesgos; reformas a las estructuras de remuneración.
Mayor Coordinación Internacional • La convergencia regulatoria para los países sistémicamente importantes deberá ser el principio rector, de forma de evitar el arbitraje regulatorio. Requerirá el fortalecimiento de la arquitectura regulatoria internacional: • Habrá que fijar criterios y estándares prudenciales hacia los cuales converjan las jurisdicciones nacionales; Basilea • Se deberá monitorear la calidad de la supervisión y el proceso de convergencia hacia los estándares adoptados; FSAP- FMI • Colegiados de Supervisores para entidades grandes, complejas y transfronterizas; mecanismos de resolución y distribución de costos.
Papel Macro-Prudencial del Banco Central • El rol del banco central se modificará para darle mayor peso al mandato de estabilidad financiera. • El mandato de la estabilidad de precios deberá incorporar a los mercados de activos en un horizonte apropiado. • Los bancos centrales están bien posicionados para asumir el papel de “regulador de riesgo sistémico”, asumiendo el monitoreo “macro-prudencial” del sistema. • Sin embargo, este papel fortalecido no está exento de riesgos y conflictos.
Conclusiones • El paisaje regulatorio quedará permanentemente modificado: • Habrá una ampliación del perímetro regulatorio para incorporar entidades y actividades que representen un riesgo sistémico. • Dentro de este perímetro ampliado habrá un endurecimiento de los tradicionales criterios prudenciales, especialmente con relación a la consistencia internacional del capital bancario. • En el ámbito internacional deberá promoverse la convergencia regulatoria hacia un conjunto fortalecido de criterios y estándares, para evitar los focos de riesgo que representa el arbitraje jurisdiccional. • La banca central deberá fortalecer su mandato de estabilidad financiera y asumir protagonismo en la tarea macro-prudencial.