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Prof. Aleyda Amakara Leyva Chévez. Formas de Estado. Son los diversos modelos que los Estados pueden adoptar en base a la relación dada entre sus tres elementos constitutivos, que son el territorio, la población y el poder. De acuerdo a esto, el Estado puede ser:. Estado Centralizado.
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Prof. Aleyda Amakara Leyva Chévez Formas de Estado Son los diversos modelos que los Estados pueden adoptar en base a la relación dada entre sus tres elementos constitutivos, que son el territorio, la población y el poder. De acuerdo a esto, el Estado puede ser: Estado Centralizado Estado Descentralizado Estado Federal es aquel en donde existe un solo centro de poder político que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo Estado, mediante sus agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder central. Este tipo de estado, habitualmente, posee divisiones territoriales denominadas regiones. Es un Estado conformado por la reunión de varias entidades territoriales.
Estado Centralizado Es aquel en donde existe un solo centro de poder político que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo Estado, mediante sus agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder central. • Un sólo poder legislativo que legisla a todo el país • Un sólo poder judicial, que aplica el derecho vigente a todo el territorio del estado y que en su seno establece a la Corte Suprema de Justicia, la que tiene jurisdicción a nivel nacional • Un sólo poder ejecutivo, que está conformado por todos los gobernantes (presidente, gobernadores, alcaldes...) • Cuenta con una sóla constitución política que rige todo el territorio y a la que están sometidos todos Toma las decisiones, las cuales afectan al conjunto del territorio por igual lo que supone q La autonomía de la administración local es pequeña o nula El cuerpo de funcionarios depende de Estado o administración General El poder central se encuentra en la capital de Estado
Ejemplo: Francia Ejemplo: Chile Ejemplo: Nueva Zelanda dividida en 12 regiones y 4 autoridades unitarias dividido en 15 regiones no autónomas Diferencias entre los Estados Centralizados y otros Estado Norma que une a los miembros del Estado unitario: Constitución Nacional (norma de ordenamiento jurídico). Miembros: en su mayor parte, se los llama Departamentos o Regiones. En muy pocos se los llama provincias o estados. No hay derecho de secesión (derecho que se reservan los estados por el hecho de ser soberanos de retirarse libremente de la Confederación de Estados.) Las Regiones o departamentos no son soberanos. En muy pocos casos son autónomos (forman su propia legislación).
Estado Descentralizado o Regional El poder se reparte en unidades territoriales más pequeñas con autonomía propia ESTADO (administración general) Legislativo: Parlamento, Congreso de diputados o Cortes Generales Ejecutivo: Gobierno Nacional Judicial: Consejo Superior de Poder Judicial COMUNIDADES AUTÓNOMAS (Administración Regional) Legislativo: Parlamento regional o asamblea legislativa Ejecutivo: Gobierno Regional Judicial: Tribunal Superior Justicia PROVINCIAS (Administración Provincial) MUNICIPIOS (Administración Municipal) • Concejales • Alcaldes
Ejemplo: Ecuador Ejemplo: Filipinas Filipinas cuenta con 79 provincias y 116 ciudades Cuenta con prefecturas Tipos de Estados Regionales o Descentralizados a) Estado Descentralizado administrativamente En el cual existen unidades sub-nacionales de gobierno, distintas al Gobierno Central, pero a las cuales sólo se les ha transferido competencias y funciones específicas de orden administrativo o de ejecución de competencias sectoriales que cumplen los Sectores. b) Estado Descentralizado políticamente Es aquél donde se ha transferido no sólo competencias y funciones sectoriales a los niveles sub nacionales de gobierno, sino que adicionalmente estos gozan de autonomía normativa,
Ejemplo: Liechtenstein Cuenta con 11 comunidades b) Estado Descentralizado políticamente b.1.1) Regional Simple b.1.2) Regional Complejo Será Simple cuando los niveles intermedios descentralizados sean los únicos que gocen de autonomía política plena, teniendo los otros niveles de gobierno únicamente autonomía administrativa plena, poseería autonomía política plena en sus distintos niveles de gobierno, es decir, todos ellos son electos por el pueblo y además pueden emitir normas con carácter y rango de ley. b.2) Estado Municipal o Local donde sólo existen municipios o Gobiernos Locales (GGLL), no existiendo nivel intermedio de gobierno, o al menos si éste existe no es elegido democráticamente por el pueblo o no tiene las mismas facultades normativas y funcionales que los GGLL. Las normas que emiten los municipios de este tipo de Estados, en muchos casos tienen rango de ley en sus jurisdicciones. Generalmente caen en este tipo de Estado aquellos de corta extensión geográfica Ejemplo: España Ejemplo: Perú Perú con sus regiones y municipalidades
Ejemplo: EEUU Estado Federal Es un Estado conformado por la reunión de varias entidades territoriales. También suele denominarse estado federal o república federal • Estados • Cantones • Regiones • Provincias Compuesto por divisiones territoriales que se autogobiernan Las divisiones tienen facultades de gobierno o legislación, distintas de las que corresponden a la administración federal El estatus de gobierno de las regiones está establecido por su constitución Puede alcanzar derecho de Autodeterminación de los territorios federados Con frecuencia las federaciones se constituyen sobre un acuerdo original entre estado soberanos El Estado Federal no se reserva el derecho de nulificación ni el de secesión y esto es lo que lo diferencia de la Confederación la cual necesariamente reserva estos 2 derechos.
Ejemplo: Reino Unido Conformado por 4 naciones que son consideradas como países internacionales para diversos efectos. Ejemplo: Alemania Estado Federal Es aquel que está formado a su vez por varios Estados que se ponen de acuerdo entre sí para respetar una misma ley suprema, la Constitución. 1) Federal Complejo 2) Federal Simple dependiendo de la organización nacional que posea, de cara a las específicas divisiones que se hayan establecido en el territorio por motivo de las nacionalidades, o los elementos que conforman a éstas, tales como el idioma, la religión o la pertenencia étnica. son todos los restantes que no tienen este tipo de divisiones lingüísticas o étnicas de manera tan marcada como los anteriores.
Ejemplo: Confederación Helvética Estados Confederados posee una estructura semejante a la de una federación, pero con un gobierno central disminuido en relación a un gobierno federal. Derecho de secesión: derecho que se reservan los estados por el hecho de ser soberanos de retirarse libremente de la Confederación de Estados posee una estructura semejante a la de una federación, pero con un gobierno central disminuido en relación a un gobierno federal. Derecho de nulificación: cualquiera de estos Estados, por el hecho de ser soberano puede declarar nula una disposición que haya sido dictada por un órgano común confederado. Naturaleza de la norma que vincula a los estados es un Pacto o Tratado Internacional. Cada Estado soberano por medio de un pacto o tratado internacional mantiene un vínculo con los otros Estados soberanos. Fines de estos pactos: garantizar la protección exterior o bien la paz interior. O sea esta idea de Confederación de Estados tuvo como fines afianzar la nación.