120 likes | 266 Views
Sistema Regional de Planificación. Sistema de Planificación. Instrumentos existentes Orientadores : Políticas Públicas, ERD, PLADECOS.
E N D
Sistema de Planificación • Instrumentos existentes • Orientadores: Políticas Públicas, ERD, PLADECOS. • Normativos: Reguladores Intercomunales y Metropolitanos, Reguladores Comunales, Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas (SNASPE), Ley de Bases Medio Ambiente (Sistema de evaluación de impacto ambiental), otros. • Financieros: Ley de Presupuesto, Programas anuales de inversión, Provisiones, Convenios de programación, etc.
Institucionalidad Pública • Nacional • La Administración del Estado está al servicio de la persona humana;su finalidad es promover el bien común atendiendo las necesidades públicas en forma continua y permanente y fomentando el desarrollo del país a través del ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución y la ley, y de la aprobación, ejecución y control de políticas, planes, programas y acciones de alcance nacional, regional y comunal (Art 3 LOCBAE) • Ejecución Sectorial: (Ministerios, Servicios Públicos, aparato desconcentrado) • Fiscalizadora y/o reguladora: (CONAMA, Servicios públicos) • Regional • La administración superior de cada región del país estará radicada en un Gobierno Regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de ella Art 13 LOCGAR. • Comunal • Las Municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público (…) cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas. Art 1 LOCMUN.
¿Coherencia? ¿Convergencia? • Instrumentos: Orientadores, Reguladores y Financieros. • Institucionalidad Pública: Nacional, Regional y Comunal. Emerge el Territorio
¿Qué Territorio? ¿Espacio Geográfico o Construcción Social?. ¿Objeto o sujeto? ¿Homo Económicus o Homo Sociológicus? ¿Smith o Keynes? Actualmente la expresión del territorio en los instrumentos es de diversa intensidad: • Instrumentos orientadores sin espacio geográfico. • Instrumentos reguladores sin construcción social. • Instrumentos Financieros (ni lo uno ni lo otro).
Territorio como un sistema complejo • Subsistema Biofísico: Conjunto de elementos bióticos y abióticos que interactúan entre si para conformar una unidad de paisaje que constituye el soporte material del territorio. • Subsistema Humano: conformado por todo proceso que interacciona sobre el nivel socio-cultural. • Subsistema Socio-económico: conjunto de estructuras organizativas y operativas de la esfera de la economía que tienden a satisfacer las demandas sociales de bienes y servicios. • Subsistema Construido: hace referencia a los patrones de asentamiento poblacional, de funcionamiento y de flujos que se presentan dentro de la región. • Subsistema Globalizado: las interrelaciones externas al territorio identifica variables exógenas. • Subsistema de Capacidad de Gestión: conjunto de elementos de decisión política y administrativa que representan la estructura y manejo del poder para dirigir y orientar
Entonces: ¿qué territorio? Entender al Territorio como proceso y entidad socialmente construida, por lo tanto como un sistema complejo. Territorio es aquella porción de la superficie terrestre apropiada por un grupo social con el objetivo de asegurar su reproducción y la satisfacción de sus necesidades vitales (Bailly, et al., 1995). El concepto de territorio engloba, básicamente, al espacio, a las relaciones sociales dominantes en su interior y la forma en la que esto afecta a los mecanismos de toma de decisiones de los agentes.
Un sistema regional de planificación • Debe potenciar la necesaria coherencia entre los instrumentos orientadores, reguladores y financieros y los distintos niveles de acción de la institucionalidad pública. • Nivel Nacional (Legislación, Política Económica y Social, Normas de regulación de uso del suelo) • Nivel Regional (Ordenamiento Territorial) • Nivel Comunal (Urbanismo) • Debe estar radicado en una institución con pertinencia técnica y política. (espacio, capacidad de interacciones sociales, económica e institucional). • Su base debe ser regional con la fuerza jurídica necesaria y suficiente, así como permitir la cuenta pública. • No debe el territorio ser considerado como un recurso ilimitado o bien libre.
Un buen ejemplo de definición para considerar el territorio y para orientar los procesos de transferencia de competencias al Gobierno Regional CONCEPTO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL • “Es la expresión espacial de la política económica, social, cultural y ecológica de cualquier sociedad, una técnica administrativa y una política, concebida como un enfoque interdisciplinario y global, cuyo objeto es un desarrollo equilibrado de las regiones y la organización física del espacio según un concepto rector”. • Carta Europea de Ordenación del Territorio 1983
funciones regionales en Planificación • “Planificar el desarrollo de la región, especialmente en los ámbitos de infraestructura pública y transporte, económico y productivo, social y cultural, mediante la elaboración, aprobación y aplicación de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos en su territorio, los que deberán ajustarse a las políticas nacionales de desarrollo y al presupuesto de la Nación”.
Nuevas funciones regionales en Ordenamiento Territorial • “Elaborar y aprobar, en concordancia con la estrategia regional de desarrollo y previa consulta a las municipalidades de la región, el plan regional de ordenamiento territorial, instrumento que deberá consignar las características, potencialidades, vocaciones y recomendaciones para orientar la planificación y decisiones que impacten en los territorios urbanos y rurales, borde costero y sistema de cuencas hidrográficas”. • Se regulara mediante decreto supremo, expedido a través del Ministerio del Interior y suscrito por los Ministros de Defensa Nacional, cuando corresponda, Obras Públicas, Agricultura y Vivienda y Urbanismo, particularmente en lo concerniente a los procedimientos para la elaboración y contenidos mínimos que deberá contemplar el plan, el cual deberá considerar los principios de sustentabilidad urbana, integración social, participación y descentralización